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    <title>El Debate Pregón</title>
    <subtitle>Últimas noticias de Argentina</subtitle>
    <updated>2026-10-16T13:00:03+00:00</updated>
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            ARCA intima a creadores de contenido digital por ingresos sin declarar de hasta 300.000 dólares
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/aTcjeojMxojJywJYYha0ul8HF48=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/10/a_91.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) comenzó a notificar a creadores de contenido digital por presuntos ingresos no declarados. Las primeras intimaciones alcanzaron a usuarios de OnlyFans, a quienes el organismo les atribuye inconsistencias fiscales en los períodos 2022, 2023 y 2024, con montos que en algunos casos van de los 200.000 a los 300.000 dólares.</p><p>Los avisos llegaron al domicilio fiscal electrónico de los contribuyentes bajo la figura de una “acción de control electrónico”. Según pudo confirmar La Nación a partir de consultas con contadores, parte de los notificados sostiene que las cifras no se corresponden con el dinero que efectivamente percibieron.</p><p>En varios casos, las cuentas eran manejadas por agencias o por terceros, lo que abre la discusión sobre quién es el responsable de declarar esos ingresos.</p><p>Este tipo de controles no se limita a una sola plataforma. Puede extenderse a programadores, diseñadores, especialistas en marketing y otros profesionales que prestan servicios a clientes del exterior, un perfil de trabajo cada vez más frecuente también en ciudades del interior.</p>Qué detectó el organismo<p>En las notificaciones, ARCA indicó que identificó, a partir de información aportada por terceros, ingresos generados en plataformas digitales que no habrían sido declarados de forma correcta.</p><p>El abogado tributarista Diego Fraga, profesor de la Universidad Austral, explicó que algunas creadoras objetan los montos porque reflejan la facturación de cuentas administradas por agencias.</p><p>“Son situaciones que requieren analizar la documentación contractual y verificar quién era jurídicamente titular de esos ingresos”, señaló.</p><p>Estas comunicaciones forman parte de las llamadas campañas de inducción, que el organismo pone en marcha cuando encuentra diferencias entre los datos que tiene disponibles y lo declarado por los contribuyentes. Si la información es correcta, corresponde evaluar la regularización; si no lo es, el contribuyente puede responder, expresar su disconformidad y aportar documentación que lo respalde.</p>Cobrar afuera no deja los ingresos fuera del radar<p>El control no se limita a OnlyFans: también puede alcanzar a programadores, diseñadores, especialistas en marketing y otros profesionales que trabajan para clientes del exterior. Los especialistas remarcan que percibir los pagos en una cuenta bancaria extranjera no los pone fuera del alcance del fisco.</p><p>Entre las herramientas disponibles figura el intercambio automático de información financiera conocido como CRS, promovido por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). También existen acuerdos con Estados Unidos, como FATCA, aunque con un alcance más acotado que no incluye automáticamente todos los movimientos bancarios. A eso se suma la información que aportan bancos, billeteras virtuales y plataformas de pago.</p><p>De todos modos, Fraga aclaró que detectar una cuenta o ciertos movimientos no alcanza por sí solo para demostrar que todos esos fondos sean ingresos gravados.</p>Cómo facturar cuando se cobra en dólares<p>Quien presta servicios desde la Argentina que se aprovechan económicamente en el exterior debe emitir una factura electrónica tipo E, que se genera desde el servicio Comprobantes en línea de ARCA tras habilitar un punto de venta para exportaciones. La obligación alcanza también a los monotributistas con clientes en el extranjero.</p><p>Los inscriptos en el régimen simplificado deben respetar los topes de facturación y, si los superan, analizar su pase al régimen general. Además, tienen que revisar sus obligaciones en Ingresos Brutos, Ganancias y Bienes Personales según cada caso.</p><p>Mariano Ghirardotti, socio principal del estudio que lleva su apellido, advirtió que no registrar ni declarar los ingresos puede derivar en sanciones, impuestos adeudados e intereses.</p>Los dólares cobrados en el exterior<p>Con los cambios en la normativa cambiaria, las personas humanas que exportan servicios pueden hoy cobrar y conservar sus ingresos en dólares sin límite de monto. Sin embargo, eso no las exime de otras obligaciones fijadas por el Banco Central.</p><p>Según Fraga, el fin de la pesificación obligatoria no habilita a dejar los fondos fuera del país de manera indefinida: los cobros por exportación de servicios deben ingresarse dentro de los 20 días hábiles de percibidos, aun cuando se acrediten primero en una cuenta del exterior. Por eso, los especialistas sugieren revisar tanto la situación impositiva como el cumplimiento cambiario.</p>Qué hacer si llega una notificación<p>El aviso de ARCA no implica, por sí mismo, que exista una deuda fiscal determinada en forma definitiva. Lo recomendable es revisar los períodos y montos informados, compararlos con los comprobantes propios y verificar si efectivamente corresponden a ingresos del contribuyente.</p><p>Cuando las cuentas fueron administradas por terceros, cobra especial importancia contar con contratos, liquidaciones y toda documentación que permita establecer quién recibió realmente el dinero. Si hubo omisiones, habrá que evaluar las declaraciones y regularizaciones necesarias; si la información atribuida es errónea, se puede presentar una respuesta con el respaldo correspondiente.</p><p>El caso vuelve a poner en primer plano las obligaciones fiscales de quienes generan ingresos a través de plataformas digitales, sin importar en qué país esté depositado el dinero.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/aTcjeojMxojJywJYYha0ul8HF48=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/10/a_91.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El organismo notificó a usuarios de plataformas digitales por inconsistencias fiscales entre 2022 y 2024, en un operativo que comenzó con creadores de OnlyFans. El control también puede alcanzar a freelancers que cobran del exterior.]]>
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                                <updated>2026-10-16T13:00:03+00:00</updated>
                <published>2026-10-16T13:00:00+00:00</published>
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            ARCA implementa el Recibo Asistido para empleadas domésticas
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/WqvwpK1aLlbKkben2CdDqSZ8bxY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/05/limpieza.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó, mediante la Resolución General 5912/2026, una modificación en el procedimiento para confeccionar los recibos de sueldo de las empleadas domésticas. La medida incorpora la funcionalidad denominada Recibo Asistido, integrada al servicio digital Personal de Casas Particulares disponible en la página oficial del organismo.</p><p>El objetivo principal de esta herramienta es facilitar la liquidación de haberes. El sistema realiza cálculos automáticos basados en los datos registrados y la información proporcionada por cada empleador. Este cambio se suma al régimen de recibos electrónicos ya vigente, buscando simplificar la tarea administrativa sin modificar la obligatoriedad del comprobante digital.</p><p>Para acceder al sistema, los empleadores deben ingresar al servicio con Clave Fiscal de nivel de seguridad 2 o superior. Tras seleccionar al trabajador y la opción de generar el recibo, el sistema solicitará el período de pago, la modalidad de liquidación, la remuneración y la cantidad de horas trabajadas. A partir de estos datos, la plataforma ofrecerá el cálculo automático de conceptos salariales, los cuales pueden ser aceptados, rechazados o modificados por el empleador.</p><p>Desde el organismo aclararon que estos cálculos automáticos no eximen al empleador de su responsabilidad de verificar la liquidación ni de realizar correcciones cuando sea necesario. Asimismo, se determinó que la validación mediante Clave Fiscal acredita la autenticidad del documento. No obstante, si el pago se realiza en efectivo o el trabajador lo solicita, el recibo deberá imprimirse por duplicado y contar con la firma del empleado.</p><p>La normativa también incluye nuevas funciones para los trabajadores, quienes podrán consultar sus recibos, aportes y contribuciones desde el apartado Detalle del Trabajo. Finalmente, se establecieron cambios en los aportes voluntarios, permitiendo a los empleados completar la diferencia necesaria para acceder al Programa Médico Obligatorio mediante el formulario F. 575/RT.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/WqvwpK1aLlbKkben2CdDqSZ8bxY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/05/limpieza.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero introdujo una herramienta digital para simplificar la confección de recibos de sueldo y el cálculo de conceptos salariales en el servicio de Personal de Casas Particulares.]]>
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                                <updated>2026-10-14T14:00:03+00:00</updated>
                <published>2026-10-14T14:00:00+00:00</published>
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            ARCA: qué monotributistas deberán cambiar su facturación desde noviembre
