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    <title>El Debate Pregón</title>
    <subtitle>Últimas noticias de Argentina</subtitle>
    <updated>2026-04-10T19:30:03+00:00</updated>
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            Justicia por el crimen de Larroque: condenaron a 11 años de prisión al autor del disparo mortal
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/5h-OMakkt-CRMTbrWGJhCI4oO_k=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/04/crimen_larroque.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La justicia entrerriana dictó sentencia en el caso que conmocionó a la localidad de Larroque. El acusado del asesinato de un hombre de 70 años fue condenado a la pena de 11 años de prisión efectiva. El tribunal lo encontró responsable del delito de homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego.</p>El trágico episodio<p>El hecho que llegó a juicio ocurrió durante la madrugada del 25 de diciembre de 2024. En el marco de los festejos por Navidad, el ahora condenado realizó una serie de disparos con un arma de fuego. Uno de los proyectiles impactó en el cuerpo de un jubilado que se encontraba en las inmediaciones de la celebración.</p><p>A pesar de los esfuerzos médicos y de haber sido trasladado de urgencia a un centro de salud, la víctima falleció poco después debido a la gravedad de la herida recibida en la zona del tórax.</p>Los fundamentos de la sentencia<p>Durante el proceso judicial, se presentaron testimonios y pruebas periciales que confirmaron la autoría del disparo. La fiscalía había solicitado una pena mayor, mientras que la defensa intentó encuadrar el hecho bajo una figura penal más leve, argumentando la falta de intención de matar.</p><p>Sin embargo, el tribunal consideró que el imputado actuó con un desprecio total por la vida ajena al manipular y accionar un arma cargada en un lugar con alta concurrencia de personas. La resolución destacó los siguientes puntos clave:</p>Responsabilidad probada: Los testimonios de los presentes fueron determinantes para identificar al tirador.Uso de arma: Se confirmó que el condenado portaba un arma sin la debida autorización y que la accionó de forma deliberada.Pena efectiva: El joven deberá cumplir la totalidad de la condena en una unidad penal de la provincia.Repercusión en Larroque<p>El fallo generó una fuerte respuesta en la comunidad de Larroque, donde la víctima era una persona muy querida y respetada. Familiares y amigos del jubilado, que realizaron diversas marchas pidiendo justicia desde el momento del crimen, manifestaron su conformidad parcial con la sentencia, aunque recalcaron que nada devolverá la vida de su ser querido.</p><p>El condenado, cuya identidad fue reservada en los reportes iniciales pero confirmada durante la lectura del veredicto, permanecerá bajo custodia policial hasta que se realice su traslado definitivo a la cárcel correspondiente. Con esta resolución, la justicia busca cerrar un capítulo doloroso para la localidad, reafirmando el castigo ante el uso indiscriminado de armas de fuego.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/5h-OMakkt-CRMTbrWGJhCI4oO_k=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/04/crimen_larroque.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguaychú dictó la sentencia contra el joven que, en medio de un festejo, efectuó un disparo que terminó con la vida de un jubilado. El hecho ocurrió en diciembre de 2024.]]>
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                                <category term="provinciales" label="Provinciales" />
                <updated>2026-04-10T19:30:03+00:00</updated>
                <published>2026-04-10T19:30:00+00:00</published>
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            Queda firme condena a médico por rapto y violación
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        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/argentina-y-el-mundo-1/queda-firme-condena-a-medico-por-rapto-y-violacion" type="text/html" title="Queda firme condena a médico por rapto y violación" />
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/K-WvDpdqqtDkBZ24YxoKwjV518g=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2025/10/c_1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) rechazó un recurso de queja presentado por los abogados Patricio Cozzi y Miguel Cullen, en representación del médico de Gualeguay José Massad Kaplan, y de ese modo quedó firme la condena a 9 años de cárcel por los delitos de rapto y abuso sexual con acceso carnal reiterado.</p><p>Kablan había sido condenado el 23 de septiembre de 2019 por el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguay, integrado por los jueces Roberto Javier Cadenas, José Alejandro Calleja y Gustavo Acosta, por haber abusado sexualmente de una joven, hecho que ocurrió el 19 de agosto de 2018, después de las 6,30, a la salida del boliche King, el mismo al que había concurrido la estudiante uruguayense Micaela García. Micaela había ido a festejar con amigos, y al regreso a su casa, Micaela García fue raptada, violada y asesinada por&nbsp;Sebastián Wagner, condenado a perpetua, en tanto que Néstor Pavón espera un nuevo juicio, tal como ordenó la Cámara de Casación Penal al revisar la condena.</p><p>https://drive.google.com/file/d/1jZF2mDMc99NgEsEx72pbvy41YfFLf9Nh/view?usp=sharing</p><p>M, la chica raptada y violada por Kablan, también había ido al boliche King con un grupo de amigas.</p><p>Dice el fallo de primera instancia: «A criterio del Tribunal&nbsp; se acreditó fehacientemente la imputación que tanto la Fiscalía como la parte querellante formularon en contra del inculpado José Massad Kablan, esto es, que el día 19 de agosto de 2018, luego de salir del local bailable ´King´ ubicado en calle Belgrano Nº 20 de esta ciudad, aproximadamente a las 6, y tras llevar a sus respectivas viviendas a K. y M.(se omite el nombre de las jóvenes, NdelR), el imputado José Massad Kablan, alrededor de las 6,30, retuvo a bordo del automóvil que conducía, marca Chevrolet Prisma de color gris, quien le requirió que la lleve a su casa en reiteradas oportunidades, haciendo el imputado caso omiso a tales requerimientos en forma deliberada, para dirigirse aproximadamente a la hora 06,46 por Ruta Nacional 12 a bordo del referido automóvil a la chacra ´Yajora´ de su familia, sita en calle 137 entre calles 3 y 5, camino a Paso de Alonso de la ciudad de Gualeguay, con el fin de abusar sexualmente de ella, hecho que consumó en el dormitorio del inmueble mencionado (…),&nbsp; aprovechándose de que (M) no pudo consentir libremente la acción en razón de la intimidación psicológica infundida al desoír sus reiterados pedidos de que la lleve a su casa y mantenerla retenida contra su voluntad».</p><p>&nbsp;</p><p>El fallo condenatorio fue confirmado por la Cámara de Casación Penal, pero el caso llegó con un recurso extraordinario a la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ), que el 15 de marzo de 2022, con el voto de los&nbsp; vocales Daniel Carubia y Miguel Giorgio, los anuló, y mandó el caso al tribunal de origen «a fin de que, debidamente integrado, dicte nuevo pronunciamiento ajustado a derecho». El dato llamativo es que la Sala Penal cargó con el costo del juicio a la víctima. Le impone a la querella «el 50% de las costas».</p><p>El 21 de junio de 2023, la Cámara de Casación Penal de Paraná -integrada por Gustavo Pimentel, María Evangelina Bruzzo y Darío Perroud- rechazó un recurso de casación de la defensa y confirmó la sentencia condenatoria del tribunal de primera instancia. El 7 de septiembre de 2023</p><p>, Casación también rechazó una impugnación extraordinaria para llevar el caso a la Sala Penal del STJ, que de ese modo recaló a esa máxima instancia mediante una queja.</p><p>Pero esa queja fue rechazada por la Sala Penal, con los votos de los vocales Leonardo Portela y Gisela Schumacher.</p><p>En su voto, Portela sostiene que «la queja enarbolada en beneficio de Kablan, lejos de desarrollar una crítica idónea a los fundamentos de la denegación del recurso de impugnación extraordinaria, se limita a reeditar por tercera vez los planteos ya sostenidos en las instancias inferiores, revelando un mero disconformismo con lo resuelto, por entero insusceptible de habilitar el remedio extraordinario que persiguen».&nbsp; Y agregó: «De esta manera constato entonces que ha sido correctamente denegada la impugnación extraordinaria, evidenciándose por parte de los quejosos el mero disenso con la resolución adoptada -propio de su particular interés- mas sin desarrollar un supuesto habilitante de la vía extraordinaria».</p><p>«Una detallada lectura del recurso me permite compartir la posición del señor vocal de primer voto en torno a que no se agregan argumentos para refutar las conclusiones de la decisión decasación», opinó la vocal Schumacher.&nbsp; «Se reiteraron las posiciones ya efectuadas en el anterior recurso de impugnación extraordinaria, aunque omitiendo las consideraciones que concretamente esta vez la segunda sentencia de casación realizó sobre los puntos en debate», añadió.</p><p>De ese modo, no prosperó la queja de la defensa del médico Kablan, y se confirmó la condena a 9 años de cárcel.</p><p>Finalmente, la defensa de Kablan, integrada por Patricio Cozzi y Miguel Cullen, acudió con un recurso extraordinario federal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que lo declaró inadmisible y de ese modo quedó firme la condena al médico.</p><p>&nbsp;</p><p>Foto: La Lucha en la Calle</p><p>De la Redacción de Entre Ríos Ahora</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/K-WvDpdqqtDkBZ24YxoKwjV518g=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2025/10/c_1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó por inadmisible un recurso de queja de la defensa del médico de Gualeguay José Mossad Kablan, quien en 2019 fue condenado a 9 años de cárcel por el rapto y violación de una joven.]]>
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                                <category term="argentina-y-el-mundo-1" label="Argentina y el mundo" />
                <updated>2026-02-19T13:40:08+00:00</updated>
                <published>2025-10-30T14:45:43+00:00</published>
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            Finalmente, la justicia de Brasil condenó a 6 años de prisión a Juan Darthés
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        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/espectaculos/finalmente-la-justicia-de-brasil-condeno-a-6-anos-de-prision-a-juan-darthes" type="text/html" title="Finalmente, la justicia de Brasil condenó a 6 años de prisión a Juan Darthés" />
