<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<feed xmlns="http://www.w3.org/2005/Atom">
    <id>https://www.diariodebatepregon.com/feed-etiqueta/cruceros-a12958</id>
    <link href="https://www.diariodebatepregon.com/feed-etiqueta/cruceros-a12958" rel="self" type="application/atom+xml" />
    <title>El Debate Pregón</title>
    <subtitle>Últimas noticias de Argentina</subtitle>
    <updated>2021-11-06T00:00:00+00:00</updated>
        <entry>
        <title>
            Habilitan entrada de micros internacionales y readecuan condiciones de cruceros
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/argentina-y-el-mundo/habilitan-entrada-micros-internacionales-y-readecuan-condiciones-cruceros-n68695" type="text/html" title="Habilitan entrada de micros internacionales y readecuan condiciones de cruceros" />
        <id>https://www.diariodebatepregon.com/argentina-y-el-mundo/habilitan-entrada-micros-internacionales-y-readecuan-condiciones-cruceros-n68695</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[El Debate Pregón de Gualeguay]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.diariodebatepregon.com/argentina-y-el-mundo/habilitan-entrada-micros-internacionales-y-readecuan-condiciones-cruceros-n68695">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/8asHkHMmsx9DTtF-P1D-WhGt20Q=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/adjuntos/289/imagenes/000/591/0000591255.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Las nuevas medidas están contenidas en la Decisión Administrativa 1090 publicada hoy en el Boletín Oficial, con la firma de jefe de Gabinete, Juan Manzur; y los ministros de Salud, Carla Vizzotti, y del Interior, Eduardo de Pedro.</p> <p> </p> <p>La norma establece las condiciones de ingreso al país para el transporte terrestre de pasajeros como la adecuación de los requerimientos para la reapertura de cruceros hacia la Antártida y cruceros Bioceánicos en la Argentina.</p> <p> </p> <p>En cuanto al transporte terrestre, se indica que "el ingreso al país de los servicios de transporte internacional terrestre de pasajeros deberá realizarse exclusivamente por los corredores seguros habilitados o que en el futuro se habiliten por la autoridad competente, con la conformidad de la autoridad sanitaria nacional".</p> <p> </p> <p>Se establece asimismo que "previo al inicio del viaje hacia la Argentina, los operadores de medios de transporte terrestre internacional de pasajeros deberán -sin excepción- comprobar que el pasajero haya declarado el cumplimiento de los extremos definidos como requisitos sanitarios en los incisos 4.a. y 4.b. del artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 951/21 y sus modificatorias".</p> <p>"Una vez en el territorio nacional, las personas que ingresen al país deberán portar, durante los 14 días posteriores a su arribo, la documentación que dé cuenta del cumplimiento de los requisitos sanitarios antes mencionados y exigidos", especifica.</p> <p> </p> <p>Asimismo, las empresas "deberán arbitrar los recaudos para que se conserve la información de ubicación de los pasajeros durante el viaje, para facilitar la trazabilidad y el rastreo de contactos a la autoridad sanitaria competente, si hubiera un caso positivo".</p> <p> </p> <p>"El Ministerio de Transporte y sus organismos descentralizados, el Ministerio de Turismo y Deporte y sus organismos descentralizados y el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto adoptarán los recaudos para que los operadores de transporte internacional, los de turismo, las terminales de transporte y los viajeros y las viajeras en el exterior tomen conocimiento de las medidas adoptadas por la presente y procedan a su cumplimiento", dice el artículo 11 de la norma.</p> <p> </p> <p>En cuanto a la reapertura de Cruceros hacia la Antártida y Cruceros Bioceánicos en la Argentina, los nuevos requisitos son:</p> <p>- Para el embarque en territorio nacional deberá constar la realización de un test PCR negativo realizado entre las 24 y las 48 horas previas. Con los mismos efectos se admitirá presentar el test PCR requerido para iniciar viaje a la REPÚBLICA ARGENTINA por otro medio de transporte, cuando el lapso desde la toma de la muestra no supere las 72 horas previas al embarque en el crucero. Quienes hayan iniciado el viaje en el crucero fuera del país están eximidos de realizarse ese test PCR.</p> <p>- Ante la presencia de casos sospechosos a bordo, se realizará test de antígeno y según el criterio médico, se confirmará con test PCR o LAMP a los contactos directos; pudiéndose, según la situación epidemiológica, requerir se practique test PCR a más personas que fueran contacto directo, o -en caso de brote o sospecha del mismo- a todos aquellos que las autoridades sanitarias competentes determinen. Excepcionalmente, la autoridad sanitaria nacional podrá requerir PCR o LAMP a todo el buque.</p> <p>- No será exigible la práctica de rutina de testeos al inicio o al fin de los desembarcos para realizar las excursiones en tierra, siendo aplicable al respecto los criterios generales ante situaciones de casos sospechosos o positivos o sus contactos estrechos.