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    <title>El Debate Pregón</title>
    <subtitle>Últimas noticias de Argentina</subtitle>
    <updated>2026-04-11T11:30:04+00:00</updated>
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            Por qué el Correo Argentino no atenderá el lunes 13 de abril en Gualeguay
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/GE8O1V-mwBmcqSWW1S59z4n5UAM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/04/correoargentino.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La suspensión del servicio se debe a la conmemoración del Día del Trabajador Telepostal, una jornada reconocida para los empleados del correo, que se celebra cada año en la Argentina.</p><p>Durante esa fecha, las oficinas permanecen cerradas y no se realizan tareas habituales de atención al público ni distribución postal, retomándose la actividad normal al día siguiente.</p>📅 Un día especial para los trabajadores del correo<p>El Día del Trabajador Telepostal es una fecha histórica para el sector, que reconoce la labor de quienes desempeñan tareas en el sistema postal y de telecomunicaciones del país. Esta jornada fue restablecida como día no laborable para el personal del correo, lo que impacta directamente en el funcionamiento de las sucursales.</p>📦 Cómo afecta a los usuarios<p>Ante esta situación, se recomienda a los usuarios:</p>Anticipar trámites y envíos.Considerar posibles demoras en la entrega de correspondencia o paquetería.Utilizar, en caso de ser necesario, las herramientas digitales disponibles.<p>Cabe recordar que el Correo Argentino cuenta con una amplia red de sucursales en todo el país y es el principal operador postal, por lo que cada jornada sin actividad genera impacto en la logística diaria.</p><p>Otros títulos posibles:</p>Correo]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/GE8O1V-mwBmcqSWW1S59z4n5UAM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/04/correoargentino.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El próximo lunes 13 de abril no habrá atención en las sucursales del Correo Argentino en todo el país, una medida que responde a un motivo específico del calendario laboral del sector.]]>
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                                <category term="argentina-y-el-mundo" label="Argentina y el Mundo" />
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                <published>2026-04-11T11:30:00+00:00</published>
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            Desregularon el servicio de correos: los principales cambios que implica
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        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/argentina-y-el-mundo-1/desregularon-el-servicio-de-correos-los-principales-cambios-que-implica" type="text/html" title="Desregularon el servicio de correos: los principales cambios que implica" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/GM4nY49WMhqnkurth8UZXkaWZtg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2024/04/correoarggualeguay.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Desregularon servicio de correo. El Gobierno nacional publicó el decreto 1005/2024 que oficializa la desregulación completa del servicio postal. De esta manera, buscan generar el ingreso de nuevas empresas e impulsar la competencia en el sector.</p><p>Según informaron desde el Gobierno, la iniciativa tiene como objetivo agilizar el registro de nuevas empresas y aumentar la competencia en un sector que ha sido considerado excesivamente regulado. Además, busca eliminar "todos los vestigios de monopolio postal y las exclusividades otorgadas a las empresas de correo estatales en relación al envío de cartas documento, telegramas y encomiendas de hasta 50 kilos, abriendo la competencia y facilitando el acceso de otros operadores".</p><p>Desde el Ejecutivo argumentaron que el objetivo es “continuar promoviendo la libre competencia y la eliminación de decisiones burocráticas que restringen la oferta de bienes y servicios, el Gobierno desreguló el servicio de correos y operadores postales, al establecer nuevos lineamientos para el ejercicio de su actividad”.</p><p>&nbsp;</p><p>Según el decreto, los principales objetivos de esta decisión son “fomentar la transparencia, simplificación, digitalización y mayor seguridad del servicio.</p><p>&nbsp;</p><p>De esta forma, para ser operador postal las personas jurídicas deberán inscribirse ante la autoridad de aplicación de manera “simple, electrónica, gratuita y declarativa”.