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    <title>El Debate Pregón</title>
    <subtitle>Últimas noticias de Argentina</subtitle>
    <updated>2026-02-19T13:40:08+00:00</updated>
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            &quot;Si es para destruir, les está saliendo perfecto”, indicó Darío Marengo
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/AR-Ns4THCNqMNUbIQ_foB8oG8C0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2025/03/aa_33.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), anteriormente conocida como AFIP, dejaría de realizar la atención normal al público su oficina de calle San Antonio el próximo 21 de abril. Esta medida, enmarcada dentro de una reestructuración nacional, ha generado preocupación tanto entre los trabajadores del organismo como en la comunidad local.</p><p>Para conocer más detalles sobre la situación, el secretario general de ARCA en la seccional Paraná, Darío Marengo, visitó la ciudad el jueves pasado y brindó un panorama sobre las posibles consecuencias del cierre.El impacto de la medida afectaría especialmente a los contribuyentes que realizan trámites en la oficina local, aunque los empleados conservarían sus puestos de trabajo. Sin embargo, la reestructuración implicaría el traslado de la jurisdicción de Gualeguay a la oficina de Gualeguaychú, lo que generaría cambios en la dinámica de atención.</p><p>Un cierre con grandes repercusionesMarengo explicó que el organismo ya ha cerrado 38 oficinas en todo el país, y que en la regional Paraná actualmente funcionan la Agencia Paraná y cuatro distritos: Concordia, Concepción del Uruguay, Gualeguaychú y Gualeguay. De estos, solo quedarán dos en funcionamiento, mientras que las oficinas de Concepción del Uruguay y Gualeguay serán clausuradas. También se darán de baja las receptorías de Colón y La Paz.“Los 45.000 contribuyentes de Gualeguay pasarían a depender del distrito Gualeguaychú. Dado que todavía no hay una disposición escrita, en principio quedarían trabajando en la actual oficina los nueve empleados de Gualeguay”, señaló Marengo.</p><p>En cuanto a la atención al público, el dirigente sindical afirmó que la mayoría de los trámites presenciales desaparecerían en un 70 u 80 por ciento. “Dicen que habilitarían una oficina de atención mínima, pero en Gualeguay ya no habría jefaturas a cargo, lo que reduciría drásticamente la atención al público”, advirtió.</p><p>Incertidumbre sobre el futuro de la oficinaActualmente, la oficina de ARCA en Gualeguay opera en un inmueble alquilado hasta fin de año, lo que suma otro factor de incertidumbre. “No sabemos si el organismo renovará el contrato de locación. Antes trabajaban 18 o 20 personas, hoy son 9, y tal vez después busquen un lugar más chico”, agregó Marengo.A nivel nacional, de las 38 oficinas en proceso de cierre, 17 quedarían con personal trabajando, como en el caso de Gualeguay. Sin embargo, en otras 21 agencias, los empleados no tendrían un lugar físico donde trasladarse y podrían ser obligados a desplazarse a oficinas cercanas.Marengo expresó su preocupación sobre la justificación del cierre y lo consideró un perjuicio tanto para los trabajadores como para los contribuyentes. “Si bien se habla de eficiencia y reducción de costos, lo que se está haciendo es lo contrario. No hay ningún beneficio, porque a los empleados se les seguirá pagando el mismo sueldo y, al obligarlos a trasladarse a otras oficinas, habría que costear gastos adicionales como viáticos y desarraigo”, explicó.Desde el sindicato, consideran que el cierre de estas oficinas representa un desfinanciamiento del organismo y un perjuicio para la ciudadanía. “Hoy estamos viendo cómo se está destruyendo un organismo modelo en el mundo. Si es para destruir, esto que hacen les está saliendo perfecto”, sostuvo.</p><p>Preocupación entre los empleadosEl personal de ARCA en Gualeguay atraviesa un escenario de incertidumbre debido a la falta de definiciones concretas. “Aunque se ha hablado de mantener la oficina abierta, todavía no hay nada por escrito. La preocupación es enorme porque pasan los días y la disposición oficial no ha salido”, indicó Marengo.A nivel nacional, el sindicato ha mantenido conversaciones con las autoridades para encontrar una solución para los más de 400 empleados afectados por la reestructuración. “Estamos trabajando para evitar que los trabajadores sean trasladados compulsivamente. Necesitamos garantizar estabilidad y seguridad laboral para todos los compañeros”, concluyó.Mientras tanto, la comunidad de Gualeguay espera definiciones oficiales sobre el futuro de la oficina de ARCA, una dependencia clave para la gestión de trámites impositivos y aduaneros en la región.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/AR-Ns4THCNqMNUbIQ_foB8oG8C0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2025/03/aa_33.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), anteriormente conocida como AFIP, dejaría de realizar la atención normal al público su oficina de...]]>
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                <updated>2026-02-19T13:40:08+00:00</updated>
                <published>2025-03-25T12:00:00+00:00</published>
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            Juicio a ex-AFIP :un nuevo arrepentido apunta contra jueces y empresarios en un escándalo de corrupción en Santa Fe
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/5gX-VuZwMD6VZSYH6ZSF28PayuM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2025/03/ex_afip.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El exfuncionario, quien se desempeñó como director regional en Santa Fe y Rosario, ha decidido convertirse en imputado colaborador y ha aportado información crucial en varias causas que involucran corrupción institucional, lavado de activos y asociación ilícita.</p><p>Vaudagna está acusado de facilitar maniobras de evasión fiscal a empresarios, extorsionar contribuyentes en complicidad con la Justicia y desviar fondos a través de mutuales. En su declaración, que fue homologada este miércoles en los Tribunales Federales de Rosario, el exdirector reveló detalles explosivos que involucran a jueces, empresarios y operadores financieros. Su testimonio podría tener repercusiones devastadoras en la política y el ámbito judicial santafesino.</p><p>Uno de los puntos más sensibles de su declaración es la acusación contra el juez federal de Rosario, Marcelo Bailaque, a quien Vaudagna vinculó con persecuciones ilegales hacia empresarios como Claudio Iglesias y Jorge Oneto. Además, el exdirector de AFIP admitió haber favorecido a varios empresarios, entre ellos, el ex titular de Vicentin SAIC, Omar Scarel, el presidente de Ospat (Obra Social del Personal de la Actividad del Turf), Carlos Felice, y el empresario de medios de comunicación, Nahuel Caputto.</p><p>El acuerdo alcanzado con la Justicia incluyó la entrega de su último teléfono celular y las claves de acceso a información relevante, lo que podría aportar más pruebas para las investigaciones en curso. Desde principios de año, fiscales federales de las localidades de Rosario, Santa Fe y Reconquista negociaron con Vaudagna su colaboración bajo el artículo 41 TER del Código Penal, lo que le permitirá obtener una reducción de pena a cambio de su testimonio.</p><p>Los delitos que Vaudagna admitió – incumplimiento de deberes, tráfico de influencias, asociación ilícita y lavado de activos – están penados con hasta seis años de prisión, pero el acuerdo podría garantizarle una condena de cumplimiento condicional.</p><p>Este caso es seguido de cerca por seis fiscales federales, entre ellos Juan Argibay, Federico Reynares Solari y Matías Scilabra en Rosario, Walter Rodríguez en Santa Fe, y Roberto Salum en Reconquista. El testimonio de Vaudagna podría dar inicio a una nueva etapa en la investigación sobre la corrupción, la connivencia judicial y el lavado de dinero en la provincia de Santa Fe, con implicancias que aún se están evaluando.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/5gX-VuZwMD6VZSYH6ZSF28PayuM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2025/03/ex_afip.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Un nuevo capítulo en el escándalo de corrupción que sacude a la justicia y la política de Santa Fe ha sido escrito con el testimonio de un exdirector de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Carlos Andrés Vaudagna.]]>
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                <updated>2026-02-19T13:40:08+00:00</updated>
                <published>2025-03-22T14:30:00+00:00</published>
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            El Senado pidió que no se cierren las sedes de Gualeguay y Concepción del Uruguay de ARCA
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Q2tKgosVywIBCckSTGo3LcFMWrQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2023/08/afip.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>A través de un proyecto de comunicación presentado por el legislador Alberto Otaegui (Juntos por Entre Ríos) con el acompañamiento como coautor de Martín Oliva (Más por Entre Ríos), el Senado le solicitará al Gobierno provincial que realice “las gestiones necesarias” ante el Gobierno Nacional para que se deje sin efecto la Disposición N° 36/2025 de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero, por la cual se cierran las sedes de dicho Agencia de las ciudades de Gualeguay y de Concepción del Uruguay.</p><p>“Estamos hablando de dos delegaciones en las cuales trabajan alrededor de treinta personas, las cuales no saben a qué funciones serán reasignados y que temen perder su fuente laboral. Pero no sólo se ven ellos afectados, hay profesionales, contribuyentes y ciudadanía en general que debe realizar trámites o consultas presenciales, para todo lo cual deberá viajar hasta otra ciudad”, detalló Otaegui en la iniciativa presentada.</p><p>Cierran las sedes de ARCA (exAFIP) de Concepción del Uruguay y GualeguayAsimismo, el legislador de Juntos remarca que respecto a la sede de Gualeguay “ha logrado una mayor recaudación que la dependencia de Gualeguaychú con poco personal. se trata de una de las dependencias con menor incidencia para el gasto público si lo comparamos con lo que recauda”, Mientras que en Concepción del Uruguay, el no haber sede provocará que los contribuyentes deberán trasladarse hasta Concordia para realizar sus trámites.</p><p>“En el contexto actual el gobierno nacional realiza un ajuste en el cual pretende que sólo le den los números en un excel, pero cuesta creer que estén realizando el cálculo de cómo puede impactar esta medida en la recaudación, ya que lejos de simplificar las cosas este tipo de medidas no hace más que complicar a los contribuyentes”, culminó. (APFDigital)</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Q2tKgosVywIBCckSTGo3LcFMWrQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2023/08/afip.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El pedido es al Gobierno provincial para que realice “las gestiones necesarias” ante el Gobierno nacional. “La sede de Gualeguay ha logrado una mayor recaudación que la dependencia de Gualeguaychú con poco personal”, detalló el legislador Alberto Otaegui, autor del proyecto de comunicación. Mientras que en el caso de Concepción del Uruguay, el legislador remarca que la ausencia de oficina provocará que los contribuyentes deban trasladarse hasta Concordia para realizar sus trámites.]]>
