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    <title>El Debate Pregón</title>
    <subtitle>Últimas noticias de Argentina</subtitle>
    <updated>2026-08-22T12:30:04+00:00</updated>
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            El fallo sobre los desayunos y meriendas escolares permite al Gobierno de Entre Ríos continuar con la transformación del sistema alimentario
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/LZWFc3YBVJrcg5q25DBa6gvhDiQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/08/comedores.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El fallo sobre los desayunos y meriendas escolares permite al Gobierno de Entre Ríos continuar con la transformación del sistema alimentario</p><p>El Gobierno de Entre Ríos destaca la intervención de la Justicia en relación con el nuevo esquema de alimentación escolar y adoptará de manera inmediata las medidas necesarias para dar cumplimiento a la resolución.</p><p>Al mismo tiempo, el fallo ratifica las facultades del Poder Ejecutivo provincial para organizar el Programa Alimentario Escolar, determinar los mecanismos de adquisición, seleccionar los productos dentro del marco legal, establecer los menúes, definir proveedores, disponer controles y administrar los recursos.</p><p>Asimismo, la sentencia reconoce valor probatorio a la documentación técnica presentada por la Provincia y considera acreditado que la centralización de las compras surgió de un diagnóstico previo orientado a mejorar la trazabilidad, los controles y la homogeneidad de la prestación.</p><p>El Gobierno provincial valora el funcionamiento de los mecanismos institucionales de control. Una política pública que busca mayor transparencia también debe estar abierta al control de la Justicia y tener capacidad para corregir aquello que sea necesario.</p><p>En ese sentido, la Provincia realizará las adecuaciones correspondientes respecto de los productos alcanzados por la resolución. El objetivo no es defender un producto, una marca o una empresa, sino garantizar una mejor alimentación para los estudiantes entrerrianos.</p><p>La transformación del sistema comenzó a trabajarse prácticamente desde el inicio de la gestión y, luego de más de un año de trabajo, derivó en una licitación pública y abierta. El objetivo es contar con mayor trazabilidad y poder conocer qué se compra, cuánto se paga, dónde se entrega y qué recibe cada estudiante.</p><p>El nuevo esquema es mixto: desayunos y meriendas tendrán una organización provincial, mientras que los almuerzos continuarán siendo administrados por las escuelas, que seguirán realizando compras de alimentos en comercios y proveedores de cada localidad.</p><p>El Gobierno continuará analizando los fundamentos jurídicos de la sentencia y los pasos procesales correspondientes. Mientras tanto, cumplirá lo dispuesto por la Justicia y continuará avanzando con la transformación del sistema alimentario escolar, fortaleciendo los controles, la transparencia y la calidad de la alimentación que reciben los chicos entrerrianos.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/LZWFc3YBVJrcg5q25DBa6gvhDiQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/08/comedores.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La resolución no anula la licitación, no rescinde el contrato vigente, no impide el sistema centralizado de provisión ni ordena regresar al mecanismo anterior. El Gobierno provincial destacó la intervención de la Justicia, cumplirá lo dispuesto y garantizará que ningún estudiante deje de recibir su desayuno o merienda.]]>
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                <published>2026-08-22T12:30:00+00:00</published>
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            Ordenan prohibir la entrega de alimentos con sellos de advertencia de la empresa Teknofood