</p><p>&nbsp;</p><p>Se busca que haya más empresas de correos para, entre otras cosas, bajar precios y costos.</p><p>&nbsp;</p><p>Decreto 1005/2024: desregul... by Elonce</p><p>&nbsp;</p><p>En resumen&nbsp;</p><p>La inscripción se realizará una sola vez al inicio de la actividad y podrán iniciar automáticamente sus actividades a partir de los 5 días desde la fecha de su inscripción.</p><p>Esa inscripción constituirá habilitación suficiente para desarrollar la actividad.</p><p>&nbsp;</p><p>Los operadores postales que desarrollen actividades en el mercado postal local e internacional podrán fijar con total libertad la dotación de personal, la modalidad, los tipos de servicios prestados, los equipos, medios de transporte y locales que requieran para su actividad.</p><p>&nbsp;</p><p>Van a poder brindar cartas documentos, telegramas, comunicaciones fehacientes y giros postales. Se habilita que los ejemplares y la constancia de entrega al destinatario del telegrama y carta documento sean en formato digital, al igual que el respaldo.</p><p>&nbsp;</p><p>La verificación de identidad se podrá realizar vía Renaper u otros medios de verificación remota.&nbsp;</p><p>Las cinco claves de la modificaciónLas principales modificaciones están relacionadas con la inscripción de los operadores postales, la dotación de personal, la modalidad de los servicios, y la posibilidad de cualquier empresa de enviar cartas documento, telegramas y demás comunicación fehacientes.</p><p>&nbsp;</p><p>InscripcionesSegún lo establecido en el artículo 9° del decreto, las personas jurídicas podrán inscribirse ante la autoridad de aplicación de manera simple, electrónica y gratuita. En ese sentido, la inscripción se realizará una sola vez al comenzar la actividad.</p><p>&nbsp;</p><p>Además, los operadores postales podrán fijar con “total libertad la dotación de personal, la modalidad, los tipos de servicios prestados, medios de transporte y locales que requieran para su actividad”.</p><p>&nbsp;</p><p>“Quedan eximidos del deber de inscribirse ante la Autoridad de Aplicación aquellos transportistas de mercaderías o cargas que, encontrándose inscriptos en los registros que establezca la normativa de transporte de cargas aplicable, transporten mercancías, cargas y/o paquetes, aun cuando pesaren 50 kilogramos o menos, sin perjuicio de la aplicación”, aclara la normativa.</p><p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>El Gobierno estableció los requisitos necesarios para ofrecer o prestar servicios postales, dentro de los cuales se encuentran los siguientes:-ser personas jurídicas constituidas bajo algún tipo de figura societaria, de acuerdo con el régimen legal vigente, a excepción de quienes presten servicios de mensajería urbana;</p><p>-tener domicilio legal en la República Argentina y constituir un domicilio electrónico en el que serán válidas todas las notificaciones que se le cursaren como consecuencia de su actividad;</p><p>-estar inscriptos ante la ARCA, y cumplir con las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social correspondientes.</p><p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>Cartas documentoEsta desregulación significa también la eliminación de las exclusividades entregadas a las empresas de correo estatal. Por esto mismo, de ahora en más, cualquier operador postal podrá brindar servicio de entrega de cartas a documento, telegramas y encomiendas hasta 50 kilos. Hasta el momento, solo algunas empresas podían hacer.</p><p>&nbsp;</p><p>En ese sentido, en el artículo 3° del decreto, el Ejecutivo dispone que “el operador que ofrezca el servicio de carta documento debe garantizar la presentación que implique, como mínimo e independientemente de las distintas modalidades y denominaciones que pudieren presentarse, la imposición de una pieza de 3 ejemplares de idéntico contenido, en formato físico o digital”. Uno de ellos debe ser para el impositor, otro para el destinatario y el restante para el operador postal interviniente.</p><p>&nbsp;</p><p>A su vez, en el marco de la modernización de los procesos burocráticos, el Gobierno habilitó que los ejemplares y las constancias de entrega al destinatario de ciertos documentos sean de formato digital.</p><p>&nbsp;</p><p>“El operador que ofrezca un servicio de telegrama deberá garantizar la transmisión del mensaje a través de sistemas de comunicación que aseguren la certificación por parte del receptor de la correcta transmisión del mensaje, que se entregue cerrada, en el domicilio del destinatario”, precisaron.