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    <title>El Debate Pregón</title>
    <subtitle>Últimas noticias de Argentina</subtitle>
    <updated>2026-09-14T14:11:03+00:00</updated>
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            El Gobierno fijó las reglas de financiamiento de la nueva obra social de las Fuerzas Armadas
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/09/a_91.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Gobierno nacional aprobó el Régimen Administrativo, Patrimonial, Contable y de Control de la obra social de las Fuerzas Armadas, conocida como OSFA, y estableció una contribución patronal del 8% para financiar su funcionamiento. La medida quedó formalizada mediante el Decreto 986/2026, publicado este lunes en el Boletín Oficial.</p><p>La OSFA había sido creada en febrero mediante el Decreto 88/2026 como un ente autárquico bajo la órbita del Ministerio de Defensa, en el marco de la reorganización de las coberturas sanitarias correspondientes al personal de Defensa y de las fuerzas de seguridad. La norma de creación había establecido que el Poder Ejecutivo debía definir posteriormente el régimen administrativo, patrimonial, contable y de control del nuevo organismo, instancia que el decreto publicado ahora completa.</p>Cómo se financiará la nueva obra social<p>Uno de los puntos centrales de la reglamentación es la fijación de una alícuota del 8% en concepto de contribución patronal, que se calculará sobre los haberes efectivamente percibidos por el personal alcanzado por el régimen. La obligación comprende al personal militar en actividad de las Fuerzas Armadas, a los trabajadores civiles que prestan servicios dentro de las fuerzas y al personal civil que se desempeña directamente en la obra social. Con esta definición, el Ejecutivo establece una de las fuentes de financiamiento permanente de la OSFA y delimita sobre qué remuneraciones deberá aplicarse el porcentaje correspondiente.</p>El rol del Ministerio de Defensa<p>El Decreto 986/2026 también faculta al Ministerio de Defensa a dictar las normas complementarias, aclaratorias y operativas necesarias para poner en funcionamiento el régimen aprobado y resolver los aspectos específicos de su implementación.</p><p>La creación de la OSFA forma parte de un proceso más amplio de separación de los sistemas de cobertura sanitaria vinculados a Defensa y Seguridad. El nuevo ente deberá administrar las prestaciones destinadas al personal comprendido dentro de la estructura de las Fuerzas Armadas. Con la reglamentación publicada este lunes, la obra social cuenta ahora con un marco específico para su administración, el manejo de su patrimonio y sus mecanismos de control, además de una tasa definida para las contribuciones patronales que integrarán su esquema de financiamiento.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/09/a_91.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El Ejecutivo nacional aprobó el régimen administrativo, patrimonial y contable de la OSFA, la obra social de las Fuerzas Armadas creada en febrero, y estableció una contribución patronal del 8% sobre los haberes del personal alcanzado para financiar su funcionamiento.]]>
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                                                <category term="argentina-y-el-mundo" label="Argentina y el Mundo" />
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                <published>2026-09-14T14:07:43+00:00</published>
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            El Gobierno otorgó un bono de $50.000 para fuerzas de seguridad y militares
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/08/a_2.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Gobierno nacional otorgó un bono de $50.000 para fuerzas de seguridad y militares, que será abonado junto con los haberes correspondientes a agosto de 2026. La medida fue oficializada este lunes mediante dos decretos publicados en el Boletín Oficial.</p><p>Las decisiones quedaron establecidas mediante los decretos 695/2026 y 696/2026, correspondientes a los ministerios de Defensa y Seguridad Nacional, respectivamente. En ambos casos se fijó una suma de $50.000 por persona, de carácter remunerativo y no bonificable, excepcional y por única vez.</p><p>El beneficio alcanzará a personal en actividad de las Fuerzas Armadas y de las principales fuerzas federales de seguridad, además de otros agentes pertenecientes a organismos contemplados expresamente en los decretos.</p>QUIÉNES COBRARÁN LOS $50.000<p>En el ámbito del Ministerio de Seguridad Nacional, el Decreto 696/2026 estableció que recibirán la suma los integrantes en actividad de la Gendarmería Nacional Argentina, Prefectura Naval Argentina, Policía Federal Argentina y Policía de Seguridad Aeroportuaria.</p><p>También quedaron comprendidos el personal con estado penitenciario en actividad del Servicio Penitenciario Federal y los agentes en actividad de la Dirección Nacional de Inteligencia Criminal. En determinados casos, como Gendarmería, PSA y SPF, la norma incluyó además al personal de alumnos.</p><p>El Ejecutivo fundamentó la decisión en la necesidad de reconocer y mantener una adecuada jerarquización salarial de acuerdo con la "capacidad, responsabilidad y dedicación" requerida para las tareas desarrolladas por las fuerzas policiales y de seguridad federales.</p>EL BENEFICIO PARA LAS FUERZAS ARMADAS<p>Por otra parte, el Decreto 695/2026 dispuso el mismo pago de $50.000 para el personal militar en actividad de las Fuerzas Armadas. También quedaron alcanzados el personal en actividad de la Policía de Establecimientos Navales y el personal civil en actividad de Inteligencia de las Fuerzas Armadas.</p><p>En este caso, el Gobierno indicó que la adecuación de los ingresos buscó asegurar una retribución acorde con las "funciones, responsabilidades y dedicación exigidas". La suma tendrá exactamente las mismas características: será remunerativa, no bonificable, excepcional y se percibirá una única vez.</p><p>De esta manera, no se trata de un aumento mensual permanente de $50.000, sino de un pago extraordinario que será incorporado exclusivamente a los haberes correspondientes a agosto de 2026. Los decretos tampoco establecieron que la suma se incorpore posteriormente al salario habitual.</p>CÓMO SE FINANCIARÁ EL PAGO<p>Ambas normas facultaron a la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial del Sector Público a dictar las disposiciones aclaratorias y complementarias que resulten necesarias para implementar los pagos.</p><p>Asimismo, el Gobierno estableció que los gastos derivados de las medidas serán atendidos con los créditos asignados a las respectivas jurisdicciones dentro del Presupuesto General de la Administración Pública Nacional.</p><p>Los decretos fueron firmados el viernes 31 de julio y publicados este lunes 3 de agosto en el Boletín Oficial, por lo que quedó formalizado el pago extraordinario para el personal alcanzado.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/08/a_2.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La medida se oficializó este lunes mediante dos decretos publicados en el Boletín Oficial y alcanza a personal de las Fuerzas Armadas y de las principales fuerzas federales de seguridad. Se trata de un pago extraordinario que se abonará junto con los haberes de agosto.]]>
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                                                <category term="argentina-y-el-mundo" label="Argentina y el Mundo" />
                                <updated>2026-08-03T14:00:04+00:00</updated>
                <published>2026-08-03T14:00:00+00:00</published>
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