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/p_0HtKboiosjlbr8gKOXLwN6RaA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/adjuntos/289/imagenes/000/592/0000592976.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La sentencia, que incluye un régimen semiabierto, confirma la culpabilidad de Darthés y ha sido ampliamente celebrada por quienes apoyan la causa de Fardin. En declaraciones tras la decisión judicial, la actriz expresó su emoción: "Es un día muy movilizante. La Justicia me escuchó, y luego de tanta lucha, reconoce los hechos, eso es innegable y no hay vuelta atrás. Esta decisión es un paso firme en la construcción de una justicia que condena la violencia sexual hacia las infancias y la violencia de género", destacó.</p><p>Un fallo que envía un mensaje claro</p><p>El Tribunal, al ratificar la condena, hizo énfasis en la responsabilidad del acusado como adulto y en el poder que tenía sobre la víctima en su rol profesional. En lugar de centrarse únicamente en la resistencia de la denunciante, los jueces abordaron la naturaleza de la violación como un acto sin consentimiento, respaldado por pruebas testimoniales y periciales.</p><p>Mariela Belski, directora ejecutiva de Amnistía Internacional Argentina, celebró la sentencia y subrayó la importancia del fallo en el contexto actual: "En el contexto regresivo que enfrenta la Argentina en materia de persecución y condena de la violencia de género, esta decisión judicial envía un poderoso mensaje de respaldo y apoyo para todas las niñas y adolescentes que se animan a romper el silencio", dijo.</p><p>Un proceso judicial sin precedentes</p><p>El caso de Fardin se ha caracterizado por su cooperación internacional, involucrando a tres Ministerios Públicos Fiscales de Nicaragua, Brasil y Argentina, quienes trabajaron de manera conjunta para llevar a juicio este caso de abuso sexual. Durante el proceso, la actriz estuvo acompañada por sus abogados, Martín Arias Duval, Carla Junqueira, y el equipo de Amnistía Internacional Argentina.</p><p>Fardin estuvo presente en el tribunal durante la lectura de la sentencia, acompañada de su abogada brasileña, Junqueira. Por su parte, Juan Darthés no asistió personalmente, pero estuvo representado por sus abogados, quienes escucharon la resolución a través de una videollamada.</p><p>El camino hacia la condena</p><p>El abogado de Fardin en Argentina, Martín Arias Duval, explicó a Infobae que el proceso judicial tuvo una serie de vaivenes antes de llegar a esta sentencia definitiva. En la primera instancia, el tribunal votó de manera dividida, pero la decisión fue ratificada en esta segunda instancia con la intervención de tres jueces adicionales, quienes coincidieron en la culpabilidad de Darthés.</p><p>A pesar de la condena, el actor aún tiene la posibilidad de apelar a dos instancias superiores, el Tribunal Superior de Justicia y, en última instancia, la Corte Suprema de Brasil. Sin embargo, el abogado de Fardin consideró que las posibilidades de que Darthés revierta la condena son bajas, debido a que los hechos han quedado fijados en la sentencia y la mayoría de los jueces coincidieron en que constituyen un delito.</p><p>El impacto del fallo</p><p>Este fallo histórico no solo marca un hito en la lucha de Thelma Fardin, sino que también fortalece la confianza en la justicia para todas las víctimas de violencia sexual en América Latina. Tras un largo proceso judicial que comenzó con una sentencia de absolución en 2023, la ratificación de la condena refleja un compromiso con los principios establecidos en tratados internacionales como la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/p_0HtKboiosjlbr8gKOXLwN6RaA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/adjuntos/289/imagenes/000/592/0000592976.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El Tribunal Regional Federal de San Pablo ha ratificado la condena de seis años de prisión para el actor Juan Darthés, tras el juicio en el que fue acusado de violación por la actriz Thelma Fardin. La decisión, tomada con el voto favorable de cinco jueces, ha sido un paso crucial en la lucha contra la violencia sexual y un mensaje contundente para todas las víctimas de abuso.]]>
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                                <category term="espectaculos" label="Espectáculos" />
                <updated>2025-03-21T13:33:31+00:00</updated>
                <published>2025-03-21T13:30:34+00:00</published>
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            Morchio: “En este país nadie va preso”
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        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/locales/morchio-en-este-pais-nadie-va-preso" type="text/html" title="Morchio: “En este país nadie va preso”" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/d7o7GU2R7JnuLrEEDlz77FXrpQo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2024/12/francisco_morchio_realizo_un_balance_anual_de_gestion_legislativa.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Durante su exposición, Morchio destacó la necesidad de abordar de manera rigurosa y efectiva la situación de los delincuentes reincidentes, haciendo hincapié en que el sistema penal debe ser más eficiente en la aplicación de las sanciones: “Hay tres aspectos. El primero es la indefensión que viven las víctimas del delito y las posibles víctimas de delito.&nbsp;El segundo es la sensación de que ‘no pasa nada’ que genera en los potenciales delincuentes. Pienso en ese pibe que probablemente no tenga la cultura del trabajo que tiene su padre o su abuelo. Ni la cultura de la honradez, y podríamos discutir por qué se han perdido esos valores. Alguien le ofrece delinquir y él piensa ‘casi seguro que no me agarran, y si me agarran salgo al rato’. No creo que el delincuente sea una víctima, pero a veces la legislación colabora.&nbsp;Y por último, quiero destacar que esa frase ‘acá nadie va preso’ genera un conflicto en las fuerzas de seguridad.&nbsp;En los funcionarios honestos que hay en las fuerzas de seguridad que sienten cómo los delincuentes se burlan de ellos cuando tardan menos tiempo en largarlos que en meterlos presos.&nbsp;Teniendo en cuenta estos tres aspectos, quiero decir que todo lo que se haga en este Congreso para que las víctimas y las posibles víctimas de delito se sientan más seguras tenemos que hacerlo”.&nbsp;“Siempre contarán con mi voto positivo lo que sea que haga desde este Congreso para que los que roban vayan presos”, finalizó.&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/d7o7GU2R7JnuLrEEDlz77FXrpQo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2024/12/francisco_morchio_realizo_un_balance_anual_de_gestion_legislativa.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El diputado nacional Francisco Morchio, integrante de Encuentro Federal, se pronunció en el marco de la sesión extraordinaria celebrada en la legislatura, sobre el proyecto de ley que busca modificar aspectos clave en materia de reincidencia, reiterancia, concurso de delitos y unificación de condenas.]]>
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                                <category term="locales" label="Locales" />
                <updated>2025-02-09T19:00:04+00:00</updated>
                <published>2025-02-09T19:00:00+00:00</published>
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            Cirujano entrerriano fue condenado 11 años de cárcel y fue inhabilitado a ejercer su profesión
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        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/provinciales/cirujano-entrerriano-fue-condenado-11-anos-de-carcel-y-fue-inhabilitado-a-ejercer-su-profesion" type="text/html" title="Cirujano entrerriano fue condenado 11 años de cárcel y fue inhabilitado a ejercer su profesión" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/TuwuycGtglmpO_KWuGen4pS25Zg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2024/09/cirujano.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El cirujano entrerriano Daniel Ojeda ha sido condenado en Buenos Aires por la muerte de dos pacientes. Con 60 años, admitió su responsabilidad ante el tribunal que lo juzgó por el deceso de una paciente en una clínica ilegal que abrió en 2022 en Villa General Mitre, CABA. Ya había sido condenado por la Justicia de Entre Ríos por el homicidio de una mujer y por lesiones a otros dos, lo que resultó en su inhabilitación para ejercer la medicina. El tribunal le impuso una pena unificada de 11 años de prisión y 16 años de prohibición de ejercer.</p><p>Los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°1, Fernando Ramírez, Luis Salas y Adrián Pérez Lance, consideraron a Ojeda culpable de homicidio simple y desobediencia a una orden judicial, imponiéndole una pena de 8 años. Dado que la muerte del segundo paciente ocurrió mientras Ojeda ya enfrentaba una condena de 8 años por otro homicidio en Concordia, la pena se unificó en 11 años.</p><p>El fallo se hará público el 1º de octubre, pero Ojeda ya había reconocido su culpabilidad durante el juicio, lo que llevó a la Fiscalía, representada por Horacio Azzolin y Jazmín Auat, a solicitar una condena que finalmente fue otorgada por los jueces.</p><p>Ojeda, quien ya se encontraba en el penal de Ezeiza cumpliendo una condena por homicidio imprudente y otras lesiones, continuó realizando tratamientos estéticos peligrosos en un entorno no adecuado. El 3 de junio de 2022, Débhora Campos Gonzáles falleció tras una liposucción que él le practicó, lo que desencadenó esta nueva causa judicial.</p><p>La autopsia reveló que la muerte pudo ser consecuencia de un uso inadecuado de anestésicos o por un manejo deficiente de la anestesia. Ojeda realizó la cirugía sin contar con el equipo ni el médico personal necesario, operando en un departamento no habilitado y en condiciones de higiene precarias. Se encontró instrumental quirúrgico defectuoso y, lo más grave, no se hizo presente un anestesiólogo ni se siguieron los protocolos necesarios, como la firma de formularios de consentimiento.</p><p>Además, Ojeda ignoró la prohibición de ejercer que pesaba sobre él desde enero de 2021, resultante de su condena anterior. La acusación resaltó que, a pesar de conocer los riesgos y las condiciones inadecuadas en las que operaba, continuó con los procedimientos, consciente del potencial resultado fatal.</p><p>Su caso le ha valido el apodo de “Lotocki entrerriano”, en referencia a las similitudes con los casos de Aníbal Lotocki, quien también enfrenta acusaciones por muertes durante procedimientos estéticos, publicó Elonce.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/TuwuycGtglmpO_KWuGen4pS25Zg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2024/09/cirujano.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Daniel Ojeda, cirujano entrerriano, fue condenado recientemente a 11 años de prisión efectiva y quedó imposibilitado de ejercer la medicina por la muerte de dos pacientes.]]>