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/czjVX4Mg6aN6MbYqbkgthKarYCg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/06/arca.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha oficializado un nuevo esquema de facturación que impactará en diversos grupos de pequeños contribuyentes. A través de la Resolución General 5893/2026, publicada el 31 de agosto en el Boletín Oficial, el organismo determinó la transición obligatoria hacia el sistema electrónico, limitando el uso de comprobantes en papel a casos de fallas técnicas o situaciones excepcionales.</p><p>&nbsp;</p><p>El cronograma de implementación será escalonado. El primer grupo alcanzado por esta medida está compuesto por los monotributistas sociales y aquellos inscriptos en el Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente, conocido como Monotributo Promovido. Estos contribuyentes deberán abandonar la facturación manual a partir del 1° de noviembre de 2026.</p><p>&nbsp;</p><p>Para facilitar este proceso, ARCA pone a disposición herramientas digitales como el sistema de Comprobantes en Línea y el Facturador, los cuales permiten generar documentos fiscales desde dispositivos móviles, tablets o computadoras. En caso de que el contribuyente no posea un punto de venta electrónico habilitado, el organismo procederá a darlo de alta de oficio, asociándolo al domicilio fiscal declarado bajo la opción de factura en línea para monotributo.</p><p>&nbsp;</p><p>Por otro lado, los sujetos registrados como no alcanzados por el Impuesto al Valor Agregado (IVA) cuentan con un plazo mayor. Estos contribuyentes podrán continuar utilizando sus talonarios impresos hasta el 28 de febrero de 2027. A partir del 1° de marzo de 2027, estarán obligados a emitir comprobantes electrónicos originales, quedando inhabilitada la opción de utilizar controladores fiscales para este segmento.</p><p>&nbsp;</p><p>Es importante destacar que el uso de talonarios en papel no desaparecerá por completo, sino que quedará reservado como respaldo ante contingencias que impidan el acceso a los sistemas electrónicos. Esta modalidad manual solo podrá emplearse hasta el vencimiento del Código de Autorización de Impresión (CAI) correspondiente y bajo las condiciones previstas para situaciones de emergencia técnica.</p><p>&nbsp;</p><p>La normativa también contempla excepciones específicas. Las entidades comprendidas en la Ley 20.091 que realicen exclusivamente operaciones no alcanzadas por IVA quedan excluidas de esta obligación. Esta excepción, vigente desde la publicación de la resolución, abarca tanto las operaciones principales como los descuentos, bonificaciones, quitas, devoluciones o rescisiones vinculadas a las mismas.</p><p>&nbsp;</p><p>Finalmente, desde ARCA aclararon que esta modificación en la modalidad de emisión no altera la condición tributaria de los contribuyentes. Como regla general, los monotributistas mantendrán la emisión de comprobantes clase C, adaptándose únicamente al soporte digital para cumplir con las nuevas exigencias de control y modernización del sistema fiscal.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/czjVX4Mg6aN6MbYqbkgthKarYCg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/06/arca.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso la obligatoriedad de emitir comprobantes electrónicos para monotributistas sociales y promovidos a partir del 1° de noviembre de 2026, dejando el uso de talonarios en papel exclusivamente para situaciones de contingencia.]]>
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                                <updated>2026-10-08T20:00:04+00:00</updated>
                <published>2026-10-08T20:00:00+00:00</published>
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            Ganancias de sociedades: ARCA lanza un sistema web y el aplicativo tiene los días contados
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/XaqZtar5DtwYHK8S0fAj4J3jHyo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/10/a_40.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puso en marcha un nuevo servicio web para que las sociedades, empresas y demás contribuyentes que confeccionan balances comerciales presenten sus declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias. La herramienta, denominada "Ganancias Personas Jurídicas", fue establecida mediante la Resolución General 5908/2026 y reemplazará al aplicativo que se utiliza en la actualidad.</p>Los plazos<p>El sistema estará disponible desde el 19 de octubre de 2026 para los ejercicios cerrados a partir de junio de este año. Hasta el 28 de febrero de 2027, su uso será optativo y convivirá con el aplicativo vigente, mientras que desde el 1° de marzo de 2027 pasará a ser obligatorio.</p>Qué cambia<p>La principal novedad es que el trámite se realizará íntegramente en línea, dentro del portal del organismo, sin necesidad de instalar un programa en la computadora, como ocurre con el aplicativo actual.</p><p>Para ingresar, los contribuyentes deberán acceder al sitio oficial arca.gob.ar con Clave Fiscal de nivel de seguridad 2 o superior.</p><p>ARCA informó que los detalles técnicos, las funcionalidades de carga, la importación de datos y los papeles de trabajo se publicarán en el micrositio de Ganancias y Bienes Personales.</p>A quiénes alcanza<p>El cambio involucra a las empresas y sociedades de todo el país, incluidas las de Gualeguay, y a los contadores que tienen a su cargo la confección de sus declaraciones juradas, quienes dispondrán de un período de transición para adaptarse al nuevo sistema antes de que sea obligatorio.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/XaqZtar5DtwYHK8S0fAj4J3jHyo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/10/a_40.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El nuevo servicio estará disponible desde el 19 de octubre y será optativo hasta fines de febrero. A partir del 1° de marzo de 2027 su uso será obligatorio.]]>
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                                                <category term="argentina-y-el-mundo" label="Argentina y el Mundo" />
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            ARCA postergó el proceso de caracterización para pequeños contribuyentes
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/nXs30l4irr7nNaGLs2qwXi1SXdU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/07/arca.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) informó que el proceso sistémico de caracterización como Pequeño Contribuyente, previsto originalmente para septiembre, fue postergado hasta el 23 de octubre de 2026. La medida fue oficializada mediante la Resolución General 5902/2026, publicada este martes 29 de septiembre en el Boletín Oficial.</p><p>Esta decisión responde a la necesidad de contar con la información actualizada de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias. El organismo había extendido previamente, a través de la Resolución General 5.898, el vencimiento para la presentación de dichas declaraciones hasta el 13 de octubre de 2026 para personas humanas y sucesiones indivisas.</p><p>Al respecto, el organismo señaló en los fundamentos de la resolución:</p><p>Resulta pertinente diferir, con carácter excepcional, la ejecución del proceso sistémico correspondiente al año 2026, a fin de contar con la información necesaria para efectuar, de corresponder, la caracterización de cada sujeto como ‘Pequeño Contribuyente’.</p><p>La caracterización es un paso fundamental dentro del régimen permanente de facilidades de pago establecido por la Resolución General 5.321. Este esquema permite regularizar obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social, con condiciones que varían según el tipo de contribuyente.</p><p>El director ejecutivo de ARCA, Andrés Edgardo Vázquez, fue quien firmó la normativa. Desde el organismo aclararon que esta modificación es de carácter excepcional y no implica la creación de una nueva moratoria, sino un ajuste en los plazos del procedimiento vigente para asegurar la correcta identificación de los sujetos alcanzados.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/nXs30l4irr7nNaGLs2qwXi1SXdU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/07/arca.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero trasladó al 23 de octubre la identificación sistémica de los sujetos alcanzados por el régimen, debido a la extensión en los plazos de presentación de declaraciones juradas.]]>
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            Por la caída en la recaudación, el Gobierno frenó una maniobra que usaban las pymes para evitar el impuesto al cheque
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/C0OLF6WdRaBd64LY6n7CDVRYOr0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/05/arca.avif" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Gobierno de Javier Milei decidió frenar una operatoria que beneficiaba a las pequeñas y medianas empresas que buscan financiamiento. A partir de una resolución general de la Comisión Nacional de Valores (CNV), las empresas ya no podrán depositar cheques en sus cuentas bursátiles, lo que hasta ahora les permitía eludir el pago del impuesto a los débitos y créditos bancarios.</p><p>La reglamentación 1.166 dispuso que la transferencia será la única modalidad habilitada para la recepción y entrega de fondos hacia y desde los clientes. El organismo justificó la medida en la necesidad de garantizar la disponibilidad inmediata de los fondos, evitar rechazos asociados al uso de cheques y reforzar los mecanismos de control frente a posibles maniobras irregulares.</p>Por qué se tomó la medida<p>La decisión se tomó por la abrupta caída en la recaudación del denominado impuesto al cheque, que se cobra cada vez que se realiza un cobro o un pago en una cuenta corriente bancaria, con una alícuota del 0,6% al momento del débito y otro 0,6% al acreditarse los fondos. Se trata de un tributo creado por el entonces ministro de Economía Domingo Cavallo durante la emergencia de 2001, pensado en principio para regir apenas 90 días, aunque ya lleva 26 años vigente pese a ser considerado uno de los impuestos más distorsivos de la administración nacional.</p><p>Aunque la CNV puso el foco en cuestiones de transparencia y trazabilidad de las operaciones, la preocupación de fondo pasaba por el impacto negativo que la operatoria estaba teniendo sobre los ingresos mensuales de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Según datos citados por el economista de la consultora Romano Group, Salvador Vitelli, en agosto la recaudación del impuesto a los créditos y débitos bancarios se había hundido 9% en términos reales, mientras que la actividad económica mostraba una suba de casi 2%.</p>Cómo funcionaba y qué cambia<p>La posibilidad de utilizar el cheque como medio de pago a través de una Alyc (sociedad de Bolsa) había sido habilitada el 13 de mayo pasado. Pocos días después se estableció un tope de dos cheques por día y por cliente, y finalmente la operatoria quedó eliminada por completo. Como la modalidad se había vuelto cada vez más generalizada, el agujero en los ingresos fiscales hubiera seguido creciendo mes a mes de no mediar la decisión.</p><p>En la práctica, esto significa que las pymes deberán volver a depositar los cheques en cuentas bancarias de manera obligatoria, quedando así nuevamente sujetas al pago del impuesto al cheque.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/C0OLF6WdRaBd64LY6n7CDVRYOr0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/05/arca.avif" class="type:primaryImage" /></figure>Una resolución de la Comisión Nacional de Valores eliminó por completo la posibilidad de que las pymes depositen cheques en cuentas bursátiles, mecanismo que les permitía esquivar el pago del impuesto a los débitos y créditos bancarios. La medida obliga a volver a canalizar esos fondos a través de los bancos.]]>
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                                <updated>2026-09-15T15:00:26+00:00</updated>
                <published>2026-09-15T14:58:59+00:00</published>
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            ARCA mira tus transferencias: ¿qué pasa si entra más dinero del que facturás?