</p><p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>Verificación de identidadEn el artículo 4°, establecieron que la verificación de identidad podrá realizarse mediante el Renaper. Para esto, podrán utilizar factores de autenticación biométrica y otro medio de verificación remota.</p><p>&nbsp;</p><p>“Las acciones proyectadas se orientan a la verificación de manera digital, con sistemas seguros, de las pérdidas y destrucciones, así como las prohibiciones de transportar ciertas sustancias y sus excepciones como las de sustancias en pequeñas cantidades y/o para uso doméstico, que no representan ningún peligro”, argumentan en el considerando de la norma.</p><p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>Mensajería urbanaDe acuerdo con lo precisado por el Ejecutivo, otra de las modificaciones que compre esta medida es que, de ahora en más, se le permitirá a las personas humanas ofrecer servicios de mensajería urbana, con o sin vehículos, en plazos breves y distancias cortas.</p><p>&nbsp;</p><p>Esta actividad es definida como aquella “prestada por personas humanas o jurídicas, con o sin vehículo de cualquier naturaleza, capacidad de carga o porte. Consiste en la admisión de 1 o varios envíos y/o gestiones en el punto que indica el cliente y su posterior entrega o realización en el o los domicilios indicados, sin tratamiento ni procesamiento”.</p><p>&nbsp;</p><p>“Solo será considerada Mensajería Urbana cuando la actividad postal se lleve a cabo dentro de un mismo partido o departamento de una provincia, un área geográfica, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) y entre los partidos que conforman el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA)”, fijaron.</p><p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>Pérdida y extravío de los envíosSobre este punto, el Ejecutivo establece en el artículo 14° del decreto que “los prestadores de servicio postal deberán indemnizar por la pérdida, extravío, destrucción total o parcial, expoliación, despojo o avería de los envíos postales sometidos a su entrega o por incumplimiento del servicio contratado”.</p><p>&nbsp;</p><p>En el caso de que esto sucede sobre un envío postal con declaración de valor, estipularon que “se dará lugar a una indemnización que comprenderá el reintegro del aporte abonado, con exclusión de la de seguro, más el monto declarado”.</p><p>&nbsp;</p><p>Desde el Gobierno alegaron que “la sobrerregulación de la actividad postal ha generado barreras de ingreso al mercado, de manera tal que se restringe la competencia, lo que lleva a un servicio de peor calidad y mayores precios”. También aclararon que esta decisión “no innova, ni altera las disposiciones sobre el secreto postal ni en materia de seguridad”.</p><p>&nbsp;</p><p>Con esto, el Ejecutivo apuesta por fomentar la transparencia, simplificación, digitalización y mayor seguridad del servicio.</p><p>&nbsp;</p><p>El Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado y la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología desarrollaron en conjunto esta reforma que implica la derogación de decretos previos y la anulación de resoluciones de varios organismos. La medida modifica disposiciones de la Comisión Nacional de Correos y Telégrafos, la Comisión Nacional de Comunicaciones y la Secretaría de Innovación Pública. (Con información de Infobae)</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/GM4nY49WMhqnkurth8UZXkaWZtg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2024/04/correoarggualeguay.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Las principales modificaciones están relacionadas con la inscripción de los operadores postales, la dotación de personal, la modalidad de los servicios, y la posibilidad de cualquier empresa de enviar cartas documento, telegramas y demás comunicaciones.]]>
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                                <category term="argentina-y-el-mundo-1" label="Argentina y el mundo" />
                <updated>2024-11-11T15:15:27+00:00</updated>
                <published>2024-11-11T15:15:23+00:00</published>
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            Correo Argentino alerta sobre una estafa simulando el envío de una encomienda
