<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<feed xmlns="http://www.w3.org/2005/Atom">
    <id>https://www.diariodebatepregon.com/feed-categoria/judiciales</id>
    <link href="https://www.diariodebatepregon.com/feed-categoria/judiciales" rel="self" type="application/atom+xml" />
    <title>El Debate Pregón</title>
    <subtitle>Últimas noticias de Argentina</subtitle>
    <updated>2026-03-31T14:10:25+00:00</updated>
        <entry>
        <title>
            EDICTO S/ GOMEZ MARIA ROSA
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/judiciales/edicto-s-gomez-maria-rosa" type="text/html" title="EDICTO S/ GOMEZ MARIA ROSA" />
        <id>https://www.diariodebatepregon.com/judiciales/edicto-s-gomez-maria-rosa</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
            </name>
        </author>
        
                                        <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://eldebatecdn.eleco.com.ar/eldebate-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure>EDICTO N°_____ 159/1
Diario local “DEBATE PREGÓN” 
Gualeguay,__ de marzo de 2026 17
 Sr. Juez Dr. Fabian Morahan, a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N°1 de la ciudad de Gualeguay, Entre Ríos, Secretaría única de quien suscribe, en los 
autos caratulados "GOMEZ MARIA ROSA S/SUCESORIO AB INTESTATO", Expte. Nº 
12928, cita y emplaza por el término de diez (10) días, a contar desde la última publicación del presente, a herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Sr. MARÍA ROSA GÓMEZ DNI 13.997.337, vecina de nuestra ciudad, fallecida en la ciudad de Gualeguay Entre Ríos, en fecha 30 de agosto de 2025. 
 La resolución que ordena el presente en su parte pertinente expresa: ///- leguay, 5 de marzo de 2026 (…) Estando acreditado el fallecimiento de la causante y el carácter de parte legítima con la documental acompañada, decrétase la apertura del juicio sucesorio de MARIA ROSA GOMEZ, fallecida en fecha 30/08/2025, vecina que fuera de esta ciudad, y publíquense edictos por un día en el Boletín Oficial - conforme lo establecido por el art. 2340 del Cod. Civ. y Com. -último párrafo- y por tres días en el diario local El Debate Pregón -art. 728 del CPCC-, llamando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, quienes deberán acreditarlo dentro de los treinta y diez días respectivamente. Dése intervención al Ministerio Fiscal con los alcances del art. 722 del C.P.C.C.- Líbrese oficio a la Dirección del Notariado comunicando la iniciación del presente, debiendo el mismo cumplir con los recaudos dispuestos por el Reglamento para el fuero Civil y Comercial del Poder Judicial de Entre Ríos punto 5.5.2- y el Acuerdo S.T.J.E.R. del 14/02/1995-. De conformidad a lo dispuesto por el art. 718 tercer párrafo del C.P.C.C., denúnciese por los herederos presentados en autos, si existen otros herederos de igual grado y clase, circunstancia que deberá explicitarse bajo juramento. Requiéranse informes a los Bancos locales. A lo demás oportunamente. Notifíquese conforme SNE. Sm FABIAN MORAHAN Juez Civ. y Com. N° 1-///.]]>
                </summary>
                                <category term="judiciales" label="Judiciales" />
                <updated>2026-03-31T14:10:25+00:00</updated>
                <published>2026-03-31T14:09:47+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            EDICTO USUCAPION PEREZ MIGUEL ANGEL C/ IGNACIA HIGINIA URIARTE DE MARTINEZ y/o SUS SUCESORES y/o QUIENES SE CONSIDEREN CON DERECHO AL INMUEBLE
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/judiciales/edicto-usucapion-perez-miguel-angel-c-ignacia-higinia-uriarte-de-martinez-yo-sus-sucesores-yo-quienes-se-consideren-con-derecho-al-inmueble" type="text/html" title="EDICTO USUCAPION PEREZ MIGUEL ANGEL C/ IGNACIA HIGINIA URIARTE DE MARTINEZ y/o SUS SUCESORES y/o QUIENES SE CONSIDEREN CON DERECHO AL INMUEBLE" />
        <id>https://www.diariodebatepregon.com/judiciales/edicto-usucapion-perez-miguel-angel-c-ignacia-higinia-uriarte-de-martinez-yo-sus-sucesores-yo-quienes-se-consideren-con-derecho-al-inmueble</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
            </name>
        </author>
        
                                        <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://eldebatecdn.eleco.com.ar/eldebate-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure>EDICTO JUDICIAL N°: 04/2
El Juzgado Civil y Comercial N° 2 de Gualeguay, a cargo de la Dra. Rosa María Fernández, Secretaría única a cargo del Dr. S. Leites, en los autos caratulados "PEREZ MIGUEL ANGEL C/ IGNACIA HIGINIA URIARTE DE MARTINEZ Y/O SUS SUCESORES Y/O QUIENES SE CONSIDEREN CON DERECHO AL INMUEBLE S/ USUCAPION" Expte. Nº 10519, cita y emplaza por el término de quince días respectivamente a contar desde la última publicación, que se efectuará por dos (02) días en el Boletín Oficial, y por dos (02) días en el diario local El Debate Pregón, a IGNACIA HIGINIA URIARTE DE MARTINEZ, sus herederos o sucesores y/o quien o quienes se consideren con derecho sobre el inmueble objeto de la presente, a saber: ubicado en la Provincia de Entre Ríos, Departamento Gualeguay, ciudad, primer cuartel, MANZANA N° 507, Plano N° 22681, ubicado sobre las calles Narvarte y Pte. Perón de esta ciudad (Ex. Avda. Reconquista S/N, a media cuadra de la ex Ruta 136), Tomo 68, Folio 44, Número 17 de la sección propiedades urbanas. El auto que ordena la presente en su parte pertinente dice: “Gualeguay, 4 de febrero de 2026. (…) publíquense de edictos por dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos y en el Diario Debate Pregón de esta ciudad, citando y emplazando a IGNACIA HIGINIA URIARTE DE MARTINEZ, sus herederos o sucesores y/o quien o quienes se consideren con derecho sobre el inmueble objeto de la presente, a saber: ubicado en la Provincia de Entre Ríos, Departamento Gualeguay, ciudad, primer cuartel, MANZANA N° 507, Plano N° 22681, ubicado sobre las calles Narvarte y Pte. Perón de esta ciudad (Ex. Avda. Reconquista S/N, a media cuadra de la ex Ruta 136), Tomo 68, Folio 44, Número 17 de la sección propiedades urbanas, por el término de quince días, que se contarán a partir de la última publicación, bajo apercibimiento de nombrarle un abogado de la lista para que lo represente en jucio (conf. arts. 142, 143, 144 y 329 del CPCyC).(…)” Fdo. Rosa Fernandez.- 
Gualeguay, Entre Ríos, 19 de febrero de 2026.- 
Dr. Sebastián Leites -Secretario suplente]]>
                </summary>
                                <category term="judiciales" label="Judiciales" />
                <updated>2026-03-05T14:53:33+00:00</updated>
                <published>2026-03-05T14:51:49+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            EDICTO S/ DRUETTA FELIPE JAVIER
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/judiciales/edicto-s-druetta-felipe-javier" type="text/html" title="EDICTO S/ DRUETTA FELIPE JAVIER" />
        <id>https://www.diariodebatepregon.com/judiciales/edicto-s-druetta-felipe-javier</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
            </name>
        </author>
        