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                                <category term="provinciales" label="Provinciales" />
                <updated>2024-09-25T11:45:42+00:00</updated>
                <published>2024-09-25T11:45:29+00:00</published>
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            El ex intendente de Gilbert irá preso por abusar de tres mujeres
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        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/provinciales/el-ex-intendente-de-gilbert-ira-preso-por-abusar-de-tres-mujeres" type="text/html" title="El ex intendente de Gilbert irá preso por abusar de tres mujeres" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/XuWP6Tdwf1xmbbbRH2EMyi2iCzo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2024/08/fabian_constantinojpg.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia, integrada por la vocal Claudia Mizawak, el vocal Daniel Carubia y la vocal Gisela Schumacher resolvió este martes denegar la concesión del recurso extraordinario general para ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación presentado por los defensores de Ángel Fabián Constantino, ex intendente de Gilbert (departamento Gualeguaychú) contra la sentencia, dictada por la misma sala el pasado 3 de abril. De esta manera, en las próximas horas deberá ser enviado a la cárcel.</p><p>Cabe recordar que el 23 de marzo de 2023 el Tribunal de Juicio y Apelaciones de la ciudad de Gualeguaychú, integrado por los vocales Arturo Dumón, Alicia Vivian y Mauricio Derudi condenó a 14 años y seis meses de prisión efectiva a Constantino por los delitos de abuso sexual simple y con acceso carnal que concurren de manera real entre sí -primer hecho-, abuso sexual simple y con acceso carnal que concurren de manera real entre sí -segundo hecho-, abuso sexual con acceso carnal -tercer hecho-”.</p><p>Los abogados de Constantino apelaron la sentencia, pero no consiguieron fallos favorables. El 28 de agosto de 2023, la Cámara de Casación Penal, integrada por los vocales María del Luján Giorgio y María Evangelina Bruzzo y Darío Gustavo Perroud, rechazó la apelación.</p><p>El 3 de abril de 2024, la Sala Penal del STJ resolvió rechazar la impugnación extraordinaria interpuesta por los defensores técnicos de Ángel Fabián Constantino, contra la sentencia dictada por la Cámara de Casación Penal, Sala II -Concordia-, la que, en consecuencia, se confirmó. Finalmente, los defensores del ex intendente presentaron un recurso extraordinario federal para que el caso sea enviado a la Corte Suprema de Justicia. Este último recurso fue rechazado este martes.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/XuWP6Tdwf1xmbbbRH2EMyi2iCzo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2024/08/fabian_constantinojpg.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos rechazó el recurso extraordinario para recurrir la sentencia de 14 años y 6 meses ante la Corte Suprema. Así el fallo dictado en Gualeguaychú queda firme y Constantino irá preso.]]>
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                                <category term="provinciales" label="Provinciales" />
                <updated>2024-08-28T12:00:04+00:00</updated>
                <published>2024-08-28T12:00:00+00:00</published>
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        <title>
            Sentenciaron a prisión perpetua a &quot;La Hiena Humana&quot; Carmona por el asesinato de un taxista en Córdoba
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/argentina-y-el-mundo/sentenciaron-a-prision-perpetua-a-la-hiena-humana-carmona-por-el-asesinato-de-un-taxista-en-cordoba" type="text/html" title="Sentenciaron a prisión perpetua a &quot;La Hiena Humana&quot; Carmona por el asesinato de un taxista en Córdoba" />
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/gMQosjgO08cA-CgSJyBKquQmick=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2024/05/hiena.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El multiasesino Roberto "La Hiena Humana" Carmona fue sentenciado esta tarde a prisión perpetua por el asesinato del taxista Javier Bocalón en 2022 en Córdoba.</p><p>Carmona fue condenado por el homicidio criminis causa calificado por alevosía de Bocalón cuando pretendía escapar en una visita a su ex pareja en esta provincia mediterránea.</p><p>La sentencia fue dispuesta por la Cámara en lo Criminal y Correccional de 8ª Nominación de la ciudad de Córdoba, integrada por los jueces Marcelo Nicolás Jaime -presidente del tribunal-, Juan Manuel Ugarte y Eugenio Pérez Moreno y por decisión de un jurado popular, según reportó Cadena 3.&nbsp;</p><p>Carmona ya estaba en prisión por otros tres asesinatos cuando durante una visita a su ex pareja en Córdoba mató al taxista.</p><p>De este modo, llegó al final el juicio que se le seguía en Córdoba. Más temprano, el fiscal Hugo Almirón había pedido que "La Hiena Humana" sea condenado efectivamente a perpetua por el crimen de Bocalón en diciembre de 2022. La querella también solicitó que el acusado reciba la pena máxima.</p><p>Almirón describió a Carmona como un hombre "perverso" y "sin remordimientos". Además, pidió que la Justicia no le conceda un tratamiento terapéutico, ya que las pruebas aportadas demuestran, según dijo, que es consciente de los asesinatos que cometió.</p><p>Con respecto a la querella, representada por Carlos Nayy, se requirió que el acusado sea encontrado culpable y condenado a la pena máxima por ser una "máquina de matar, sin cura ni remordimientos".</p><p>En una de las últimas audiencias declaratorias, en los que siempre estuvo encerrado en una cabina de vidrio por precaución, Carmona confesó el asesinato y describió con crueldad cómo cometió el crimen de Bocalón.</p><p>Fue el 13 de diciembre de 2022 cuando el acusado se fugaba de la Policía, por lo que se subió a un taxi, conducido por Bocalón: "Me dio un vaso con agua y ahí le mentí diciendo que había que buscar a una prima. Era mentira, no existía".</p><p>Mientras esperaban a la supuesta pasajera, atacó por detrás a la víctima: "Lo abracé, le puse la cuchilla en el cogote. Le entré un poco y le dije: ´bajate porque te mato´. Él me dijo: ´No merobes la herramienta de trabajo´ y yo le empecé a dar no sé cuántas puñaladas".</p><p>Esta explosiva descripción provocó una crisis nerviosa a la familia, motivo por el cual la audiencia debió ser suspendida unos minutos.</p><p>En este caso habrá un segundo juicio. Será contra seis guardiacárceles y la esposa de Carmona por facilitar su fuga, que desencadenó en el brutal crimen de Bocalón.</p><p>Tras matar a Ceppi en 1986, su segundo homicidio lo cometió en 1994: asesinó de una puñalada al preso Héctor Vicente Bolea en la cárcel cordobesa de barrio San Martín.</p><p>En ese momento, Carmona estaba cumpliendo su condena por matar a Ceppi, de 16 años. Bolea junto a otros reclusos había intentado atacarlo días antes al grito de "violador".</p><p>Ante esto y sus reiterados conflictos con otros internos, se decidió trasladarlo a otra provincia y fue alojado en el complejo penitenciario de Resistencia, en Chaco, donde en 1997 mató, con un filoso palo de escoba a otro detenido, Demetrio Pérez Araujo.</p><p>"Carmona es un psicópata que disfruta del dolor ajeno", aseguró la psicóloga criminológica Judith Biodo en diálogo con Cadena 3.</p><p>La especialista lo describió como un "psicópata en todos los términos que implica la palabra: insensible, cruel y disfruta del dolor ajeno". Y afirmó: "Estamos ante una psicopatía con todas las letras".N.A.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/gMQosjgO08cA-CgSJyBKquQmick=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2024/05/hiena.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Carmona ya estaba en prisión por otros tres crímenes.]]>
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                                <category term="argentina-y-el-mundo" label="Argentina y el Mundo" />
                <updated>2024-05-18T12:39:53+00:00</updated>
                <published>2024-05-18T12:39:39+00:00</published>
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            Condena al entrerriano que le tiró una botella a Milei
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        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/actualidad/condena-al-entrerriano-que-le-tiro-una-botella-a-milei" type="text/html" title="Condena al entrerriano que le tiró una botella a Milei" />
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/djnzSQ28CzdMnOmWvks5RAKCYVo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2024/05/gaston_mercanzini_1jpg.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El entrerriano Gastón Ariel Mercanzini, el hombre que arrojó un botellazo al paso de la caravana que encabezaba Javier Milei cuando asumió la presidencia, el 10 de diciembre pasado, fue condenado a tres años y medio de prisión mediante el mecanismo de juicio abreviado.</p><p>La jueza María Eugenia Capuchetti homologó el acuerdo suscripto por Mercanzini con la fiscalía y dispuso una pena de un año y medio por el episodio del botellazo y una unificada de tres y medio por otra causa anterior por violencia de género contra su ex mujer. El acusado había acordado la pena con el fiscal Carlos Rívolo.</p>Abreviado<p>Mercanzini estaba detenido por un episodio de violencia de género y pactó una pena -que lo mantendrá al menos dos años y cuatro meses en prisión- tras reconocer su responsabilidad por los hechos.</p><p>Por el hecho del botellazo, Mercanzini fue condenado por lesiones leves agravadas por haber sido cometido contra integrantes de una fuerza de seguridad.</p><p>El proyectil no impactó en Milei pero sí en uno de los custodios que acompañaba el vehículo descapotable en el que se dirigía desde el Congreso a la Casa Rosada. Mercanzini está actualmente detenido en el penal de Marcos Paz.</p><p>Cave recordar que Mercanzini fue director de Cultura de Concepción del Uruguay, durante la gestión de Marcelo Bisogni (2003/2011). También estuvo un poco más de un año en la etapa de Carlos Schepens (2011-2015). En febrero de 2013 fue desplazado del cargo.</p><p>&nbsp;</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/djnzSQ28CzdMnOmWvks5RAKCYVo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2024/05/gaston_mercanzini_1jpg.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El entrerriano Gastón Mercanzini acordó tres años y medio de prisión condicional por arrojar una botella a Milei.]]>