Por Alejandro Navarro
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Por Alejandro Navarro" />
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ErI1VSOgpG_NZy4NFcTI0zWZcCc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/09/a_88.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Hoy una misma cuenta puede recibir transferencias de todo tipo: dinero que pasa de una cuentapropia a otra, préstamos, ayuda de familiares, devoluciones de dinero, ventas de algún bienpersonal o, por supuesto, cobros correspondientes a la actividad comercial.</p><p>El punto importante es que no toda transferencia es una venta.</p>¿ARCA toma todas las transferencias como ingresos?<p>No necesariamente, el hecho de que una persona reciba dinero en su cuenta bancaria o en unabilletera virtual no significa, que haya realizado una venta ni que deba emitir una factura por eseimporte.</p><p>Por ejemplo, si un familiar te transfiere dinero, si recibís un préstamo o simplemente mueves platade tu cuenta bancaria a Mercado Pago, ese movimiento no representa un ingreso de tu actividad.Pero hay algo a tener en cuenta: si alguna vez es necesario justificar esos movimientos, esnecesario poder demostrar de dónde salió el dinero.</p>Cuando los números no cierran<p>Supongamos que un monotributista declara ventas por $8 millones durante un período, pero ensus cuentas bancarias y billeteras virtuales aparecen acreditaciones por un importeconsiderablemente mayor.</p>¿Eso significa automáticamente que vendió todo ese dinero?<p>No, pero sí puede llamar la atención y generar una inconsistencia que ARCA utilice para analizar lasituación fiscal del contribuyente.</p><p>A partir de allí, dependiendo de las circunstancias y de la información que surja del control, puededeterminarse que los ingresos reales de la actividad son superiores a los declarados y producirseuna recategorización de oficio. Y en determinadas situaciones, si las inconsistencias son mayores,también puede llegar a analizarse la exclusión del contribuyente dentro del monotributo.</p>¿Y si ARCA interpretó mal esos movimientos?<p>También puede pasar. Imaginemos que ARCA detecta $15 millones de acreditaciones en lascuentas de una persona, pero solamente $7 millones corresponden a ventas.</p><p>Los otros $8 millones podrían ser un préstamo, transferencias entre cuentas propias, dinerorecibido de un familiar, la devolución de un dinero prestado o incluso la venta ocasional de un bienpersonal.</p><p>En ese caso, el contribuyente puede demostrar cuál fue el verdadero origen de esos fondos.</p><p>Por eso es importante conservar la documentación que permita explicar los movimientos:contratos, comprobantes, recibos, constancias de transferencias y cualquier otro elemento queayude a demostrar que determinado dinero no corresponde a una venta de la actividad.Además, si ARCA dispone una recategorización de oficio, existen mecanismos para presentar elcorrespondiente recurso y aportar las pruebas necesarias.</p>Entonces, ¿hay que tener miedo de usar Mercado Pago o recibir transferencias?<p>No, las billeteras virtuales y las transferencias bancarias son herramientas habituales y formanparte de la vida cotidiana de las personas.</p><p>El problema no está en recibir transferencias. El problema aparece cuando se mezclanconstantemente los movimientos personales con los de la actividad y después no se puedeexplicar qué representa cada uno.</p><p>Una persona puede tener cientos de movimientos durante el año y que solo una partecorresponda a ventas. Lo importante es poder diferenciarlos y contar con algún respaldo cuandosea necesario justificar aquellos que no tienen relación con la actividad.</p><p>Por eso, para un monotributista, ya no alcanza solamente con preguntarse: “¿Cuánto facturé?”También conviene preguntarse: “¿Puedo explicar de dónde salió el dinero que aparece en miscuentas?”</p><p>La información financiera tiene cada vez mayor importancia en los controles tributarios. Llevar unmínimo de orden y conservar la documentación puede evitar que una transferencia que nadatiene que ver con una venta termine siendo interpretada de otra manera. La transferencia no es elproblema. El problema es no poder explicar qué representa.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ErI1VSOgpG_NZy4NFcTI0zWZcCc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/09/a_88.webp" class="type:primaryImage" /></figure>“Yo facturo un monto, pero en mi cuenta bancaria entra bastante más”. Es una situación que
ocurre con bastante frecuencia, especialmente entre monotributistas y pequeños comerciantes.]]>
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                                                <category term="editoriales" label="Editoriales" />
                                <updated>2026-09-12T13:00:03+00:00</updated>
                <published>2026-09-12T13:00:00+00:00</published>
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            Monotributo: cuánto hay que pagar en septiembre y cuándo vence la cuota
        </title>
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/czjVX4Mg6aN6MbYqbkgthKarYCg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/06/arca.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El vencimiento se traslada al lunes 21<p>Los contribuyentes adheridos al monotributo deberán tener en cuenta durante septiembre los valores que ARCA puso en vigencia desde el 1° de agosto. Además, este mes habrá una modificación en la fecha habitual de vencimiento: el pago correspondiente a septiembre vencerá el lunes 21 para todas las categorías y terminaciones de CUIT, ya que la fecha habitual del día 20 coincide este mes con un domingo.</p><p>A diferencia de otros impuestos nacionales, el monotributo mantiene un único vencimiento mensual, por lo que no existe un cronograma diferenciado según el número final del CUIT.</p>Cuánto habrá que pagar según cada categoría<p>Las categorías A y B mantienen el mismo importe tanto para prestación de servicios como para venta de bienes: la categoría A tendrá una cuota de $49.527,18 y la B, de $56.379,08.</p><p>Desde la categoría C comienzan las diferencias según la actividad. Para servicios, la cuota será de $66.020,12, mientras que quienes venden cosas muebles abonarán $64.530,58. En la D, los valores serán de $84.612,93 y $82.564,81, respectivamente. La categoría E tendrá una obligación mensual de $119.811,45 para servicios y $108.267,51 para ventas. En la F, los importes serán de $150.784,21 y $129.930,65, mientras que en la G alcanzarán $230.312,94 y $158.815,05.</p>Las categorías más altas<p>En la categoría H, quienes prestan servicios deberán pagar $522.706,68, frente a $317.895,01 para quienes comercializan bienes. La categoría I se ubicará en $963.747,86 para servicios y $474.992,78 para ventas. Para la categoría J, la cuota mensual será de $1.167.299,76 en servicios y $580.793,69 en venta de cosas muebles, mientras que la categoría K alcanzará $1.614.446,04 y $702.103,24, respectivamente. La diferencia entre ambos tipos de actividad se vuelve considerable en los niveles superiores, especialmente entre quienes prestan servicios y se encuentran en las categorías J y K.</p>También cambiaron los límites de facturación<p>La actualización vigente también contempla nuevos topes de ingresos brutos anuales para permanecer dentro del régimen. La categoría A admite actualmente una facturación de hasta $12.009.410,45 por año, mientras que en el extremo superior, la categoría K permite ingresos anuales de hasta $126.610.838,75. Los contribuyentes deben controlar esos límites, además de otros parámetros aplicables, para verificar si continúan correctamente encuadrados.</p><p>El pago del monotributo puede realizarse mediante los medios electrónicos habilitados por ARCA, como débito automático, homebanking o Volante Electrónico de Pago. En septiembre, los importes no tendrán una nueva actualización: seguirán vigentes los establecidos desde agosto y el vencimiento general será el lunes 21.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/czjVX4Mg6aN6MbYqbkgthKarYCg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/06/arca.webp" class="type:primaryImage" /></figure>ARCA mantiene los valores vigentes desde agosto para todas las categorías, pero este mes el vencimiento se corre al lunes 21, ya que la fecha habitual cae domingo.]]>
                </summary>
                                                <category term="argentina-y-el-mundo" label="Argentina y el Mundo" />
                                <updated>2026-09-05T13:00:03+00:00</updated>
                <published>2026-09-05T13:00:00+00:00</published>
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            ARCA modificó la factura electrónica: cuáles son los nuevos requisitos y a quiénes alcanza