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/qRDGKlsps9BbvC9__d9t2CWFYbg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/adjuntos/289/imagenes/000/350/0000350790.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Desde Correo Argentino advirtieron que detectaron una nueva modalidad de estafa que envía un falso aviso de entrega de paquetes para que las personas modifiquen la dirección y los dirige a un sitio web muy similar al de la empresa, donde se piden datos de la tarjeta de crédito.</p><p>La estafa inicia como un mensaje de texto (SMS) que llega a cualquier teléfono celular e indica a los receptores que existe un paquete que no puede ser entregado por dirección incorrecta. Este mensaje enviado desde un celular tradicional, con prefijo 11, cuyo remitente dice ser Argentina Post, contiene un enlace que redirige a una página web, muy similar a la de Correo Argentino, pero absolutamente falsa, donde se solicitan datos personales, número y clave de tarjeta de crédito con el fin de “actualizar el domicilio de entrega”.</p><p>La página fraudulenta les pide a los usuarios completar los campos con sus datos personales, enviándolos finalmente a un espacio donde se les solicitará que ingresen los datos de la tarjeta de crédito y la clave, con el objetivo de cobrar una tasa pero, en realidad, retiene los datos personales de las tarjetas.</p><p>Ante las reiteradas denuncias por este nuevo tipo de fraude, Correo Argentino recomienda: no ingresar en el enlace, y prestar especial atención al dominio y a autenticidad de la web que lo solicita.</p><p>También recomienda a los consumidores no proporcionar datos personales, ni datos bancarios o de tarjetas de crédito y claves.</p><p>Esta modalidad de estafa denominada “phishing” es cada vez más frecuente y consiste en el envío de mensajes instantáneos de parte de un embaucador, que valiéndose de diferentes técnicas se hace pasar por una empresa o persona de confianza mediante una supuesta comunicación oficial.</p><p>Lo más importante es no hacer click en enlaces sospechosos y desestimar inmediatamente el mensaje.</p><p>Adicionalmente, se puede denunciar el hecho a las autoridades; por ejemplo, se puede contactar a la Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia (UFECI) enviando un correo a denunciasufeci@mpf.gov.ar.</p>]]>
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                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/qRDGKlsps9BbvC9__d9t2CWFYbg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/adjuntos/289/imagenes/000/350/0000350790.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El engaño comienza con un mensaje de texto que llega al celular y termina pidiendo datos de tarjetas de crédito. La empresa brindó recomendaciones para evitar caer en el fraude. Los detalles.]]>
                </summary>
                                <category term="argentina-y-el-mundo" label="Argentina y el Mundo" />
                <updated>2023-08-02T20:58:25+00:00</updated>
                <published>2023-08-02T20:56:02+00:00</published>
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            Dictaminan que el Correo Argentino debe ir a la quiebra
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        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/argentina-y-el-mundo/dictaminan-que-el-correo-argentino-debe-ir-a-la-quiebra" type="text/html" title="Dictaminan que el Correo Argentino debe ir a la quiebra" />
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/pOiD7VwIyUZszLsNvH_4_6BtJr0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/adjuntos/289/imagenes/000/526/0000526045.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La fiscal general Gabriela Boquín solicitó mediante un nuevo dictamen a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial que confirme la quiebra de Correo Argentino SA, la compañía residual de la familia del expresidente Mauricio Macri.</p><p>La representante del ministerio público fiscal emitió un dictamen de 137 páginas en el que remarcó que el decreto de quiebra es inapelable por lo que, sostuvo, le fue mal concedido ese recurso en la Justicia a la compañía controlada por Sociedades Macri (Socma), empresa que tiene entre sus accionistas a hermanos y sobrinos del exmandatario.</p><p>“La ley concursal no prevé la posibilidad de apelar ese decisorio. (…) Solicito en consecuencia se declare mal concedido el recurso”, sostuvo la magistrada en el dictamen que firmó a fines de diciembre.</p><p>Al reclamar que se confirme el decreto de quiebra, Boquin señaló que durante el proceso de salvataje la concursada “no ha obtenido las mayorías del art. 45 LCQ en las conformidades correspondientes a la categoría C de acreedores quirografarios” ni “la conformidad del Estado Nacional, único acreedor integrante de la categoría A”.