                                        <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://eldebatecdn.eleco.com.ar/eldebate-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure>EDICTO JUDICIAL (Boletín Oficial – El Debate Pregón) Nro.: 095/1
En trámite por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N.º 1 de Gualeguay, a cargo del Dr. Fabian Morahan – Juez, secretaria única a cargo de la Dra. Delfina 
María Fernández, en los autos caratulados: "DRUETTA FELIPE JAVIER S/SUCESORIO AB INTESTATO", Expte. Nº12884, cita y emplaza por el término de 30 días, a contar desde la última publicación del presente, que se efectuara por un día, a herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes DRUETTA Felipe Javier, D.N.I. N°5.881.908, fallecido el 24 de Febrero de 2022, vecino que fuera de la localidad de Gr. Galarza, fallecido en la ciudad de Gualeguay, fecha de nacimiento 03 de Diciembre de 1945, hijo de Santiago Rosario Druetta y de Maria Clementina Gaudenzi, de estado civil casado con Olga Beatriz Balor. El auto que ordena el presente dice: “///leguay, 24 de febrero de 2026.- 
(…) publíquense edictos por un día en el Boletín Oficial -conforme lo establecido por el art. 2340 del Cod. Civ. y Com. - último párrafo- y por por tres días en el diario local El Debate Pregón -art. 728 del CPCC-, llamando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, quienes deberán acreditarlo dentro de los treinta y diez días respectivamente (...). - Fdo. Dr. MORAHAN Fabian Juez. 
El Dr. Costantini Luciano J, quien este designe se encuentra autorizado al diligenciamiento del presente, Saludo a Ud. Muy atentamente. 
Gualeguay, 26 de Febrero de 2026]]>
                </summary>
                                <category term="judiciales" label="Judiciales" />
                <updated>2026-03-05T14:49:52+00:00</updated>
                <published>2026-03-05T14:48:34+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            EDICTO S/ AZORIN TERESA
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/judiciales/edicto-s-azorin-teresa" type="text/html" title="EDICTO S/ AZORIN TERESA" />
        <id>https://www.diariodebatepregon.com/judiciales/edicto-s-azorin-teresa</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
            </name>
        </author>
        
                                        <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://eldebatecdn.eleco.com.ar/eldebate-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure>EDICTO JUDICIAL N°: 103/1 
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 1, a cargo del Dr. Fabián Morahan, Secretaría Única a cargo de la Dra. Delfina Fernández, en los autos caratulados "AZORIN TERESA S/ SUCESORIO AB INTESTATO" Expte. N°: 12837, cita y emplaza por el término de diez días a contar desde la última publicación que se realizará por tres en el Boletín Oficial, y por tres días en el diario local El Debate Pregón a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante AZORÍN TERESA – M.I. 3.924.556, fallecida el 08/11/2010, vecina que fuera de esta ciudad de Gualeguay, Entre Ríos.- El auto que ordena la presente en su parte pertinente dice: “Gualeguay, 27 de noviembre de 2025.- (…) decrétase la apertura del juicio sucesorio de TERESA AZORIN fallecida el 08/11/2010, vecina que fuera de esta ciudad, y publíquense edictos por tres días en el Boletín Oficial y diario local El Debate Pregón llamando durante diez días que se contarán a partir de la última publicación a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante debiendo acreditarlo dentro de dicho plazo(…)” Fdo: FABIAN MORAHAN - Juez Civil y Comercial Nº 1.--------------------- Gualeguay, Entre Ríos, 02 de marzo de 2026.- 
PUBLIQUESE POR 3 DIAS.-]]>
                </summary>
                                <category term="judiciales" label="Judiciales" />
                <updated>2026-03-05T14:46:28+00:00</updated>
                <published>2026-03-05T14:45:38+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            EDICTO COGORNO LUIS ALBERTO y OTRO C/ CONTRA QUIEN O QUIENES SE CONSIDEREN CON DERECHO S/ USUCAPION
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/judiciales/edicto-cogorno-luis-alberto-y-otro-c-contra-quien-o-quienes-se-consideren-con-derecho-s-usucapion" type="text/html" title="EDICTO COGORNO LUIS ALBERTO y OTRO C/ CONTRA QUIEN O QUIENES SE CONSIDEREN CON DERECHO S/ USUCAPION" />
        <id>https://www.diariodebatepregon.com/judiciales/edicto-cogorno-luis-alberto-y-otro-c-contra-quien-o-quienes-se-consideren-con-derecho-s-usucapion</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
            </name>
        </author>
        
                                        <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://eldebatecdn.eleco.com.ar/eldebate-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure>EDICTO
El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1 de la ciudad de Gualeguay, a cargo del Dr. Fabian Morahan – Juez; Secretaría única desempeñada por la Dra. Delfina Fernández, en los autos caratulados “COGORNO LUIS ALBERTO y OTRO c/ CONTRA QUIEN O QUIENES SE CONSIDEREN CON DERECHO s/ USUCAPION”, EXPTE. Nº 12809, CITA y EMPLAZA por el término de quince (15) días contados a partir de la última publicación del presente, a quien o quienes se consideren con derecho sobre los inmuebles individualizados en el promocional y que a continuación se detallan, a saber: 1) fracción de terreno, con todo lo allí construido, clavado, plantado y demás que le sea anexo y le pertenezca, situada en Segunda Sección Chacras del Ejido de Gualeguay, Chacra N° 92, con frente a calle N°108 - Juan J. Arribilaga entre calle N° 20 - Néstor Furrer y calle 22- Martín Hauscarriaga, que de acuerdo con el Plano de Mensura N° 19.237, consta de una superficie de UNA HECTAREA, CUARENTA y DOS AREAS, TREINTA y NUEVE CENTIAREAS; empadronado en la Administración Tributaria de Entre Ríos, bajo Partida Inmobiliaria Nº 110.801. 2) fracción de terreno, con todo lo allí construido, clavado, plantado y demás que le sea anexo y le pertenezca, situada en la Segunda Sección Chacras del Ejido de Gualeguay, Chacra N° 108, con frente a calle N°108 /Juan J. Arribilliaga entre calle N°22 -Martin Hauscarriaga Y calle24- Jorge f. Camilón Morisse, que de acuerdo con el Plano de Mensura N° 20.392, consta de una superficie de 81 As. 09 Cas -OCHENTA y UNA AREAS  NUEVE CENTIAREAS; empadronado en la Administración Tributaria de Entre Ríos, bajo Partida Inmobiliaria Nº 111.526. Para que COMPAREZCAN A JUICIO, A ESTAR A DERECHO Y A EFECTOS DEL TRASLADO DE LA DEMANDA, POR EL TÉRMINO DE QUINCE (15) DÍAS con más la ampliación que por distancia corresponda, a contar a partir de la última publicación, la que se efectuará en el término de DOS (2) días en el Boletín Oficial y Diario local El Debate Pregón; bajo apercibimiento de nombrarle Defensor de Ausentes para que los represente. Como mejor recaudo se transcribe la resolución que así lo ordena en su parte pertinente: “Gualeguay, 18 de noviembre de 2025.- … … Téngase por promovido juicio de adquisición del dominio por usucapión de parte de LUIS ALBERTO COGORNO y LUIS ANTONIO COGORNO contra quien o quienes se consideren con derecho sobre el inmueble que se individualiza en el apartado II.- al que se le imprime tramite de juicio ORDINARIO. Hallándose cumplimentados los requisitos establecidos por el art. 669, inc. 1º del C.P.C.C -informe de dominio y plano de mensura y atento lo dispuesto por el inc. 2) de la mencionada norma legal y art. 329 del C.P.C., publíquese edictos por DOS DIAS en el Boletín oficial y diario local El Debate Pregón citando y emplazando a quien, y/o quienes se consideren con derecho sobre el inmueble individualizado, por el termino de QUINCE DIAS, bajo los apercibimientos de ley. Fdo. digitalmente por FABIAN MORAHAN Juez Civ. y Com. N° 1. “///-LEGUAY, 23 de diciembre de 2025.- … … En consecuencia, téngase por promovido juicio de adquisición de dominio por usucapión de parte de LUIS ALBERTO COGORNO y LUIS ANTONIO COGORNO contra quien o quienes se consideren con derecho sobre el inmueble que se individualiza en el apartado III punto c. al que se le imprime tramite de juicio ORDINARIO. Hallándose cumplimentados los requisitos establecidos por el art. 669, inc. 1° del CPCC -informe de dominio y plano de mensura y atento lo dispuesto por el inc, 2) de la mencionada norma legal y art. 329 del C.P.C., publíquense edictos por DOS DIAS en el Boletín oficial y diario local El Debate Pregón citando y emplazando a quien y/o quienes se consideren con derecho sobre el inmueble individualizado, por el termino de QUINCE DIAS, bajo los apercibimiento de ley. … … Fdo. digitalmente por FABIAN MORAHAN Juez Civ. y Com. N° 1”. -------------------------------