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        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/argentina-y-el-mundo/arca-modifico-la-factura-electronica-cuales-son-los-nuevos-requisitos-y-a-quienes-alcanza" type="text/html" title="ARCA modificó la factura electrónica: cuáles son los nuevos requisitos y a quiénes alcanza" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/czjVX4Mg6aN6MbYqbkgthKarYCg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/06/arca.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) introdujo cambios en el régimen de factura electrónica que alcanzarán a empresas, entidades y determinados contribuyentes. La implementación comenzó el 1° de julio y continuará de manera escalonada hasta marzo de 2027.</p><p>Una de las principales novedades es la creación de la Liquidación Electrónica Mensual. Este mecanismo permitirá reunir en un único comprobante todas las operaciones realizadas con un mismo cliente durante el mes.</p><p>Los contribuyentes alcanzados podrán utilizar esta modalidad o continuar emitiendo una factura por cada operación, siempre que la normativa aplicable a su actividad permita ambas alternativas.</p>Cómo funcionará la liquidación mensual<p>La Liquidación Electrónica Mensual deberá confeccionarse hasta el último día del mes calendario al que correspondan las operaciones. Una vez emitida, habrá un plazo máximo de diez días corridos para ponerla a disposición del cliente.</p><p>Las empresas también tendrán que conservar los registros y la documentación que permitan identificar cada una de las operaciones incluidas. De esta manera, la liquidación consolidada deberá contar con un respaldo que posibilite verificar los movimientos informados.</p>Qué actividades están alcanzadas<p>El nuevo esquema se implementará por etapas y alcanzará principalmente a entidades financieras, compañías de seguros, emisoras de tarjetas, sistemas de pago y otros sectores determinados por ARCA.</p><p>En el caso de las aseguradoras, deberán comenzar a emitir los nuevos comprobantes electrónicos desde el 1° de septiembre de 2026. La obligación incluirá operaciones con consumidores finales y determinados descuentos, devoluciones, bonificaciones, quitas y rescisiones.</p><p>La resolución también establece que los directores de sociedades anónimas, síndicos, integrantes de consejos de vigilancia y autoridades equivalentes deberán emitir el comprobante correspondiente cuando se determine formalmente la asignación individual de sus honorarios.</p>Cuándo será obligatorio identificar al consumidor<p>Otro cambio importante está relacionado con las operaciones de montos elevados. Cuando una compra o contratación realizada por un consumidor final sea igual o superior a $10 millones, el comprobante deberá incluir obligatoriamente el DNI, CUIL, CUIT o CDI del cliente.</p><p>La identificación será necesaria tanto para la adquisición de bienes como para la contratación de servicios que alcancen o superen ese importe.</p><p>La información oficial sobre modalidades, requisitos y emisión de comprobantes puede consultarse en el apartado de Facturación de ARCA. La normativa prevé una incorporación gradual de las actividades alcanzadas hasta marzo del próximo año.</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/czjVX4Mg6aN6MbYqbkgthKarYCg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/06/arca.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero actualizó el régimen mediante la Resolución General 5866/2026. La normativa incorpora una liquidación mensual, modifica plazos y amplía progresivamente las actividades obligadas.]]>
                </summary>
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                                <updated>2026-08-19T20:01:58+00:00</updated>
                <published>2026-08-19T20:01:56+00:00</published>
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            ARCA reglamentó las exportaciones comerciales por correo sin límite de valor
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/argentina-y-el-mundo/arca-reglamento-las-exportaciones-comerciales-por-correo-sin-limite-de-valor" type="text/html" title="ARCA reglamentó las exportaciones comerciales por correo sin límite de valor" />
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Jz3P2Kxg4mAEIsvge7zW-hpJD0k=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/08/exportaciones.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) reglamentó este lunes el procedimiento simplificado para realizar exportaciones comerciales por correo, modalidad que desde julio dejó de estar sujeta a límites de valor. La medida apunta a agilizar los envíos de mercadería argentina hacia otros países mediante el sistema postal.</p><p>Esta decisión fue establecida mediante la Resolución General 5886/2026, publicada este lunes 3 de agosto en el Boletín Oficial. La norma aprobó el procedimiento de declaración simplificada para mercaderías con finalidad comercial que sean exportadas mediante el operador postal designado.</p><p>La reglamentación complementó el Decreto 604, dictado el 16 de julio pasado, que había establecido un cambio sustancial: las exportaciones comerciales realizadas por vía postal dejaron de tener un límite de valor. ARCA quedó entonces encargada de establecer las normas operativas necesarias para poner en funcionamiento el nuevo esquema.</p>QUÉ CAMBIA PARA QUIENES VENDEN PRODUCTOS AL EXTERIOR<p>Con la resolución publicada este lunes, ARCA avanzó sobre la instrumentación del sistema mediante una declaración simplificada. Los lineamientos operativos y los pasos necesarios para utilizarlo serán publicados en el apartado de Envíos Internacionales del organismo y en el sitio oficial del operador postal.</p><p>El régimen tiene especial interés para empresas, pymes y emprendedores que comercializan productos en el exterior a través del comercio electrónico, ya que la vía postal constituye una alternativa para despachar mercadería fuera del país.</p><p>ARCA fundamentó la reglamentación en la expansión del comercio electrónico transfronterizo y señaló que el objetivo fue facilitar el régimen, reducir costos operativos y agilizar las operaciones internacionales.</p>NO TODOS LOS PRODUCTOS PODRÁN UTILIZAR EL RÉGIMEN<p>La eliminación del límite de valor no significa que cualquier producto pueda exportarse mediante el procedimiento simplificado. La resolución estableció una serie de exclusiones que deberán ser consideradas antes de concretar los envíos.</p><p>No podrán ingresar al régimen aquellos bienes sometidos a un tratamiento operativo específicamente regulado para el control aduanero. Tampoco podrán utilizarlo las mercaderías alcanzadas por cupos de exportación.</p><p>Además, quedarán excluidas las exportaciones de productos que necesiten intervenciones o trámites particulares ante otros organismos públicos. De esta manera, los controles específicos que correspondan por las características de determinadas mercaderías continuarán vigentes.</p>CUÁNDO COMENZARÁ A UTILIZARSE<p>La Resolución General 5886 entró en vigencia este lunes, con su publicación en el Boletín Oficial. Sin embargo, esto no implica que todo el procedimiento esté operativo inmediatamente.</p><p>ARCA estableció que la implementación se realizará de acuerdo con un cronograma que será publicado en su micrositio de Envíos Internacionales. Por ese motivo, quienes pretendan utilizar la modalidad deberán consultar allí las fechas y pautas operativas.</p><p>La medida tiene alcance nacional y podrá ser utilizada también por exportadores radicados en Entre Ríos, siempre que las mercaderías y operaciones cumplan las condiciones establecidas. Con la reglamentación, el Gobierno avanza con la puesta en marcha del esquema de exportaciones comerciales por correo sin límite de valor, aunque mantiene restricciones para mercaderías sujetas a controles específicos, cupos o intervenciones de otros organismos.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Jz3P2Kxg4mAEIsvge7zW-hpJD0k=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/08/exportaciones.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El organismo aprobó el procedimiento de declaración simplificada para mercaderías con fines comerciales enviadas a través del operador postal. La medida también podrá ser utilizada por exportadores radicados en Entre Ríos, siempre que cumplan las condiciones establecidas.]]>
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                                <updated>2026-08-03T15:00:05+00:00</updated>
                <published>2026-08-03T15:00:00+00:00</published>
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            Hay nuevas escalas de facturación para monotributistas: los topes de cada categoría
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/eoc1c1ZQ2gwSePMHlrE1yZevpkU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/07/arca_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó las nuevas escalas del Monotributo que estarán vigentes desde agosto de 2026 hasta enero de 2027. La actualización será del 16,8%, en línea con la inflación acumulada informada por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec). El organismo publicó la nueva tabla luego de conocerse el Índice de Precios al Consumidor (IPC) de junio, que fue del 1,9%.&nbsp;</p><p>El ajuste alcanza tanto a las cuotas mensuales como a los topes de facturación y al resto de los parámetros del régimen simplificado. Con estos nuevos valores, los pequeños contribuyentes deberán revisar su situación para determinar si les corresponde cambiar de categoría.</p>LOS NUEVOS TOPES DE FACTURACIÓN<p>Los nuevos topes de facturación son los siguientes:</p>Categoría A: hasta $12.009.410,45. Categoría B: hasta $17.595.182,74. Categoría C: hasta $24.670.494,31. Categoría D: hasta $30.628.651,43. Categoría E: hasta $36.028.231,33. Categoría F: hasta $45.151.659,41. Categoría G: hasta $53.995.798,87. Categoría H: hasta $81.924.660,37.Categoría I: hasta $91.699.761,90. Categoría J: hasta $105.012.519,20. Categoría K: hasta $126.610.838,75.CÓMO Y HASTA CUÁNDO RECATEGORIZARSE<p>La recategorización podrá realizarse hasta el 5 de agosto de 2026, inclusive, a través del sitio web de ARCA utilizando la Clave Fiscal.&nbsp;</p><p>La facturación no constituye el único elemento que determina la categoría del monotributo. Para establecer si corresponde una modificación, ARCA considera cuatro variables: ingresos brutos acumulados, alquileres devengados por el inmueble afectado a la actividad, superficie destinada a la actividad y energía eléctrica consumida durante los últimos doce meses.&nbsp;</p><p>Para la evaluación se toma en cuenta el criterio de devengamiento y no el de cobro efectivo. Una factura emitida en junio de 2026 y cobrada recién en agosto igualmente integra el período comprendido entre julio de 2025 y junio de 2026, porque el criterio aplicable es el devengamiento.&nbsp;</p><p>Los contribuyentes que excedan los límites establecidos deberán recategorizarse o, si superan el máximo previsto para el monotributo, pasar al régimen general de IVA y Ganancias, de acuerdo con las normas vigentes de ARCA. Quienes no realicen el trámite correspondiente o lo hagan de manera inexacta quedarán sujetos a un proceso de recategorización automática por parte del organismo.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/eoc1c1ZQ2gwSePMHlrE1yZevpkU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/07/arca_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure>ARCA oficializó un aumento del 16,8% en los topes de facturación y en las cuotas mensuales, con vigencia desde agosto de 2026 hasta enero de 2027. Los contribuyentes tienen tiempo hasta el 5 de agosto para recategorizarse.]]>