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                <updated>2025-03-21T14:07:30+00:00</updated>
                <published>2025-03-21T14:08:01+00:00</published>
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            Cevasco pide que se tomen ‘todas las acciones necesarias para evitar el cierre de la ex AFIP Gualeguay’
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/mIKetPKPmJXgJxR5x6KAMpvMmDY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2023/06/afip.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Compartimos el texto que se presentará este martes en la reunión del Concejo Deliberante de nuestra ciudad.</p><p>VISTO:&nbsp;La resolución 36/2025 publicada en el Boletín Oficial de la Nación que establece el cierre de algunas dependencias de ARCA (Ex AFIP) y,</p><p>CONSIDERANDO:Que por la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos N° 27.742 se declaró la emergencia pública en materia administrativa, económica, financiera y energética. &nbsp;</p><p>Y que por esa razón el gobierno anunció la eliminación de 38 receptorías y oficinas de atención de la ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero).</p><p>Que en nuestra ciudad particularmente, es sede de una oficina distrital que atiende a contribuyentes de nuestro departamento Gualeguay y también del Departamento Tala, los cuales a partir de esta medida deberían trasladarse para realizar sus trámites a la ciudad de Gualeguaychú.</p><p>Por otra parte, estamos en conocimiento que el inmueble de nuestra ciudad continuaría alquilado y los empleados por el momento seguirían trabajando, dependiendo de la ciudad vecina (Gualeguaychú).</p><p>Los contribuyentes quedarán en condiciones más dificultosas a la hora de tramitar sus cuestiones tributarias y el ahorro que el gobierno central pretende no sería de la magnitud que se pretende.</p><p>En nuestra provincia de Entre Ríos, quedarían solo Paraná, Concordia y Gualeguaychú como dependencias distritales.Pero volviendo al caso de nuestra ciudad que es lo que nos atañe como cuerpo deliberativo entendemos la importancia de, sobre todo porque Gualeguay siempre ha sido víctima de arrebatos de los organismos nacionales de importancia a lo largo de la historia. Podemos citar entre ellos, el traslado del Regimiento 3 de Caballería, la Delegación Aduanera que otrora funcionara aquí, la Prefectura Naval, que solo dejó un destacamento en Puerto Ruiz etc.</p><p>Es nuestra responsabilidad, acompañar, solicitar y en este caso instar al Departamento Ejecutivo municipal, nuestros legisladores nacionales y provinciales, a hacer propia la defensa de la permanencia de los organismos nacionales con sede en nuestra ciudad.</p><p>Todos los organismos nacionales con sede local son muy valiosos para la comunidad, y luego de ser erradicados son difíciles de recuperar. Prueba de ello es que ya existió una oficina de DGI (Dirección General Impositiva) en la década del 60, que fue absorbida por Gualeguaychú y recién en 1993 pudo volver a abrirse nuevamente en GUALEGUAY.</p><p>Esta situación nos preocupa y nos ocupa, y creemos que obliga a la Intendenta Dra. Dora Bogdan, y a nuestros legisladores, Diputada Nacional Marcela Ántola y Diputado Nacional Francisco Morchio, como así también a nuestro Senador Departamental Dr. Casiano Otaequi a que arbitren todos los medios necesarios para evitar esta medida.</p><p>Por todo lo expuesto, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN ANTONIO DE GUALEGUAY, sanciona con fuerza de PROYECTO DE&nbsp;COMUNICACIÓN</p><p>ART 1: Instar a la Intendenta Municipal, Dra. Dora Bogdan, a que, a través de los legisladores, arbitre todas las acciones necesarias para evitar el cierre de la dependencia de ARCA (EX AFIP) de Gualeguay.&nbsp;ART. 2: DE FORMA.&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/mIKetPKPmJXgJxR5x6KAMpvMmDY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2023/06/afip.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La concejala del Frente Más por Entre Ríos, Micaela Cevasco, fue una de las primeras en pronunciarse sobre el anuncio de cierre de la sede Gualeguay de la ex AFIP. En la reunión del Concejo Deliberante de este martes presentará un Proyecto de Comunicación que alerta sobre el problema que traerá a los contribuyentes de Gualeguay, Tala, y recordó otros ‘arrebatos’ como el Regimiento 3 de Caballería]]>
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                <updated>2026-02-19T13:40:08+00:00</updated>
                <published>2025-03-11T13:30:00+00:00</published>
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            Cierre de AFIP Gualeguay: se perdería atención al público y no se ahorra dinero
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/mIKetPKPmJXgJxR5x6KAMpvMmDY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2023/06/afip.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La información llegó como marca la estrategia comunicacional del Gobierno Nacional por sorpresa y hasta los propios empleados se enteraron por medios informales. Sin embargo, más allá del golpe de efecto que se intenta lograr (que se festeje la pérdida de empleos es parte de esa búsqueda), la disposición real tiene muchos puntos grises.</p><p>Qué dice la disposición 36/2025</p><p>El documento con fecha 28 de febrero de 2025, y publicado en el Boletín Oficial el 5 de marzo de 2025 aborda la modificación de unidades organizativas dependientes de la Dirección General Impositiva (DGI).Contexto y fundamento oficial:Emergencia pública: La Ley N° 27.742 declaró la emergencia pública en materia administrativa, económica, financiera y energética. Esta declaración en teoría busca evitar el uso de recursos públicos en perjuicio del Estado y los contribuyentes. También se escuda en una supuesta mejora de la eficiencia del Estado, transparentando la gestión pública, reduciendo el ‘sobredimensionamiento de la estructura estatal’, equilibrar las cuentas públicas y asegurar el control interno de la administración pública nacional.</p><p>Todo esto se enmarca en la reestructuración de la AFIP: El Decreto N° 953/2024 disolvió la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y creó la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). A su vez, el Decreto N° 13/2025 redujo la estructura organizativa de ARCA hasta el nivel de Subdirección General inclusive. Se instruyó al Director Ejecutivo a realizar adecuaciones y aprobar la estructura organizativa de segundo nivel operativo inferior.</p><p>Disposiciones:</p><p>Entre lo que se definió está la modificación de unidades organizativas: Se modifican las unidades organizativas dependientes de la Dirección General Impositiva. También se avisa que se notificará a los contribuyentes sobre los cambios de jurisdicción y la fecha de entrada en vigencia que será en 45 días corridos desde la publicación en el Boletín Oficial, por lo tanto, hasta el 18 de abril todo sigue igual.</p><p>La letra chica</p><p>Cuando uno lee la fundamentación difícil pueda estar en desacuerdo en el gasto eficiente y evitar el sobredimensionamiento. Sin embargo, los cambios que están previstos en Gualeguay parecen no apuntar en esa dirección. En primer lugar, cabe decir que la ciudad pierde una institución que en la actualidad recauda más que Gualeguaychú y pasa a depender de la ciudad vecina. El criterio no queda muy claro, por ejemplo, junto con Gualeguay se pretende eliminar Concepción del Uruguay que tiene un peso muy importante. En toda la provincia quedarían solamente Paraná, Concordia y Gualeguaychú.</p><p>A su vez, de acuerdo a lo que pudimos averiguar, los empleados seguirán trabajando en el inmueble (que es alquilado) y pasarán a depender de la vecina ciudad. Se ahorrarían los adicionales de los jefes, pero la gente ya no tendrá atención al público a nivel local. El contribuyente local quedará más desamparado, y el ahorro será casi insignificante. No parece buen negocio para la ciudad. Sobre la gente que festeja que un vecino de Gualeguay se quede sin trabajo preferimos no emitir opinión. Sobran las palabras ante esa actitud.&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/mIKetPKPmJXgJxR5x6KAMpvMmDY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2023/06/afip.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>De acuerdo a lo que pudo averiguar El Debate Pregón los principales damnificados por la medida que se tomó en estos días serán quienes realizaban trámites en la oficina local. No se reducirá personal, en principio, y pasarán a depender de Gualeguaychú que recauda menos que nuestra ciudad.]]>
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                                <category term="locales" label="Locales" />
                <updated>2025-03-08T00:46:53+00:00</updated>
                <published>2025-03-08T00:59:28+00:00</published>
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        <title>
            Establecieron un sistema de retiro voluntario para empleados de ARCA
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/argentina-y-el-mundo-1/establecieron-un-sistema-de-retiro-voluntario-para-empleados-de-arca" type="text/html" title="Establecieron un sistema de retiro voluntario para empleados de ARCA" />
