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    <title>El Debate Pregón</title>
    <subtitle>Últimas noticias de Argentina</subtitle>
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            EDICTO S/ LOPEZ CARLOS ALBERTO
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://eldebatecdn.eleco.com.ar/eldebate-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure>N° 832/1
EDICTO AL DIARIO EL DEBATE PREGON 
 
El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1 de la ciudad de Gualeguay, Sr. Juez a cargo el Dr. FABIAN MORAHAN, Secretaría única a cargo de la DRA. 
DELFINA M. FERNANDEZ,  en los autos"LOPEZ CARLOS ALBERTO S/ SUCESORIO SIN TESTAMENTAR", expediente Nº 13074,  cita y emplaza por el término de DIEZ (10) días, a contar desde la última publicación del presente, la que se hará por tres (3) días, a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, CARLOS ALBERTO 
LOPEZ, DNI N° 5.864.581, nacido 02/01/1938,  con su ultimo domicilio Triunvirato N° 505,  de la localidad de General Galarza, dpto. Gualeguay, provincia de Entre Ríos, fallecido el día 28/11/2025, vecino que fuera de la localidad de General Galarza,  debiendo acreditarlo dentro de los diez días . La resolución que así lo ordena en su parte pertinente dice: “///l Gualeguay, 30 de julio de 2026.- (…) Estando acreditado el fallecimiento del causante y el carácter de parte legítima con la documental acompañada, decrétase la apertura del juicio sucesorio de don CARLOS ALBERTO LOPEZ, DNI N° 5.864.581, fallecido el día 
28/11/2025, vecino que fuera de la localidad de General Galarza, (…) y por tres días en el diario local El Debate Pregón -art. 728 del CPCC-, llamando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, quienes deberán acreditarlo dentro de los treinta y diez días respectivamente” Fdo. FABIAN MORAHAN Juez Civ. y Com. N° 1 La presente se suscribe mediante firma digital - Acuerdo General n° 33/22 del 04.10.20 Punto 6°) Resolución STJ n° 206 del 28.10.2022. 
 
Publíquese por 3 días 
Gualeguay,18  de agosto  de 2026.]]>
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            EDICTO S/ FAGGIANA MARIO LUIS OSCAR Y SEMILLA SOFIA ESTHER
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://eldebatecdn.eleco.com.ar/eldebate-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure>E  D  I C T O  N.º  89/2 
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2 de
Gualeguay, a cargo interinamente de la Dra. Rosa M. Fernández Campasso,
Secretaría a cargo del Dr. Sebastián Leites Secretario Suplente en autos
"FAGGIANA MARIO LUIS OSCAR Y SEMILLA SOFIA ESTHER S/ SUCESORIO
SIN TESTAMENTAR", expediente Nº 11552, cita y emplaza llamando durante diez días por tres veces, que se contarán a partir de la última publicación, a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes MARIO LUIS
OSCAR FAGGIANA– DNI: 5654825, fallecido el 15 de noviembre de 2014, y SOFÍA ESTHER SEMILLA - DNI 3.942.576, fallecida el 28 de junio de 2026, ambos vecinos de esta ciudad de Gualeguay. 
El auto que ordena el presente dice: “//// Gualeguay, 03 de agosto de 2026.- (…) Estando acreditado el fallecimiento del causante y el carácter de parte legítima con la documental acompañada, decrétase la apertura del juicio sucesorio de MARIO LUIS
OSCAR FAGGIANA– DNI: 5654825, fallecido el 15 de noviembre de 2014, y SOFÍA ESTHER SEMILLA - DNI 3.942.576, fallecida el 28 de junio de 2026, ambos vecinos que fueran de esta ciudad, y publíquense edictos por un día en el Boletín Oficial, llamando durante treinta días que se contarán a partir de la última publicación a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante debiendo acreditarlo dentro de dicho plazo y anúnciese por el diario "El Debate Pregón", llamando durante diez días por tres veces, que se contarán a partir de la última publicación.- Dése intervención al Ministerio Fiscal con los alcances del art. 722 del
C.P.C.C.(…)Fdo: DRA. ROSA M. FERNANDEZ CAMPASSO JUEZA INTERINA.-
Gualeguay, 18 de agosto de 2026]]>
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            EDICTO S/ SOLARI GUIDO OSVALDO ANDRÉS Y GANGALE MARIA AUGUSTA
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://eldebatecdn.eleco.com.ar/eldebate-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure>EDICTO. El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1 de Gualeguay, Provincia de Entre Ríos, a cargo del Dr. Fabián Morahan,
Secretaría a cargo de la Dra. Delfina Fernández, en autos caratulados:
"SOLARI GUIDO OSVALDO ANDRÉS Y GANGALE MARIA AUGUSTA S/SUCESORIO SIN TESTAMENTAR (y TESTAMENTARIO)", expediente Nº 13031, ha resuelto que, estando acreditado el fallecimiento de los causantes con los testimonios de defunción obrante en autos, MARIA AUGUSTA GANGALE, D.N.I. N° 2.065.594, fallecida en fecha 13/01/2017, y
GUIDO OSVALDO ANDRÉS SOLARI, D.N.I. N° 4.171.094, fallecido en fecha 28/10/2025, cónyuges entre sí, vecinos que fueran de esta ciudad de Gualeguay, cita y emplaza por el término de treinta días (30) a contar de la última publicación del presente que se hará por tres días en el diario Debate Pregón y por un día en el Boletín Oficial, a todos los herederos y/o acreedores que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes, debiendo acreditarlo dentro de dicho plazo. El auto que así lo dispone dice en su parte pertinente.: “Gualeguay, 19 de agosto de 2026.