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                                <updated>2026-07-28T15:00:04+00:00</updated>
                <published>2026-07-28T15:00:00+00:00</published>
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        <title>
            ARCA actualizó las escalas del monotributo y abrió el plazo para recategorizarse
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/argentina-y-el-mundo/arca-actualizo-las-escalas-del-monotributo-y-abrio-el-plazo-para-recategorizarse" type="text/html" title="ARCA actualizó las escalas del monotributo y abrió el plazo para recategorizarse" />
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        <author>
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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        </author>
        
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/nXs30l4irr7nNaGLs2qwXi1SXdU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/07/arca.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Nuevas escalas vigentes desde agosto<p>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó las nuevas escalas del monotributo que regirán desde el 1 de agosto y habilitó la recategorización para los contribuyentes alcanzados. El trámite podrá realizarse hasta el 5 de agosto, sin penalidades.</p><p>La actualización contempla un incremento del 16,8% en los topes de facturación y en las cuotas mensuales de todas las categorías, en línea con la inflación acumulada durante el primer semestre informada por el Indec.</p><p>Los nuevos importes comenzarán a aplicarse desde el vencimiento del 20 de agosto, fecha en la que deberá abonarse la cuota mensual con los valores actualizados.</p>Quiénes deben recategorizarse<p>Los contribuyentes deberán analizar los ingresos brutos, alquileres devengados, superficie afectada a la actividad y consumo de energía eléctrica correspondientes a los últimos 12 meses para determinar si les corresponde cambiar de categoría.</p><p>En cambio, no deberán realizar la recategorización quienes mantengan los mismos parámetros que en el semestre anterior ni aquellos monotributistas que todavía no cumplieron seis meses calendario desde el inicio de sus actividades.</p><p>ARCA también mantiene disponible la modalidad de recategorización simplificada, que muestra automáticamente la facturación anual registrada y agiliza el trámite para quienes cumplen con los requisitos. Esta modalidad está disponible para quienes poseen únicamente puntos de venta de facturación electrónica y cuentan con 12 meses completos dentro del régimen.</p>Cómo recategorizarse<p>Para completar el trámite, los contribuyentes deben seguir estos pasos:</p><p>1- Ingresar al portal de ARCA con CUIT y clave fiscal.</p><p>2- Acceder al servicio Monotributo.</p><p>3- Seleccionar la opción "Recategorizarme".</p><p>4- Revisar la información registrada y presionar "Continuar recategorización".</p><p>5- Actualizar los datos, si corresponde.</p><p>6- Confirmar el trámite y descargar el formulario F.184 junto con la nueva credencial de pago.</p>Las nuevas escalas de facturación<p>Categoría A: hasta $12.009.410,45.Categoría B: hasta $17.595.182,74.Categoría C: hasta $24.670.494,31.Categoría D: hasta $30.628.651,43.Categoría E: hasta $36.028.231,33.Categoría F: hasta $45.151.659,41.Categoría G: hasta $53.995.798,87.Categoría H: hasta $81.924.660,37.Categoría I: hasta $91.699.761,90.Categoría J: hasta $105.012.519,20.Categoría K: hasta $126.610.838,75.</p>Qué pasa si no se hace el trámite<p>ARCA recordó que puede realizar una recategorización de oficio cuando detecta inconsistencias entre la categoría declarada y la información fiscal disponible, como compras, gastos o acreditaciones bancarias que superen los ingresos permitidos para la categoría vigente.</p><p>En esos casos, el organismo notificará la decisión a través del domicilio fiscal electrónico. Si el contribuyente no está de acuerdo, podrá presentar una apelación mediante el servicio Presentaciones Digitales, dentro de los plazos previstos por la normativa.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/nXs30l4irr7nNaGLs2qwXi1SXdU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/07/arca.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Las nuevas escalas regirán desde el 1 de agosto, con un incremento del 16,8% en los topes de facturación. Los contribuyentes tienen tiempo hasta el 5 de agosto para recategorizarse sin penalidades.]]>
                </summary>
                                                <category term="argentina-y-el-mundo" label="Argentina y el Mundo" />
                                <updated>2026-07-22T13:00:04+00:00</updated>
                <published>2026-07-22T13:00:00+00:00</published>
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            Descubrieron 70 celulares ocultos en un doble fondo del tablero en un control vial de Paso Cerrito
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/i0fwJENQMBIPRYrmHgdX6T9Eu9M=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/07/policia_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Un doble fondo detectado a simple vista<p>En un operativo de rutina que derivó en el hallazgo de un sofisticado doble fondo, personal de la Dirección General de Prevención y Seguridad Vial incautó un importante cargamento de telefonía móvil ingresado al país de forma ilegal. El procedimiento tuvo lugar este miércoles a las 10:50 en el Puesto de Control Vial "Paso Cerrito", ubicado en la Ruta Nacional 14.</p><p>El personal policial apostado en la ruta detuvo la marcha de un automóvil Volkswagen Virtus conducido por un hombre de 54 años, de nacionalidad paraguaya y domiciliado en la localidad de Eldorado, provincia de Misiones. Al ser interrogado, el hombre manifestó que viajaba desde su domicilio con destino a la provincia de Buenos Aires.</p>Una modificación en la carrocería<p>Durante la habilitación de la requisa visual de rutina, la agudeza del funcionario policial a cargo resultó clave. Al observar detalladamente el interior del habitáculo, el efectivo notó que los plásticos de la zona del torpedo, del lado del acompañante, se encontraban mal encastrados y presentaban signos de haber sido removidos recientemente. Al mirar de cerca a través de una de las hendiduras, divisó una pequeña sección de un paquete rectangular envuelto en cinta plástica de color negro.</p><p>Ante la firme sospecha de estar frente a un ilícito, y de acuerdo con lo establecido por el artículo 230 bis del Código Procesal Penal de la Nación, se convocó a testigos civiles para garantizar la legalidad del procedimiento.</p><p>Al remover el plástico frontal del panel, los uniformados descubrieron una modificación estructural en la carrocería: un "corte ventana" diseñado exclusivamente para el ocultamiento de mercadería. Del interior del doble fondo, los efectivos extrajeron un total de 70 teléfonos celulares de alta gama de diversas marcas y modelos, embalados de manera compacta para evitar ruidos durante el viaje.</p>Sin documentación aduanera<p>El conductor del rodado no disponía de ningún tipo de documentación aduanera o comercial que avalara la legal tenencia o el transporte de los dispositivos electrónicos en el territorio nacional.</p><p>Las autoridades policiales se comunicaron de inmediato con la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) de Concordia —anteriormente conocida como AFIP-DGA—. Desde el organismo nacional se dispuso el secuestro formal de la totalidad de la mercadería por infracción a la Ley N° 22.415 (Código Aduanero). El valor estimado en plaza del cargamento ilegal asciende a $22.810.000.</p>El conductor recuperó la libertad<p>Por disposición de la justicia y las autoridades aduaneras intervinientes, se ordenó la correcta identificación del conductor. Al no registrar impedimentos legales ni pedidos de captura previos, recuperó la libertad, aunque quedó formalmente supeditado a la causa federal en trámite. No se ordenó el secuestro del automóvil Volkswagen Virtus ni del teléfono celular particular del implicado.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/i0fwJENQMBIPRYrmHgdX6T9Eu9M=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/07/policia_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El cargamento, valuado en casi $23 millones, era transportado por un ciudadano paraguayo que viajaba desde Misiones hacia Buenos Aires. La mercadería quedó en manos de ARCA por infracción al Código Aduanero.]]>