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                                <content type="html" xml:base="https://www.diariodebatepregon.com/argentina-y-el-mundo-1/establecieron-un-sistema-de-retiro-voluntario-para-empleados-de-arca">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Q2tKgosVywIBCckSTGo3LcFMWrQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2023/08/afip.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Retiro voluntario en ARCA. El Gobierno oficializó la creación de un sistema de retiro anticipado para el personal de la planta permanente de ARCA. Lo hizo a través del decreto 3/2025, que lleva la firma del máximo responsable de ese organismo, Juan Alberto Pazo.</p><p>&nbsp;</p><p>El artículo 3° de la normativa propone "arbitrar las medidas presupuestarias pertinentes a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente acto dispositivo, estableciéndose un tope máximo de 1.500 vacantes disponibles".</p><p>En uno de los anexos, además, se precisan los requisitos que tiene que cumplir el personal para acogerse en forma voluntaria a esta medida: ser igual o mayor a 58 años al 31 de diciembre de 2024, o bien que acceda a dicha edad durante la vigencia del presente Sistema de Retiro Anticipado; y acreditar la prestación de servicios mínima en ARCA (ex AFIP) establecida como requisito en el artículo 24 del CCT Laudo N° 15/91 (t.o. Resolución S.T. N° 925/10) y el artículo 179 del CCT N° 56/92 - Laudo N° 16/92 "E" (t.o. Resolución S.T. N° 924/10)".</p><p>REGLAMENTACIÓN DEL SISTEMA DE RETIRO ANTICIPADO&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>1. Personal alcanzado:El personal que reviste en la planta permanente de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero y que cumple con los requisitos que se detallan a continuación, podrá acogerse, en forma voluntaria, al Sistema de Retiro Anticipado dispuesto por el artículo 1° de la presente Disposición:</p><p>&nbsp;</p><p>● Edad: igual o mayor a 58 años al 31 de diciembre de 2024, o bien que acceda a dicha edad durante la vigencia del presente Sistema de Retiro Anticipado.</p><p>&nbsp;</p><p>● Acreditar la prestación de servicios mínima en ARCA (ex AFIP) establecida como requisito en el artículo 24 del CCT Laudo N° 15/91 (t.o. Resolución S.T. N° 925/10) y el artículo 179 del CCT N° 56/92 - Laudo N° 16/92 "E" (t.o. Resolución S.T. N° 924/10).</p><p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>2. Personal no alcanzado:● Agentes que se encontraren sometidos a proceso penal o sumario administrativo del que pudieran surgir las sanciones de cesantía o exoneración o existiese perjuicio fiscal.</p><p>&nbsp;</p><p>● Agentes que registraren suspensiones preventivas, en el marco de las previsiones contenidas en el Régimen Disciplinario Unificado -Disposición N° 185 (AFIP) del 26 de mayo de 2010-.</p><p>&nbsp;</p><p>● Agentes que hubieren presentado su renuncia y estuviere pendiente de aceptación.</p><p>&nbsp;</p><p>● Agentes que, al momento de solicitar su adhesión, tuvieren ausencias injustificadas por las cuales se les pueda aplicar la sanción de cesantía, aun cuando el trámite no estuviera iniciado.</p><p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>3. Anticipación de la indemnización especial y beneficio adicional:● Al personal que se acoja al presente Sistema de Retiro se le anticipará el monto indemnizatorio correspondiente al beneficio establecido en el artículo 24 del CCT Laudo N° 15/91 (t.o. Resolución S.T. N° 925/10) y el artículo 179 del CCT N° 56/92 - Laudo N° 16/92 "E" (t.o. Resolución S.T. N° 924/10).</p><p>&nbsp;</p><p>● La base de cálculo de la indemnización prevista en el punto anterior será la remuneración correspondiente al mes de diciembre de 2024.</p><p>Forma de pago: TRES (3) cuotas, mensuales, iguales y consecutivas, a abonarse la primera de ellas dentro de los 30 días corridos desde el dictado del acto dispositivo correspondiente.</p><p>&nbsp;</p><p>● Beneficio adicional: aquellos agentes que no alcanzaren las condiciones para jubilarse percibirán adicionalmente, en concepto de cobertura médica, un único pago correspondiente a hasta DOCE (12) veces la suma de los últimos aportes personales y contribuciones patronales realizados en concepto de obra social. Este monto será proporcional en el caso en que la edad jubilatoria y los aportes jubilatorios se alcancen en un plazo inferior a DOCE (12) meses.</p><p>&nbsp;</p><p>● Las autoridades superiores que se encuentren en uso de licencia en su cargo de planta permanente, podrán acogerse al presente Sistema de Retiro Anticipado y, en tal caso, tendrán como base de cálculo para el monto indemnizatorio y el beneficio adicional, el correspondiente a su escalafón titular.</p><p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>4. Prohibición de reingreso:● El personal que se desvincule del organismo por aplicación del Sistema que se reglamenta por la presente, no podrá ser designado en planta permanente o transitoria, ni incorporado bajo ninguna modalidad de contratación, con o sin relación de dependencia, en el ámbito del Sector Público Nacional, por el término de DIEZ (10) años contados a partir de su baja.</p><p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>5. Procedimiento para la implementación:● La información relacionada con el tema estará disponible en la intranet institucional y se enviará al personal alcanzado señalado en el Punto 1, notificación electrónica a través del SARHA Mi Legajo, cuyo modelo figura en el Anexo II a la presente.</p><p>&nbsp;</p><p>● Aquellos agentes que se encuentren interesados en la propuesta, deberán presentar la correspondiente solicitud a través de SARHA Mi Legajo.</p><p>&nbsp;</p><p>● El plazo para presentar la solicitud será de TREINTA (30) días corridos desde la recepción de la Notificación Electrónica (SARHA Mi Legajo) o desde la entrada en vigencia del presente Sistema, lo que suceda primero.</p><p>&nbsp;</p><p>● Evaluación de las solicitudes de acogimiento al beneficio: La presentación de la solicitud no dará derecho al peticionante al otorgamiento de dicho beneficio, siendo su concesión una facultad exclusiva de la máxima autoridad de la Agencia, la que eventualmente podrá denegarla atendiendo a razones funcionales o de oportunidad y conveniencia. Tal decisión será irrecurrible.</p><p>&nbsp;</p><p>● El personal que hubiera solicitado el retiro anticipado y que tuviera iniciado recurso administrativo, denuncia, reclamo o demanda judicial contra el Estado u organismo empleador por pretensiones salariales u otros motivos, previamente a su aceptación deberá desistir de dicha acción y del derecho que le asiste, suscribiendo los documentos pertinentes hasta la homologación que en forma definitiva ponga fin al reclamo o acción judicial iniciada.</p><p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>6. Régimen de excepcionalidad:● Podrán postularse interesados que no cumplan el requisito de edad mínima señalado en el Punto 1, debiendo cumplir el resto de las condiciones del Sistema y acreditar, como mínimo, VEINTE (20) años de antigüedad en el organismo. Los casos de excepción serán autorizados en única instancia por la máxima autoridad de ARCA y por el simple criterio de oportunidad y conveniencia, sin admitir otra instancia recursiva.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Q2tKgosVywIBCckSTGo3LcFMWrQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2023/08/afip.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El Gobierno oficializó la creación de un sistema de retiro anticipado para el personal de la planta permanente de ARCA. En uno de los anexos, además, se precisan los requisitos a cumplir para acogerse a esta medida.]]>
                </summary>
                                <category term="argentina-y-el-mundo-1" label="Argentina y el mundo" />
                <updated>2025-01-07T13:55:54+00:00</updated>
                <published>2025-01-07T13:56:09+00:00</published>
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        <title>
            ARCA puso en funcionamiento su nueva página web
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/argentina-y-el-mundo-1/arca-puso-en-funcionamiento-su-nueva-pagina-web" type="text/html" title="ARCA puso en funcionamiento su nueva página web" />
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                                <content type="html" xml:base="https://www.diariodebatepregon.com/argentina-y-el-mundo-1/arca-puso-en-funcionamiento-su-nueva-pagina-web">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/BfoZyayVKQfSJ2P28ZiQEjPwWac=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2024/11/arca.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puso en línea hoy su nueva portada en la página web en reemplazo de la que correspondía a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).</p><p>La nueva carátula de la página web no implica ningún cambio en el funcionamiento, dado que se mantienen las claves de ingreso y el uso de los diferentes servicios que se ofrecen.</p><p>&nbsp;</p><p>ARCA fue creada el 24 de octubre a través del Decreto 953 que fue publicado el 24 de octubre, que al mismo tiempo disolvió la ex AFIP.</p><p>Durante este tiempo se implementaron los cambios que culminaron con la implantación de la nueva portada.</p><p>Pese a los diferentes rumores, ARCA sigue a cargo de Florencia Misrahi, quien era la titular de AFIP hasta su disolución.</p><p>En tanto, Andrés Edgardo Vázquez ejerce &nbsp;como Director General de la Dirección General Impositiva, mientras que José Andrés Velis como &nbsp;Director General de la Dirección General de Aduanas.</p><p>Ambos resistieron cuestionamientos por su pasado en el sistema impositivo argentino.</p><p>Fuente: NA</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/BfoZyayVKQfSJ2P28ZiQEjPwWac=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2024/11/arca.webp" class="type:primaryImage" /></figure>No hay cambios en la manera de ingresar al sitio, ni tampoco en la forma de realizar trámites]]>
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                                <category term="argentina-y-el-mundo-1" label="Argentina y el mundo" />
                <updated>2024-11-11T22:01:09+00:00</updated>
                <published>2024-11-11T22:01:01+00:00</published>
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        <title>
            La AFIP avanza con la simplificación de la declaración jurada de IVA
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/argentina-y-el-mundo/la-afip-avanza-con-la-simplificacion-de-la-declaracion-jurada-de-iva" type="text/html" title="La AFIP avanza con la simplificación de la declaración jurada de IVA" />