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/tKLFdbBTZAYVxTFc-QtpheSHj3Q=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/08/teknofood.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Al hacer lugar a la Acción de Amparo Colectivo interpuesta contra el Superior Gobierno de la Provincia, la Justicia provincial le ordenó al Estado abstenerse de ofrecer, servir o distribuir cualquier tipo de alimento no perecedero industrializado destinado a desayunos y meriendas en escuelas públicas que contenga sellos de advertencia o leyendas precautorias, conforme al artículo 12 de la Ley Nacional N.º 27642 de Promoción de la Alimentación Saludable.</p><p>El origen del conflicto</p><p>La controversia se originó con la firma del Decreto N.º 852/2026 por parte del Gobernador de la Provincia, el cual autorizó un llamado a Licitación Pública para la contratación de un servicio centralizado de provisión, logística y distribución de alimentos no perecederos destinados a los desayunos y meriendas de los comedores escolares por un plazo inicial de dos años (ciclos lectivos 2026 y 2027). De acuerdo con la denuncia de los amparistas, este nuevo modelo modificó estructuralmente el sistema alimentario tradicional, el cual consistía en que las escuelas recibían directamente fondos o insumos para adquirir e incorporar alimentos frescos, de elaboración local y con comercios de cercanía.</p><p>La nueva política impuso una centralización masiva adjudicando la provisión de alimentos industriales a la empresa TEKNOFOOD S.A. Al examinar de cerca los envoltorios de los productos industriales predeterminados de la marca "Abanderado" (de TEKNOFOOD) que estaban próximos a distribuirse, las familias constataron con alarma que estos presentaban sellos octogonales negros de advertencia. Al leer las etiquetas de ingredientes, descubrieron una composición industrial compleja que incluía harinas enriquecidas, grasas animales (óleo vacuno), aditivos complejos, humectantes (como glicerina y propilenglicol), colorantes artificiales y el azúcar listado como segundo ingrediente.</p><p>Los demandantes fundamentaron que: “...la sustitución de alimentos frescos, locales y no ultraprocesados por productos industrializados fortificados no satisface, por sí sola, el derecho a una alimentación adecuada de niños y niñas y adolescentes...”.</p><p>La red que construyó la&nbsp;demanda colectiva</p><p>Los padres de los estudiantes; AGMER; Fundación CAUCE (Cultura Ambiental, Causa Ecologista): Aportó el encuadre socio-ambiental y de defensa de los derechos colectivos; CONUER (Colegio de Nutricionistas de Entre Ríos): Aportó la perspectiva científica, advirtiendo que la adición sintética de vitaminas y minerales en ultraprocesados "no neutraliza los efectos nocivos de su matriz alimentaria" repleta de azúcares libres, sodio y aditivos químicos. Además, señalaron una flagrante incoherencia del Estado: mientras se exigían menús saludables para los almuerzos escolares (prohibiendo productos con sellos), para los desayunos y meriendas se pretendía normalizar la entrega de ultraprocesados.</p><p>La defensa de la Fiscalía de&nbsp;Estado</p><p>El Superior Gobierno de Entre Ríos, representado por el Fiscal de Estado Julio César Rodríguez Signes y el Adjunto Martín Rettore Elena, solicitó el rechazo absoluto del amparo basándose en argumentos procedimentales y normativos. Sostuvieron que el amparo era inadmisible debido a que la provincia de Entre Ríos nunca dictó una ley de adhesión formal a la Ley Nacional de Etiquetado Frontal (N.º 27642), argumentando que "no resulta posible infringirla en este territorio".</p><p>La defensa de TEKNOFOOD S.A.: La empresa adjudicataria, a través de su Director Guillermo Kemps, alegó que al tratarse de una provisión institucional para consumo dentro de las escuelas, sus envases "no llevan -ni deben llevar- sellos de advertencia" por estar exceptuados del etiquetado frontal de cara al público general, amparándose en supuestos dictámenes de organismos técnicos.La vía administrativa: El Estado pretendía que las familias dirimieran la validez de los decretos y la licitación de compras (Ley N.º 5140) ante la justicia ordinaria del fuero Contencioso Administrativo, un proceso que suele demorar años.</p><p>Los fundamentos de la&nbsp;sentencia</p><p>Frente a la exigencia estatal de obligar a los padres a transitar el largo laberinto de un juicio contencioso administrativo ordinario antes de acceder a la justicia de amparo, el magistrado resolvió: “...exigir a los amparistas el agotamiento previo de las vías ordinarias equivaldría a diferir la protección de un derecho de realización cotidiana e inmediata -la alimentación de los alumnos durante el ciclo lectivo en curso- a un momento en el que la eventual lesión ya se habría consumado, privando de eficacia práctica a la tutela perseguida.”.