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                                <category term="actualidad" label="Actualidad" />
                <updated>2024-05-14T12:12:28+00:00</updated>
                <published>2024-05-14T12:11:57+00:00</published>
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            Pachelo a perpetua por el crimen de María Marta García Belsunce
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/argentina-y-el-mundo/pachelo-a-perpetua-por-el-crimen-de-maria-marta-garcia-belsunce" type="text/html" title="Pachelo a perpetua por el crimen de María Marta García Belsunce" />
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Rvy2EDs1BKyter0RLlx_oR7pa-w=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2024/03/pachelo.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Nicolás Pachelo fue condenado a prisión perpetua por el crimen de María Marta García Belsunce. Así lo determinó la Sala I de Casación bonaerense después de analizar la sentencia de su absolución en diciembre de 2022.&nbsp;</p><p>De esta manera, Nicolás Roberto Pachelo Ryan fue penado por ser autor penalmente responsable de los delitos de robo agravado por el uso de arma y homicidio criminis causae agravado por el uso de arma de fuego.</p><p>El tribunal revocó la absolución de que gozaba Pachelo tras un juicio oral al que fue sometido en 2022 y del que salió airoso por el crimen aunque condenado por varios robos.</p><p>La Casación consideró que el homicidio de García Belsunce “fue ejecutado por el vecino del matrimonio, siendo Pachelo quien dio muerte a la socióloga a fin de procurar la impunidad del robo que se estaba desarrollando en el domicilio de los damnificados”.</p><p>“Se ha podido establecer es que la muerte aparece como una rápida derivación de un hecho originalmente encaminado a la sustracción de cosas ajenas, faena atravesada por el fatal encuentro en la planta superior de la casa de la víctima con el ladrón conocido”, consideraron los jueces.</p><p>El fallo, de más de 400 páginas y firmado por los jueces Fernando Mancini y María Florencia Budiño, dispuso la condena de Pachelo “como autor penalmente responsable de los delitos de robo agravado por el uso de arma y homicidio criminis causae agravado por el uso de arma de fuego”, que se suman a la confirmación de la condena por los robos.</p><p>Según los jueces, Pachelo robó un cofre con dinero cuando mató a María Marta García Belsunce.</p><p>“En torno al pretendido apoderamiento de bienes ajenos por parte de quien resultó el matador de la víctima se sostuvo que la Acusación trazó consideraciones asimilables al motivo de robo de valores en el hogar del matrimonio, por la invocada faltante del cofre metálico de la Agrupación Damas del Pilar que permanecía en poder de la víctima y de una suma dineraria conservada en el recinto del escritorio de planta baja”, describe el fallo.</p><p>Pachelo está actualmente en prisión y recientemente falleció su abogado histórico, Roberto Ribas.</p><p>El fallo de la Cámara de Casación bonaerense es apelable ante la Suprema Corte provincial y, en última instancia, ante la Corte Suprema federal.</p><p>María Marta García Belsunce fue asesinada el 27 de octubre de 2002; en primera instancia fue condenado a prisión perpetua su marido, Carlos Carrascosa, pero finalmente fue absuelto y esa declaración de inocencia quedó firme y con fuerza de cosa juzgada.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Rvy2EDs1BKyter0RLlx_oR7pa-w=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2024/03/pachelo.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Para la Justicia es autor penalmente responsable de los delitos de robo agravado por el uso de arma y homicidio criminis cause agravado por el uso de arma de fuego.]]>
                </summary>
                                <category term="argentina-y-el-mundo" label="Argentina y el Mundo" />
                <updated>2024-03-27T19:28:32+00:00</updated>
                <published>2024-03-27T19:28:19+00:00</published>
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            Condenan al futbolista Dani Alves a 4 años y 6 meses de cárcel por violación
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/deportes/condenan-al-futbolista-dani-alves-a-4-anos-y-6-meses-de-carcel-por-violacion" type="text/html" title="Condenan al futbolista Dani Alves a 4 años y 6 meses de cárcel por violación" />
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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        </author>
        
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Jhhh4MWXqUsWjZVS477bFr7RFRQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2024/02/dani_alves_audiencia_barcelona_98.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Audiencia Provincial de Barcelona ha condenado a 4 años y 6 meses de cárcel al futbolista Dani Alves por la violación a una joven en la discoteca Sutton de Barcelona la madrugada del 31 de diciembre de 2022. El tribunal considera acreditado que la víctima no consintió las relaciones y que existen elementos de prueba, además del propio testimonio de la denunciante, para entender probada la violación y, por tanto, la comisión del delito de agresión sexual.Además de la pena de prisión, la Audiencia condena a Alves a 5 años de libertad vigilada tras su salida de la cárcel, así como a indemnizar a la víctima con 150.000 euros por el daño moral y las lesiones sufridas y a una multa total de 9.000 euros por un delito leve de lesiones. Asimismo, le impiden comunicarse con las denunciantes por cualquier medio y acercarse a ella a menos de 1.000 metros, según informa el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJCat).</p><p>En su sentencia, el tribunal de la Sección 21ª de la Audiencia de Barcelona que “el tribunal considera probado que “el acusado cogió bruscamente a la denunciante, la tiró al suelo y evitando que pudiera moverse la penetró vaginalmente, pese a que la denunciante decía que no, que se quería ir” del baño privado de la discoteca Sutton donde ocurrieron los hechos. Y entiende que “con ello se cumple el tipo de ausencia de consentimiento, con uso de la violencia, y con acceso carnal”.La resolución explica que “para la existencia de agresión sexual no es preciso que se produzcan lesiones físicas, ni que conste una heroica oposición de la víctima a mantener relaciones sexuales”. Y precisa que “en el presente caso nos encontramos además con unas lesiones en la víctima que hacen más que evidente la existencia de violencia para forzar su voluntad, con el subsiguiente acceso carnal que no viene negado por el acusado”.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Jhhh4MWXqUsWjZVS477bFr7RFRQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2024/02/dani_alves_audiencia_barcelona_98.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La sentencia considera que ha quedado acreditado que la víctima no consintió las relaciones y que existen elementos de prueba, además del testimonio de la denunciante, para entender probada la violación.]]>
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                                <category term="deportes" label="Deportes" />
                <updated>2024-02-22T11:52:54+00:00</updated>
                <published>2024-02-22T11:49:30+00:00</published>
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        <title>
            Nueve años de prisión para Pablo Torres Lacal por la muerte del hijo de Federico Storani
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        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/argentina-y-el-mundo/nueve-anos-de-prision-para-pablo-torres-lacal-por-la-muerte-del-hijo-de-federico-storani" type="text/html" title="Nueve años de prisión para Pablo Torres Lacal por la muerte del hijo de Federico Storani" />
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/tgSn8xk2yTzs9nbinFGPiM6nvsI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2023/11/storanihijo.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Tribunal Oral número uno de San Isidro condenó a nueve años de prisión a Pablo Gabriel Torres Lacal por el homicidio de Manuel Storani, -hijo del ex diputado Federico Storani- de 14 años de edad; su mamá, Ángeles Bruzzone, y de un tripulante amigo que iba en la embarcación que comandaba.</p><p>El tribunal halló a Torres Lacal responsable del delito de “homicidio simple por dolo eventual”, una figura que contempla penas de hasta 25 años de prisión.</p><p>Pese a que el tribunal ordenó su detención, ésta no se hará efectiva hasta tanto el fallo en las sucesivas instancias de apelación.</p><p>El próximo paso será la revisión de la condena por el Tribunal de Casación de la Provincia de Buenos Aires.</p><p>El fallo, leído este mediodía por el tribunal integrado por los jueces Alberto Ortolani, Sebastián Hipólito Urquijo y Gonzalo Aquino, determinó que el imputado conducía una lancha deportiva, en horas de la noche, en un río que por sus características topográficas y geográficas presentaba escasa o casi nula visibilidad.</p><p>Torres Lacal conducía a excesiva velocidad y en zigzag, sin respetar la debida vigilancia y la velocidad de seguridad que exige el Reglamento Internacional para la navegación en estas circunstancias.</p><p>El imputado, añadió el fallo, “administró un riesgo sumamente amplio con su accionar, en plena conciencia y conocimiento de sus actos, y habiendo sido advertido, momentos antes, de un posible desenlace como el que finalmente ocurrió, por un empleado de la estación de servicio donde previamente el acusado había concurrido a cargar combustible a altísima velocidad”.</p><p>“Le dije que trate de andar un poco más despacio porque así se puede llevar a alguien por delante", declaró el playero durante el juicio.</p><p>Durante los alegatos el fiscal Diego Caleghari pidió la pena de 12 años de prisión, mientras que Storani, como querellante y a través del abogado Carlos Acosta,&nbsp;pidió 13 años de cárcel por la misma figura delictiva.</p><p>Con respecto a la defensa de Torres Lacal, a cargo de Maximiliano Rusconi, reclamó la&nbsp;absolución.</p><p>Durante el juicio, el acusado pidió disculpas a los damnificados: “Fue lo peor que me pasó en la vida. Desde que me desperté, siete días después del accidente, no paraba de llorar. Pido sinceras disculpas porque entiendo lo que están sintiendo”.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/tgSn8xk2yTzs9nbinFGPiM6nvsI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2023/11/storanihijo.webp" class="type:primaryImage" /></figure>En marzo de 2016 perdieron la vida Manuel Storani, de 14 años de edad; su mamá, Ángeles Bruzzone, y un tripulante de la embarcación que comandaba Torres Lacal.]]>