VISTOS: Estos autos caratulados "SOLARI GUIDO OSVALDO ANDRÉS Y GANGALE MARIA AUGUSTA S/ SUCESORIO SIN TESTAMENTAR (y
TESTAMENTARIO)", expediente Nº 13031, traídos a despacho para resolver la validez de los testamentos acompañados en autos y, CONSIDERANDO: Que con los testimonios de defunción obrante en autos, se acredita el fallecimiento de los causantes de autos MARIA AUGUSTA GANGALE, D.N.I. N° 2.065.594, fallecida en fecha 13/01/2017, y GUIDO OSVALDO ANDRÉS SOLARI, D.N.I. N° 4.171.094, fallecido en fecha 28/10/2025, cónyuges entre sí. Que con las constancias de autos, dispuesto por los arts. 737 y conc. del CPCC y 2.479 del CCyC, dictamen favorable del Ministerio Fiscal obrante en presentación digital de fechas 20/07/2026 y 10/08/2026, corresponde declarar válidos en cuanto a sus formas los Testamentos obrantes en presentación digital de fechas 27/05/2026 y 03/08/2026, por ello RESUELVO: 1) DECLARAR válido en cuanto a sus formas, el testamento otorgado mediante acto público por la causante GANGALE MARÍA AUGUSTA. 2) DECLARAR válido en cuanto a sus formas, el testamento otorgado mediante acto público por la causante SOLARI GUIDO OSVALDO ANDRÉS. 3) DECRETAR la apertura acumulada del juicio sucesorio testamentario, y ab intestato -conforme lo manifestado en la presentación electrónica de fecha 03/08/2026- de MARIA AUGUSTA GANGALE, D.N.I. N° 2.065.594, fallecida en fecha 13/01/2017, y GUIDO OSVALDO ANDRÉS SOLARI, D.N.I. N° 4.171.094, fallecido en fecha 28/10/2025, cónyuges entre sí, vecinos que fueran de esta ciudad de Gualeguay -conforme lo dispuesto por el art. 718 del CPCC.”- La presente se suscribe mediante firma electrónica - Resolución STJER N° 28/20, del 12/04/2020, Anexo IV-. FABIAN MORAHAN Juez.”.-
Gualeguay,20 de Agosto de 2026.-]]>
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            EDICTO S/ SANCHEZ CARLOS HECTOR
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://eldebatecdn.eleco.com.ar/eldebate-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure>EDICTO Nº 838/01
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1, de Gualeguay, Entre Ríos a cargo del  Dr. Fabian Morahan, Secretaria a cargo de quien suscribe, en los autos " SANCHEZ CARLOS HECTOR S/SUCESORIO SIN TESTAMENTAR ", Expte. Nº 13080 cita y emplaza para que se presenten dentro del término de treinta ( 30) días a contar de la última publicación de la presente a todos los que se consideren con derecho sobre los bienes dejados por el causante CARLOS HECTOR SANCHEZ, DNI 5.874.556,nacionalidad argentina fallecido el 11 de Junio   de 2026 domiciliado en calle Cont. Coronel Gonzalez S/N Bº Islas Malvinas de la  ciudad de Gualeguay, vecinos que fuera de esta ciudad, iniciado el día 25/06/2026, La resolución que así lo dispone en su parte pertinente dice: ///-leguay, 10 de agosto de 2026.- Estando acreditado el fallecimiento del causante y el carácter de parte legítima con la documental acompañada, decrétase la apertura del juicio sucesorio de CARLOS HECTOR SANCHEZ, DNI 5.874.556, fallecido el 11/6/2026, vecino que fuera de esta ciudad, y publíquense edictos por un día en el Boletín Oficial -conforme lo establecido por el art. 2340 del Cod. Civ. y Com. -último párrafo- y por tres días en el diario local El Debate Pregón -art. 728 del CPCC-, llamando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, quienes deberán acreditarlo dentro de los treinta.-.-Fdo. FABIAN MORAHAN Juez Civ. y Com. N° 1 La presente se suscribe mediante firma digital - Acuerdo General n° 33/22 del 04.10.2022 Punto 6°) Resolución STJ n° 
206 del 28.10.2022  
    
GUALEGUAY,          19 de     Agosto   de 2026.]]>
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            EDICTO S/ GONZLEZ NESTOR DANIEL Y MANZO MARIA TRINIDAD
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        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/judiciales/edicto-s-gonzlez-nestor-daniel-y-manzo-maria-trinidad" type="text/html" title="EDICTO S/ GONZLEZ NESTOR DANIEL Y MANZO MARIA TRINIDAD" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://eldebatecdn.eleco.com.ar/eldebate-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure>EDICTO N° 616/1
El juzgado civil y comercial N° 1 a cargo del Dr. Fabián Morahan,
Secretaría Única a cargo de la Dra. Delfina María Fernández, sito en calle Monte Caseros N° 239 de la   ciudad de Gualeguay, Provincia de Entre Ríos, email: jdocycs1gua@jusentrerios.gov.ar, en las actuaciones "GONZALEZ NESTOR
DANIEL Y MANZO MARIA TRINIDAD	S/ SUCESORIO	AB	INTESTATO
(Expte 12.909)“ , cita y emplaza por el término de diez días, que se contarán a partir de la última publicación del presente, que se hará por tres (3) días, a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes NESTOR DANIEL GONZALEZ DNI Nº 13.342.757 fallecido en  fecha 06/10/2025 y MARIA TRINIDAD MANZO DNI Nº3.550.862, fallecida el día 25/12/2025, vecinos que fueran de esta ciudad , debiendo acreditarlo dentro de dicho plazo.-
El auto que ordena el presente dice: “///-leguay, 21 de mayo de 2026… Estando acreditado el fallecimiento de los causantes y el carácter de parte legítima con la documental acompañada, decrétase la apertura del juicio sucesorio de NESTOR DANIEL GONZALEZ DNI Nº 13.342.757 fallecido en fecha 06/10/2025 Y MARIA TRINIDAD MANZO DNI Nº 3.550.862 fallecida en fecha 25/12/2025, vecinos que fueran de esta ciudad, y publíquense edictos por un día en el Boletín Oficial - conforme lo establecido por el art. 2340 del Cod. Civ. y Com. -último párrafo- y por tres días en el diario local El Debate Pregón -art. 728 del CPCC-, llamando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, quienes deberán acreditarlo dentro de los treinta y diez días respectivamente. Fdo.: Fabián Morahan Juez Civil y Comercial.”