Publíquese por dos días. 
 Gualeguay, ___ de febrero de 2026.]]>
                </summary>
                                <category term="judiciales" label="Judiciales" />
                <updated>2026-02-23T13:19:24+00:00</updated>
                <published>2026-02-23T13:17:14+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            EDICTO S/ TORRILLA HECTOR DARIO
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/judiciales/edicto-s-torrilla-hector-dario" type="text/html" title="EDICTO S/ TORRILLA HECTOR DARIO" />
        <id>https://www.diariodebatepregon.com/judiciales/edicto-s-torrilla-hector-dario</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
            </name>
        </author>
        
                                        <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://eldebatecdn.eleco.com.ar/eldebate-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure>EDICTO DIARIO EL DEBATE PREGON N°064/1
 
El Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de Gualeguay Nº 1 a cargo del Dr. Fabián Morahan , por la Secretaría de la Dra. Delfina M. Fernandez en autos caratulados "TORRILLA HECTOR DARIO S/SUCESORIO AB 
INTESTATO", Expte. Nº 12905.-, cita y emplaza por el término de diez días que se contarán a partir de la última publicación del presente que se efectuará por TRES DIAS a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Sr. HECTOR DARIO TORRILLA, D.N.I. 5.885.299, Argentino, de estado civil casado, con último domicilio sito en Calle Asef Bichilani N° 326 de la ciudad de Gualeguay, Entre Ríos, fallecido el 20/08/2022, en la ciudad de Gualeguay, Entre Ríos, nacido en la ciudad de Gualeguay, Entre Ríos, el 18/11/1948, hijo de Plasido Torrilla y de María Felipa Meoniz.- A continuación se transcribe la parte pertinente que ordena el presente: “///leguay, 18 de febrero de 2026.- Proveyendo presentación electrónica de fecha 09/02/2026, por presentados MARIA TERESA LAPALMA, LEANDRO ARIEL TORRILLA y 
HECTOR DAVID TORRILLA por derecho propio, con el patrocinio letrado del Dr. RODRIGO ELIZALDE, con domicilio real denunciado y legal constituido, documental acompañada, por parte en el carácter invocado, acordándosele la correspondiente intervención. … Estando acreditado el fallecimiento del causante y el carácter de parte legítima con la documental acompañada, decrétase la apertura del juicio sucesorio de HECTOR DARIO TORRILLA, fallecido en fecha 20 de agosto de 2022, vecino que fuera de esta ciudad, y publíquense edictos por un día en el Boletín Oficial -conforme lo establecido por el art. 2340 del Cod. Civ. y Com. - último párrafo- y por tres días en el diario local El Debate Pregón -art. 728 del CPCC-, llamando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, quienes deberán acreditarlo dentro de los treinta y diez días respectivamente. … Líbrese oficio a la Dirección del Notariado comunicando la iniciación del presente, debiendo el mismo cumplir con los recaudos dispuestos por el Reglamento para el fuero Civil y Comercial del Poder Judicial de Entre Ríos -punto 5.5.2- y el Acuerdo S.T.J.E.R. del 14/02/1995-. … Notifíquese conforme SNE.- Fdo.: FABIAN MORAHAN Juez Civ. y Com. N° 1” El presente se publicará por (3) TRES DIAS.- Se encuentra autorizado a diligenciar el presente el Dr. Elizalde Rodrigo y/o Caballero Maricel Agustina y/o a quien este designe.- 
Gualeguay, 19 de Febrero de 2026]]>
                </summary>
                                <category term="judiciales" label="Judiciales" />
                <updated>2026-02-23T13:15:21+00:00</updated>
                <published>2026-02-23T13:14:12+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            EDICTO S/ RIVERO MARIA ESTHER y acumulado SONCINI RODOLFO JOSE
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/judiciales/edicto-s-rivero-maria-esther-y-acumulado-soncini-rodolfo-jose" type="text/html" title="EDICTO S/ RIVERO MARIA ESTHER y acumulado SONCINI RODOLFO JOSE" />
        <id>https://www.diariodebatepregon.com/judiciales/edicto-s-rivero-maria-esther-y-acumulado-soncini-rodolfo-jose</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
            </name>
        </author>
        
                                        <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://eldebatecdn.eleco.com.ar/eldebate-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure>EDICTO BOLETIN OFICIAL N°033/1
 
El Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de Gualeguay Nº 1 a cargo del Dr. Fabián Morahan , por la Secretaría de la Dra. Delfina M. Fernandez en autos caratulados "RIVERO MARIA ESTHER y acumulado SONCINI RODOLFO JOSE S/ SUCESORIO AB INTESTATO" Expte.: 12753, cita y emplaza por el término de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del presente que se efectuará por UN DIA a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, Sr. RODOLFO JOSÉ SONCINI, D.N.I. 5.847.329, argentino, de estado civil casado, falleció en esta Ciudad de Gualeguay, el 20 de diciembre de 2016, nacido el 30 de enero de 1930 en esta ciudad de Gualeguay, Provincia de Entre Ríos, con domicilio en calle 3 de febrero N° 163 de esta ciudad de Gualeguay, Provincia de Entre Ríos.- A continuación se transcribe la parte pertinente que ordena el presente: “///leguay, 9 de febrero de 2026.- Proveyendo presentación electrónica de fecha 17/12/2025, por contestada vista por el Ministerio Fiscal, téngase presente. En consecuencia, estando acreditado el fallecimiento del causante y el carácter de parte legítima con la documental acompañada, decrétase la apertura acumulada del juicio sucesorio de RODOLFO JOSE SONCINI, fallecido el 20/12/2016, vecino que fuera de esta ciudad, y publíquense edictos por un día en el Boletín Oficial -conforme lo establecido por el art. 2340 del Cod. Civ. y Com. - último párrafo- y por tres días en el diario local El Debate Pregón -art. 728 del CPCC-, llamando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, quienes deberán acreditarlo dentro de los treinta y diez días respectivamente.- Recaratúlense las presentes actuaciones. Dése intervención al Ministerio Fiscal con los alcances del art. 722 del C.P.C.C.- Líbrese oficio a la Dirección del Notariado comunicando la iniciación del presente, debiendo el mismo cumplir con los recaudos dispuestos por el Reglamento para el fuero Civil y Comercial del Poder Judicial de Entre Ríos punto 5.5.2- y el Acuerdo S.T.J.E.R. del 14/02/1995-.- Téngase presente lo manifestado en el apartado IV y por cumplimentado el recaudo exigido por el art. 718 tercer párrafo del C.P.C.C...- Requiéranse informes a los Bancos locales.- A lo demás oportunamente.- Por lo demás, dese cumplimiento a lo ordenado en fecha 6/11/2025, y en consecuencia acredítese el pago del sellado correspondiente a la partida de nacimiento acompañada a los fines de dar intervención a Rosana Andrea Soncini. Notifíquese – Fdo.: FABIAN MORAHAN Juez Civ. y Com. N° 1 La presente se suscribe mediante firma digital - Acuerdo General n° 33/22 del 04.10.20 Punto 6°) Resolución STJ n° 206 del 28.10.2022” El presente se publicará por (1) UN DIA.- Se encuentra autorizado a diligenciar el presente el Dr. Elizalde Rodrigo y/o Caballero 
Maricel Agustina y/o a quien este designe.- 
                                                                    Gualeguay, 10 de febrero de 2026]]>
                </summary>
                                <category term="judiciales" label="Judiciales" />
                <updated>2026-02-23T13:12:48+00:00</updated>
                <published>2026-02-23T13:11:28+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            EDICTO S/ LOPEZ RICARDO HORACIO ALBERTO
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/judiciales/edicto-s-lopez-ricardo-horacio-alberto" type="text/html" title="EDICTO S/ LOPEZ RICARDO HORACIO ALBERTO" />
        <id>https://www.diariodebatepregon.com/judiciales/edicto-s-lopez-ricardo-horacio-alberto</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
            </name>
        </author>
        
                                        <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://eldebatecdn.eleco.com.ar/eldebate-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure>EDICTO DIARIO EL DEBATE PREGON   
N° 140/2
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Gualeguay Nº 2, a 
cargo de la Dra. ROSA M. FERNANDEZ CAMPASSO, JUEZA INTERINA 
Secretaria UNICA, desempeñada por el Dr. Sebastian LEITES, en autos 
caratulados: "LOPEZ RICARDO HORACIO ALBERTO S/SUCESORIO AB 
INTESTATO". Expte Nº 11304, cita y emplaza por el término de DIEZ (10)  DIAS, 
a contar a partir de la ultima publicación la que se efectuará por TRES (3) DIAS a 
todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante 
RICARDO HORACIO ALBERTO LOPEZ, DNI 17.735,799, fallecido el 28 de 
Octubre de 2025 en ésta Ciudad de Gualeguay.-  debiendo acreditarlo dentro 
de dicho plazo.- La resolución que ordena esta medida en su parte pertinente 
dispone: “///leguay, 10 de diciembre de 2025.-…Estando acreditado el 
fallecimiento del causante y el carácter de parte legítima con la 
documental acompañada, decrétase la apertura del juicio sucesorio 
de RICARDO HORACIO ALBERTO LOPEZ- DNI 
17735799, fallecido el 28 de octubre de 2025,   
vecino que fuera de esta ciudad, y publíquense edictos por un día 
en el Boletín Oficial l l a mando durante treinta días 
q ue se contarán a partir de la úl tima 
p ubl ic ación a todos los que se consideren con derecho a los 
bienes dejados por el causante, debiendo acreditarlo dentro 
de dicho plazo, y en el diario “El Debate Pregón” llamando durante diez 
días por tres veces, que se contarán a partir de la ultima publicación. 
Dese intervención al Ministerio Público Fiscal con los alcances del Art. 
722 del CPCC. Notifíquese conforme arts. 1° y 4° Acordada 15/18 SNE. 
Dra. ROSA M. FERNANDEZ CAMPASSO La presente se suscribe 
mediante firma digital Acuerdo General 33/32 del 04/10/2022, 
punto 6°) Resolución STJ n° 206 del 28.10.2022]]>
                </summary>
                                <category term="judiciales" label="Judiciales" />
                <updated>2026-02-19T13:40:08+00:00</updated>
                <published>2026-02-05T13:37:18+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            EDICTO S/ GUERCOVICH EUGENIO FRANKLIN
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/judiciales/edicto-s-guercovich-eugenio-franklin" type="text/html" title="EDICTO S/ GUERCOVICH EUGENIO FRANKLIN" />
        <id>https://www.diariodebatepregon.com/judiciales/edicto-s-guercovich-eugenio-franklin</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
            </name>
        </author>
        
                                        <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://eldebatecdn.eleco.com.ar/eldebate-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure>EDICTO
N° 1148/1
El Juzgado de 1ª Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1, de esta ciudad de Gualeguay, a cargo del Dr. Fabián Morahan, Secretaría Única, a cargo de la Dra. Delfina Fernández, en los autos caratulados   “GUERCOVICH,      EUGENIO      FRANKLIN      S/      SUCESORIO      AB INTESTATO” (Expte N° 12.831),” cita por el plazo de diez días, a todos los herederos y acreedores que se considerasen con derecho a los bienes dejados por EUGENIO FRANKLIN
GUERCOVICH, L.E. Nº 5.881.002, quien falleciera en esta ciudad el día 10 de Abril de
2015, vecino de esta ciudad. El presente se publicará por tres días.-
La resolución que ordena el presente dice así en su parte pertinente: “///-leguay, 11 de Noviembre de 2025. (…). Estando acreditado el fallecimiento del causante y el carácter de parte legítima con la documental acompañada, decrétase la apertura del juicio sucesorio de EUGENIO FRANKLIN GUERCOVICH, fallecido el 10/4/2015, vecino que fuera de esta ciudad, y publíquense edictos por un día en el Boletín Oficial -conforme lo establecido por el art. 2340 del Cod. Civ. y Com. -último párrafo- y por tres días en el diario local El Debate Pregón -art. 728 del CPCC-, llamando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, quienes deberán acreditarlo dentro de los treinta y diez días respectivamente. Dése intervención al Ministerio Fiscal con los alcances del art. 722 del CPCC. Líbrese oficio a la Dirección del Notariado Registros y Archivos de la Provincia, comunicando la iniciación del presente, debiendo el mismo cumplir con los recaudos dispuestos por el Reglamento para el fuero Civil y Comercial del Poder Judicial de Entre Ríos – punto 5.5.2- y el Acuerdo
S.T.J.E.R. del 14/02/1995. (…)”.Fdo: Dr. Fabián Morahan. Juez Civ. Y Com. N° 1.-
GUALEGUAY,  de Noviembre de 2025.-18]]>
                </summary>
                                <category term="judiciales" label="Judiciales" />
                <updated>2026-02-19T13:40:08+00:00</updated>
                <published>2025-11-26T21:20:11+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            EDICTO S/ IBARRA DELIA OFELIA
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/judiciales/edicto-s-ibarra-delia-ofelia" type="text/html" title="EDICTO S/ IBARRA DELIA OFELIA" />
        <id>https://www.diariodebatepregon.com/judiciales/edicto-s-ibarra-delia-ofelia</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
            </name>
        </author>
        