                </summary>
                                <category term="argentina-y-el-mundo" label="Argentina y el Mundo" />
                <updated>2023-11-17T19:09:00+00:00</updated>
                <published>2023-11-17T19:06:44+00:00</published>
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        <title>
            Confirmaron las condenas de Urribarri, Aguilera y Báez
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/actualidad/confirmaron-las-condenas-de-urribarri-aguilera-y-baez" type="text/html" title="Confirmaron las condenas de Urribarri, Aguilera y Báez" />
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/e--utcNx5-swo-ebx0fadq13V5Q=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2022/04/uribarri1.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Cámara de Casación de Paraná tuvo en la voz de la jueza Marcela Davite la sentencia que ratificó las condenas al ex gobernador Sergio Urribarri a 8 años de prisión por delitos en el seno de la administración pública, más la inhibición perpetua a ocupar cargos públicos.El tribunal que se completó con Marcela Badano y Evangelina Bruzzo ratificó también este miércoles las condenas al ex ministro Pedro Báez a 6 años y medio de prisión. El cuñado de Urribarri, Juan Pablo Aguilera, a 6 años y medio de prisión. En ambos casos también están inhabilitados para ejercer cargos públicos.La lectura, desde la primera línea, dio la impresión para los presentes en la sala que el final estaba cantado. Se hizo hincapié en “burdas irregularidades” en las contrataciones de publicidad y en las “probadas relaciones” entre oferentes y funcionarios.Hay que decir, también, que en las audiencias de Casación tanto el Ministerio Público Fiscal como las defensas no aportaron elementos que pudieran cambiar lo que había dictaminado el tribunal de juicio.La novedad, en todo caso, este miércoles estuvo en el tono en que se fueron narrando los hechos, a modo de resumen. Las veces que la doctora Davite hacía mención a los montos extraídos de manera irregular, trazó comparaciones con valores de escuelas, asignaciones, y obras públicas, como suele hacer las fuerzas que están en la oposición y el condenado es del oficialismo.</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/e--utcNx5-swo-ebx0fadq13V5Q=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2022/04/uribarri1.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Con una lectura, casi con narrativa política, el tribunal ratificó las condenas al ex gobernador, ex funcionarios y empresarios.]]>
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                                <category term="actualidad" label="Actualidad" />
                <updated>2023-05-31T21:48:23+00:00</updated>
                <published>2023-05-31T21:46:36+00:00</published>
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            Piden 2 años y 3 meses de prisión para Sebastián Villa por violencia de género
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/argentina-y-el-mundo/piden-2-anos-y-3-meses-de-prision-para-sebastian-villa-por-violencia-de-genero" type="text/html" title="Piden 2 años y 3 meses de prisión para Sebastián Villa por violencia de género" />
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/wcL6EhIaAFpiMU3boyo6Z0Sm36Y=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2023/05/tras_denuncia_de_su_expareja.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Un fiscal de Lomas de Zamora solicitó que se condene a dos años y tres meses de prisión de cumplimiento condicional al futbolista Sebastián Villa por ejercer violencia de género contra su expareja Daniela Cortés en abril de 2020 en una vivienda de un barrio privado de la localidad bonaerense de Canning.En su alegato ante el Juzgado Correccional 2 de Lomas de Zamora, a cargo de Claudia Dávalos, el fiscal de juicio Sergio Anauati afirmó que "están acreditados los hechos" que se le imputan al futbolista, encuadrados en los delitos de "lesiones leves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género de un hombre hacia una mujer con amenazas coactivas".</p><p>"De lo que hemos podido auditar de los testigos y la prueba documental incorporada por ambas partes, estamos en la necesidad de valorar todo aquello que se ha incorporado teniendo en consideración conceptos como la violencia de género y la relación de desigualdad de poder", expresó el fiscal Anauati en el inicio de su alegato.En la pequeña sala de audiencias, donde estuvo presente Villa acompañado de su abogado y familiares, el representante del Ministerio Público Fiscal argumentó cerca de una hora y media los motivos por los que considera que el futbolista colombiano debe ser condenado."En mi modo de ver tiene que haber un juzgamiento por violencia de género", expresó y agregó que "los dichos de la víctima, en este caso en particular, se refiere a hechos que ocurren en la intimidad, y son de una relevancia fundamental para entender el eventual circulo de violencia en la que estuvo sumergida", durante su relación con Villa.</p><p>El fiscal afirmó que Cortés "vivió una situación traumática" en la que existió "una escalada de violencia".Tras finalizar los alegatos de la fiscalía, la jueza Dávalos dispuso un cuarto intermedio hasta el próximo lunes 22 a las 9 de la mañana, cuando será el turno de la defensa de Villa, a cargo de Martín Apolo.Luego, se confirmó que el martes 30 se llevarán a cabo las réplicas de ambas partes y las últimas palabras del imputado, previo a que se defina la fecha del veredicto.</p><p>En el debate se ventilan los hechos ocurridos el 27 de abril del 2020 en la casa que compartían Villa y su ex en el barrio privado Saint Thomas, de Canning, los cuales fueron investigados por la Unidad Funcional de Instrucción (UFI) 3 descentralizada de Esteban Echeverría, especializada en Violencia de Género.Cortés denunció haber sido golpeada por Villa a través de un video publicado en las redes sociales, en el que se la ve con sangre en la boca, al tiempo que relató hechos violentos vividos junto al futbolista, a quien califica como "un maltratador, tanto en lo físico como en lo psicológico".Tras ese episodio, el futbolista se mudó al country "Venado II", también de Canning, en el que supuestamente se desarrolló el segundo episodio por el que fue denunciado en junio del 2021 por el delito de "abuso sexual".En esa causa, el pasado viernes la fiscal Vanesa González, de la Unidad Funcional de Instrucción (UFI) 3 descentralizada de Esteban Echeverría, solicitó que su elevación a juicio, por lo que el Juzgado de Garantías interviniente tiene el plazo de 15 días para correr vista a la defensa y definir si da lugar a la petición.(LÍNEA 144: ATENCIÓN, CONTENCIÓN Y ASESORAMIENTO EN SITUACIONES DE VIOLENCIA DE GÉNERO. POR WHATSAPP: +5491127716463).</p><p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/wcL6EhIaAFpiMU3boyo6Z0Sm36Y=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2023/05/tras_denuncia_de_su_expareja.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El fiscal afirmó que Cortés "vivió una situación traumática" en la que existió "una escalada de violencia". El próximo lunes 22 a las 9, cuando será el turno de la defensa del jugador de Boca, a cargo de Martín Apolo.]]>
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                                <category term="argentina-y-el-mundo" label="Argentina y el Mundo" />
                <updated>2023-05-17T20:41:41+00:00</updated>
                <published>2023-05-17T20:43:28+00:00</published>
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            Constantino condenado a 14 años y seis meses de prisión por abuso
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/provinciales/constantino-condenado-a-14-anos-y-seis-meses-de-prision-por-abuso" type="text/html" title="Constantino condenado a 14 años y seis meses de prisión por abuso" />
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/1Yza1wPkL6LImEGrWZs9L-g2VOc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2023/03/juicio_abusos_constantinojpg.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El intendente de Gilbert, Ángel Constantino fue condenado este lunes a 14 años y seis meses de prisión tras el juicio oral por abusos y lesiones. El tribunal integrado por Arturo Dumon, Alicia Vivían y Mauricio Derudi hizo el adelanto del veredicto en la causa que sentó en el banquillo al dirigente del Frente de Todos por abusos sexuales y lesiones leves.</p><p>Asimismo el tribunal dispuso que Ángel Fabián Constantino cumpla condena en cárcel común pero, hasta que la sentencia esté firme tendrá prisión domiciliaria con tobillera electrónica.</p><p>Ángel Fabián Constantino es el primer jefe comunal electo popularmente y en funciones -con una licencia y goce de salarios determinados por el Concejo Deliberante- que es condenado en el Departamento Gualeguaychú por tres hechos de abusos sexuales agravados por acceso carnal y lesiones simples en un caso, en contexto de violencia laboral y de género, en otro.</p><p>El juicio se desarrolló durante 10 jornadas y este lunes 13 se dictó la sentencia.</p><p>Durante la audiencia final estuvieron presentes las tres denunciantes María Luján Aguirre, Verónica Portillo y Norma Santos.</p><p>El juez que presidió las audiencias fue Arturo Dumon, junto a los vocales Alicia Vivían y Mauricio Derudi, en tanto la querella la representó Juan Ignacio Weimberg y el Ministerio Público Fiscal con Martina Cedrés y Lisandro Beherán. Por su parte, en la defensa estuvieron la doctora Micaela Baptista junto a Fabián Otaran, Mario Arcusin.</p><p>La querella representada por Juan Ignacio Weimberg en nombre de las tres mujeres víctimas había pedido 22 años de prisión, la Fiscalía con Martina Cedrés y Lisandro Beherán requirió 15 años de cárcel y la defensa del imputado, ejercida por Fabián Otarán había pedido la absolución.</p><p>Cabe recordar que luego de la primera denuncia contra Constantino, en 2021, se sucedieron otras más e incluso hubo todo tipo de testimonios acerca de las conductas abusivas del dirigente peronista local. Luego de marchas y escraches, se logró que el imputado cese en sus funciones, al menos hasta el juicio.</p><p>El hombre estuvo libre con restricciones y llegó al juicio con prisión preventiva domiciliaria tras la denuncia de testigos que fueron intimidados.Fuente:unoentrerios.com</p><p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/1Yza1wPkL6LImEGrWZs9L-g2VOc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2023/03/juicio_abusos_constantinojpg.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El intendente de Gilbert, Ángel Constantino, escuchó hoy la sentencia por abusos y lesiones. Irá a prisión domiciliaria. hasta que la condena quede firme]]>