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.diariodebatepregon.com/argentina-y-el-mundo/la-afip-avanza-con-la-simplificacion-de-la-declaracion-jurada-de-iva">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/I9HrxHJfsRHwOeZzUA3mP40jZdk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/adjuntos/289/imagenes/000/592/0000592057.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) avanza con la simplificación de la declaración jurada de IVA&nbsp; para facilitar los trámites a partir del período fiscal octubre de 2024 con vencimiento en noviembre.</p><p>En la Resolución General 5.591/2024, publicada este jueves en el Boletín Oficial el organismo que todavía está en funciones dispuso modernizar la aplicación web vigente utilizada para la determinación del impuesto al valor agregado y la confección de la respectiva declaración jurada mensual.</p><p>Al respecto, el texto oficial argumentó la decisión indicando que se vincula “al objetivo de facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus deberes fiscales a partir de la optimización de las aplicaciones disponibles para ello”.</p><p>De esta manera, los contribuyentes podrán realizar los trámites relacionados con el IVA de manera más ágil porque la AFIP actualizó el Formulario F.2002 para que los usuarios de esta herramienta puedan visualizar el débito y crédito fiscal previamente registrados en el libro de IVA digital, del mismo período mensual.</p><p>Además, la medida permitirá evitar la duplicidad en la carga inicial de información y simplificar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones ante el fisco.</p><p>Desde el ente que conduce Florencia Misrahi remarcaron que la AFIP “continúa con la instrumentación de mecanismos tendientes a mejorar y simplificar los procesos administrativos y reducir la carga burocrática al sector privado” y destacaron que “esta medida alcanza aproximadamente al 90% de los contribuyentes de IVA”.</p><p>Asimismo, recordaron que “la determinación del impuesto al valor agregado, así como la confección de la respectiva declaración jurada mensual, debe efectuarse desagregando los débitos fiscales de acuerdo con la actividad económica declarada y las ventas conforme a la alícuota que corresponda”.</p><p>En este sentido, puntualizaron que para ello se deberá ingresar al servicio “Mis Aplicaciones WEB” y seleccionar el formulario “F2002 IVA por Actividad”, disponible en el portal de la AFIP.</p><p>El ente que será reemplazado por ARCA sostuvo que “esta es la primera etapa de un proceso de simplificación de la declaración jurada de IVA en el cual el organismo se encuentra trabajando para su implementación progresiva durante los próximos meses, con el objetivo de poner a disposición de la totalidad de los contribuyentes de dicho impuesto, la declaración jurada precargada sobre la base de los datos con los que ya cuenta el organismo”.N.A.</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/I9HrxHJfsRHwOeZzUA3mP40jZdk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/adjuntos/289/imagenes/000/592/0000592057.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La medida permitirá agilizar los trámites a partir del período fiscal octubre de 2024 con vencimiento en el mes de noviembre.]]>
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                                <category term="argentina-y-el-mundo" label="Argentina y el Mundo" />
                <updated>2024-10-24T19:19:26+00:00</updated>
                <published>2024-10-24T19:19:05+00:00</published>
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            Postergan el vencimiento del primer anticipo de Ganancias para autónomos
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/argentina-y-el-mundo-1/postergan-el-vencimiento-del-primer-anticipo-de-ganancias-para-autonomos" type="text/html" title="Postergan el vencimiento del primer anticipo de Ganancias para autónomos" />
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        <author>
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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        </author>
        
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/gInANod2xT_0zs0IZSjH1PCamfg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/adjuntos/289/imagenes/000/507/0000507682.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Ganancias para autónomos. En un contexto de creciente incertidumbre tras el anuncio de la disolución de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), el organismo recaudador decidió postergar el vencimiento del primer anticipo del Impuesto a las Ganancias de las personas, que originalmente iba a operar este viernes.</p><p>Esta resolución busca aliviar la carga que enfrentan los asesores y estudios contables, quienes se encuentran con cantidad de compromisos que deben cumplir en estos días.</p><p>Fuentes del organismo confirmaron al diario Ámbito Financiero que el nuevo vencimiento se trasladará a noviembre, y se espera que en los próximos días se dé a conocer el cronograma definitivo.</p><p>Cinco anticiposEl Impuesto a las Ganancias se abona a través de cinco anticipos del 20%, calculados sobre el gravamen pagado en el período fiscal anterior, lo que implica una planificación cuidadosa para los contribuyentes y sus asesores.</p><p>Esta no es la primera vez que AFIP decide postergar un vencimiento. El primer plazo había sido establecido entre el 15 y el 17 de octubre, pero ante las demandas de los contadores, se había extendido por una semana.</p><p>La carga de trabajo para los profesionales contables es considerable en esta época del año, no solo debido a Ganancias, sino también por otros pagos anticipados, como el de Bienes Personales (REIPB) y el cierre del blanqueo en su primera etapa.</p><p>Los pedidos de contadoresEl Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires comunicó a sus matriculados que "el anticipo N° 1 vencerá en el mes de noviembre" y que "el resto de los anticipos vencerían en los meses de diciembre 2024, febrero, marzo y abril 2025". Este anuncio proporciona un respiro, pero también resalta la presión constante a la que están sometidos los profesionales contables en un período crítico del año fiscal.</p><p>El Colegio había solicitado a Florencia Misrahi una postergación, aduciendo que la AFIP había demorado en ingresar al Sistema de Cuentas Tributarias las condiciones necesarias para el cálculo del anticipo correspondiente al 2024.</p><p>Además de los vencimientos mencionados, el clima de incertidumbre se intensifica con el anuncio de la disolución de la AFIP y su sustitución por una nueva agencia nacional. Este cambio ha desencadenado un conflicto con el personal del organismo, que ha decidido llevar a cabo "apagones informáticos" como forma de protesta. A pesar de que la mayoría de los trámites se realizan en línea, los contadores están preocupados por posibles interrupciones en los servicios.</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/gInANod2xT_0zs0IZSjH1PCamfg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/adjuntos/289/imagenes/000/507/0000507682.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El organismo recaudador tomó la decisión de postergar el vencimiento del primer anticipo del Impuesto a las Ganancias de las personas. Será para noviembre y luego se dará a conocer el cronograma definitivo.]]>
                </summary>
                                <category term="argentina-y-el-mundo-1" label="Argentina y el mundo" />
                <updated>2024-10-24T13:16:36+00:00</updated>
                <published>2024-10-24T13:16:24+00:00</published>
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        <title>
            Ajuste en la AFIP: el gobierno anterior nombró el último año 1.500 empleados con sueldos altos
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/argentina-y-el-mundo-1/ajuste-en-la-afip-el-gobierno-anterior-nombro-el-ultimo-ano-1500-empleados-con-sueldos-altos" type="text/html" title="Ajuste en la AFIP: el gobierno anterior nombró el último año 1.500 empleados con sueldos altos" />
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        <author>
            <name>
                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.diariodebatepregon.com/argentina-y-el-mundo-1/ajuste-en-la-afip-el-gobierno-anterior-nombro-el-ultimo-ano-1500-empleados-con-sueldos-altos">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/wCDKGENkPjN3Dh8aqJQHymMdQ2I=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/adjuntos/289/imagenes/000/558/0000558399.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El anuncio de la disolución de la Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y la creación, en su lugar, de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), puso la lupa sobre el personal del organismo recaudador. El objetivo es que el nuevo organismo tenga una estructura “más simple, más eficiente, menos costosa y menos burocrática”, según informó la Oficina del Presidente en un comunicado.</p><p>El vocero presidencial Manuel Adorni señaló el lunes que la medida implicaría la reducción del 45% de los cargos de autoridades superiores, 31% de los niveles inferiores de la actual estructura, y “un ahorro presupuestario de $6.400 millones al año” por “la reubicación y pase a disponibilidad de unos 3.100 empleados que ingresaron durante el último gobierno”.</p><p>Entre enero y noviembre de 2023, bajo la gestión de Alberto Fernández, hubo 1.249 nuevas incorporaciones en la AFIP, según surge de la comparación hecha por Infobae de los datos publicados por el INDEC. Y si se analiza el último año y medio del gobierno anterior hasta la llegada de Milei a la Casa Rosada, cuando el organismo estuvo bajo la conducción de Carlos Castagneto, la planta se amplió en 1.458 puestos de trabajo, un 7% del total.</p><p>Actualmente, la AFIP tiene 21.410 empleados, de los cuales 21.355 están bajo convenio, 53 fuera de convenio y 2 con contrato temporal, según los últimos datos disponibles de agosto último. Son 669 empleados más que dos años atrás, cuando la AFIP registraba 20.741 trabajadores.</p><p>El ente recaudador es el tercero en personal de la Administración Pública Nacional, detrás del CONICET que tiene 26.682 empleados y Operadora Ferroviaria SE (SOFSE), con 23.271. La planta de la AFIP se ubica por encima de la del Banco Nación (17.382) y el PAMI (14.033 empleados).