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                                                <category term="provinciales" label="Provinciales" />
                                <updated>2026-07-16T20:30:05+00:00</updated>
                <published>2026-07-16T20:30:00+00:00</published>
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            La recaudación de ARCA cayó 7,4% en junio en términos reales
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/argentina-y-el-mundo/la-recaudacion-de-arca-cayo-74-en-junio-en-terminos-reales" type="text/html" title="La recaudación de ARCA cayó 7,4% en junio en términos reales" />
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                                <content type="html" xml:base="https://www.diariodebatepregon.com/argentina-y-el-mundo/la-recaudacion-de-arca-cayo-74-en-junio-en-terminos-reales">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/nXs30l4irr7nNaGLs2qwXi1SXdU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/07/arca.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Nueve meses de caída consecutiva<p>La recaudación tributaria de junio totalizó los $20 billones y, según el Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF), descendió un 7,4% en términos reales interanuales, retomando la tendencia decreciente que se había interrumpido en mayo, cuando había subido 1,7% por el ingreso de Ganancias de las empresas.</p><p>"Los recursos tributarios de junio alcanzaron $20.017.104 millones, con una variación interanual de 23,7%. La recaudación está afectada negativamente por los menores ingresos vinculados al Comercio Exterior", señaló la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).</p>Las razones de la caída, según el organismo<p>El organismo indicó que la baja obedeció principalmente a menores derechos de exportación, ya que en junio de 2025 se habían registrado ingresos extraordinarios por tratarse del último mes de vigencia de la disminución de aranceles a las exportaciones estipulada por el Decreto 38/2025, lo que elevó la base de comparación. Este mes rigieron alícuotas más bajas, especialmente para soja, trigo y maíz, según el Decreto 877/2025, a lo que se sumó la reducción de la alícuota para el trigo, que pasó del 7,5% en mayo al 5,5% en junio por el Decreto 423/2026.</p><p>ARCA también mencionó la desaceleración de las importaciones, por la alta base de comparación derivada del fuerte crecimiento del año anterior, y el impacto negativo del vencimiento especial dispuesto para la presentación y pago del saldo de la declaración jurada de personas humanas por Ganancias y Bienes Personales del período fiscal 2025, que este año se trasladó a julio.</p>Qué impuesto explica la caída y qué no dice el informe oficial<p>Si bien la explicación oficial menciona un incremento de planes de pago y la utilización de saldos a favor, no hace mención a la baja de la actividad económica en sectores como la industria y el comercio, que tienen un impacto determinante en los ingresos tributarios.</p>El detalle por impuesto<p>El IVA Neto recaudó $6,54 billones, con una variación interanual del 28,2% nominal (28,1% en el IVA Impositivo y 26,6% en el IVA Aduanero), contra una inflación estimada en 33,4% para el año. En Ganancias, los ingresos sumaron $3,2 billones, una mejora nominal del 11,3%, afectada por la prórroga del vencimiento de la declaración jurada de personas humanas hacia julio.</p><p>El Impuesto a los Débitos y Créditos bancarios registró $1,4 billones, con una mejora del 33,2%, un rendimiento casi igual a la inflación del período. La Seguridad Social aportó $5,58 billones, con un incremento nominal del 29,6%, una merma relacionada con la caída de los salarios nominales frente a la inflación y la baja del empleo registrado.</p><p>Los derechos de exportación se desplomaron un 27% nominal, con ingresos por $881.128 millones, mientras que los aranceles de importación subieron 13,8% nominal, hasta los $545.789 millones.</p>Cuánto cayó cada tributo en términos reales<p>Según el IARAF, bajo el supuesto de una inflación mensual del 1,9% en junio, el tributo que más habría caído en términos reales fue el de derechos de exportación, con una baja del 45,9% interanual, por la eliminación de carga tributaria al sector agropecuario. Le siguieron los impuestos internos, con una caída del 19,7%, y Ganancias, con el 16,7%.</p><p>En sentido contrario, los tributos que habrían mostrado un incremento real fueron el impuesto a los combustibles, con una suba del 27,6%, y Bienes Personales, con el 9,5%. El IVA neto de devoluciones y reintegros habría tenido una baja real del 4,0% respecto de junio de 2025, mientras que los aportes y contribuciones de la seguridad social habrían descendido un 2,9% real interanual, por el comportamiento del salario real y del empleo formal.</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/nXs30l4irr7nNaGLs2qwXi1SXdU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/07/arca.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Los recursos tributarios de junio totalizaron $20.017.104 millones, con una suba nominal interanual del 23,7%. El organismo atribuyó la baja a menores ingresos vinculados al comercio exterior, muy por debajo de la inflación del período.]]>
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                                                <category term="argentina-y-el-mundo" label="Argentina y el Mundo" />
                                <updated>2026-07-16T15:10:02+00:00</updated>
                <published>2026-07-16T15:09:29+00:00</published>
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            ARCA puede recategorizar de oficio a un monotributista: cómo saberlo y qué hacer
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/nXs30l4irr7nNaGLs2qwXi1SXdU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/07/arca.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>ARCA puede modificar de oficio la categoría de un monotributista cuando detecta que los datos declarados no coinciden con los parámetros que surgen de la información fiscal disponible. La medida puede impactar en el valor de la cuota mensual y, en algunos casos, generar diferencias correspondientes a períodos anteriores.</p><p>La recategorización de oficio está prevista dentro del Régimen Simplificado y puede aplicarse cuando el organismo considera que la categoría informada no se ajusta a la actividad real del contribuyente. La normativa contempla la determinación de deuda y la posibilidad de aplicar sanciones cuando la declaración fue inexacta o no se cumplió con la obligación de recategorizarse.</p><p>La primera señal de un cambio suele aparecer en el Domicilio Fiscal Electrónico, donde llegan las comunicaciones oficiales de ARCA. También se puede revisar la situación al ingresar al Portal Monotributo con CUIT y clave fiscal, especialmente antes de la próxima recategorización semestral.</p>Qué información puede revisar ARCA<p>Para definir si corresponde una nueva categoría, el organismo analiza los parámetros que determinan el encuadre dentro del Monotributo. Entre ellos se encuentran los ingresos brutos, los alquileres devengados, la superficie afectada a la actividad y la energía eléctrica consumida.</p><p>Además, la evaluación puede tomar como referencia la facturación electrónica emitida, las acreditaciones bancarias, los ingresos declarados y otros registros fiscales disponibles. Por eso, una diferencia entre los movimientos detectados y los datos informados por el contribuyente puede derivar en una revisión de la categoría.</p><p>El cambio no debe confundirse con una exclusión del régimen. La recategorización implica que el monotributista continúa dentro del sistema, pero pasa a una categoría diferente. La exclusión, en cambio, supone la salida del Régimen Simplificado y el ingreso al régimen general, con otro tipo de obligaciones tributarias.</p>Cómo controlar si hubo un cambio<p>Para verificar si ARCA modificó la categoría, el contribuyente debe ingresar al Portal Monotributo y revisar la información vigente. También resulta clave consultar el Domicilio Fiscal Electrónico, que es el canal obligatorio para recibir notificaciones oficiales del organismo.</p><p>En caso de encontrar una comunicación, se recomienda leer los fundamentos del cambio y comparar los datos utilizados por el organismo con la facturación, la actividad declarada y los parámetros correspondientes a los últimos 12 meses.</p><p>La recategorización habitual se realiza dos veces al año, en febrero y agosto, y debe completarse hasta el día 5 de cada uno de esos meses cuando corresponde un cambio de categoría. Quienes mantengan los mismos parámetros o tengan menos de seis meses de actividad no deben realizar esa gestión.</p>Qué hacer si no se está de acuerdo<p>Si el monotributista considera que la recategorización de oficio fue incorrecta, puede presentar una apelación a través del servicio "Presentaciones Digitales", disponible con clave fiscal. El sistema contempla las opciones "Recategorización de oficio del monotributo - Apelación en término" y "Recategorización de oficio del monotributo - Recurso fuera de término".</p><p>Para avanzar con el reclamo, es necesario revisar los motivos informados por ARCA y adjuntar la documentación que permita respaldar la situación fiscal real. Facturación, constancias bancarias, contratos, comprobantes de alquiler o información sobre la actividad pueden resultar relevantes, según el caso.</p><p>Mientras el organismo analiza la presentación, la categoría determinada de oficio puede mantenerse vigente. Por ese motivo, controlar las notificaciones y revisar periódicamente la información del Portal Monotributo permite evitar que una comunicación quede firme sin que el contribuyente haya podido evaluar o responder la medida.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/nXs30l4irr7nNaGLs2qwXi1SXdU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/07/arca.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El organismo puede modificar la categoría de un monotributista cuando detecta diferencias entre los parámetros declarados y la información fiscal disponible. La comunicación llega a través del Domicilio Fiscal Electrónico y puede impactar en el valor de la cuota mensual.]]>