Gualeguay, 2423 de junio de 2026.-
Dra. Delfina Fernández
SECRETARIA]]>
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            EDCITO S/ CHAVES FRANCISCA  ANITA MEDARDA
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://eldebatecdn.eleco.com.ar/eldebate-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure>EDICTO

El Sr/a. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1 de la ciudad de Gualeguay, a cargo del Dr. Fabián Morahan – Juez; Secretaría única desempeñada por Delfina M. Fernández, en los autos caratulados "CHAVES FRANCISCA ANITA MEDARDA S/ SUCESORIO SIN TESTAMENTAR", Expte. Nº 13061, de fecha 05.06.2026, conforme proveído de apertura de fecha 19.06.2026, cita y emplaza por el término de diez (10) días a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante FRANCISCA ANITA MEDARDA CHAVEZ, DNI N° 3.761.816, fallecida el 16 de enero de 2018, vecina que fuera de esta ciudad. Como mejor recaudo se transcribe la resolución que así lo dispone en su parte pertinente “Gualeguay, 19 de junio de 2026.-. …Estando acreditado el fallecimiento del causante y el carácter de parte legítima con la documental acompañada, decrétese la apertura del juicio sucesorio de FRANCISCA ANITA MEDARDA CHAVEZ, DNI N° 3.761.816, fallecida el 16 de enero de 2018, vecina que fuera de esta ciudad, y publíquense edictos por un día en el Boletín Oficial -conforme lo establecido por el art. 2340 del Cod. Civ. y Com. -último párrafo- y por tres días en el diario local El Debate Pregón -art. 728 del CPCC-, llamando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante, quienes deberán acreditarlo dentro de los treinta y diez días respectivamente. … Fdo. FABIAN MORAHAN - Juez Civ. y Com. N° 1”. --------------------
	Publíquese por tres días.
	Gualeguay, _____de junio de 2026.-]]>
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            Gualeguay: Reabren concursos para los cargos de Fiscal de Coordinación y Defensor Auxiliar
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/e_Iw7Oof8Q8G9OkLE0jf2VGfQFg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2025/05/tribunales_de_gualeguay.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Esta medida responde a la entrada en vigencia de la nueva Ley N° 11.227, que regula el funcionamiento del Consejo, y busca avanzar con la cobertura de vacantes que se encontraban suspendidas hasta tanto fuera posible realizar las pruebas de oposición.</p><p>Cargos y Jurados asignados</p><p>La convocatoria alcanza a dos procesos específicos:</p>Concurso Público N° 291 (Fiscal de Coordinación): Destinado a cubrir la jefatura de los fiscales de la ciudad. El Jurado Titular encargado de evaluar a los postulantes está integrado por la Dra. Patricia Alejandra Carruego (estamento Abogados), el Dr. Gustavo Alberto Arocena (Académicos) y la Dra. Carolina Castagno (Magistrados).Concurso Público N° 273 (Defensor Auxiliar N° 1): Este cargo posee competencia específica en materia penal. El tribunal evaluador titular cuenta con los Doctores Andrés Ignacio Bacigaluppo, Juan M. Oliva y Marcela A. Davite de Acuña.<p>Plazos y requisitos para postulantes</p><p>El Consejo fijó un nuevo período para que los interesados formalicen su inscripción o incorporen nuevos antecedentes a sus legajos ya existentes. El plazo se extiende del 18 de mayo al 8 de junio de 2026, inclusive.</p><p>Los trámites deben realizarse de la siguiente manera:</p>Lugar: Secretaría General del CMER, sita en Alameda de la Federación Nº 471, ciudad de Paraná.Horario: De lunes a viernes, de 08:00 a 12:00 horas.Modalidad: La inscripción debe ser personal o a través de un tercero autorizado mediante poder judicial o notarial.<p>Modernización del sistema</p><p>Un aspecto relevante de la resolución es que permite la actualización de los currículos de quienes ya estaban inscriptos, asegurando que se evalúe la idoneidad más reciente de los participantes. Además, la norma establece que, de producirse nuevas vacantes de la misma competencia territorial y material durante el proceso, estas podrán acumularse al concurso en trámite sin necesidad de nuevas convocatorias, agilizando la designación de magistrados y funcionarios</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/e_Iw7Oof8Q8G9OkLE0jf2VGfQFg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2025/05/tribunales_de_gualeguay.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El Consejo de la Magistratura de Entre Ríos ha oficializado la reapertura de las inscripciones para dos cargos judiciales fundamentales en la jurisdicción de Gualeguay. Mediante la Resolución Nº 1436/26, el organismo dispuso retomar los procesos para designar al nuevo Fiscal de Coordinación y a un Defensor Auxiliar con competencia penal.]]>
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                <published>2026-05-30T12:30:00+00:00</published>
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            EDICTO CEBALLOS MARIA ROSA C/ BONAZZOLA FELIPE BAUTISTA S/ USUCAPION
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://eldebatecdn.eleco.com.ar/eldebate-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure>EDICTO N° 439/1
 
El Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 1 de la ciudad de Gualeguay, Pcia. de Entre Ríos, Dr. FABIAN MORAHAN, Secretaría Única de quien suscribe, en los autos caratulados "CEBALLOS MARIA ROSA C/ BONAZZOLA FELIPE BAUTISTA S/ USUCAPION", expediente Nº 12967,  cita y emplaza por el término de Quince (15) días   a FELIPE BAUTISTA BONAZZOLA, sus herederos y/o sucesores y/o quienes se consideren con derecho sobre el lote de terreno ubicado en este departamento de Gualeguay, Planta Urbana - Ejido de Gualeguay, Primer Cuartel, Manzana N° 524, con domicilio parcelario en calle San Antonio Nº 486, con una Superficie de 543,66 m2, (QUINIENTOS CUARENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON SESENTA Y SEIS DECIMETROS), con los siguientes límites y linderos: NORTE: recta por costado sur de muro lindero hasta los 26,65 metros,  y por eje de muro divisorio en el resto (1-2) al rumbo NORESTE 81º 45`de 31,15 m lindando con Héctor Ventura Jaime y Otra. .- ESTE: Recta edificada por línea Municipal de edificación  (2-3) al rumbo SUDESTE 9º 8´de 13,14  m lindando con Calle San Antonio.- SUR: Cuatro rectas a saber: Amojonada (3-4) al rumbo sudoeste 80° 52´ de 7,02 m. (4-5) por costado Norte de edificación lindera hasta los 7,22 m. y amojonada en el resto, al rumbo Sudoeste 79° 29´ de 11,40 m. amojonada (56) al rumbo Sudeste 8° 02´ de 9,45m., lindando todas con Felipe Rodolfo Rodríguez (poseedor), y edificada por línea municipal de edificación (6-7) al rumbo sudoeste 81° 58´ de 12,89 m., lindando con calle 19 de Marzo..- OESTE: Recta alambrada (7-1) al rumbo Noroeste 8° 18´ de 23,10m. lindando con Eduardo Juan Echegaray.- Partida asignada por ATER Nº: 116.589, con un avalúo de terreno de $6.938.365,56 y de mejoras de $3.320.282,35, según plano de Mensura del agrimensor  Guillermo R. Camarano (M. 23.525) figura antecedentes de dominio a favor de Bonazzola Felipe Bautista (100%) DNI  desconocido por mi parte y con domicilio desconocido, inscripto en fecha 11 de Enero de 1941 al Tomo 54 Folio 8 vto. N° 13.- Funcionario autorizante: Escr. Juan C. CHICHIZOLA.- Superficie según título de Origen= 729,10,00 m2.- Propietario anterior: Bonazzola Dario Antonio  (100%).- Publíquese por dos días. La resolución que ordena el presente expresa en su parte pertinente: ///leguay, 05 de mayo de 2026. Proveyendo presentación electrónica de fecha 20-04-26, por cumplimentado recaudo, téngase presente. En consecuencia, proveyendo el libelo inicial y estando cumplimentado el recaudo previsto por el art. 142 del CPCC publíquese edictos por DOS DIAS en el Boletín oficial y dario local El Debate Pregón citando y emplazando a FELIPE BAUTISTA BONAZZOLA, sus herederos y/o sucesores y/o quienes se consideren con derecho sobre el inmueble individualizado en el apartado I., por el término de QUINCE DIAS, bajo los apercibimientos de ley… Fdo.:  
FABIAN MORAHAN Juez Civ. y Com. N° 1 
 
                       Gualeguay, 19      de Mayo de 2026.-]]>
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                                <updated>2026-05-27T13:35:58+00:00</updated>
                <published>2026-05-27T13:34:49+00:00</published>
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            EDICTO S/ DE LUCCA  ANTONIO DOMINGO
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://eldebatecdn.eleco.com.ar/eldebate-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure>EDICTO

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 1 de la ciudad de Gualeguay a cargo del Dr. Fabián Morahan, Secretaría Única a cargo de la Dra. Delfina Fernández, cita y emplaza por el término de DIEZ DÍAS en los autos caratulados "DE LUCCA ANTONIO DOMINGO S/ SUCESORIO AB INTESTATO", expediente Nº 12987 la que se efectuará por tres días en el Diario local El Debate Pregón, a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Don ANTONIO DOMINGO DE LUCCA, DNI N° 5.863.854, fallecido en Gualeguay el día 27 de octubre de 2025, debiendo acreditarlo dentro de dicho plazo.-
La resolución que así lo ordena en su parte pertinente expresa: “Gualeguay, 07 de mayo de 2026… Por lo demás, estando acreditado el fallecimiento del causante y el carácter de parte legítima con la documental acompañada, decrétase la apertura del juicio sucesorio de ANTONIO DOMINGO DE LUCCA, DNI N° 5.863.854, fallecido el 27/10/2025, vecino que fuera del Segundo Distrito de esta ciudad y publíquense edictos por un día en el Boletín Oficial -conforme lo establecido por el art. 2340 del Cod. Civ. y Com. -último párrafo- y por tres días en el diario local El Debate Pregón -art. 728 del CPCC-, llamando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante, quienes deberán acreditarlo dentro de los treinta y diez días respectivamente… A lo demás oportunamente. Martes y viernes para notificaciones en Secretaría. Notifíquese.- emg/Pd FABIAN MORAHAN Juez Civ. y Com. N° 1”.-
Gualeguay, Entre Ríos, a ____ de _____________________ de 2026.-]]>
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                                <updated>2026-05-27T13:32:49+00:00</updated>
                <published>2026-05-27T13:32:04+00:00</published>
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            EDICTO S/ BRUZONI CARLOS MATEO y su acumulado BELMARTINO ANGELA BIBIANA
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://eldebatecdn.eleco.com.ar/eldebate-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure>EDICTO N° 305/1
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1 de Gualeguay, Provincia de Entre Ríos, a cargo de la Dr. Fabian Morahan, Secretaría a cargo de la Dra. Delfina
Fernández, en autos caratulados: "BRUZONI CARLOS MATEO y su acumulado BELMARTINO ANGELA BIBIANA S/ SUCESORIO AB INTESTATO" Expte.:
12392, cita y emplaza por el término de DIEZ días, que se contarán a partir de la última publicación del presente, que se hará por tres días en el Boletín Oficial y en el diario local El Debate Pregón, a todos los herederos y/o sucesores que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante  ANGELA BIBIANA BELMARTINO, que falleció en fecha 5 de julio de 1919, quienes deberán acreditarlo dentro de dicho plazo.-
El auto que así lo dispone dice en su parte pertinente: “Gualeguay, 3 de julio de 2025.