</p><p>En ese sentido, la fiscal remarcó que son “improcedentes los planteos en torno a la conformidad 'tácita' o de exclusión por hostilidad”, es decir, que para dar por probada una conformidad tiene que haber sido claramente expresada y que no es posible separar el Estado del cálculo de conformidades bajo el pretexto de que es una acreedor hostil.</p><p>Boquin denunció, una vez más, que el Correo Argentino SA “ha realizado durante el trámite de su concurso actos en fraude a la ley que impiden al juez homologar la propuesta”.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/pOiD7VwIyUZszLsNvH_4_6BtJr0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/adjuntos/289/imagenes/000/526/0000526045.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Mediante un nuevo dictamen a la Cámara Nacional de Apelaciones, pidieron que se confirme la quiebra de Correo Argentino, propiedad de la familia Macri]]>
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                                <category term="argentina-y-el-mundo" label="Argentina y el Mundo" />
                <updated>2022-02-14T23:51:34+00:00</updated>
                <published>2022-02-15T00:06:55+00:00</published>
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            Decretaron la quiebra del Correo Argentino S.A., empresa del Grupo Macri
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        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/argentina-y-el-mundo/decretaron-la-quiebra-del-correo-argentino-sa-empresa-del-grupo-macri-n63911" type="text/html" title="Decretaron la quiebra del Correo Argentino S.A., empresa del Grupo Macri" />
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                <![CDATA[El Debate Pregón de Gualeguay]]>
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                                <content type="html" xml:base="https://www.diariodebatepregon.com/argentina-y-el-mundo/decretaron-la-quiebra-del-correo-argentino-sa-empresa-del-grupo-macri-n63911">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/pOiD7VwIyUZszLsNvH_4_6BtJr0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/adjuntos/289/imagenes/000/526/0000526045.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La justicia comercial decretó la quiebra del Correo Argentino SA, una empresa del Grupo Macri, tras dar por fracasado el proceso de salvataje, al entender que la oferta realizada por la compañía postal "solo representaba el 100% de la deuda a los ojos de la propia empresa", pero "no abarcaba el valor actual de la misma".</p> <p>La jueza en lo Comercial Marta Cirulli tomó la decisión luego de que fuera rechazada una nueva propuesta de la empresa postal que no satisfizo el interés del Estado Nacional, acreedor Categoría A, según surge del fallo de 44 páginas al que tuvo acceso Télam.</p> <p>En su fallo, la jueza recordó que de las 6 firmas que se presentaron al salvataje solo el propio Correo Argentino S.A. "mantuvo el interés de seguir con el trámite", y párrafos más adelante explicó que la oferta realizada no satisfizo a los acreedores necesarios como para prosperar.</p> <p>Cirulli señaló en su fallo que la oferta realizada por la concursada solo representaba el 100 por ciento de la deuda a los ojos de la propia empresa pero que no abarcaba el valor actual de la misma.</p> <p>La magistrada también hizo referencia a la supuesta conformidad que la empresa deudora atribuyó a los acreedores de Categoría C, que habían prestado acuerdo a ofertas realizadas hace casi 20 años, en otra instancia del proceso concursal.</p> <p>"A lo largo de todo ese tiempo variaron sensiblemente los indicadores económicos y sobrevinieron sucesivas devaluaciones de nuestro signo monetario con gran pérdida del valor adquisitivo, lo cual es de conocimiento público. En esa situación, no podría razonablemente suponerse que aquellos acreedores Categoría C -antes aquiescentes- aceptarían ahora la llamada mejora de propuesta, tratándose de créditos devengados hace dos décadas", sostuvo la jueza.</p> <p> </p> <p>Los argumentos</p> <p>La magistrada resaltó que aún si se dejaran de lado los cuestionamientos a los avales presentados por la concursada y se trabajara con la hipótesis de que "todas las conformidades, adhesiones y ratificaciones obtenidas resultan legítimas, válidas y computables"; la empresa postal de los Macri no logró la conformidad de su principal acreedor, que es el Estado Nacional.</p> <p>"No encuentro ahora -como no encontré el 18.3.2010- mérito para calificar al Estado Nacional como acreedor ´hostil´ tal como se irá viendo", sostuvo la jueza al rechazar las acusaciones que había lanzado la empresa de los Macri contra el Estado Nacional, y más precisamente contra la Procuración General del Tesoro, en el expediente del concurso.