                                        <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://eldebatecdn.eleco.com.ar/eldebate-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure>EDICTO N° 
                        DIARIO LOCAL “EL DEBATE PREGON” 

          El Sr. Juez Dr. Fabian Morahan, a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 1 de la Ciudad de Gualeguay, Entre Ríos, Secretaria única de quien suscribe, en los autos caratulados: "IBARRA DELIA OFELIA S/ SUCESORIO AB INTESTATO" Expte.: 12835, cita y emplaza por el término de diez (10) días, a contar desde la última publicación del presente, a herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejado por la causante IBARRA DELIA OFELIA DNI L.C. 1.151.986, vecina que fuera de nuestra ciudad, fallecida en Gualeguay, Entre Ríos, en fecha 03/04/2014.-
        La resolución que ordena el presente en su parte pertinente expresa: “///-leguay, 7 de noviembre de 2025.- (…) Estando acreditado el fallecimiento de la causante y el carácter de parte legítima con la documental acompañada, decrétase la apertura del juicio sucesorio de DELIA OFELIA IBARRA, fallecida el 3/4/2014, vecina que fuera de esta ciudad, y publíquense edictos por tres días en el Boletín Oficial y diario local El Debate Pregón llamando durante diez días que se contarán a partir de la última publicación a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante debiendo acreditarlo dentro de dicho plazo.- Advirtiendo en este estado que el nombre de la causante es Delia Ofelia Ibarra -cfr. partida de defunción acompañada-, en vez de Ofelia Delia Ibarra como se denuncia en el escrito promocional, recaratúlense las presentes actuaciones y comuniquese a MUI. Dése intervención al Ministerio Fiscal con los alcances del art. 722 del C.P.C.C.- Líbrese oficio a la Dirección del Notariado comunicando la iniciación del presente, debiendo el mismo cumplir con los recaudos dispuestos por el Reglamento para el fuero Civil y Comercial del Poder Judicial de Entre Ríos -punto 5.5.2- y el Acuerdo S.T.J.E.R. del 14/02/1995-.- (…) (…) A lo demás oportunamente.- st FABIAN MORAHAN Juez Civ. y Com. N° 1 ///” ---- “///-Se deja constancia de que en fecha 10/11/2025 se recaratularon las presentes actuaciones como está ordenado. st Delfina M. Fernandez Secretaria La presente se suscribe mediante firma electrónica - Resolución STJER N°28/20 de 12/04/2020. Anexo IV-///”-------------------------------------------------------------------]]>
                </summary>
                                <category term="judiciales" label="Judiciales" />
                <updated>2026-02-19T13:40:08+00:00</updated>
                <published>2025-11-26T21:03:41+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            EDICTO S/ REYNOSO MARIA LUISA INOCENCIA
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/judiciales/edicto-s-reynoso-maria-luisa-inocencia" type="text/html" title="EDICTO S/ REYNOSO MARIA LUISA INOCENCIA" />
        <id>https://www.diariodebatepregon.com/judiciales/edicto-s-reynoso-maria-luisa-inocencia</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
            </name>
        </author>
        
                                        <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://eldebatecdn.eleco.com.ar/eldebate-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure>EDICTO N° 928/1
El juzgado civil y comercial N° 1 a cargo del Dr. Fabián Morahan,
Secretaría Única a cargo de la Dra. Delfina María Fernández, sito en calle Monte Caseros N° 239 de la ciudad de Gualeguay, Provincia de Entre Ríos, email: jdocycs1gua@jusentrerios.gov.ar, en las actuaciones "REYNOSO MARÍA LUISA INOCENCIA  s/ SUCESORIO AB  INTESTATO   (Expte
12.705)“ , cita y emplaza por el término de diez días, que se contarán a partir de la última publicación del presente, que se hará por tres (3) días, a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante María Luisa Inocencia Reynoso Dni n° 3.868.709, fallecida el día 21 de Febrero de 2025, vecina que fuera de esta ciudad, debiendo acreditarlo dentro de dicho plazo.-
El auto que ordena el presente dice: “///-leguay, 10 de junio de 2025. Estando acreditado el fallecimiento de la causante y el carácter de parte legítima con la documental acompañada, decrétase la apertura del juicio sucesorio de MARÍA LUISA INOCENCIA REYNOSO, DNI 3.868.709, vecina que fuera de esta ciudad, y publíquense edictos por un día en el Boletín Oficial - conforme lo establecido por el art. 2340 del Cod. Civ. y Com. -último párrafo- y por tres días en el diario local El Debate Pregón -art. 728 del CPCC-, llamando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, quienes deberán acreditarlo dentro de los treinta y diez días respectivamente. Fdo.: Fabián Morahan Juez Civil y Comercial.”
Gualeguay,   24de Septiembre de 2025.-]]>
                </summary>
                                <category term="judiciales" label="Judiciales" />
                <updated>2026-02-19T13:40:08+00:00</updated>
                <published>2025-10-29T22:22:36+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            EDICTO S/ JAHN GERARDO MELCHOR
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/judiciales/edicto-s-jahn-gerardo-melchor" type="text/html" title="EDICTO S/ JAHN GERARDO MELCHOR" />
        <id>https://www.diariodebatepregon.com/judiciales/edicto-s-jahn-gerardo-melchor</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
            </name>
        </author>
        