</p> <p>- Para el desembarco final del viaje en el crucero se exigirá test de antígeno, quedando el uso de PCR o LAMP supeditado y limitado a lo indicado en el apartado iii.</p> <p>- La información referida al cumplimiento por parte de los pasajeros de la exigencia del seguro de salud con cobertura COVID-19 podrá ser requerida a la empresa operadora del buque de modo agregado. Sin perjuicio de ello, cada pasajero deberá tener su propia constancia, ya que el seguro debe cubrir toda su estadía en el país.</p> <p>- El distanciamiento mínimo a bordo en espacios cerrados será de 2 metros cuando las instalaciones lo permitan, pudiendo usarse separadores, mamparas u otras barreras físicas para reducir esa distancia, y/o flexibilizarla cuando los ambientes estén ventilados o se instrumenten mecanismos de higiene respiratoria u otras que prevengan la propagación de la Covid-19.</p> <p>- A los menores de 18 años que embarquen en cruceros, aplica lo dispuesto en general para ingreso al país, por lo cual les será permitido su viaje por ese medio aun cuando no estén vacunados, conforme lo previsto en el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 951/21 y sus modificatorias.</p> <p>"Las empresas operadoras de cruceros deberán formalizar los protocolos pertinentes por ante la Subsecretaría de Puertos, Vías Navegables y Marina Mercante del ministerio de Transporte, sin perjuicio de remitir una copia a la autoridad sanitaria nacional"; concluye la Decisión Administrativa.</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/8asHkHMmsx9DTtF-P1D-WhGt20Q=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/adjuntos/289/imagenes/000/591/0000591255.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El Gobierno nacional habilitó la entrada al país en micros internacionales así como readecuó los procedimientos para el ingreso de cruceros antárticos y bioceánicos, en el marco de la reapertura de fronteras al turismo extranjero.]]>
                </summary>
                                <category term="argentina-y-el-mundo" label="Argentina y el Mundo" />
                <updated>2021-11-06T00:00:00+00:00</updated>
                <published>2021-11-06T09:39:00+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            El Gobierno habilitó los cruceros y detalló las normas que se deberán cumplir
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/argentina-y-el-mundo/el-gobierno-habilito-los-cruceros-y-detallo-las-normas-que-se-deberan-cumplir-n65961" type="text/html" title="El Gobierno habilitó los cruceros y detalló las normas que se deberán cumplir" />
        <id>https://www.diariodebatepregon.com/argentina-y-el-mundo/el-gobierno-habilito-los-cruceros-y-detallo-las-normas-que-se-deberan-cumplir-n65961</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[El Debate Pregón de Gualeguay]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.diariodebatepregon.com/argentina-y-el-mundo/el-gobierno-habilito-los-cruceros-y-detallo-las-normas-que-se-deberan-cumplir-n65961">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Jk-r9nwHtouRxtCtx2k_tBbfwOY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/adjuntos/289/imagenes/000/557/0000557223.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>En el marco de las flexibilizaciones que está llevando adelante respecto del turismo, a pesar de que las fronteras todavía permanecen cerradas para los extranjeros, el Gobierno estableció que en las próximas semanas volverán a funcionar los cruceros bioceánicos y antárticos que pasan por la Argentina. La medida fue anunciada a través de la Decisión Administrativa 834/2021, publicada este martes en el Boletín Oficial.</p> <p>Con la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y de los ministros de Desarrollo Social, Juan Zabaleta, y de Turismo y Deportes, Matías Lammens, se estableció que el sector volverá a prestar servicios "a partir del 20 de octubre de 2021″, luego de varios meses de inactividad.</p> <p> </p> <p>Las autoridades nacionales explicaron que la reanudación se llevará adelante "de manera progresiva y segura", siguiendo con los protocolos para prevenir los contagios de coronavirus que se encuentren "vigentes al momento de su implementación y con sujeción a las recomendaciones que al efecto establezca la autoridad sanitaria nacional".</p> <p>En este sentido, se informó que las empresas deberán cumplir las normas incluidas en los "Requerimientos para la reapertura de Cruceros hacia la Antártida y Cruceros Bioceánicos en la Argentina", los cuales fueron elaborados para la ocasión.</p> <p>De esta manera, las compañías del sector tendrán, por ejemplo, que "prever el cupo máximo de personas permitidas a bordo teniendo en cuenta la capacidad de carga del buque, respetando según ella el aforo que se defina en el protocolo".</p> <p>Asimismo, el reglamento indica que las empresas tendrán que "prever flexibilidad para cambio de fecha y reprogramaciones de operaciones, según situación epidemiológica en partida y destino" y estarán obligadas a garantizar "un servicio médico a bordo, que se corresponda con la cantidad de personas que viajan en él".