</p> <p>"Si la deudora puede ofrecer una propuesta mejor, pero la retacea hasta el último momento posible, mal podría calificar de ´hostil´ al acreedor que decide no aceptarla por hallarla insuficiente", sostuvo la jueza.</p> <p>Cirulli resaltó en su fallo que "el ofrecimiento de la concursada presume de satisfacer íntegramente el único crédito Categoría A, en el 100% del capital nominal ($296.205.376,49), más intereses", pero a la hora de calcularlos recurre a una tasa que no puede compensar "ni remotamente lo adeudado por falta de pago de los cánones mensuales, devengados -cuando menos- desde el año 2001 hasta el cese de la concesión del servicio postal, dispuesta en el Decreto N° 1075/2003 del 19.11.2003".</p> <p>En sus últimos intentos, el Correo Argentino S.A. había ofrecido pagar mil millones de pesos por una deuda que según los cálculos del Estado y del Ministerio Público Fiscal supera los cinco mil millones de pesos.</p> <p> </p> <p>Que dice la ley</p> <p>La 24.522, de Concursos y Quiebras establece en su artículo 48 inciso 8 que "cuando en esta etapa no se obtuviera acuerdo preventivo, por tercero o por el deudor, o el acuerdo no fuese judicialmente homologado, el juez declarará la quiebra sin más trámite".</p> <p>El concurso de acreedores del Correo Argentino inició en 2001 cuando la empresa del Grupo Macri ya había dejado de pagar hace años el millonario canon que le correspondía para poder explotar la concesión del correo oficial.</p> <p>Durante el gobierno de Mauricio Macri, el Estado aceptó una oferta del Grupo Macri para pagar la deuda en 15 cuotas; un acuerdo que no prosperó porque la fiscal de la Cámara Comercial Gabriela Boquín determinó que era ruinoso para las arcas del Estado.</p>   image.png             <p>El fallo y las medidas de la jueza</p> <p>En la parte resolutiva del fallo, la magistrada ordenó oficiar a la Inspección General de Justicia, y al Banco Central y requerirle a este último que "el estado de falencia a todas las instituciones de crédito del país, las que deberán trabar embargo sobre todas las sumas de dinero y otros valores que se encuentren depositados a la orden de la fallida, y procedan a transferirlos al Banco de la Ciudad de Buenos Aires".</p> <p>La jueza también dispuso la incautación de los bienes de la empresa decretada en quiebra para ser rematados "difiriéndose la designación de martillero y la modalidad de realización para el momento en que se cuente con el inventario de bienes, sean incautados los mismos y se acredite que el dominio se encuentra en cabeza de la fallida".</p> <p>La magistrada dedicó una parte de su fallo a aclarar en qué condiciones llegó a la decisión emitida, luego de que ayer y hoy el expresidente Mauricio Macri y algunos de sus exfuncionarios la mencionaran en redes sociales y le advirtieran sobre las consecuencias políticas que podría generar un fallo como el de este lunes.</p> <p>"Aun cuando parezca inusual, las tantas veces reiteradas particularidades que exhibe este trámite, y su extraordinaria atipicidad concursal, me llevan a expresar lo que sigue: Efectué mis reflexiones serenamente, tras un estudio profundo y minucioso de las muy singulares aristas de este procedimiento, como resulta de la totalidad de las consideraciones efectuadas y de la base legal utilizada".</p> <p>"Me hice cargo de la dificultad que enfrentará el lector común para comprender cabalmente los fundamentos expuestos en el cauce de tan atípico trámite, por lo cual intenté desarrollarlos con la mayor sencillez y simpleza posibles. Invertí todos los esfuerzos jurisdiccionales imaginables para tutelar el interés de la totalidad de los sujetos comprendidos en el procedimiento, cual se puede percibir fácilmente de una detenida lectura de la causa principal y de los Incidentes de Investigación aún en trámite", continuó.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/pOiD7VwIyUZszLsNvH_4_6BtJr0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/adjuntos/289/imagenes/000/526/0000526045.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Lo decidió la jueza Marta Cirulli tras dar por fracasado el proceso de salvataje de la firma ya que la propuesta que hizo esta no satisfizo a los acreedores, incluido el Estado nacional.]]>
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                <updated>2021-07-05T00:00:00+00:00</updated>
                <published>2021-07-05T19:34:00+00:00</published>
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