                                        <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://eldebatecdn.eleco.com.ar/eldebate-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure>N° 1060/1
El Sr. Juez Fabian MORAHAN, a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 1 de la Ciudad de Gualeguay, Entre Ríos, Secretaría Única a cargo de Delfina M. Fernández, en los autos caratulados “JAHN GERARDO MELCHOR S/ SUCESORIO AB INTESTATO” Expediente Nº 12.810, cita y emplaza por el término de diez (10) días a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante GERARDO MELCHOR JAHN, fallecido el 15 de julio de 2024, vecino que fuera de nuestra ciudad, fallecido en Gualeguay, Entre Ríos.-
La resolución que ordena el presente en su parte pertinente dice: “Gualeguay, 16 de octubre de 2025.… Estando acreditado el fallecimiento del causante y el carácter de parte legítima con la documental acompañada, decrétase la apertura del juicio sucesorio de GERARDO MELCHOR JAHN, fallecido el 15/07/2024 vecino que fuera de esta ciudad, y publíquense edictos por un día en el Boletín Oficial - conforme lo establecido por el art. 2340 del Cod. Civ. y Com. -último párrafo- y por tres días en el diario local El Debate Pregón -art. 728 del CPCC-, llamando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, quienes deberán acreditarlo dentro de los treinta y diez días respectivamente… FABIAN MORAHAN – Juez Civ. y Com. N° 1.-  “
Publíquese por tres (3) días. 
Gualeguay, 21 de octubre de 2025.-
Dra. Delfina Fernández. Secretaria. Juzgado Civil y Comercial Nº 1 Gualeguay Entre Ríos.]]>
                </summary>
                                <category term="judiciales" label="Judiciales" />
                <updated>2026-02-19T13:40:08+00:00</updated>
                <published>2025-10-29T22:17:02+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            EDICTO S/ FERREYRA  ALICIA CLOTILDE
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/judiciales/edicto-s-ferreyra-alicia-clotilde" type="text/html" title="EDICTO S/ FERREYRA  ALICIA CLOTILDE" />
        <id>https://www.diariodebatepregon.com/judiciales/edicto-s-ferreyra-alicia-clotilde</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
            </name>
        </author>
        
                                        <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://eldebatecdn.eleco.com.ar/eldebate-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure>EDICTO N°1074/1
Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 1 de la Ciudad de Gualeguay, Dr. Fabián Morahan, Secretaría Única de quien suscribe, en los autos rotulados "FERREYRA  ALICIA CLOTILDE S/ SUCESORIO AB
INTESTATO” Expte.: 12796.-cita y emplaza por el término de diez días a contar a partir de la última publicación la que se efectuará en el diario EL DEBATE PREGON por tres veces a fin de citar a los herederos de Alicia Clotilde Ferreyra quienes deberán acreditarlo dentro de los diez días respecto de los bienes de la causante Alicia Clotilde Ferreyra DNI:10289716 fallecida con fecha 4 de Agosto del año 2025.-
El auto que ordena la presente dice: “///leguay, 03 de octubre de 2025 …Estando acreditado el fallecimiento de la causante y el carácter de parte legítima con la documental acompañada, decrétase la apertura del juicio sucesorio de ALICIA CLOTILDE FERREYRA, fallecida el 4/8/2025, vecina que fuera de esta ciudad, y publíquense edictos por un día en el Boletín Oficial -conforme lo establecido por el art. 2340 del Cod. Civ. y Com. -último párrafo- y por tres días en el diario local El Debate Pregón -art. 728 del CPCC-, llamando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, quienes deberán acreditarlo dentro de los treinta y diez días respectivamente.-… FABIAN MORAHAN Juez Civ. y Com. N° 1 La presente se suscribe mediante firma digital - Acuerdo General n° 33/22 del 04.10.20 Punto 6°) Resolución STJ n° 206 del 28.10.2022.”-
Publicación	 	por	 	tres	 	días]]>
                </summary>
                                <category term="judiciales" label="Judiciales" />
                <updated>2026-02-19T13:40:08+00:00</updated>
                <published>2025-10-29T22:13:41+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            EDICTO S/ BRUZONI CARLOS MATEO
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/judiciales/edicto-s-bruzoni-carlos-mateo" type="text/html" title="EDICTO S/ BRUZONI CARLOS MATEO" />
        <id>https://www.diariodebatepregon.com/judiciales/edicto-s-bruzoni-carlos-mateo</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
            </name>
        </author>
        
                                        <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://eldebatecdn.eleco.com.ar/eldebate-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure>EDICTO.-N° 1071/1
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1 de Gualeguay, Provincia de Entre Ríos, a cargo de la Dr. Fabian Morahan, Secretaría a cargo de la Dra. Delfina Fernández, en autos caratulados: ""BRUZONI CARLOS MATEO y su acumulado
BELMARTINO ANGELA BIBIANA S/ SUCESORIO AB INTESTATO”,
Expte. Nº 12392, cita por el término de DIEZ (10) días contados a partir de la última publicación que se hará por dos días en el Boletín Oficial y en un diario matutino local para que comparezcan a ejercer sus derechos en este proceso a MARIA ANGELICA BRUZONI, ROSA LUISA BRUZONI Y CATALINA BRUZONI. El auto que así lo dispone dice en su parte pertinente: “Gualeguay, 25 de septiembre de 2025. ...Por último y en cumplimiento a lo que dispone el art. 142 del CPCC, cítese por edictos a las herederas denunciadas MARIA ANGELICA BRUZONI, ROSA LUISA BRUZONI Y CATALINA
BRUZONI (hijas del causante), los que se publicarán por dos (2) días en el Boletín Oficial y en un diario matutino local, en la forma prevista en el art. 143 del C.P.C..- a fin de que, en un plazo de diez (10) días contados a partir de la última publicación, comparezcan al proceso para hacer valer sus derechos, conforme al artículo 728 del CPCC.- FABIAN MORAHAN Juez Civ. y Com. N° 1 La presente se suscribe mediante firma digital Acuerdo General n° 33/22 del 04.10.20 Punto 6°) Resolución STJ n° 206 del 28.10.2022.-
Gualeguay, 22 de Octubre de 2025.-]]>
                </summary>
                                <category term="judiciales" label="Judiciales" />
                <updated>2026-02-19T13:40:08+00:00</updated>
                <published>2025-10-29T22:11:51+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            EDICTO S/ VILLABONA OSCAR EVARISTO
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/judiciales/edicto-s-villabona-oscar-evaristo" type="text/html" title="EDICTO S/ VILLABONA OSCAR EVARISTO" />
        <id>https://www.diariodebatepregon.com/judiciales/edicto-s-villabona-oscar-evaristo</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
            </name>
        </author>
        
                                        <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://eldebatecdn.eleco.com.ar/eldebate-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure>°_________
EDICTO