</p> <p>"Los pasajeros nacionales, residentes y extranjeros y el personal afectado deberán observar las condiciones que se establezcan y rijan con relación al ingreso de personas a la República Argentina al momento de su implementación".</p> <p>Tanto la tripulación como los viajeros, deberán cumplir con los siguientes trámites antes de embarcar:</p> <p>-Cuestionario de la Declaración de Salud del Viajero y/o complementarios y control de temperatura a toda persona.</p> <p>-Testeo PCR en un máximo de 72hs antes del viaje: quienes vienen en el buque no deben realizar el PCR, solamente deben hacerlo las personas que abordarán en el buque en el territorio nacional. c) Registros de síntomas para todas las personas que aborden el buque.</p> <p>-Días de aislamiento previo al embarque: todas las personas que provienen del extranjero y abordan en territorio nacional deberán respetar las medidas sanitarias vigentes al momento de la reactivación de la actividad para turistas extranjeros.</p> <p>-Vacunación: se deberá solicitar a todas las personas que embarquen al crucero un certificado de vacunación del 100% (huéspedes, personal, tripulación) con esquema completo. Aquellas personas que no estén vacunadas no se le permitirá el ingreso a bordo. El esquema completo debe haberse cumplimentado al menos 21 días antes de embarcar (ya sea que se trate de una vacuna con una o dos dosis). Las vacunas aceptadas son todas las vacunas aprobadas por la OMS, y/o aprobadas en el país de origen y/o aprobadas en la Argentina, las cuales deberán acreditarse con sus respectivos certificados oficiales.</p> <p>-Todas las personas deberán contar con seguro por COVID-19 y seguro por fallecimiento, que incluya aislamiento, traslado, internación y, en el debido caso, repatriación. Asimismo, deberá cubrir el aislamiento y traslado de un eventual caso sospechoso por contacto estrecho. Además, deberá contemplar la posibilidad de cobertura de la suspensión del viaje.</p> <p>La reapertura del turismo, y puntualmente de los cruceros, fue uno de los temas que conversó recientemente el embajador argentino en Brasil, Daniel Scioli, con el ministro de Turismo de ese país, Gilson Machado Neto. Entre los diferentes asuntos que abordaron en su último encuentro, ambos coincidieron en el impacto positivo que podría tener la reanudación de estos viajes entre las dos naciones</p> <p>"Nos reunimos con nuestros 10 cónsules en Brasil para planificar esta última parte del año. Se viene un gran calendario de ferias, misiones comerciales y rondas de promoción de los productos argentinos en Brasil. Otro de los temas que conversamos fue la promoción turística, y los consulados ya se encuentran promocionando el destino Argentina para cuando las condiciones sanitarias lo permitan", comentó Scioli a través de su cuenta de Facebook.</p> <p>Una eventual normalización del intercambio de viajeros con el país vecino se enmarca en el proyecto del Gobierno de una apertura de fronteras a partir de octubre, que vendría de la mano de la autorización al ingreso de visitantes extranjeros.</p> <p>En este marco es que se está analizando también, por ejemplo, otorgar una bonificación en el costo de los pasajes, que se haría a través de la empresa Aerolíneas Argentinas. La bonificación puede llegar al 100% si aseguran una cantidad de noches de estadía.</p> <p>Entre los considerandos de la Decisión Administrativa publicada este martes, el Gobierno señaló que en el último tiempo promovió "escalonadamente flexibilidades graduales a los condicionamientos impuestos para el ingreso al país, mientras se mantengan los controles en viajeros".</p> <p>En este sentido, se especificó que el Ministerio de Turismo solicitó que "se arbitren las medidas para la reanudación de la actividad de los cruceros bioceánicos y antárticos, la cual resulta de gran importancia para la reactivación económica" de este sector.</p> <p>Al respecto, se resaltó que "se ha expedido favorablemente la autoridad sanitaria nacional", por lo que se procedió a "establecer las condiciones necesarias para que la actividad cuya reactivación se promueve se desarrolle con los cuidados y prevenciones pertinentes, como así también mediante la aplicación de las guías, recomendaciones y protocolos sanitarios que tiendan a asegurar la preservación de la salud de los pasajeros y del pueblo argentino".</p> <p> </p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Jk-r9nwHtouRxtCtx2k_tBbfwOY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/adjuntos/289/imagenes/000/557/0000557223.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Se estableció que el sector volverá a prestar servicios "a partir del 20 de octubre de 2021″, luego de varios meses de inactividad. La medida fue anunciada a través de la Decisión Administrativa 834/2021, publicada en el Boletín Oficial.]]>
                </summary>
                                <category term="argentina-y-el-mundo" label="Argentina y el Mundo" />
                <updated>2021-08-24T00:00:00+00:00</updated>
                <published>2021-08-24T11:05:00+00:00</published>
    </entry>
    </feed>