</p><p>El pico de personal se registró en julio de 2023, cuando sumaban 22.323 las personas que cumplían funciones en la AFIP. Para finales de noviembre de 2023, 10 días antes de la asunción de Javier Milei, el organismo tenía 22.199 trabajadores.</p><p>La cantidad de agentes recién comenzó a bajar, aunque lentamente, en febrero de este año, ya con Florencia Mizrahi como titular, quien seguirá la frente de la nueva ARCA. Durante los primeros 8 meses de la gestión de Milei se desvinculó a 681 trabajadores, según los datos relevados por Infobae.</p><p>Personal fuera de convenioDel análisis de la cantidad de empleados y modalidad contractual surge que entre el 95 y el 99% de los empleados de la AFIP se encuentran bajo el Convenio Colectivo de Trabajo para los trabajadores de la Dirección General Impositiva (DGI) y los de la Dirección General de Aduanas (DGA). Pueden estar bajo esta modalidad hasta el cargo de director. Por encima de este rango, pasan a ser personal jerárquico - y por ende, designados por una decisión política -, por lo que están fuera de convenio, con otra escala salarial.</p><p>Entre mayo y junio del año de 2023, hubo un aumento significativo del personal fuera de convenio. En ese período, se sumaron 1.066 empleados bajo esa modalidad. En mayo pasaron a ser 2.137 y, al mes siguiente, totalizaron 2.330, la cifra más alta en los dos últimos años.</p><p>Mientras esto ocurría en el bimestre mayo-junio, al mes siguiente, el número de empleados fuera de convenio descendió a casi la mitad y, paralelamente, aumentó el número de personal de planta alcanzado por el convenio colectivo de trabajo. Fuentes de la AFIP señalaron a Infobae que “era muy factible que se trate de personal contratado en esos meses, que luego ingresó a la planta, y pasó a estar bajo convenio”.</p><p>La incorporación de los empleados fuera de convenio fue progresiva. En julio de 2022 eran apenas 188; en junio de 2023 llegaron a ser 2.330; y para el último mes de gestión de Fernández eran 85. Hoy son solo 53, y corresponden a los cargos más altos.</p><p>Plus por “jerarquización”El vocero presidencial también anunció el lunes pasado que se reducirán los salarios de las máximas autoridades del nuevo organismo que reemplazará a la AFIP, a partir de la eliminación de la llamada “cuenta de jerarquización”, implementada por un decreto de Carlos Menem en 1997. Fue un año después de crear la AFIP, que unificó la DGI y la Administración Nacional de Aduanas y que, hasta ese momento, eran independientes y funcionaban bajo la órbita del entonces Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos.</p><p>Los empleados de la AFIP cobran un plus salarial en función de la recaudación bruta mensual de los impuestos y los recursos de la seguridad social, que proviene de ese fondo. Lo reciben tanto el personal jerárquico, como el que está bajo convenio. Ese plus llega a ser equivalente a un sueldo. Según anunció el vocero presidencial el lunes, ese cobro también dejará de existir con la reestructuración de la AFIP.</p><p>Este adicional era originalmente del 0,60% de la recaudación total bruta. Pero por el decreto 1.399 del 2001, durante el gobierno de Fernando de la Rúa, se elevó hasta el 0,75%. Ese año se creó dentro de la estructura de la AFIP la Dirección General de Recursos de la Seguridad Social.</p><p>La “cuenta de jerarquización” se distribuye entre el todo el personal de AFIP “conforme a un sistema que considere la situación de revista, rendimiento y eficiencia” de los agentes en base a “parámetros objetivos de medición”. En junio del año pasado, ese porcentaje se fijó en el 0,68%. Con la nueva gestión, en mayo pasado, Mizrahi lo redujo al 0,65%.</p><p>Además, dependiendo del área de desempeño y responsabilidad, el personal cobra un “adicional técnico”, entre otros ítems que engrosan el sueldo de los empleados, como el “adicional por jefatura”, “desarraigo”, “compensación por residencia/grupo familiar”. Según publicó Infobae, subdirectores generales de la Dirección General de Aduanas, la DGI y la Dirección de Recursos de la Seguridad Social perciben sueldos superiores a los $14.700.000, de acuerdo a los últimos datos oficiales del mes de agosto, entre remuneración básica y el concepto especial de jerarquización.</p><p>Históricamente, en la AFIP se pagaron sueldos de los más altos del Estado. La justificación fue que era para evitar que agentes del organismo “se tentaran” con el potencial cobro de sobornos de particulares o empresas que buscaban mejorar su situación impositiva o eludir multas.</p><p>De acuerdo a lo informado por Adorni en su conferencia de prensa del lunes, por la “cuenta de jerarquización”, la actual titular de AFIP percibía más de $30 millones por mes, y los directores más de $17 millones mensuales. “Ahora van a pasar a cobrar sueldos equivalentes o equiparables a los que cobran los ministros o los secretarios de Estado”, precisó el vocero presidencial. Milei recibe actualmente unos $4 millones y los ministros $3,6 millones. Según la última actualización de la Base Integrada de Empleo Público, con datos de abril pasado, había casi 5.000 empleados de las AFIP que cobraban por encima del sueldo del Presidente.</p><p>Organismos con sueldos más altos, según últimos datos publicados de la BIEP correspondientes a abril</p><p>Hasta julio pasado, el Presidente no había autorizado una suba de salarios para altos funcionarios del Ejecutivo, lo que congeló los sueldos del primer mandatario y los altos funcionarios del Gabinete. Esto derivó en que terminen cobrando, en algunos casos, menos que los directores generales, ya que pese a que están por debajo suyo en la escala jerárquica, se rigen por las paritarias estatales que tuvieron un 3% de aumento.</p><p>Infografía: Marcelo Regalado</p><p>Visualización de datos: Daniela Czibener</p><p>FUENTE: infobae.com</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/wCDKGENkPjN3Dh8aqJQHymMdQ2I=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/adjuntos/289/imagenes/000/558/0000558399.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El organismo recaudador tiene 21.410 personas en su planta. El pico se registró en julio de 2023. Según los últimos datos disponibles de la Base Integrada de Empleo Público, había 5.000 agentes de la AFIP que cobraban más que el Presidente]]>
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                <updated>2024-10-23T13:07:36+00:00</updated>
                <published>2024-10-23T13:07:40+00:00</published>
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            AFIP: Qué pasa si se superan los límites de facturación del monotributo
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        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/argentina-y-el-mundo-1/afip-que-pasa-si-se-superan-los-limites-de-facturacion-del-monotributo" type="text/html" title="AFIP: Qué pasa si se superan los límites de facturación del monotributo" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Q2tKgosVywIBCckSTGo3LcFMWrQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2023/08/afip.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) implementó ajustes significativos en el régimen del Monotributo a partir de la aprobación del Paquete Fiscal 2024. Estas modificaciones, vigentes desde agosto, son fundamentales para los trabajadores autónomos y pequeños comercios que dependen de este sistema simplificado para gestionar sus obligaciones fiscales, incluyendo impuestos, obra social y jubilación.</p><p>&nbsp;</p><p>Las nuevas escalas del Monotributo van desde la categoría A, con un aporte mensual de $26,000, hasta la categoría K, donde los prestadores de servicios deben abonar hasta $867,084.75. Es fundamental que los contribuyentes mantengan un control riguroso sobre sus ingresos, ya que exceder el límite de facturación de una categoría conlleva la obligación de recategorizarse. Este proceso se ha extendido hasta agosto de 2024, lo que ofrece un margen de tiempo para adaptarse y evitar sanciones.</p><p>Qué pasa que se supera los límitesPara aquellos que superen los límites en las categorías más altas, la opción de pasar al régimen general se convierte en una necesidad, aunque ello implique asumir mayores obligaciones impositivas y una carga administrativa más pesada, como la inscripción en IVA y Ganancias.</p><p>&nbsp;</p><p>Sin embargo, la AFIP también sugiere alternativas para quienes deseen evitar el régimen general. Formar una sociedad puede ser una opción atractiva para reducir la carga fiscal y gestionar de manera más efectiva las responsabilidades tributarias. Es vital que los contribuyentes evalúen cuidadosamente todas las opciones antes de tomar decisiones.</p><p>&nbsp;</p><p>Además, la AFIP actualizó los montos mensuales por categoría: en octubre de 2024, los contribuyentes de la categoría A pagarán $3,000, mientras que los de la categoría K abonarán hasta $735,000.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Q2tKgosVywIBCckSTGo3LcFMWrQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2023/08/afip.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>AFIP ofrece alternativas para llevar a cabo cuando se superan los límites de facturación del monotributo. Formar una sociedad puede ser una opción atractiva para reducir la carga fiscal.]]>
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                                <category term="argentina-y-el-mundo-1" label="Argentina y el mundo" />
                <updated>2024-10-18T14:56:49+00:00</updated>
                <published>2024-10-18T14:57:04+00:00</published>
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            AFIP inicia la devolución de Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales para dólar tarjeta y dólar ahorro
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        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/argentina-y-el-mundo/afip-inicia-la-devolucion-de-impuesto-a-las-ganancias-y-bienes-personales-para-dolar-tarjeta-y-dolar-ahorro" type="text/html" title="AFIP inicia la devolución de Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales para dólar tarjeta y dólar ahorro" />