Téngase presente informe actuarial que antecede. En consecuencia, atento lo ordenado en fecha 12/06/2025 y estando acreditado el fallecimiento de la causante y el carácter de parte legítima con la documental acompañada oportunamente, decrétase la apertura del juicio sucesorio de ANGELA BIBIANA BELMARTINO fallecida el 05 de julio del año 1919, vecina que fuera de esta ciudad, y publíquense edictos por tres días en el Boletín Oficial y diario local El Debate Pregón llamando durante diez días que se contarán a partir de la última publicación a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante debiendo acreditarlo dentro de dicho plazo. FABIAN MORAHAN Juez Civ. y
Com. N° 1 La presente se suscribe mediante firma digital - Acuerdo General n° 33/22 del 04.10.20 Punto 6°) Resolución STJ n° 206 del 28.10.2022.- 
Gualeguay, 22 de Abril de 2025.-]]>
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                                <updated>2026-05-27T13:30:26+00:00</updated>
                <published>2026-05-27T13:28:11+00:00</published>
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            EDICTO S/ SEGOVIA CARMEN ISABEL
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        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/judiciales/edicto-s-segovia-carmen-isabel" type="text/html" title="EDICTO S/ SEGOVIA CARMEN ISABEL" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://eldebatecdn.eleco.com.ar/eldebate-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure>EDICTO N° 350/1
 
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 1 de Gualeguay, a cargo del Dr. Fabián Morahan, Secretaría de la Dra. Delfina M. Fernández, en autos caratulados: "SEGOVIA CARMEN ISABEL S/ SUCESORIO AB-INTESTATO" Expte. Nº 12965, Año 2026, cita y emplaza por el plazo de DIEZ (10) días a contar desde su última publicación, la que se efectuará por tres veces en el diario local El Debate Pregon a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante CARMEN ISABEL SEGOVIA, DNI N° 11.950.180, fallecida en Gualeguay el día 5 de marzo de 2.026.------------------------------------------------------------------------------------------------------ El auto que lo ordena, en su parte pertinente, reza así: "Gualeguay, 17 de abril de 2.026.-…Estando acreditado el fallecimiento del causante y el carácter de parte legítima con la documental acompañada, decretase la apertura del juicio sucesorio de CARMEN ISABEL SEGOVIA, fallecida el 05/03/2026 vecina que fuera de la localidad de General Galarza, departamento Gualeguay, y publíquense edictos por un día en el Boletín Oficial -conforme lo establecido por el art. 2340 del Cod. Civ. y Com. – último párrafo- y por tres días en el diario local El Debate Pregón –art. 728 del C.P.C.C.-, llamando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, quienes deberán acreditarlo dentro de los treinta y diez días respectivamente.-…" Fdo. FABIAN MORAHAN. Juez Civ. y Com. N° 1.-]]>
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                                <updated>2026-05-16T15:07:58+00:00</updated>
                <published>2026-05-16T15:07:00+00:00</published>
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            EDICTO S/ GOMEZ MARIO FLORENCIO Y MARTINEZ MARIA ELBESIA
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://eldebatecdn.eleco.com.ar/eldebate-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure>EDICTO N° 289/1 
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1 de la Ciudad de Gualeguay, Entre Ríos, a cargo del Dr. FABIAN MORAHAN, secretaría única de quien suscribe, en los autos caratulados "GOMEZ MARIO FLORENCIO Y MARTINEZ MARIA ELBESIA S/SUCESORIO AB INTESTATO", Expte. Nº 12960, cita y emplaza por el término de diez días que se contarán a partir de la última publicación a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes MARIO FLORENCIO GOMEZ, fallecido en fecha 26/06/2015 y de MARIA ELBESIA MARTINEZ, fallecida en fecha 29/03/2016, ambos en la ciudad de Gualeguay, vecinos que fuera de la ciudad de Gualeguay, debiendo acreditarlo dentro de dicho plazo. Publíquese por tres (3) días. - La resolución que ordena el presente en su parte pertinente dice: “///-leguay, 15 de abril de 2026. (...) Estando acreditado el fallecimiento de los causantes y el carácter de parte legítima con la documental acompañada, decrétase la apertura del juicio sucesorio de MARIO FLORENCIO GOMEZ, fallecido en fecha 26/06/2015 y de MARIA ELBESIA MARTINEZ, fallecida en fecha 29/03/2016, vecinos que fueran de esta ciudad, y publíquense edictos por un día en el Boletín Oficial -conforme lo establecido por el art. 2340 del Cod. Civ. y Com. -último párrafo- y por tres días en el diario local El Debate Pregón -art. 728 del CPCC-, llamando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, quienes deberán acreditarlo dentro de los treinta y diez días respectivamente. (…) Fdo. DR. FABIAN MORAHAN – JUEZ CIV. Y COM. N° 1 “.- 
       Gualeguay,  20     abril de 2026]]>
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                <published>2026-05-16T14:44:21+00:00</published>
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            EDICTO S/ BERNARDI ELVIRA POMPEYA Y VILLANUEVA ROMUALDO ROBERTO Y SU ACUMULADO ALFREDO VILLANUEVA HUGO
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        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/judiciales/edicto-s-bernardi-elvira-pompeya-y-villanueva-romualdo-roberto-y-su-acumulado-alfredo-villanueva-hugo-1" type="text/html" title="EDICTO S/ BERNARDI ELVIRA POMPEYA Y VILLANUEVA ROMUALDO ROBERTO Y SU ACUMULADO ALFREDO VILLANUEVA HUGO" />
        <id>https://www.diariodebatepregon.com/judiciales/edicto-s-bernardi-elvira-pompeya-y-villanueva-romualdo-roberto-y-su-acumulado-alfredo-villanueva-hugo-1</id>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://eldebatecdn.eleco.com.ar/eldebate-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure>EDICTO N° 393/1 
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1 de la ciudad de Gualeguay, a cargo del Dr. FABIAN MORAHAN, Secretaría única desempeñada por la Dra. Delfina M. Fernández, en los autos “Bernardi Elvira Pompeya y Villanueva 
Romualdo Roberto y su acumulado ALFREDO VILLANUEVA HUGO 
S/ SUCESORIO AB INTESTATO”, Expte. Nº 4395, cita y emplaza por el término de DIEZ (10) DIAS a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante HUGO ALFREDO VILLANUEVA, M.I. Nº 17.887.720, vecino que fuera de 
Gualeguay, fallecido en dicha ciudad el día 02 de diciembre de 2.021.- 
La resolución que así lo ordena, dice: “Gualeguay, 08 de abril de 2.026.- … 