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                                <category term="provinciales" label="Provinciales" />
                <updated>2023-03-13T21:33:32+00:00</updated>
                <published>2023-03-13T21:29:54+00:00</published>
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            Se confirmó la condena de 13 años de prisión para Milagro Sala
        </title>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/BGvgLdKsUKR0r49dw-Nkh8TeNRs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/adjuntos/289/imagenes/000/380/0000380289.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Corte Suprema dejó firme la condena a 13 años de prisión por asociación ilícita contra la dirigente social jujeña Milagro Sala, quien cumple actualmente con domiciliaria en su provincia.</p><p>Los jueces del máximo tribunal ratificaron la condena dictada por el Tribunal en lo Criminal número tres de Jujuy, que dispuso además la “inhabilitación absoluta por el mismo término” para Sala por los delitos de “asociación ilícita, en carácter de jefa, fraude a la administración pública y extorsión, en calidad de coautora”.</p><p>La condena sostiene que Sala implementó “un sistema de recaudación ilegal a costa del erario público, en el marco de programas federales y provinciales de construcción o mejoramiento de viviendas, que tuvo por finalidad el injusto provecho de la jefa e integrantes de la asociación ilícita”.</p><p>En un fallo de medio centenar de páginas, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti consideraron que no estaba habilitada la instancia de la Corte Suprema para la revisión del fallo.</p><p>No obstante, analizaron las conclusiones de todas las instancias anteriores y rechazaron los planteos de la defensa de la líder de la Túpac Amaru.</p><p>El fallo sostiene que la defensa de Milagro Sala “no se hizo cargo de controvertir los argumentos esgrimidos por los tribunales locales para desestimar los agravios referidos a la presunta vulneración al derecho de defensa en juicio, derivados del rechazo de parte de la prueba ofrecida, la indeterminación de la imputación en su contra y la infracción del principio de congruencia”.</p><p>La Corte le restó trascendencia al caso de Milagro Sala, en términos políticos: “tampoco se halla configurada la gravedad institucional alegada, en tanto este planteo no cuenta con un desarrollo suficiente con relación a la existencia de un interés que exceda el individual de la parte y afecte de manera directa al de la comunidad o el funcionamiento de las instituciones básicas de la Nación”.</p>Milagro Sala<p>La Corte tomó por válidas todas las pruebas utilizadas en las instancias anteriores para dictar la condena y sostuvo que los cuestionamientos planteados por la defensa de la dirigente social jujeña son “meras discrepancias” con lo resuelto.</p><p>“Esa mera discrepancia con lo resuelto elude rebatir los argumentos que convalidaron esos hechos, suficientemente determinados por los jueces de la causa por medio de las declaraciones de quienes se tuvo por probado fueron sus víctimas, la de otros testigos y por prueba documental”, justificaron los jueces del alto tribunal.</p><p>En ese sentido, asignaron especial valor probatorio contra Sala a “los cheques y facturas involucrados en estos hechos- de la que también surgían los datos fácticos relevantes”.</p><p>La Corte también le creyó a los testigos de cargo que declararon a lo largo del proceso y que fueron objetados por Sala.</p><p>“La crítica (de la defensa) importa un cuestionamiento dogmático a la credibilidad de los testigos cuyos dichos fueron tomados en cuenta, la que resulta insuficiente”, sostuvieron.</p><p>Esos cuestionamientos de la defensa de Sala se basaron “en una aseveración unilateral que por un lado no se ajusta –por falta de correspondencia- a los concretos fundamentos del fallo apelado, ni tampoco los refuta por omitir toda crítica al respecto”.</p><p>“Es un criterio sostenido por esta Corte que la autonomía que la Constitución Nacional reconoce a las provincias requiere que se reserven a sus jueces las causas que en lo sustancial del litigio versen sobre aspectos propios de esa jurisdicción, en virtud del respeto debido a sus facultades de darse sus propias instituciones y regirse por ellas”, dijeron los jueces al explicar por qué no debían adentrarse en la revisión de los decidido por la Justicia de Jujuy.</p><p>“Los pronunciamientos por los cuales los más altos tribunales provinciales deciden acerca de los recursos locales que son llevados a su conocimiento no son susceptibles de revisión por la vía del recurso extraordinario, salvo que se demuestre una lesión a un derecho de raigambre federal o que la sentencia, por sus graves defectos de fundamentación o razonamiento, no constituya una derivación razonada del derecho vigente”, &nbsp;lo que –según los jueces- no ocurrió en este caso.</p><p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/BGvgLdKsUKR0r49dw-Nkh8TeNRs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/adjuntos/289/imagenes/000/380/0000380289.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La Corte Suprema confirmó una condena de 13 años de prisión para Milagro Sala]]>
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                <updated>2022-12-15T21:00:05+00:00</updated>
                <published>2022-12-15T20:30:00+00:00</published>
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        <title>
            Cristina Kirchner dijo que en 2023 no será &quot;candidata a nada&quot; y admitió que podría quedar presa
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/qxrX8jkos_ictLW-NYEk-5Pimvs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2022/12/cfkcondena.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Tras recibir la condena a seis años de prisión e inhabilitación perpetua a ejercer cargos públicos por el delito de administración fraudulenta en la causa Vialidad, la vicepresidenta Cristina Kirchner aseguró hoy que no será "candidata a nada" en 2023, y admitió que podría resultar presa una vez que quede sin fueros.</p><p>"Voy a hacer lo mismo que voy a hacer en diciembre de 2015 cuando Scioli me vino a proponer ser candidata a diputada para darle fuerza a la lista" del Frente para la Victoria por la provincia de Buenos Aires, arrancó la ex jefa de Estado en un descargo televisado en vivo a través de su plataforma oficial en Youtube.</p><p>"No voy a someter la fuerza política que me dio el honor de ser dos veces presidenta y una vez vicepresidenta a que la maltraten en período electoral con una candidata condenada", siguió.</p><p>Luego subió el tono de su discurso y con visible tras la lectura de la condena del tribunal, le habló directamente a un importante empresario de medios periodísticos, a quien hace responsable de su complicada situación judicial, para hacer un anuncio anticipado que sorprendió a propios y ajenos.</p><p>"No voy a ser candidata. Una muy buena noticia para usted (Héctor) Magnetto. ¿Sabe por qué? Porque el 10 de diciembre de 2023 no voy a ser candidata, no voy a tener fueros , no voy a ser vicepresidenta. Así que le va a poder dar la orden a sus esbirros de la Casación y de la Corte Suprema que me metan presa. Sí, pero mascota de usted nunca, jamás, ¿entiende?.No voy a ser candidata a nada, ni a presidenta ni a senadora", reveló.</p><p>"Mi nombre no va a estar en ninguna boleta. Termino el 10 de diciembre y me vuelvo a&nbsp; como me volví el 10 de dicmebre de 2015 a mi casa, la misma casa de donde salí el 25 de mayo de 2003 para acompañar a quien fuera mi compañero", remató, en alusión al ex presidente Néstor Kirchner.</p><p>Para la jefa del peronismo, lo que la terminó condenando no fue "la ingenuidad teorizante del lawfare" -concepto con el que venía machacando sistemáticamente desde hace años y que ahora renuncia- sino por una "mafia judicial" y "Estado paralelo" que gobierna la Argentina.</p><p>"Mafia y Estado paralelo. Eso es lo que hoy me condenó. Esta es la verdadera condena: la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos y electivos. Esto es lo que querían&nbsp; Me van a poder meter presa el 10 de diciembre de 2023, siempre y cuando algún empresario, los "Caputos" de por vida, no se le ocurra financiar a otras bandas de marginales y antes del 10 de diciembre de 2023 me peguen un tiro, que eso es lo que usted quiere: presa o muerta", cerró.</p><p>Según dijo Cristina Kirchner, el objetivo de de la condena es "disciplinar a la dirigencia política de la Argentina. No a ellos, hablo de nosotros, del peronismo, de los que tenemos un compromiso con los derechos de la gente".</p><p>"Me condenan porque condenan un modelo económico y de reconocimiento de los derechos del pueblo. Por eso me condenan. Pero la condena no son los 6 años o la cárcel. La condena real que dan en la inhabilitación a ejercer cargos políticos electivos, cuando a todos los cargos que accedí fue a a través del voto popular. Cuatro gobiernos en nombre del peronismo ganamos con el apellido Kirchner. Esto es lo que están cobrando y por eso me inhabilitan", aseguró.</p><p>"Esto es lo que me están cobrando y por eso me habilitan. Esta es la verdad de la milanesa. Que la cuenten como quieran", agregó.N.A.</p><p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/qxrX8jkos_ictLW-NYEk-5Pimvs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2022/12/cfkcondena.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>En un descargo televisado en Internet luego de la condena a seis años de prisión, y para sorpresa de propios y ajenos, la vicepresidenta anunció que se retira de la disputa electoral del año próximo, y apuntó contra el Poder Judicial y grupos mediáticos.]]>
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                <updated>2022-12-07T11:52:33+00:00</updated>
                <published>2022-12-07T11:43:28+00:00</published>
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            Condenaron a un hombre por abusar sexualmente de una niña pero seguirá libre