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                                <content type="html" xml:base="https://www.diariodebatepregon.com/argentina-y-el-mundo/afip-inicia-la-devolucion-de-impuesto-a-las-ganancias-y-bienes-personales-para-dolar-tarjeta-y-dolar-ahorro">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Q2tKgosVywIBCckSTGo3LcFMWrQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2023/08/afip.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha comenzado la devolución de percepciones relacionadas con el Impuesto a las Ganancias y el Impuesto sobre los Bienes Personales que se aplican en la compra de dólares.&nbsp;</p><p>Estas percepciones incluyen el 30% de anticipo que se suma al 30% del Impuesto PAIS para la adquisición de moneda extranjera, tanto para ahorro y el pago de consumos con tarjetas de crédito en el exterior, como servicios de streaming.</p><p>El proceso de devolución beneficiará a más de 300.000 contribuyentes y se llevará a cabo de manera escalonada durante un período de seis meses desde en octubre. Este reintegro incluye tanto el capital percibido como los intereses acumulados hasta el momento del cobro, y se procesará en función del orden en que se hayan presentado las solicitudes.</p>Devolución de percepciones: una medida clave para pequeños contribuyentes<p>Según fuentes de la AFIP, la devolución abarca las percepciones correspondientes a los períodos fiscales hasta 2023 inclusive, en el marco de la Resolución General N° 4815/20. Esta normativa establece un régimen de percepción anticipada de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales para las compras de dólares, ya sea para ahorro o para pagar gastos en el exterior que tributen el Impuesto PAIS.</p><p>En lo que va de 2024, la AFIP ya ha devuelto $50.000 millones en este concepto, y aún resta reintegrar $139.600 millones adicionales, que equivalen a aproximadamente 147 millones de dólares. La importancia de esta devolución radica en que la mayoría de los beneficiarios son pequeños contribuyentes, quienes han enfrentado demoras de hasta un año para recibir los montos adeudados.</p><p>A medida que la AFIP avanza en este proceso de devolución, muchos contribuyentes están expectantes, ya que el organismo aún debe hacer frente a una deuda que afecta al 70% de los casos, con retrasos de entre seis meses y un año.</p>¿Qué ocurrirá con el Impuesto PAIS en 2025?<p>El Impuesto PAIS, que grava las operaciones en moneda extranjera, podría tener los días contados. De no mediar una resolución por parte de la AFIP, este impuesto se extinguirá el 31 de diciembre de 2024, lo que implicaría la desaparición de modalidades como el "dólar tarjeta" y el "dólar ahorro".&nbsp;</p><p>Sin embargo, aunque desde el gobierno se ha asegurado que no se reimpondrá un recargo del 60% a partir de enero de 2025, otras fuentes señalan que se planea reintroducir dicho recargo para evitar una salida masiva de divisas durante el verano.N..A</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Q2tKgosVywIBCckSTGo3LcFMWrQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2023/08/afip.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Estas percepciones incluyen el 30% de anticipo que se suma al 30% del Impuesto PAIS para la adquisición de moneda extranjera.]]>
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                                <category term="argentina-y-el-mundo" label="Argentina y el Mundo" />
                <updated>2024-10-09T11:30:29+00:00</updated>
                <published>2024-10-09T11:30:00+00:00</published>
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            AFIP eliminó la obligación de informar telegramas laborales
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        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/argentina-y-el-mundo-1/afip-elimino-la-obligacion-de-informar-telegramas-laborales" type="text/html" title="AFIP eliminó la obligación de informar telegramas laborales" />
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/mIKetPKPmJXgJxR5x6KAMpvMmDY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2023/06/afip.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) eliminó la obligación de informar al organismo recaudador intimaciones a empleadores realizadas por trabajadores o asociaciones sindicales mediante telegramas o cartas documento.</p><p>Lo hizo a través de la Resolución General 5560/2024 publicada hoy en el Boletín Oficial, que suprimió el servicio informático “Telegramas laborales”, donde se remitían las copias digitales de las comunicaciones laborales dirigidas a empleadores que se enmarcaban en el artículo 1 de la ley 24.013.</p><p>“Como la ley Bases adoptó una serie de medidas tendientes a mejorar y agilizar los procesos administrativos, la AFIP dejó sin efecto la norma que reglamentaba este procedimiento”, señaló el organismo.</p><p>No obstante se aclaró que “el servicio seguirá disponible en la página web para que los usuarios puedan acceder a los datos históricos de las comunicaciones registradas”.</p><p>“Esto permitirá la consulta de la imagen digitalizada y los datos asociados a las comunicaciones laborales enviadas por los trabajadores a sus empleadores en el pasado”</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/mIKetPKPmJXgJxR5x6KAMpvMmDY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2023/06/afip.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La AFIP suprimió el servicio informático “Telegramas laborales”, donde se remitían las copias digitales de las comunicaciones laborales dirigidas a empleadores.]]>
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                                <category term="argentina-y-el-mundo-1" label="Argentina y el mundo" />
                <updated>2024-09-09T15:29:11+00:00</updated>
                <published>2024-09-09T15:28:59+00:00</published>
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            La AFIP reglamentó el blanqueo de capitales sin impuestos hasta US$100.000
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/mIKetPKPmJXgJxR5x6KAMpvMmDY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2023/06/afip.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó hoy el procedimiento para adherir al Régimen de Regularización de Activos que permitirá a los residentes y no residentes regularizar activos sin límite de monto sin costo alguno.</p><p>La medida está contemplada en la Ley 27.743 bautizada "Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes" y que mediante la Resolución General Nº 5528 publicada en el Boletín Oficial detalla que el dinero negro ingresado en el sistema financiero deberá quedar hasta el 31 de diciembre de 2025 o se invertirse en destinos autorizados.</p><p>Además, quienes regularicen bienes o tenencias por hasta US$100.000 estarán exentos del pago de impuestos. La normativa también facilita la adhesión de personas que perdieron su residencia fiscal antes del 31 de diciembre de 2023, quienes podrán recuperar su residencia a partir del 1° de enero de 2024.</p><p>El régimen establece tres etapas con alícuotas decrecientes: hasta el 30 de septiembre de 2024 con una alícuota del 5%, hasta el 31 de diciembre de 2024 al 10%, y hasta el 31 de marzo de 2025 al 15%.</p><p>Los bienes a blanquear deben estar en posesión del contribuyente al 31 de diciembre de 2023 y acreditarse en la declaración jurada correspondiente.</p><p>El dinero en efectivo debe ser depositado en una cuenta especial de Regularización de Activos para evitar el pago de impuestos y debe regularizarse antes del 30 de septiembre de 2024.</p><p>Otros beneficios del blanqueo incluyen la exención de acciones civiles y penales por delitos tributarios, cambiarios, aduaneros e infracciones administrativas, y la posibilidad de adelantar el pago de Bienes Personales de 2023 a 2027 con una alícuota de 0,45% anual.</p><p>Los detalles y requisitos del régimen están disponibles en el micrositio de la AFIP. (NA)</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/mIKetPKPmJXgJxR5x6KAMpvMmDY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2023/06/afip.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Quienes regularicen bienes o tenencias por hasta US$100.000 estarán exentos del pago de impuestos. El dinero negro ingresado en el sistema financiero deberá quedar hasta el 31 de diciembre de 2025 o se invertirse en destinos autorizados.]]>
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                <updated>2024-07-17T13:44:57+00:00</updated>
                <published>2024-07-17T13:44:57+00:00</published>
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        <title>
            AFIP actualizó los montos para identificar a los consumidores finales
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/TVKn9-q2Ph9FCo3CuT8P6C5nBug=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2023/01/tramite_ante_la_afip.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Los montos de facturación a partir de los cuales deben detallarse los datos del receptor del comprobante fueron actualizados, cuando se trate de un consumidor final.</p><p>La adecuación, tendiente a fortalecer el régimen de control de emisión de comprobantes, establece que&nbsp;los datos deberán precisarse cuando el importe de una factura sea igual o superior a $ 344.488 y su receptor sea un consumidor final. La información que deberá detallarse es la siguiente:</p><p>– Apellido y Nombres.– Domicilio.– CUIT/CUIL/CDI, en su caso, número de documento de identidad (LE, LC, DNI o, en el supuesto de extranjeros, Pasaporte o CI).</p><p>La&nbsp;identificación también se realizará cuando el importe de la operación sea igual o superior a $ 172.244 y no se haya pagado con tarjetas de crédito o de débito, tarjetas prepagas no bancarias u otros medios de pago equivalentes&nbsp;conforme normativa del Banco Central de la República Argentina.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/TVKn9-q2Ph9FCo3CuT8P6C5nBug=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2023/01/tramite_ante_la_afip.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El organismo actualizó los topes de compras y operaciones que se deben informar cuando se trate de un consumidor final. ¿A partir de qué monto AFIP investigará las compras?]]>
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                                <category term="actualidad" label="Actualidad" />
                <updated>2024-07-16T21:00:04+00:00</updated>
                <published>2024-07-16T21:00:00+00:00</published>
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            La AFIP extendió el plazo para la recategorización del monotributo
        </title>