En consecuencia, decrétase la apertura acumulada del juicio sucesorio de HUGO ALFREDO VILLANUEVA, DNI N° 17.887.720 -hijo de los causantes de autos-, fallecido el 02/12/2021, vecino que fuera de esta ciudad, y publíquense edictos por un día en el Boletín Oficial -conforme lo establecido por el art. 2340 del Cod. Civ. y Com. -último párrafo- y por tres días en el diario local El Debate Pregón - art. 728 del CPCC-, llamando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante, quienes deberán acreditarlo dentro de los treinta y diez días respectivamente. … FABIAN MORAHAN - Juez Civ. y Com. N° 1”.- 
           Publíquese por TRES días.-            Gualeguay,    7 de mayo de 2.026.-]]>
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                                <updated>2026-05-16T14:42:42+00:00</updated>
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        <title>
            Judiciales de Entre Ríos intensifican su protesta y anuncian dos nuevos paros
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/XomC59pho665cMydJqPqOePYICA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/adjuntos/289/imagenes/000/352/0000352296.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Según se informó, las medidas de fuerza se llevarán adelante el miércoles 18 y el jueves 26 de marzo, en el marco de una profundización del conflicto que mantiene el sector con las autoridades provinciales.</p><p>La decisión fue adoptada por unanimidad durante el Plenario Provincial de Delegados de AJER, donde además se insistió en la necesidad de obtener respuestas concretas tanto por parte del Gobierno de Entre Ríos como del Superior Tribunal de Justicia (STJ).</p><p>Entre los principales reclamos, los trabajadores judiciales exigen una recomposición de los haberes y el pago del adicional por título, tal como lo establece el Estatuto del Empleado Judicial.</p><p>Además, el Plenario resolvió ratificar el estado de alerta y movilización en defensa del 82% móvil, contemplado en la actual Ley 8732, un punto que el gremio considera central dentro de sus demandas.</p><p>Desde AJER remarcaron que la continuidad de las medidas responde a la falta de respuestas satisfactorias y advirtieron que el conflicto sigue abierto.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/XomC59pho665cMydJqPqOePYICA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/adjuntos/289/imagenes/000/352/0000352296.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La Asociación Judiciales de Entre Ríos (AJER) ratificó la continuidad de su plan de lucha en reclamo de una recomposición salarial y confirmó la realización de dos nuevos paros de 24 horas.]]>
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                                <updated>2026-03-17T13:33:13+00:00</updated>
                <published>2026-03-17T13:33:05+00:00</published>
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            EDICTO S/ DRUETTA FELIPE JAVIER
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://eldebatecdn.eleco.com.ar/eldebate-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure>EDICTO JUDICIAL (Boletín Oficial – El Debate Pregón) Nro.: 095/1
En trámite por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N.º 1 de Gualeguay, a cargo del Dr. Fabian Morahan – Juez, secretaria única a cargo de la Dra. Delfina 
María Fernández, en los autos caratulados: "DRUETTA FELIPE JAVIER S/SUCESORIO AB INTESTATO", Expte. Nº12884, cita y emplaza por el término de 30 días, a contar desde la última publicación del presente, que se efectuara por un día, a herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes DRUETTA Felipe Javier, D.N.I. N°5.881.908, fallecido el 24 de Febrero de 2022, vecino que fuera de la localidad de Gr. Galarza, fallecido en la ciudad de Gualeguay, fecha de nacimiento 03 de Diciembre de 1945, hijo de Santiago Rosario Druetta y de Maria Clementina Gaudenzi, de estado civil casado con Olga Beatriz Balor. El auto que ordena el presente dice: “///leguay, 24 de febrero de 2026.- 
(…) publíquense edictos por un día en el Boletín Oficial -conforme lo establecido por el art. 2340 del Cod. Civ. y Com. - último párrafo- y por por tres días en el diario local El Debate Pregón -art. 728 del CPCC-, llamando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, quienes deberán acreditarlo dentro de los treinta y diez días respectivamente (...). - Fdo. Dr. MORAHAN Fabian Juez. 
El Dr. Costantini Luciano J, quien este designe se encuentra autorizado al diligenciamiento del presente, Saludo a Ud. Muy atentamente. 
Gualeguay, 26 de Febrero de 2026]]>
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                                <updated>2026-03-05T14:49:52+00:00</updated>
                <published>2026-03-05T14:48:34+00:00</published>
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            EDICTO S/ AZORIN TERESA
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://eldebatecdn.eleco.com.ar/eldebate-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure>EDICTO JUDICIAL N°: 103/1 
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 1, a cargo del Dr. Fabián Morahan, Secretaría Única a cargo de la Dra. Delfina Fernández, en los autos caratulados "AZORIN TERESA S/ SUCESORIO AB INTESTATO" Expte. N°: 12837, cita y emplaza por el término de diez días a contar desde la última publicación que se realizará por tres en el Boletín Oficial, y por tres días en el diario local El Debate Pregón a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante AZORÍN TERESA – M.I. 3.924.556, fallecida el 08/11/2010, vecina que fuera de esta ciudad de Gualeguay, Entre Ríos.- El auto que ordena la presente en su parte pertinente dice: “Gualeguay, 27 de noviembre de 2025.- (…) decrétase la apertura del juicio sucesorio de TERESA AZORIN fallecida el 08/11/2010, vecina que fuera de esta ciudad, y publíquense edictos por tres días en el Boletín Oficial y diario local El Debate Pregón llamando durante diez días que se contarán a partir de la última publicación a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante debiendo acreditarlo dentro de dicho plazo(…)” Fdo: FABIAN MORAHAN - Juez Civil y Comercial Nº 1.--------------------- Gualeguay, Entre Ríos, 02 de marzo de 2026.- 
PUBLIQUESE POR 3 DIAS.-]]>
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                                <updated>2026-03-05T14:46:28+00:00</updated>
                <published>2026-03-05T14:45:38+00:00</published>
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            EDICTO COGORNO LUIS ALBERTO y OTRO C/ CONTRA QUIEN O QUIENES SE CONSIDEREN CON DERECHO S/ USUCAPION