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/argentina-y-el-mundo/condenaron-a-un-hombre-por-abusar-sexualmente-de-una-nina-pero-seguira-libre" type="text/html" title="Condenaron a un hombre por abusar sexualmente de una niña pero seguirá libre" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/MFeY6pYiBfBT45P_Mq4W54NyOjM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2022/07/condenaron_a_un_hombre_por_abusar_sexualmente_de_una_nina_pero_seguira_libre.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El juez del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, con asiento en La Paz, Elvio Garzón, condenó este miércoles a un hombre de Santa Elena por el delito de abuso sexual simple calificado por haber sido encargado de la guarda, en perjuicio de su sobrina menor de edad.</p><p>Por tratarse de un abuso intrafamiliar, se omite dar la identidad del condenado para evitar se identifique de forma indirecta a la víctima.</p><p>El juicio se desarrolló durante dos jornadas en los primeros días de julio y este miércoles el juez dio a conocer el adelanto de sentencia.</p><p>La parte resolutiva del fallo declara a JL "autor material y responsable del delito de abuso sexual simple calificado por encargado de la guarda en calidad de autor y, en consecuencia, condenarlo a la pena de 3 años prisión de ejecución condicional”.</p><p>Asimismo, el Tribunal le impuso una serie de reglas de conducta que debe cumplir durante la condena: Tiene “prohibido realizar cualquier tipo de acto molesto, violento, intimidatorio y/o perturbador ya sea por sí o por interpósita persona y por cualquier medio en perjuicio de X y su grupo familiar conviviente; prohibido el acercamiento a un radio inferior de 200 metros de la XXX de la ciudad de Santa Elena entre los horarios de 15:50 a 20:00 hs o a la Institución Educativa a la que concurra y en el horario en que lo haga; a la XXX los días martes, jueves y sábados de 18:30 a 20:00 hs, o al lugar a que concurra a realizar actividades recreativas y durante los días y el horario que se lleven a cabo las mismas; prohibido el acercamiento a un radio inferior de 100 mts. de cualquier lugar en que se encuentra la víctima y sus progenitores debiendo alejarse en caso de encontrarse fortuitamente; prohibido el acercamiento a un radio inferior de 500 mts. del domicilio de la víctima y su grupo familiar, o en donde se mudare”.</p><p>El imputado también debe fijar domicilio en Santa Elena "el cual no podrá variar sin autorización judicial"; está obligado a "presentarse todos los días viernes a la comisaría del domicilio del mismo"; y tiene prohibido salir del departamento La Paz "sin previa autorización judicial", señala La Sexta.&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/MFeY6pYiBfBT45P_Mq4W54NyOjM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2022/07/condenaron_a_un_hombre_por_abusar_sexualmente_de_una_nina_pero_seguira_libre.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Lo encontraron culpable de abuso sexual simple calificado por haber sido encargado de la guarda, en perjuicio de su sobrina menor de edad. Le impusieron una pena de tres años prisión de ejecución condicional.]]>
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                                <category term="argentina-y-el-mundo" label="Argentina y el Mundo" />
                <updated>2022-07-28T14:34:03+00:00</updated>
                <published>2022-07-28T14:31:50+00:00</published>
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            Condenaron a perpetua a 10 de los acusados en la megacausa Campo de Mayo
        </title>
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/EDhWOVigblVaKASyItW5UbFQ1JU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2022/07/delitos_de_lesa_humanidad.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Tribunal Oral Federal (TOF) 1 de San Martín emitió diez condenas a prisión perpetua y otras nueve de entre 4 y 22 años de cárcel para 19 exmiembros de Fuerzas Armadas y de seguridad acusados en la megacausa "Campo de Mayo" por crímenes de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico-militar.</p><p>Los jueces Daniel Omar Gutiérrez, Silvina Mayorga y Nada Flores Vega, integrantes del TOF, consideraron que los hechos juzgados "son constitutivos de crímenes de lesa humanidad y en consecuencia son imprescriptibles", al leer el veredicto del proceso oral y público sobre los exintegrantes del Ejército, la Armada, la Gendarmería y la Policía Bonaerense.</p><p>Diez de los 19 imputados fueron sentenciados a cadena perpetua y los otros 9 tuvieron condenas de entre cuatro y 22 años de prisión, por lo cual no hubo ninguna absolución.Entre los que recibieron la pena máxima se encuentra Santiago Omar Riveros, ya condenado en otras causas, quien era jefe de la guarnición militar de Campo de Mayo y jefe de la Zona de Defensa IV durante la dictadura.Los otros condenados a perpetua son Luis Sadi Pepa, exdirector de la Escuela de Comunicaciones, Área 420, dependiente del Comando de Institutos Militares; Eugenio Guañabens Perelló, Luis del Valle Arce, Carlos Javier Tamini, Carlos Eduardo José Somoza, Miguel Ángel Conde, Mario Rubén Domínguez, Francisco Rolando Agostino y Luis Pacífico Britos.Entre los delitos por los que fueron juzgados figuran la privación ilegal de la libertad, la imposición de tormentos a las víctimas por ser perseguidos políticos, homicidios cometidos con alevosía y en algunos casos también violaciones con la participación de dos o más personas.</p><p>En tanto, Hugo Miguel Castagno Monge fue sentenciado a 22 años de prisión, Carlos Alberto Rojas a 13 años, Alfredo Oscar Arena a 12 años, Roberto Julio Fusco a 11 años y 6 meses, Arnaldo Jorge Román a nueve años y 6 meses y Carlos Daniel Caimi a cuatro años.&nbsp;</p><p>Diez de los 19 imputados fueron sentenciados a cadena perpetua y los otros 9 tuvieron condenas de entre cuatro y 22 años de prisión</p><p>Los magistrados dieron a conocer las sentencias en la Sala de Audiencias de la sede del TOF1 de San Martín desde las 14.20, mientras en las afueras se concentraron familiares de víctimas y dirigentes y militantes de organismos de derechos humanos.En la causa se juzgaron delitos sobre 347 víctimas y el juicio insumió 126 audiencias.La megacausa "Campo de Mayo" es emblemática por la envergadura del centro clandestino de detención que funcionó allí y la cantidad de prisioneros que pasaron por el lugar.En el predio, de más de cuatro mil hectáreas, hubo presos políticos en diversos sitios, como "El Campito" o "Los Tordos", "Las Casitas" o "La Casita", el Hospital Militar con su maternidad clandestina y la prisión de Encausados.En el alegato, la fiscal Gabriela Sosti estimó que pasaron por Campo de Mayo más de 6.000 personas y que hubo un nivel de sobrevivencia menor al uno por ciento.En su alegato Sosti dijo que la causa "permitió poner el foco en ese territorio (Campo de Mayo) y entender el funcionamiento de forma más ampliada del sistema represivo implementado allí, y no tan recortada, como pudo haber sucedido en causas anteriores".Añadió que los delitos se cometieron por parte de los acusados "con cada uno de ellos en particular, a cargo de diferentes funciones, contribuyendo al crimen común".Dijo que "en estos juicios se observan distintas jerarquías (en lo delictual) que pasan por todos los actores, desde los que estaban adentro del Campito hasta los que estaban en otros estamentos".&nbsp;</p><p>PIETRAGALLA CALIFICÓ DE "HISTÓRICA" LAS 10 PERPETUAS A ACUSADOS</p><p>&nbsp;</p><p>El secretario de Derechos Humanos de la Nación, Horacio Pietragalla Corti, afirmó que las prisiones perpetuas por las que fueron condenados 10 de los 19 acusados en la megacausa Campo de Mayo son parte de un "juicio histórico" y del rol que el Estado debe tener en "reparar" el daño causado a familiares de víctimas de la última dictadura cívico-militar."Es un juicio histórico que repara a un montón de familiares que vienen luchando para que esos procesos se lleven adelante", dijo Pietragalla Corte a Télam al finalizar el juicio realizado en el Tribunal Oral Federal Número 1 de San Martín."Estamos contentos de poder escuchar de vuelta fallos históricos", agregó.Si bien hubo 10 prisiones perpetuas y ninguna absolución, hubo otras nueve sentencias que rondaron entre los cuatro y 22 años de prisión."Se van a apelar las condenas que entendemos que fueron muy bajas", subrayó Pietragalla Corti, quien también cuestionó la duración que tuvo el juicio."Duró tres años, exigimos que sean más cortos en el tiempo", añadió sobre juicios que al ser "tan grandes" no deben tener "una audiencia por semana nada más".También hizo hincapié en la "impunidad biológica" que tienen muchos de los acusados en crímenes de lesa humanidad, quienes mueren antes de ser condenados."Hay dos acusados que se murieron en el trayecto del juicio", señaló.El secretario remarcó la "emoción y alegría" que genera en los familiares de víctimas escuchar estas sentencias: "Ese es el rol que tiene el Estado, la reparación"."Son juicios que tenemos que seguir empujando a lo largo y ancho del país", resaltó Pietragalla Corti.Por otra parte, señaló que durante la administración del expresidente de Mauricio Macri hubo una "desaceleración" de estos juicios."Algunos jueces aprovecharon esos momentos para darle un letargo al proceso judicial", concluyó.&nbsp;</p><p>El secretario de Derechos Humanos de la Nación e hijo de desaparecidos, Horacio Pietragalla Corti, se hizo presente en la primera fila de la sala durante la lectura del fallo, ya que su cartera fue parte querellante.En diálogo con Télam, evaluó que se trató de un "juicio histórico" y consideró que la sentencia "repara a un montón de familias que vienen luchando para que esos procesos se lleven adelante"."Estamos contentos de poder escuchar de vuelta fallos históricos", agregó sobre el clima que primó en la jornada y remarcó "la emoción y alegría" que sintieron los familiares de víctimas al escuchar las condenas: "Ese es el rol que tiene el Estado, la reparación", subrayó.Sin embargo, adelantó que "se van a apelar las condenas que fueron muy bajas" y cuestionó la duración de tres años que tuvo el juicio, al exigir "que sean más cortos en el tiempo".La legisladora porteña por el Frente de Todos (FdT) y también hija de desaparecidos, Victoria Montenegro, estuvo presente y señaló a Télam que "es importante seguir adelante con los juicios"."Son fechas que siempre movilizan. La justicia repara y hay que seguir trabajando por defenderla", agregó.Por su parte, la fiscal de la causa Gabriela Sosti destacó que el "balance" del juicio es que "hay 19 condenas"."Es la causa más grande de la jurisdicción. Junta 14 causas previas", dijo, y resaltó la importancia de la sentencia que repara "la situación de trabajadores y militantes", víctimas de estos crímenes."El 67% de los compañeros fueron trabajadores de la zona Norte. Eran militantes sindicales y políticos, trabajadores de las grandes empresas", añadió.