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 1 de la ciudad de Gualeguay a cargo del Dr. Fabián Morahan, Secretaría Única a cargo de la Dra. Delfina Fernández, cita y emplaza por el término de TREINTA DÍAS en los autos caratulados "VILLABONA OSCAR EVARISTO S/ SUCESORIO AB INTESTATO" Expte.: 12816, la que se efectuará por una tres veces en el Diario local “El Debate Pregon”, a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Don VILLABONA OSCAR EVARISTO DNI N° 5.885.350, fallecido en Gualeguay el día 19 de julio de 2024, debiendo acreditarlo dentro de dicho plazo.-
La resolución que así lo ordena en su parte pertinente expresa: “Gualeguay, 22 de octubre de 2025.-… Estando acreditado el fallecimiento del causante y el carácter de parte legítima con la documental acompañada, decrétase la apertura del juicio sucesorio de OSCAR EVARISTO VILLABONA, fallecido el 19/07/2024, vecino que fuera de esta ciudad, y publíquense edictos por un día en el Boletín Oficial - conforme lo establecido por el art. 2340 del Cod. Civ. y Com. -último párrafo- y por tres días en el diario local El Debate Pregón -art. 728 del CPCC-, llamando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, quienes deberán acreditarlo dentro de los treinta y diez días respectivamente-. Dése intervención al Ministerio Fiscal con los alcances del art. 722 del C.P.C.C.- Líbrese oficio a la Dirección del Notariado Registros y Archivos de la Provincia, comunicando la iniciación del presente. Líbrense oficios a los Bancos locales. Téngase presente lo manifestado en el apartado V. y por cumplimentado el recaudo exigido por el art. 718 tercer párrafo del C.P.C.C...- Por acompañada boleta ley 9005, con pago de arts. 15 y 46 de la citada normativa, agréguese y téngase presente. A lo demás oportunamente. ca FABIAN MORAHAN Juez Civ. y Com. N° 1”.-
Gualeguay, Entre Ríos, a ____ de _____________________ de 2025.-]]>
                </summary>
                                <category term="judiciales" label="Judiciales" />
                <updated>2026-02-19T13:40:08+00:00</updated>
                <published>2025-10-29T21:43:33+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            EDICTO S/ VELAZQUEZ HERMENEGILDO NICOLAS Y GIMENEZ FRANCISCA LEONOR
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/judiciales/edicto-s-velazquez-hermenegildo-nicolas-y-gimenez-francisca-leonor" type="text/html" title="EDICTO S/ VELAZQUEZ HERMENEGILDO NICOLAS Y GIMENEZ FRANCISCA LEONOR" />
        <id>https://www.diariodebatepregon.com/judiciales/edicto-s-velazquez-hermenegildo-nicolas-y-gimenez-francisca-leonor</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
            </name>
        </author>
        
                                        <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://eldebatecdn.eleco.com.ar/eldebate-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure>EDICTO N°


          El Sr. Juez Dr. Fabián Morahan, a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 1 de la Ciudad de Gualeguay, Entre Ríos, Secretaria única de quien suscribe, en los autos caratulados: "VELAZQUEZ HERMENEGILDO NICOLAS Y GIMENEZ FRANCISCA LEONOR S/ SUCESORIO AB INTESTATO" Expte.: 12774, cita y emplaza por el término de diez (10) días, a contar desde la última publicación del presente, a herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes HERMENEGILDO NICOLAS VELAZQUEZ - D.N.I. M N° 1.986.628 y FRANCISCA LEONOR GIMENEZ - D.N.I. F N° 735.753, vecinos que fueran de nuestra ciudad, fallecidos en Gualeguay, Entre Ríos, en fecha 27/02/1969 y 05/01/2021 respectivamente.
        La resolución que ordena el presente en su parte pertinente expresa: “///-leguay, 23 de septiembre de 2025. (…) (…) Estando acreditado el fallecimiento de los causante y el carácter de parte legítima con la documental acompañada, decrétase la apertura del juicio sucesorio de HERMENEGILDO NICOLAS VELAZQUEZ fallecido el 27/02/1969 y FRANCISCA LEONOR GIMENEZ fallecida el 05/01/2021, vecinos que fueran de esta ciudad, y publíquense edictos por un día en el Boletín Oficial -conforme lo establecido por el art. 2340 del Cod. Civ. y Com. -último párrafo- y por tres días en el diario local El Debate Pregón -art. 728 del CPCC-, llamando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes, quienes deberán acreditarlo dentro de los treinta y diez días respectivamente.- Dése intervención al Ministerio Fiscal con los alcances del art. 722 del C.P.C.C.- Líbrese oficio a la Dirección del Notariado Registros y Archivos de la Provincia, comunicando la iniciación del presente.-. Líbrense oficios a los Bancos locales. Téngase presente lo manifestado en el apartado IV y por cumplimentado el recaudo exigido por el art. 718 tercer párrafo del C.P.C.C...- (…) FABIAN MORAHAN Juez Civ. y Com. N° 1 La presente se suscribe mediante firma digital - Acuerdo General n° 33/22 del 04.10.20 Punto 6°) Resolución STJ n° 206 del 28.10.2022///”. -----------------------------------------------------------------------------------------------------

Publíquese por tres (3) días.
I.M.]]>
                </summary>
                                <category term="judiciales" label="Judiciales" />
                <updated>2026-02-19T13:40:08+00:00</updated>
                <published>2025-10-15T14:40:02+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            EDICTO S/ GONZALEZ CLAUDIA BEATRIZ
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/judiciales/edicto-s-gonzalez-claudia-beatriz" type="text/html" title="EDICTO S/ GONZALEZ CLAUDIA BEATRIZ" />
        <id>https://www.diariodebatepregon.com/judiciales/edicto-s-gonzalez-claudia-beatriz</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
            </name>
        </author>
        
                                        <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://eldebatecdn.eleco.com.ar/eldebate-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure>EDICTO Nº 1003/1
 
El Sr. Juez Dr. Fabián Morahan, a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 1 de la ciudad de Gualeguay, Secretaría única de quien suscribe, en los autos caratulados "GONZALEZ CLAUDIA BEATRIZ S/SUCESORIO AB INTESTATO", Expte. Nº 12778, cita y emplaza por el término de diez (10) días, a contar desde la última publicación del presente, a herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Claudia Beatriz Gonzalez DNI N°20.099.507, vecina que fuera de nuestra ciudad, fallecida en la ciudad de Parana Entre Ríos, en fecha 18 de Agosto de 2024.
La resolución que ordena el presente en su parte pertinente expresa: ///leguay, 11 de septiembre de 2025.- (…)Estando acreditado el fallecimiento del causante y el carácter de parte legítima con la documental acompañada, decrétase la apertura del juicio sucesorio de CLAUDIA BEATRIZ GONZALEZ, fallecida el 18/8/2024, vecina que fuera de esta ciudad, y publíquense edictos por un día en el Boletín Oficial - conforme lo establecido por el art. 2340 del Cod. Civ. y Com. -último párrafo- y por tres días en el diario local El Debate Pregón -art. 728 del CPCC-, llamando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, quienes deberán acreditarlo dentro de los treinta y diez días respectivamente.- FABIAN MORAHAN Juez Civ. y Com. N° 1 La presente se suscribe mediante firma digital - Acuerdo General n° 33/22 del 04.10.20 Punto 6°) Resolución STJ n° 206 del 28.10.2022]]>
                </summary>
                                <category term="judiciales" label="Judiciales" />
                <updated>2026-02-19T13:40:08+00:00</updated>
                <published>2025-10-15T14:37:09+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            EDICTO S/ MAIDANA AMELIA ANGELICA
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/judiciales/edicto-s-maidana-amelia-angelica" type="text/html" title="EDICTO S/ MAIDANA AMELIA ANGELICA" />
        <id>https://www.diariodebatepregon.com/judiciales/edicto-s-maidana-amelia-angelica</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
            </name>
        </author>
        
                                        <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://eldebatecdn.eleco.com.ar/eldebate-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure>N°: 1013/1




El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 1, a cargo del Dr. Fabián Morahan, Secretaría Unica a cargo de la Dra Delfina M. Fernández, en los autos caratulados 
"MAIDANA AMELIA ANGELICA S/ SUCESORIO AB INTESTATO" Expte.: 12799 iniciado con fecha 23 de septiembre del corriente año – cita y emplaza a los herederos y/o acreedores de la señora Amelia Angélica Maidana, DNI 5.323.262, domiciliado en calle Rocamora número 476 de esta Ciudad de Gualeguay donde falleció el 22 de febrero de 2020, por el término de treinta días a contar desde la última publicación, que se efectuará por un día en el Boletín Oficial y por tres días en el Diario local Debate Pregón... El auto que ordena la presente en su parte pertinente dice: /// Gualeguay, 3 de octubre de 2025. ..Estando acreditado el fallecimiento de la causante y el carácter de parte legítima con la documental acompañada, decrétase la apertura del juicio sucesorio de AMELIA ANGELICA MAIDANA, fallecida el 22/02/2020, vecina que fuera de esta ciudad, y publíquense edictos por un día en el Boletín Oficial - conforme lo establecido por el art. 2340 del Cod. Civ. y Com. -último párrafo- y por tres días en el diario local El Debate Pregón -art. 728 del CPCC-, llamando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante, quienes deberán acreditarlo dentro de los treinta y diez días respectivamente. Fdo. Fabián Morahan. Juez Civil y Comercial.