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://eldebatecdn.eleco.com.ar/eldebate-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure>EDICTO
El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1 de la ciudad de Gualeguay, a cargo del Dr. Fabian Morahan – Juez; Secretaría única desempeñada por la Dra. Delfina Fernández, en los autos caratulados “COGORNO LUIS ALBERTO y OTRO c/ CONTRA QUIEN O QUIENES SE CONSIDEREN CON DERECHO s/ USUCAPION”, EXPTE. Nº 12809, CITA y EMPLAZA por el término de quince (15) días contados a partir de la última publicación del presente, a quien o quienes se consideren con derecho sobre los inmuebles individualizados en el promocional y que a continuación se detallan, a saber: 1) fracción de terreno, con todo lo allí construido, clavado, plantado y demás que le sea anexo y le pertenezca, situada en Segunda Sección Chacras del Ejido de Gualeguay, Chacra N° 92, con frente a calle N°108 - Juan J. Arribilaga entre calle N° 20 - Néstor Furrer y calle 22- Martín Hauscarriaga, que de acuerdo con el Plano de Mensura N° 19.237, consta de una superficie de UNA HECTAREA, CUARENTA y DOS AREAS, TREINTA y NUEVE CENTIAREAS; empadronado en la Administración Tributaria de Entre Ríos, bajo Partida Inmobiliaria Nº 110.801. 2) fracción de terreno, con todo lo allí construido, clavado, plantado y demás que le sea anexo y le pertenezca, situada en la Segunda Sección Chacras del Ejido de Gualeguay, Chacra N° 108, con frente a calle N°108 /Juan J. Arribilliaga entre calle N°22 -Martin Hauscarriaga Y calle24- Jorge f. Camilón Morisse, que de acuerdo con el Plano de Mensura N° 20.392, consta de una superficie de 81 As. 09 Cas -OCHENTA y UNA AREAS  NUEVE CENTIAREAS; empadronado en la Administración Tributaria de Entre Ríos, bajo Partida Inmobiliaria Nº 111.526. Para que COMPAREZCAN A JUICIO, A ESTAR A DERECHO Y A EFECTOS DEL TRASLADO DE LA DEMANDA, POR EL TÉRMINO DE QUINCE (15) DÍAS con más la ampliación que por distancia corresponda, a contar a partir de la última publicación, la que se efectuará en el término de DOS (2) días en el Boletín Oficial y Diario local El Debate Pregón; bajo apercibimiento de nombrarle Defensor de Ausentes para que los represente. Como mejor recaudo se transcribe la resolución que así lo ordena en su parte pertinente: “Gualeguay, 18 de noviembre de 2025.- … … Téngase por promovido juicio de adquisición del dominio por usucapión de parte de LUIS ALBERTO COGORNO y LUIS ANTONIO COGORNO contra quien o quienes se consideren con derecho sobre el inmueble que se individualiza en el apartado II.- al que se le imprime tramite de juicio ORDINARIO. Hallándose cumplimentados los requisitos establecidos por el art. 669, inc. 1º del C.P.C.C -informe de dominio y plano de mensura y atento lo dispuesto por el inc. 2) de la mencionada norma legal y art. 329 del C.P.C., publíquese edictos por DOS DIAS en el Boletín oficial y diario local El Debate Pregón citando y emplazando a quien, y/o quienes se consideren con derecho sobre el inmueble individualizado, por el termino de QUINCE DIAS, bajo los apercibimientos de ley. Fdo. digitalmente por FABIAN MORAHAN Juez Civ. y Com. N° 1. “///-LEGUAY, 23 de diciembre de 2025.- … … En consecuencia, téngase por promovido juicio de adquisición de dominio por usucapión de parte de LUIS ALBERTO COGORNO y LUIS ANTONIO COGORNO contra quien o quienes se consideren con derecho sobre el inmueble que se individualiza en el apartado III punto c. al que se le imprime tramite de juicio ORDINARIO. Hallándose cumplimentados los requisitos establecidos por el art. 669, inc. 1° del CPCC -informe de dominio y plano de mensura y atento lo dispuesto por el inc, 2) de la mencionada norma legal y art. 329 del C.P.C., publíquense edictos por DOS DIAS en el Boletín oficial y diario local El Debate Pregón citando y emplazando a quien y/o quienes se consideren con derecho sobre el inmueble individualizado, por el termino de QUINCE DIAS, bajo los apercibimiento de ley. … … Fdo. digitalmente por FABIAN MORAHAN Juez Civ. y Com. N° 1”. -------------------------------

Publíquese por dos días. 
 Gualeguay, ___ de febrero de 2026.]]>
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                                <updated>2026-02-23T13:19:24+00:00</updated>
                <published>2026-02-23T13:17:14+00:00</published>
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        <title>
            EDICTO S/ TORRILLA HECTOR DARIO
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://eldebatecdn.eleco.com.ar/eldebate-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure>EDICTO DIARIO EL DEBATE PREGON N°064/1
 
El Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de Gualeguay Nº 1 a cargo del Dr. Fabián Morahan , por la Secretaría de la Dra. Delfina M. Fernandez en autos caratulados "TORRILLA HECTOR DARIO S/SUCESORIO AB 
INTESTATO", Expte. Nº 12905.-, cita y emplaza por el término de diez días que se contarán a partir de la última publicación del presente que se efectuará por TRES DIAS a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Sr. HECTOR DARIO TORRILLA, D.N.I. 5.885.299, Argentino, de estado civil casado, con último domicilio sito en Calle Asef Bichilani N° 326 de la ciudad de Gualeguay, Entre Ríos, fallecido el 20/08/2022, en la ciudad de Gualeguay, Entre Ríos, nacido en la ciudad de Gualeguay, Entre Ríos, el 18/11/1948, hijo de Plasido Torrilla y de María Felipa Meoniz.- A continuación se transcribe la parte pertinente que ordena el presente: “///leguay, 18 de febrero de 2026.- Proveyendo presentación electrónica de fecha 09/02/2026, por presentados MARIA TERESA LAPALMA, LEANDRO ARIEL TORRILLA y 
HECTOR DAVID TORRILLA por derecho propio, con el patrocinio letrado del Dr. RODRIGO ELIZALDE, con domicilio real denunciado y legal constituido, documental acompañada, por parte en el carácter invocado, acordándosele la correspondiente intervención. … Estando acreditado el fallecimiento del causante y el carácter de parte legítima con la documental acompañada, decrétase la apertura del juicio sucesorio de HECTOR DARIO TORRILLA, fallecido en fecha 20 de agosto de 2022, vecino que fuera de esta ciudad, y publíquense edictos por un día en el Boletín Oficial -conforme lo establecido por el art. 2340 del Cod. Civ. y Com. - último párrafo- y por tres días en el diario local El Debate Pregón -art. 728 del CPCC-, llamando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, quienes deberán acreditarlo dentro de los treinta y diez días respectivamente. … Líbrese oficio a la Dirección del Notariado comunicando la iniciación del presente, debiendo el mismo cumplir con los recaudos dispuestos por el Reglamento para el fuero Civil y Comercial del Poder Judicial de Entre Ríos -punto 5.5.2- y el Acuerdo S.T.J.E.R. del 14/02/1995-. … Notifíquese conforme SNE.- Fdo.: FABIAN MORAHAN Juez Civ. y Com. N° 1” El presente se publicará por (3) TRES DIAS.- Se encuentra autorizado a diligenciar el presente el Dr. Elizalde Rodrigo y/o Caballero Maricel Agustina y/o a quien este designe.- 