</p><p>Al mediodía, militantes con banderas de la Comisión por la Memoria, Verdad y Justicia San Martín, de Sobrevivientes, familiares y compañerxs de Campo de Mayo, de la CTA Autónoma, del Centro Cultural Macacha Güemes, Trabajadores y Delegados de los Años 70 y la Agrupación El Eternauta se congregaron en las inmediaciones de TOF de San Martín aguardando por la lectura del veredicto.Poco después de las 14 se abrieron las puertas de la sala de audiencias, que se encontraba colmada por fiscales, abogados, familiares y periodistas que escucharon las condenas en atento silencio, ante el pedido expreso del tribunal.Mientras, otro grupo de personas aguardaba afuera, sobre la calle Pueyrredón, donde la agrupación Abuelas de Plaza de Mayo colocó pantallas y parlantes para seguir la lectura de los magistrados.Durante las dos horas que duró la lectura todas las condenas a cadena perpetua fueron celebradas con manos alzadas y abrazos entre los presentes, mientras que con las condenas más bajas aparecieron murmullos, pero sin llegar a romper el silencio solicitado.Al finalizar la lectura, la consigna "¡30 mil desaparecidos presentes, ahora y siempre!" rompió la quietud y dejó aflorar la emoción junto a los abrazos y llantos de familiares, allegados y víctimas sobrevivientes que siguieron el debate desde la calle.</p><p>EL GOBIERNO BONAERENSE CELEBRÓ LA SENTENCIA</p><p>&nbsp;</p><p>El subsecretario de Derechos Humanos de la provincia de Buenos Aires, Matías Moreno, celebró la sentencia en el juicio de la megacausa Campo de Mayo.El funcionario bonaerense presenció la lectura de la sentencia del juicio por la megacausa de Campo de Mayo y acompañó a los familiares de las víctimas y a sobrevivientes, reportó un comunicado."Tras un debate que duró tres años celebramos que se hayan dictado las 19 condenas", dijo Moreno luego que el Tribunal Oral Federal Número 1 de San Martín condenara con penas que van entre prisión perpetua y cuatro años de prisión a 19 acusados de crímenes de lesa humanidad, entre otros al multicondenado Santiago Omar Riveros, jefe de la guarnición militar de Campo de Mayo y jefe de la Zona de Defensa IV durante la dictadura militar."Como Subsecretaría de Derechos Humanos participamos de la querella de este juicio emblemático, y resaltamos esta línea que se inscribe de Memoria, Verdad y Justicia, reparación y garantía de no repetición", señaló el funcionario.En ese sentido, destacó que en "la sentencia se haya incluido el pedido de reparación histórica de legajos laborales o estudiantiles de las víctimas que habían sido cesanteadas o expulsadas".</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/EDhWOVigblVaKASyItW5UbFQ1JU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2022/07/delitos_de_lesa_humanidad.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El Tribunal Oral Federal Número 1 de San Martín les impuso penas de entre perpetua y cuatro años de prisión a los 19 acusados. La lectura del veredicto había comenzado con el repaso de los nombres de todas las víctimas.]]>
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                <updated>2022-07-07T00:29:31+00:00</updated>
                <published>2022-07-07T00:56:31+00:00</published>
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        <title>
            Caso Jesús Fernández: después de la condena, la palabra de su esposa
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/kYFvJikQsT9V7Dltx8BCuBG4Rd0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2022/07/caso_jesus_fernandez.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Ayer por la mañana, en Tribunales de nuestra ciudad, los letrados presididos por Dr. Darío Crespo resolvieron una pena de 19 años de prisión efectiva para el joven, autor del crimen de Jesús, y se acordó que el resto de los imputados sean sometidos a juicio popular.&nbsp;</p><p>Recordemos&nbsp; Jesús “Cacha” Fernández fue asesinado de seis puñaladas por un grupo de jóvenes, menores de edad el 1 de enero de 2022 en el Parque Intendente Quintana.&nbsp;</p><p>El abogado Javier Ronconi, quien representa a la familia de Jesús Fernández se mostró conforme con la condena y en dialogo con éste matutino nos comentó que “con acuerdo del Ministerio Público Fiscal, la querella y la defensa se renunciaron a los lazos procesales para presentar recurso de casación. Asique dictada la sentencia, que es la homologación del acuerdo que hemos presentado que se leerá el 26 de julio a las 8.50hs”</p><p>Explicando “la condena fue de 19 años de prisión de cumplimiento efectivo por el homicidio de Jesús Fernández y se integró pena por el homicidio de Aron Dell’ Antonia. Directamente el señor Axel Rafael Godoy pasa de la etapa que está cumpliendo hoy de prisión preventiva, al cumplimiento efectivo de la condena”</p><p>En cuanto a los otros imputados, el abogado querellante sostuvo “hoy se celebró el juicio abreviado por esta persona y tenemos dos mayores y dos menores que están elevados a juicio, y se va a tramitar por juicio por jurados. Además nos faltan dos personas más que, en breves, estaremos requiriendo la elevación a juicio”</p><p>Y continuaba “por ahora tenemos que trabajar en eso. La celebración del juicio abreviado se tramitara de acuerdo al organigrama del juicio por jurados de la provincia, asique estimamos que va a cerca de fin de año o principios del que viene”</p><p>Asimismo, dialogamos con Valeria Velarde, esposa de Jesús, quien sostuvo “no estoy conforme con la pena, pero antes que verlo suelto sé que por lo menos por 19 años mis hijos van a estar tranquilos”</p><p>Agregando “de aquí a 19 años mi hijo va a ser mayor y se va a poder defender, porque en su momento hizo lo que pudo, trato de defender a su padre que todos saben que se comió dos puñaladas, de las cuales una casi lo mata”</p><p>“Desde el 1 de enero que estamos tratando de sobrevivir, los hechos ya son de público conocimiento, hemos tenido un montón de problemas, se me han metido a casa, hemos recibido amenazas, en mi casa pusimos cámaras de seguridad. Es por eso ahora trataremos de sobrevivir y que mi hijos puedan tener una vida, tal y como la veníamos teniendo de4sde antes del 1 de enero”, comentaba Valeria.</p><p>Para finalizar expreso “con Javier Ronconi no tengo nada más que agradecimiento, porque 19 años tampoco es poco. Por lo menos vamos a estar tranquilos con mis hijos y vamos a poder empezar a rehacer nuestra vida, esperando el juicio para poder condenar a las demás personas que fueron participes del hecho”</p><p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/kYFvJikQsT9V7Dltx8BCuBG4Rd0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2022/07/caso_jesus_fernandez.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Axel Godoy de diecinueve años fue condenado a 19 años de prisión efectiva por el homicidio de Jesús “Cacha” Fernández.]]>
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                <updated>2022-07-05T13:00:02+00:00</updated>
                <published>2022-07-05T13:00:00+00:00</published>
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            Extienden hasta el 2028 la condena por abuso al sacerdote Julio César Grassi
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/A5jYGXcLG0euIo0pg9_F3l_WlwI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2022/06/padregrassi.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La condena por abuso al sacerdote Julio César Grassi que en principio regía hasta el 7 de agosto del 2026, fue extendida hasta el 30 de mayo del 2028 tras una apelación presentada por la querella a raíz del mal cálculo de la pena y la inaplicabilidad del beneficio del llamado "dos por uno", informó a Télam el abogado Juan Pablo Gallego.El letrado, que representa el Comité de Seguimiento y Aplicación de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño en Argentina (Casacidn) destacó que "se había aplicado la pena tomando en cuenta la fecha del 23 de octubre de 2002, cuando la Policía fue a buscar a Grassi y se profugó de un estudio de televisión""Luego la defensa de Grassi presenta recursos, lapso durante la cual el sacerdote no tiene prisión preventiva, y recién se logra su detención en el año 2013, por lo que no rige el beneficio del llamado dos por uno", agregó.El recurso de apelación a la condena inicial de Grassi fue presentado ante la Cámara de Apelaciones de Morón, que dio lugar a la petición y ordenó extender hasta el 30 de mayo del 2028 la condena.De esta manera, los 15 años por los cuales el sacerdote fue condenado comienzan a regir desde 2013.Grassi fue condenado por el Tribunal en lo Criminal N° 1 de Morón el 10 de junio de 2009, a la pena de quince años de prisión por los delitos de abuso sexual agravado por resultar sacerdote, encargado de la educación y de la guarda del menor víctima.Esto es reiterado en dos hechos, en concurso real entre sí, que a su vez concurrieron formalmente con corrupción de menores agravada por su condición de encargado de la educación y de la guarda, por los hechos cometidos en noviembre y de diciembre de 1996 en la Fundación Felices los Niños de Hurlingham.El abogado aseguró además que "se incurrió en errores materiales al contabilizar días en los cuales Grassi estuvo en libertad, y que no pudo haber sido detenido el día 23 de octubre de 2002, ya que ese día concurrió a un programa de televisión del Canal 9""La ley 24.390 (dos por uno) no resulta de aplicación al caso, ya que la demora en la finalización del proceso se produjo debido a las articulaciones dilatorias de la defensa", puntualizóAdemás, sostuvo que el cómputo establecido "violaba las garantías de la víctima con arbitrariedad sorpresiva y beneficiando indebida e ilegalmente la situación procesal del condenado"“Dediqué quince años de mi carrera profesional a obtener justicia por los delitos cometidos por Julio Grassi. Expliqué al Tribunal que el cómputo era erróneo y que además no le correspondía el derogado beneficio llamado del dos por uno", aseguró Gallego."Grassi seguirá preso hasta junio de 2028 y velaré por ello.”, sostuvo el letrado.La condena a Grassi fue ratificada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en marzo del 2017-Telam&nbsp;</p><p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/A5jYGXcLG0euIo0pg9_F3l_WlwI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2022/06/padregrassi.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La Cámara de Apelaciones de la sala 1 de Morón hizo lugar a un recurso por el "mal calculo de la pena", ya que la misma "no rige desde el 23 de octubre del 2002 -día en que Grassi se profugó- por lo que no le cabe el beneficio del 2 por 1".]]>
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                <updated>2022-06-29T11:30:55+00:00</updated>
                <published>2022-06-29T11:23:28+00:00</published>
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