Gualeguay, 9   octubre  2025]]>
                </summary>
                                <category term="judiciales" label="Judiciales" />
                <updated>2026-02-19T13:40:08+00:00</updated>
                <published>2025-10-15T14:35:24+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            EDICTO S/ FERNANDEZ BLANCA LEONOR
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/judiciales/edicto-s-fernandez-blanca-leonor" type="text/html" title="EDICTO S/ FERNANDEZ BLANCA LEONOR" />
        <id>https://www.diariodebatepregon.com/judiciales/edicto-s-fernandez-blanca-leonor</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
            </name>
        </author>
        
                                        <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://eldebatecdn.eleco.com.ar/eldebate-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure>E D I C T O N° 886/1              
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1, de esta ciudad, a cargo del Dr. Fabián Morahan, Secretaría Unica a cargo de la Dra. Delfina M. Fernández, en autos: "FERNANDEZ BLANCA LEONOR S/ SUCESORIO AB INTESTATO”, Expediente Nº 12722, cita y emplaza por el término de diez días, que se contarán a partir de la última publicación del presente, la que se efectuará por tres días en el Boletín Oficial y diario El Debate-Pregón, a todos los que se consideren con derecho a los bienes quedados por el fallecimiento de la causante BLANCA LEONOR FERNANDEZ, vecina que fuera de esta ciudad, en la que falleciera en fecha 17 de Julio de 1995. El auto que ordena el presente, en lo pertinente dice: “Gualeguay, 27 de agosto de 2025.- ...Estando acreditado el fallecimiento de la causante y el carácter de parte legítima con la documental acompañada, decrétase la apertura del juicio sucesorio de BLANCA LEONOR FERNANDEZ, fallecida el 17/07/1995 vecina que fuera de esta ciudad, y publíquense edictos por tres días en el Boletín Oficial y diario local El Debate Pregón, llamando durante diez días que se contarán a partir de la última publicación a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante debiendo acreditarlo dentro de dicho plazo.- … Dr. FABIAN MORAHAN Juez Civ. y Com. N° 1”.- La presente se suscribe mediante firma digital – Acuerdo General n° 33/22 del 04-10-20 Punto 6°)  Resolución STJ n° 206 del 28.10.22”.- 
Gualeguay, 15 de Septiembre de 2025.-
		Dra. Delfina Fernández]]>
                </summary>
                                <category term="judiciales" label="Judiciales" />
                <updated>2026-02-19T13:40:08+00:00</updated>
                <published>2025-09-23T12:57:47+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            EDICTO CABRERA ALFREDO RAMON Y OTRO C/ DELIA ESTER PEREZ CORONOFFO USUCAPION
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/judiciales/edicto-cabrera-alfredo-ramon-y-otro-c-delia-ester-perez-coronoffo-usucapion" type="text/html" title="EDICTO CABRERA ALFREDO RAMON Y OTRO C/ DELIA ESTER PEREZ CORONOFFO USUCAPION" />
        <id>https://www.diariodebatepregon.com/judiciales/edicto-cabrera-alfredo-ramon-y-otro-c-delia-ester-perez-coronoffo-usucapion</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
            </name>
        </author>
        
                                        <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://eldebatecdn.eleco.com.ar/eldebate-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure>N° 892/1	EDICTO 
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1, de esta ciudad, a cargo del Dr. Fabián Morahan - Juez - Secretaria única, a cargo de la Dra. Delfina Fernández, en autos caratulados: “CABRERA ALFREDO RAMON Y OTRO C/ DELIA ESTER PEREZ DE 
CORONOFFO, y/o contra sus sucesores y/o herederos contra quienes se consideren con derecho S/ USUCAPION", Expte. Nº 12333;- cita y emplaza por el término de quince días, que se contarán a partir de la última publicación del presente que se hará por dos días;- citando y emplazando a la Sra. DELIA ESTER PEREZ DE CORONOFFO M.I. Nº 
5.235.943;- y/o sus herederos y/o sucesores y/o quien y/o quienes se consideren con derecho sobre el inmueble urbano, situado en Segunda Sección Chacras – Chacra 75 en calle Cacho Da Dalt S/Nº y Calle 104 Elda Viviani de Hauscarriaga Departamento Gualeguay – Municipio de Gualeguay Ejido de Gualeguay, con superficie 1 Ha 66 a 08 ca – Partida Nº 60928/5 – Matricula Nº 651077 – Año de Inscripción: 1950 del Registro Público de la Propiedad Inmueble – Plano Nº 18029. 
        Como recaudo se transcribe la parte pertinente de la resolución que así lo dispone:- “///leguay, 3 de septiembre de 2025.- VISTOS: Estos autos caratulados: "CABRERA ALFREDO RAMON Y OTRO C/ PEREZ DELIA ESTER y/o contra sus sucesores y/o herederos contra quienes se consideren con derecho S/ USUCAPION, expediente Nº 12333, traídos a despacho para el dictado de sentencia y CONSIDERANDO:… RESUELVE: …3°) RECTIFICAR el cuarto párrafo de la providencia de inicio dictada el 16-04-2024 quedando del siguiente modo: "Téngase por promovido juicio de adquisición de dominio por usucapión de parte de 
ALFREDO RAMON CABRERA y GRACIELA ALEJANDRA LOPEZ contra DELIA ESTER PEREZ DE CORONOFFO, sus herederos y/o sucesores y/o quien o quienes se consideren con derecho sobre el inmueble que se individualiza, al que se le imprime el trámite de juicio ORDINARIO". 4°) DISPONER la publicación de edictos por DOS DIAS en el Boletín oficial y diario local El Debate Pregón citando y emplazando a DELIA ESTER PEREZ DE CORONOFFO y/o sus herederos y/o sucesores y/o quien y/o quienes se consideren con derecho sobre el inmueble individualizado, por el término de QUINCE DIAS, bajo los apercibimientos de ley. REGISTRESE notifíquese y, cumplido que sea, vuelva a despacho.]]>
                </summary>
                                <category term="judiciales" label="Judiciales" />
                <updated>2026-02-19T13:40:08+00:00</updated>
                <published>2025-09-23T12:55:10+00:00</published>
    </entry>
    </feed>