                </summary>
                                                <category term="argentina-y-el-mundo" label="Argentina y el Mundo" />
                                <updated>2026-07-07T12:45:05+00:00</updated>
                <published>2026-07-07T12:45:00+00:00</published>
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        <title>
            ARCA advirtió qué productos y dinero deben declararse al viajar al exterior
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/argentina-y-el-mundo/arca-advirtio-que-productos-y-dinero-deben-declararse-al-viajar-al-exterior" type="text/html" title="ARCA advirtió qué productos y dinero deben declararse al viajar al exterior" />
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/hPi_6BTpkvO-4T6deGZlu2HpZYg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/06/arca_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Ante el movimiento turístico previsto por las vacaciones de invierno y el Mundial, ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero) recordó cuáles son las obligaciones que deben cumplir los viajeros al entrar o salir del país. El organismo informó qué bienes deben declararse, cuáles son los límites de franquicia y en qué casos corresponde realizar trámites ante la Aduana.</p><p>El organismo indicó que los pasajeros deben prestar atención no solo al equipaje, sino también a los productos comprados en el exterior, los objetos que llevan al salir del país y el dinero en efectivo o instrumentos monetarios que transporten. Incumplir estas condiciones puede generar demoras, pagos adicionales o inconvenientes en los controles fronterizos.</p>Cuándo hay que declarar ante Aduana<p>Según las normas vigentes, quienes ingresen al país por vía aérea o marítima pueden traer mercaderías por hasta 500 dólares sin pagar tributos. A ese monto se suma otra franquicia independiente de 500 dólares para compras realizadas en el Free Shop de llegada.</p><p>En el caso de quienes regresen por vía terrestre o fluvial, la franquicia es de 300 dólares para adultos y de 150 dólares para menores de 16 años. Además, matrimonios, uniones civiles e hijos menores de 16 años pueden unificar sus franquicias para utilizarlas de manera conjunta.</p><p>ARCA aclaró que estos beneficios son mensuales y no acumulables. Esto significa que, si un pasajero no utiliza la franquicia en un viaje, no puede trasladarla para otra oportunidad. Cuando el valor total de los bienes supera el límite permitido, se debe abonar un arancel del 50% sobre el excedente.</p><p>Por ejemplo, si una persona ingresa por vía aérea con productos valuados en 600 dólares, se toma como referencia la franquicia de 500 dólares. En ese caso, el excedente es de 100 dólares y el impuesto a pagar será de 50 dólares.</p>Dinero, objetos y formularios<p>Otra obligación alcanza a quienes ingresen o egresen del país con 10.000 dólares o más, o su equivalente en otras monedas. En esos casos, el monto debe ser informado ante la Aduana. Para menores de 16 años, el límite es de 5.000 dólares.</p><p>El organismo también recordó que quienes viajen con objetos adquiridos previamente en el exterior pueden declararlos antes de salir del país. Ese trámite permite acreditar que esos bienes ya formaban parte del equipaje y evitar inconvenientes al regresar a la Argentina.</p><p>Para realizar la declaración, ARCA dispone de formularios digitales y terminales de autogestión en aeropuertos y pasos internacionales. Si el trámite no puede completarse de manera online, se pueden presentar los formularios manuales correspondientes. La recomendación central es verificar las condiciones antes de viajar y utilizar los canales oficiales para evitar demoras en los controles.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/hPi_6BTpkvO-4T6deGZlu2HpZYg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/06/arca_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Ante el movimiento turístico previsto por las vacaciones de invierno y el Mundial, ARCA recordó cuáles son las obligaciones que deben cumplir los viajeros al entrar o salir del país.]]>
                </summary>
                                                <category term="argentina-y-el-mundo" label="Argentina y el Mundo" />
                                <updated>2026-06-19T20:00:04+00:00</updated>
                <published>2026-06-19T20:00:00+00:00</published>
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        <title>
            Monotributo: ARCA confirmó que las cuotas seguirán sin cambios durante junio
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/argentina-y-el-mundo/monotributo-arca-confirmo-que-las-cuotas-seguiran-sin-cambios-durante-junio" type="text/html" title="Monotributo: ARCA confirmó que las cuotas seguirán sin cambios durante junio" />
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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        </author>
        
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/_XXsPkf15UjhBoaEa55ii8A-uys=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/06/arca.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Sin embargo, el foco ya está puesto en julio, cuando el organismo deberá actualizar los parámetros del régimen simplificado tomando como referencia la inflación acumulada durante el primer semestre de 2026. Esa modificación impactará tanto en los topes de facturación como en los importes mensuales que pagan millones de pequeños contribuyentes.</p><p>Actualmente, el límite máximo para permanecer dentro del monotributo supera los 108 millones de pesos anuales en la categoría más alta. Hasta que se oficialicen los nuevos valores, esos parámetros continuarán vigentes durante junio y gran parte de julio.</p>Posible aumento cercano al 17%<p>Aunque ARCA todavía no difundió los nuevos cuadros oficiales, distintas estimaciones privadas indican que la actualización semestral podría rondar el 17%, en línea con la evolución de la inflación registrada durante los primeros seis meses del año.</p><p>La recategorización se habilitaría durante la segunda quincena de julio, una vez que el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) publique el último índice inflacionario del semestre.</p><p>Por ese motivo, especialistas tributarios recomiendan comenzar a revisar la facturación acumulada de los últimos doce meses para evitar inconvenientes cuando se abra el período de actualización.</p>Qué deberán tener en cuenta los monotributistas<p>Con los nuevos parámetros, muchos contribuyentes podrían verse obligados a cambiar de categoría o incluso evaluar si continúan dentro del régimen simplificado.</p><p>Mientras tanto, durante junio:</p>Las cuotas mensuales no tendrán modificaciones.Se mantienen vigentes las escalas actuales.No habrá cambios en los límites de facturación hasta la actualización de julio.La recategorización todavía no está habilitada.<p>El nuevo esquema comenzaría a aplicarse desde agosto, luego de que ARCA oficialice las escalas actualizadas.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/_XXsPkf15UjhBoaEa55ii8A-uys=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/06/arca.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Los contribuyentes adheridos al monotributo mantendrán durante junio las mismas cuotas mensuales y escalas de facturación vigentes desde comienzos de año, según confirmó la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).]]>
                </summary>
                                                <category term="argentina-y-el-mundo" label="Argentina y el Mundo" />
                                <updated>2026-06-08T21:43:05+00:00</updated>
                <published>2026-06-08T21:42:47+00:00</published>
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        <title>
            Cuánto podés transferir antes de quedar en la mira de ARCA: los montos que activan los controles
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/actualidad/cuanto-podes-transferir-antes-de-quedar-en-la-mira-de-arca-los-montos-que-activan-los-controles" type="text/html" title="Cuánto podés transferir antes de quedar en la mira de ARCA: los montos que activan los controles" />
        <id>https://www.diariodebatepregon.com/actualidad/cuanto-podes-transferir-antes-de-quedar-en-la-mira-de-arca-los-montos-que-activan-los-controles</id>
        <author>
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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        </author>
        