Gualeguay, 19 de Febrero de 2026]]>
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                <published>2026-02-23T13:14:12+00:00</published>
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            EDICTO S/ RIVERO MARIA ESTHER y acumulado SONCINI RODOLFO JOSE
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        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/judiciales/edicto-s-rivero-maria-esther-y-acumulado-soncini-rodolfo-jose" type="text/html" title="EDICTO S/ RIVERO MARIA ESTHER y acumulado SONCINI RODOLFO JOSE" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://eldebatecdn.eleco.com.ar/eldebate-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure>EDICTO BOLETIN OFICIAL N°033/1
 
El Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de Gualeguay Nº 1 a cargo del Dr. Fabián Morahan , por la Secretaría de la Dra. Delfina M. Fernandez en autos caratulados "RIVERO MARIA ESTHER y acumulado SONCINI RODOLFO JOSE S/ SUCESORIO AB INTESTATO" Expte.: 12753, cita y emplaza por el término de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del presente que se efectuará por UN DIA a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, Sr. RODOLFO JOSÉ SONCINI, D.N.I. 5.847.329, argentino, de estado civil casado, falleció en esta Ciudad de Gualeguay, el 20 de diciembre de 2016, nacido el 30 de enero de 1930 en esta ciudad de Gualeguay, Provincia de Entre Ríos, con domicilio en calle 3 de febrero N° 163 de esta ciudad de Gualeguay, Provincia de Entre Ríos.- A continuación se transcribe la parte pertinente que ordena el presente: “///leguay, 9 de febrero de 2026.- Proveyendo presentación electrónica de fecha 17/12/2025, por contestada vista por el Ministerio Fiscal, téngase presente. En consecuencia, estando acreditado el fallecimiento del causante y el carácter de parte legítima con la documental acompañada, decrétase la apertura acumulada del juicio sucesorio de RODOLFO JOSE SONCINI, fallecido el 20/12/2016, vecino que fuera de esta ciudad, y publíquense edictos por un día en el Boletín Oficial -conforme lo establecido por el art. 2340 del Cod. Civ. y Com. - último párrafo- y por tres días en el diario local El Debate Pregón -art. 728 del CPCC-, llamando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, quienes deberán acreditarlo dentro de los treinta y diez días respectivamente.- Recaratúlense las presentes actuaciones. Dése intervención al Ministerio Fiscal con los alcances del art. 722 del C.P.C.C.- Líbrese oficio a la Dirección del Notariado comunicando la iniciación del presente, debiendo el mismo cumplir con los recaudos dispuestos por el Reglamento para el fuero Civil y Comercial del Poder Judicial de Entre Ríos punto 5.5.2- y el Acuerdo S.T.J.E.R. del 14/02/1995-.- Téngase presente lo manifestado en el apartado IV y por cumplimentado el recaudo exigido por el art. 718 tercer párrafo del C.P.C.C...- Requiéranse informes a los Bancos locales.- A lo demás oportunamente.- Por lo demás, dese cumplimiento a lo ordenado en fecha 6/11/2025, y en consecuencia acredítese el pago del sellado correspondiente a la partida de nacimiento acompañada a los fines de dar intervención a Rosana Andrea Soncini. Notifíquese – Fdo.: FABIAN MORAHAN Juez Civ. y Com. N° 1 La presente se suscribe mediante firma digital - Acuerdo General n° 33/22 del 04.10.20 Punto 6°) Resolución STJ n° 206 del 28.10.2022” El presente se publicará por (1) UN DIA.- Se encuentra autorizado a diligenciar el presente el Dr. Elizalde Rodrigo y/o Caballero 
Maricel Agustina y/o a quien este designe.- 
                                                                    Gualeguay, 10 de febrero de 2026]]>
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                                                <category term="judiciales" label="Judiciales" />
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                <published>2026-02-23T13:11:28+00:00</published>
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            EDICTO S/ LOPEZ RICARDO HORACIO ALBERTO
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://eldebatecdn.eleco.com.ar/eldebate-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure>EDICTO DIARIO EL DEBATE PREGON   
N° 140/2
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Gualeguay Nº 2, a 
cargo de la Dra. ROSA M. FERNANDEZ CAMPASSO, JUEZA INTERINA 
Secretaria UNICA, desempeñada por el Dr. Sebastian LEITES, en autos 
caratulados: "LOPEZ RICARDO HORACIO ALBERTO S/SUCESORIO AB 
INTESTATO". Expte Nº 11304, cita y emplaza por el término de DIEZ (10)  DIAS, 
a contar a partir de la ultima publicación la que se efectuará por TRES (3) DIAS a 
todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante 
RICARDO HORACIO ALBERTO LOPEZ, DNI 17.735,799, fallecido el 28 de 
Octubre de 2025 en ésta Ciudad de Gualeguay.-  debiendo acreditarlo dentro 
de dicho plazo.- La resolución que ordena esta medida en su parte pertinente 
dispone: “///leguay, 10 de diciembre de 2025.-…Estando acreditado el 
fallecimiento del causante y el carácter de parte legítima con la 
documental acompañada, decrétase la apertura del juicio sucesorio 
de RICARDO HORACIO ALBERTO LOPEZ- DNI 
17735799, fallecido el 28 de octubre de 2025,   
vecino que fuera de esta ciudad, y publíquense edictos por un día 
en el Boletín Oficial l l a mando durante treinta días 
q ue se contarán a partir de la úl tima 
p ubl ic ación a todos los que se consideren con derecho a los 
bienes dejados por el causante, debiendo acreditarlo dentro 
de dicho plazo, y en el diario “El Debate Pregón” llamando durante diez 
días por tres veces, que se contarán a partir de la ultima publicación. 
Dese intervención al Ministerio Público Fiscal con los alcances del Art. 
722 del CPCC. Notifíquese conforme arts. 1° y 4° Acordada 15/18 SNE. 
Dra. ROSA M. FERNANDEZ CAMPASSO La presente se suscribe 
mediante firma digital Acuerdo General 33/32 del 04/10/2022, 
punto 6°) Resolución STJ n° 206 del 28.10.2022]]>
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                                <updated>2026-02-19T13:40:08+00:00</updated>
                <published>2026-02-05T13:37:18+00:00</published>
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