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/mIKetPKPmJXgJxR5x6KAMpvMmDY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2023/06/afip.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió el plazo para la recategorización del monotributo. La nueva fecha límite para la finalización de dicho trámite será el 2 de agosto.</p><p>&nbsp;</p><p>De esta manera, se otorga más tiempo a los contribuyentes en virtud de la ley 27.743 (Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes), que incluye los nuevos montos máximos de facturación, entre otros beneficios tributarios.</p><p>La recategorización es un procedimiento obligatorio que deben realizar los monotributistas cada seis meses para determinar si de acuerdo a los ingresos de los últimos 12 meses les corresponde cambiar de categoría.</p><p>En caso de mantener la misma categoría no es necesario realizar ningún trámite.</p><p>Las obligaciones de pago resultantes de la recategorización tienen efecto para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2024 y el día 31 de enero de 2025.</p><p>Por medio de la Resolución General 5523/2024, la AFIP dispuso que la nueva fecha límite para completar este trámite hasta el 2 de agosto. La ampliación de los montos máximos de facturación para todas las categorías que se aprobó a través de la ley permite que más monotributistas permanezcan en los niveles actuales sin pasar al régimen general.</p><p>La disponibilidad del sistema para comenzar la recategorización será informada a través de la página web AFIP.&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/mIKetPKPmJXgJxR5x6KAMpvMmDY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2023/06/afip.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La nueva fecha límite para completar este trámite hasta el 2 de agosto. La ampliación de los montos máximos de facturación para todas las categorías permite que más monotributistas permanezcan en los niveles actuales.]]>
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                                <category term="argentina-y-el-mundo-1" label="Argentina y el mundo" />
                <updated>2024-07-11T13:43:54+00:00</updated>
                <published>2024-07-11T13:43:44+00:00</published>
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            AFIP suspende Ganancias e IVA a la importación de alimentos y medicamentos
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/argentina-y-el-mundo-1/afip-suspende-ganancias-e-iva-a-la-importacion-de-alimentos-y-medicamentos" type="text/html" title="AFIP suspende Ganancias e IVA a la importación de alimentos y medicamentos" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/mIKetPKPmJXgJxR5x6KAMpvMmDY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2023/06/afip.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La AFIP suspendió por 120 días corridos la percepción del Impuesto a las Ganancias y del IVA para mercaderías importadas, que incluyen productos de la canasta básica como alimentos y medicamentos. La medida está en línea con la decisión del Gobierno de agilizar la importación de esos artículos, con el fin de frenar la escalada inflacionaria.</p><p>Las mercaderías contempladas son carnes, lácteos, verduras, frutas, cereales, grasas y aceites, pastas, salsas, panificados, enlatados, insumos alimenticios, cervezas, bebidas sin alcohol, algodones e hisopos, desodorantes, máquinas y espumas de afeitar, insecticidas de uso personal, jabón de tocador, pañales descartables, papel higiénico, pasta dental, productos de limpieza y medicamentos, entre otros.</p><p>&nbsp;</p><p>A través de la Resolución General 5490/2024, publicada este lunes en el Boletín Oficial, la AFIP señaló que "el contexto de alta inflación que atraviesa el país requiere de la implementación de diversas medidas que permitan mitigar sus efectos sobre los sectores más vulnerables".</p><p>Por ese motivo, resaltó que la suspensión de la percepción de ambos tributos busca "disminuir la carga impositiva a la importación de una canasta de bienes de primera necesidad, a efectos de que se genere una reducción de los precios de dichos productos, como continuidad de la política económica dispuesta por la Administración Nacional orientada a reducir la inflación".</p><p>El régimen de percepción de Ganancias es aplicable a las operaciones de importación definitiva de bienes, salvo que se encuentren exceptuadas, conforme a las respectivas normas legales. Por su parte, el régimen de percepción del IVA se hará efectivo en el momento de la importación definitiva de cosas muebles gravadas por ese impuesto, salvo las exceptuadas normativamente.</p><p>El ministro de Economía, Luis Caputo, dijo este lunes que en un mes los productos alimenticios nacionales comenzarán a competir con los importados y aventuró que por ese motivo habrá una rebaja de precios.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/mIKetPKPmJXgJxR5x6KAMpvMmDY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2023/06/afip.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La medida de AFIP se alinea a la decisión del Gobierno de permitir la importación de alimentos y medicamentos para bajar la inflación]]>
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                                <category term="argentina-y-el-mundo-1" label="Argentina y el mundo" />
                <updated>2024-03-18T15:12:42+00:00</updated>
                <published>2024-03-18T15:12:46+00:00</published>
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            Nueva resolución de AFIP beneficia a trabajadores Autónomos: prórrogas y pagos 2023
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        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/argentina-y-el-mundo/nueva-resolucion-de-afip-beneficia-a-trabajadores-autonomos-prorrogas-y-pagos-2023" type="text/html" title="Nueva resolución de AFIP beneficia a trabajadores Autónomos: prórrogas y pagos 2023" />
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/TVKn9-q2Ph9FCo3CuT8P6C5nBug=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2023/01/tramite_ante_la_afip.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció cambios que impactarán en la vida fiscal de los trabajadores autónomos de Argentina. Mediante la Resolución General 5488/2024, publicada hoy 4 de marzo de 2024, se establecen prórrogas en los vencimientos de obligaciones de pago y se detallan condiciones excepcionales para acceder a beneficios fiscales.</p>Los puntos clave de esta nueva normativa y cómo afecta a los contribuyentes autónomos:<p>Extensión de Plazos para Pagos Atrasados</p><p>La AFIP ha decidido extender hasta el 14 de marzo de 2024 el vencimiento del pago de aportes personales para los períodos de septiembre y octubre de 2023. Esta medida excluye a aquellos sujetos incluidos en la Tabla I del Anexo II del Decreto N° 1866/2006.&nbsp;</p><p>Facilidad en el Procedimiento de Pago</p><p>Para facilitar el cumplimiento de estas obligaciones, los pagos ahora pueden realizarse mediante el uso de Volante Electrónico de Pago (VEP), accesible a través de servicios específicos en la plataforma de AFIP con clave fiscal. Esta modalidad permite incluso el pago mediante un código QR.</p><p>Condiciones Especiales para Beneficios Fiscales</p><p>De manera excepcional, para el año calendario 2023, aquellos contribuyentes que hayan abonado aportes personales de al menos 8 meses podrán acceder al beneficio de acreditación anual de hasta un aporte mensual.&nbsp;</p><p>Prórroga para el Pago de Enero 2024</p><p>La obligación de pago del aporte personal correspondiente a enero de 2024 podrá ser cumplida hasta el 14 de marzo de 2024. Esta prórroga busca evitar penalizaciones por retrasos y facilitar la organización financiera de los trabajadores autónomos.</p><p>Vigencia y Aplicación de la Resolución</p><p>Las disposiciones de la Resolución General 5488/2024 entran en vigor de inmediato, prometiendo un impacto directo y positivo en la comunidad de trabajadores autónomos en Argentina.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/TVKn9-q2Ph9FCo3CuT8P6C5nBug=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2023/01/tramite_ante_la_afip.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>En medio de la campaña electoral, Sergio Massa había postergado el pago. Ahora se debe cumplir con el cronograma.]]>
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                                <category term="argentina-y-el-mundo" label="Argentina y el Mundo" />
                <updated>2024-03-05T21:38:27+00:00</updated>
                <published>2024-03-05T21:38:22+00:00</published>
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            AFIP bloqueó cuentas afectadas y aconseja qué hacer
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/argentina-y-el-mundo-1/afip-bloqueo-cuentas-afectadas-y-aconseja-que-hacer" type="text/html" title="AFIP bloqueó cuentas afectadas y aconseja qué hacer" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Q2tKgosVywIBCckSTGo3LcFMWrQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2023/08/afip.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Federal de Ingresos Públicos -AFIP- bloqueó las cuentas afectadas por un hackeo de las claves fiscales mediante diversos medios de malware y publicadas en forma consolidada en la Dark Web.</p><p>El organismo recaudador informó que el incidente de seguridad informática por el que fueron hackeadas 82.000 claves fiscales, es "un suceso ajeno a la AFIP".</p><p>Un malware de la familia Stealer habría capturado información de las computadoras personales de ciudadanos a nivel global, obteniendo claves guardadas en los navegadores, entre ellas, el acceso al portal de clave fiscal de la AFIP, informó el organismo en su micrositio de información.</p><p>Por este motivo, desde el organismo se decidió bloquear preventivamente las cuentas que habrían sido afectadas sugiriendo un blanqueo de la clave fiscal, aclaró la AFIP.</p>¿Cómo blanquear la clave fiscal de AFIP?<p>Desde la app Mi AFIP, en la opción "Solicitar o recuperar Clave Fiscal" se puede cambiar esta contraseña, explica Tributum.news.</p><p>Para ello, se puede acceder a la guía paso a paso en:</p><p>serviciosweb.afip.gob.ar/genericos/guiasPasoPaso/VerGuia.aspx?id=474</p><p>Además, desde la AFIP sugieren mejorar la seguridad, incorporando el mecanismo de doble factor de autenticación desde la aplicación Token AFIP.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Q2tKgosVywIBCckSTGo3LcFMWrQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2023/08/afip.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La AFIP tomó medidas por el hackeo de claves fiscales, aconseja cambio de credenciales y explica cómo obtener un factor de doble autenticación]]>