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/czjVX4Mg6aN6MbYqbkgthKarYCg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/06/arca.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Las transferencias bancarias y los movimientos en billeteras virtuales forman parte de la rutina cotidiana de millones de argentinos, pero no escapan al radar del fisco. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) mantiene vigentes durante junio distintos mecanismos de monitoreo sobre operaciones financieras que superen determinados parámetros o presenten patrones considerados inusuales.</p><p>El organismo no prohíbe recibir dinero en cuentas o aplicaciones. Sin embargo, las entidades financieras deben reportar ciertas operaciones cuando los montos exceden los límites establecidos o cuando la actividad no coincide con el perfil económico declarado por el titular.</p>Los umbrales vigentes<p>Para personas físicas, las transferencias y acreditaciones bancarias —incluyendo billeteras virtuales— quedan sujetas a información cuando superan los $50.000.000 mensuales. Para empresas y personas jurídicas, el límite es de $30.000.000 por mes.</p><p>Las extracciones de efectivo deben reportarse cuando superan los $10.000.000 mensuales, tanto para individuos como para empresas. Los saldos bancarios al cierre de cada mes también se informan cuando exceden los $50.000.000 en personas físicas o los $30.000.000 en personas jurídicas.</p><p>En cuanto a plazos fijos, el monitoreo se activa en colocaciones superiores a los $100.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para empresas. Las compras como consumidor final pueden realizarse hasta $10.000.000 sin aportar información adicional, aunque operaciones superiores pueden quedar sujetas a verificaciones.</p><p>Los sistemas automáticos también analizan la frecuencia de las operaciones, la cantidad de personas involucradas y los patrones de movimiento habituales. Múltiples acreditaciones pequeñas pueden generar alertas si el comportamiento resulta atípico.</p>Qué puede pasar si se superan los montos<p>Superar un umbral informativo no implica automáticamente una infracción ni una sanción. Lo que sucede es que la operación pasa a formar parte de los registros que las entidades deben reportar a ARCA. Si los movimientos resultan inconsistentes con los ingresos declarados, las entidades pueden requerir documentación que justifique el origen de los fondos. Ante respuestas insuficientes, pueden aplicar restricciones preventivas sobre la cuenta e incluso elevar un Reporte de Operación Sospechosa ante la Unidad de Información Financiera (UIF).</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/czjVX4Mg6aN6MbYqbkgthKarYCg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/06/arca.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El organismo fiscal intensifica el monitoreo de movimientos bancarios y de billeteras virtuales. Superar los umbrales no implica una sanción automática, pero puede derivar en pedidos de documentación o reportes a la UIF.]]>
                </summary>
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                                <updated>2026-06-03T15:00:03+00:00</updated>
                <published>2026-06-03T15:00:00+00:00</published>
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        <title>
            ARCA: La recaudación creció 1,7% en términos reales en mayo y frenó nueve meses de caída consecutiva
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/actualidad/arca-la-recaudacion-crecio-17-en-terminos-reales-en-mayo-y-freno-nueve-meses-de-caida-consecutiva" type="text/html" title="ARCA: La recaudación creció 1,7% en términos reales en mayo y frenó nueve meses de caída consecutiva" />
        <id>https://www.diariodebatepregon.com/actualidad/arca-la-recaudacion-crecio-17-en-terminos-reales-en-mayo-y-freno-nueve-meses-de-caida-consecutiva</id>
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/_XXsPkf15UjhBoaEa55ii8A-uys=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/06/arca.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La recaudación tributaria nacional registró un punto de giro en mayo. Según informó la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), los ingresos fiscales del Estado treparon a los $21,51 billones, lo que representó un incremento nominal del 35,6% respecto al mismo período del año anterior. Al contrastar la cifra con la inflación anualizada proyectada del 33,4% para mayo, la performance impositiva arrojó un crecimiento real del 1,7%, interrumpiendo así una dinámica contractiva de nueve meses consecutivos de caída. El dato contrasta especialmente con la baja real del 3,8% registrada en abril.</p>El factor detrás del repunte<p>El cambio de tendencia responde a un factor estacional que el equipo económico aguardaba con expectativa: durante mayo operaron los vencimientos de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias correspondientes a las sociedades comerciales con cierre de balance en diciembre de 2025, el segmento de mayor volumen y peso relativo para el fisco dentro del calendario anual.</p><p>Con este resultado, el Gobierno logra un respiro en su meta de sostener el superávit financiero, apoyado en el desempeño de los tributos vinculados a la actividad corporativa y al comercio exterior, aunque los impuestos asociados al consumo del mercado interno todavía muestran debilidad.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/_XXsPkf15UjhBoaEa55ii8A-uys=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/06/arca.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Los ingresos fiscales alcanzaron los $21,51 billones, impulsados por el vencimiento del Impuesto a las Ganancias de las empresas. Es la primera suba real en nueve meses.]]>
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                                <updated>2026-06-02T15:00:24+00:00</updated>
                <published>2026-06-02T15:00:00+00:00</published>
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        <title>
            ARCA oficializó el recibo de sueldo electrónico obligatorio para empleadas domésticas
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/argentina-y-el-mundo/arca-oficializo-el-recibo-de-sueldo-electronico-obligatorio-para-empleadas-domesticas" type="text/html" title="ARCA oficializó el recibo de sueldo electrónico obligatorio para empleadas domésticas" />
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/RwvDAPOyi3noYJiNYN3tuVll54M=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2022/03/sueldo_de_una_empleada_domestica_distintas_categorias.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La medida fue establecida mediante la Resolución General 5850/2026, publicada este jueves en el Boletín Oficial, y forma parte de la adaptación del sistema laboral a la Ley de Modernización Laboral 27.802.</p><p>Según informó ARCA, el objetivo es avanzar en la digitalización de los comprobantes salariales, simplificar trámites administrativos y mejorar el control sobre los aportes y contribuciones del sector.</p>Cómo funcionará el nuevo sistema<p>El recibo de sueldo deberá generarse exclusivamente a través del “Registro Especial del Personal de Casas Particulares”, disponible en el sitio web oficial de ARCA mediante Clave Fiscal.</p><p>Los empleadores deberán cargar:</p>Datos de la relación laboralPeríodo liquidadoRemuneraciónConceptos salariales correspondientes<p>Luego, el sistema emitirá el comprobante digital. La validación con Clave Fiscal reemplazará la firma manuscrita del empleador y otorgará plena validez legal al recibo electrónico.</p><p>Además, las trabajadoras y trabajadores podrán acceder online a:</p>Recibos de sueldoConstancias de aportesDetalles de pagos registradosQué pasa si el sueldo se paga en efectivo<p>La resolución también aclara que, si el salario se abona en efectivo o el trabajador lo solicita, el recibo deberá imprimirse por duplicado:</p>Una copia para el trabajadorOtra firmada como constancia de pago para el empleadorFormularios que dejan de tener validez<p>ARCA estableció que los formularios tradicionales F.102/RT, F.575/RT y F.1350 ya no serán considerados comprobantes válidos de pago por sí solos.</p><p>Desde ahora, el único comprobante aceptado será el recibo electrónico emitido desde el sistema oficial.</p>Desde cuándo rige<p>La disposición entra en vigencia desde el 22 de mayo de 2026 y se aplicará a los salarios correspondientes al período devengado mayo 2026, es decir, los haberes que se pagan en junio ya deberán contar con recibo electrónico obligatorio.</p>Escala salarial vigente en mayo 2026<p>ARCA también recordó los valores salariales vigentes para el personal de casas particulares:</p>Supervisores con retiro: $528.158,40 mensualesSupervisores sin retiro: $585.432,62Tareas específicas con retiro: $492.481,06Tareas específicas sin retiro: $545.356,31Caseros: $481.109,55Asistencia y cuidado de personas con retiro: $481.109,55Asistencia y cuidado sin retiro: $533.256,50Tareas generales con retiro: $435.201Tareas generales sin retiro: $481.109,55<p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/RwvDAPOyi3noYJiNYN3tuVll54M=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2022/03/sueldo_de_una_empleada_domestica_distintas_categorias.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó un cambio importante para el régimen de trabajo en casas particulares: desde mayo de 2026 será obligatorio emitir recibos de sueldo electrónicos para empleadas y empleados domésticos.]]>
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                                <updated>2026-05-23T11:30:04+00:00</updated>
                <published>2026-05-23T11:30:00+00:00</published>
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