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                                <category term="argentina-y-el-mundo-1" label="Argentina y el mundo" />
                <updated>2024-02-15T14:06:38+00:00</updated>
                <published>2024-02-15T14:06:33+00:00</published>
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            Bienes personales: actualizaron las nuevas escalas y mínimos no imponibles
        </title>
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                                <content type="html" xml:base="https://www.diariodebatepregon.com/argentina-y-el-mundo/bienes-personales-actualizaron-las-nuevas-escalas-y-minimos-no-imponibles">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Q2tKgosVywIBCckSTGo3LcFMWrQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2023/08/afip.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El valor mínimo que grava la posesión de bienes al 31 de diciembre último asciende a $27.377.408 (antes, era de $11.282.141).</p><p>Por su parte, los inmuebles destinados a casa-habitación están exentos hasta un monto de $136.887.041 (antes, $56.410.705). De acuerdo con la regulación, para efectuar las valuaciones no se consideran los precios de mercado, sino las valoraciones establecidas por la normativa que rige para el impuesto.</p><p>Tras aplicar el mecanismo establecido por disposición del Decreto 912/2021, a efectos de actualizar el mínimo no imponible del tributo, se consideró la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) entre los meses de octubre del año anterior y octubre del período fiscal a declarar.</p><p>De esta manera, la indexación de los montos de Impuesto sobre los Bienes Personales para 2023 fue de 142,7%, muy por debajo de la inflación acumulada del 211,4% publicada por el INDEC.</p><p>A su vez, el ajuste en las escalas también es significativamente menor a la suba del dólar que fue del 349,70%, si se tiene en cuenta el tipo de cambio con que el fisco valúa la moneda extranjera (cotización oficial del Banco Nación, tipo comprador, al último día del año calendario).</p><p>Estas dos variables traen como consecuencia el aumento de la presión fiscal a los contribuyentes.</p><p>En paralelo, la AFIP definió su calendario de vencimientos.</p><p>Las fechas para la presentación de las declaraciones juradas del periodo fiscal 2023 irán del 11 al 13 de junio inclusive, según la terminación de la CUIT, mientras que el pago operará al día siguiente de su presentación.</p><p>¿Cuál será el mínimo no imponible de Bienes Personales?Tras conocerse el índice de inflación de diciembre, que fue de 25,5%, se actualizó de manera oficial el valor mínimo de los inmuebles que estarán alcanzados por el Impuesto sobre los Bienes Personales en los casos de personas humanas.</p><p>Sobre esta información, la AFIP publicó los nuevos valores, tal como sigue:Mínimo no imponible general: $27.377.408,28.Mínimo no imponible para casa habitación: $136.887.041,42.</p><p>¿Cómo quedan las escalas del impuesto?.En el caso del Impuesto sobre los Bienes Personales 2023, que se pagará en junio de 2024, la AFIP mantiene la diferencia de escalas para bienes en el país o en el exterior, hasta tanto no se apruebe la Ley Ómnibus impulsada por el Gobierno de Javier Milei.</p><p>De esta manera, para aquellos sujetos residentes en el país la alícuotas variarán entre 0,50% y 1,75%, a aplicar sobre el importe que exceda el mínimo no imponible general, de acuerdo con la tabla publicada por el organismo fiscal.</p><p>En cambio, para sujetos residentes en el país que posean bienes en el exterior, las alícuotas se incrementan y van de 0,7% a 2,25%.</p><p>¿Qué es el Impuesto sobre los Bienes Personales?Es un impuesto que se determina en función del patrimonio que posee el contribuyente al 31 de diciembre de cada año.</p><p>Si la valuación total del patrimonio para cada período fiscal supera el monto mínimo establecido a partir del cual se aplica el impuesto, el contribuyente deberá darse de alta y presentar una declaración jurada donde se determinará el importe a ingresar.</p><p>Esta suma surgirá de aplicar una alícuota al monto de la valuación del patrimonio que exceda el mínimo mencionado anteriormente, en base a la escala publicada anualmente por AFIP.</p><p>¿Quiénes deben pagar Bienes Personales ante la AFIP?</p><p>La normativa establece tres categorías de sujetos alcanzados por el impuesto a los Bienes Personales:</p><p>Personas humanas residentes en el país y las sucesiones indivisas radicadas en el mismo, por los bienes situados en el país y en el exterior; personas humanas residentes en el exterior y las sucesiones indivisas radicadas en el mismo, por los bienes situados en el país; sucesiones indivisas tributarán por los bienes que posean al 31 de diciembre de cada año, en tanto dicha fecha quede comprendida en el lapso transcurrido entre el fallecimiento del ciudadano por el que se inicia la sucesión indivisa y la declaratoria de herederos o aquélla en que se haya declarado válido el testamento que cumpla la misma finalidad.</p><p>¿Qué bienes se encuentran alcanzados por el impuesto?</p><p>A continuación, se detallan los bienes que se encuentran gravados:Los inmuebles ubicados en el país y el exterior.Los derechos reales constituidos sobre bienes situados en el país y el exterior.Las naves y aeronaves de matrícula nacional y extranjera.Los automotores patentados o registrados en el país y el exterior.Los bienes muebles registrados en el país.Los bienes muebles del hogar o de residencias transitorias cuando el hogar o residencia estuvieran situados en el país.Los bienes personales del ciudadano, cuando éste tuviera su domicilio en el país o se encontrara en él.Los demás bienes muebles y propiedades que se encontraran en el país al 31 de diciembre de cada año, aunque su situación no revistiera carácter permanente.El dinero y los depósitos en dinero que se hallaran en el país al 31 de diciembre de cada año. Quedan exceptuados de la carga tributaria los saldos de depósitos a plazo fijo y de cajas de ahorro bancarias.Los depósitos en instituciones bancarias del exterior.Los títulos, las acciones, cuotas o participaciones sociales y otros títulos valores representativos de capital social o equivalente, emitidos por entes públicos o privados, cuando éstos tuvieran domicilio en el país o en el exterior.Los patrimonios de empresas o explotaciones unipersonales ubicadas en el país.Los créditos, cuando el domicilio real del deudor esté ubicado en el país o en el extranjero.Los derechos de propiedad científica, literaria o artística, los de marcas de fábrica o de comercio y similares, las patentes, dibujos, modelos y diseños reservados y restantes de la propiedad industrial o inmaterial, así como las licencias respectivas, cuando el titular del derecho o licencia, en su caso, estuviera domiciliado en el país al 31 de diciembre de cada año.Los bienes muebles y los semovientes (capaces de moverse por sí mismos) situados fuera del territorio del país.Los títulos negociables emitidos por una sociedad que toma prestado del público un capital importante, a largo plazo y obligaciones emitidas por entidades o sociedades domiciliadas en el exterior.¿Qué cambios introduce la Ley Ómnibus para este impuesto?En caso de aprobarse el conjunto de artículos referidos a Bienes Personales, para el impuesto de 2023 regiría la tabla explicada anteriormente, con la salvedad de que se eliminaría el escalón más alto, que aplica una alícuota de 1,75%. En los años siguientes, el esquema de imposición reduciría progresivamente el peso de la carga fiscal. Para 2027 todos los patrimonios alcanzados por el impuesto tendrían una alícuota de 0,5%.Asimismo, la normativa busca eliminar la diferencia entre bienes situados en el país de aquellos radicados en el exterior.Otra novedad referida al tributo correspondiente a 2023 -cuyo vencimiento está previsto para junio próximo- es que habría una dinámica de actualización de los importes abonados como anticipos.La Ley Ómnibus, además, incluye un "Régimen especial de ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP)".Se trata de un régimen voluntario que comprende el ingreso por adelantado del Impuesto sobre los Bienes Personales y todo otro tributo patrimonial (cualquiera fuese su denominación) que pueda complementar o reemplazar el ISBP para los períodos 2024 a 2027.Alcance: se propone el ingreso por adelantado del Impuesto sobre los Bienes Personales correspondiente a los períodos fiscales 2023 a 2027, en forma unificada, sobre la base imponible determinada al 31/12/2023, sin necesidad de presentar las declaraciones juradas posteriores ni el ingreso de anticipos.Plazo: la adhesión al régimen especial podrá hacerse desde la entrada en vigencia de la ley y hasta el 31/03/2024 inclusive.Sujetos alcanzados: el régimen resulta aplicable a personas humanas y sucesiones indivisas, responsables sustitutos y sujetos no residentes del país pero que hayan sido considerados residentes en Argentina en períodos fiscales anteriores.En cuanto a las alícuotas, las personas humanas aplicarán la alícuota del 0,75% y los sujetos responsables sustitutos aplicarán la alícuota del 0,50%.Por otra parte, los adherentes gozarían de "estabilidad fiscal" hasta 2038 respecto de Bienes Personales y "de todo otro tributo nacional que se cree y que tenga como objeto gravar todo o cualquier activo del contribuyente".Esto significa que futuras modificaciones al régimen no podrían incrementar la carga impositiva.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Q2tKgosVywIBCckSTGo3LcFMWrQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2023/08/afip.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó las nuevas escalas y valuaciones mínimas para la liquidación del Impuesto sobre los Bienes Personales del período fiscal 2023, cuyo vencimiento opera en junio 2024.]]>
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                <updated>2026-02-19T13:40:08+00:00</updated>
                <published>2024-01-17T14:40:12+00:00</published>
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