</p><p>El núcleo de la sentencia abordó el argumento de la falta de adhesión a la Ley de Etiquetado Frontal. El magistrado estableció que la salud de la niñez no puede estar supeditada a la inacción legislativa de una jurisdicción local: “La adhesión provincial es relevante para instrumentar el mecanismo local de fiscalización y control, mas no constituye un requisito de vigencia de la prohibición en sí, que integra un piso mínimo de protección en materia de salud pública establecido por el Congreso de la Nación...”.</p><p>Asimismo, determinó de manera indubitable que el artículo 12 de la Ley N.º 27642 (que prohíbe introducir productos con sellos en entornos escolares) es una norma operativa de aplicación inmediata y no una mera declaración programática, ya que: “El art. 12 identifica con precisión la conducta prohibida -comercializar, promocionar o publicitar-, el ámbito espacial en que rige la prohibición -los establecimientos educativos-, y el criterio objetivo que determina qué productos quedan alcanzados -la presencia de sellos de advertencia conforme al perfil de nutrientes ya definido por el Código Alimentario Argentino y el Decreto 151/2022-.”.</p><p>El magistrado dejó en claro que la intervención de la Justicia no buscaba entrometerse en el diseño o la conveniencia técnica de las políticas públicas del Poder Ejecutivo, sino verificar el estricto cumplimiento de la ley vigente. “Una cosa es elegir entre distintas alternativas jurídicamente permitidas y otra, sustancialmente diferente, sostener que la Administración dispone de libertad para apartarse de una prohibición legal expresa. El control aquí ejercido se ciñe a un juicio de legalidad estricto, circunscripto a la verificación del cumplimiento de un mandato legal puntual, previamente definido por el legislador.”.</p><p>Al confrontar la información y los pliegos acompañados por la propia demandada, el tribunal constató que existían al menos 23 productos marca "Abanderado" de la empresa TEKNOFOOD S.A. ofertados con presencia de sellos octogonales negros, evidenciando una inminente transgresión de la prohibición nacional y una amenaza directa a la salud de los alumnos.</p><p>El fallo de la sentencia</p><p>La orden impartida al Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos es categórica:</p><p>Abstenerse de ofrecer, servir, entregar o distribuir en los establecimientos educativos dependientes del Consejo General de Educación (CGE) productos alimenticios no perecederos destinados a desayunos y meriendas que contengan uno o más sellos de advertencia o leyendas precautorias.</p><p>Garantizar de forma simultánea e ininterrumpida la provisión de productos saludables no alcanzados por la prohibición, protegiendo la regularidad del servicio alimentario para miles de niños que asisten a las escuelas entrerrianas.Imponer las costas judiciales en su totalidad al Estado Provincial como parte vencida en el pleito.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/tKLFdbBTZAYVxTFc-QtpheSHj3Q=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/08/teknofood.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La Justicia de Entre Ríos hizo lugar al amparo colectivo presentado por familias, AGMER y la Fundación CAUCE. A través de un minucioso análisis de las pruebas y las posturas de los diferentes actores, el juez Juan Francisco Malvasio ordenó suspender la distribución de productos industriales con sellos de advertencia en los desayunos y meriendas de los establecimientos públicos.]]>
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                <published>2026-08-22T12:00:00+00:00</published>
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            Cambios en comedores escolares: críticas por el costo y el impacto económico en comercios locales
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/L9A-0AQ0eBtr7IGP24I57yF3bsc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/07/comedores_collage.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La reestructuración en el sistema de provisión de alimentos para los comedores escolares y comunitarios de Entre Ríos encendió un intenso debate que repercute con fuerza en Gualeguay. Mientras el Gobierno provincial fundamenta las transformaciones en la necesidad de ordenar la administración, mejorar el valor nutricional y corregir severas irregularidades detectadas en establecimientos educativos, referentes políticos locales de distintos espacios cuestionan severamente la contratación de una firma proveedora externa. Advierten sobre la fuga de capitales del circuito comercial de la ciudad y el encarecimiento global de la prestación.</p><p>La crítica local: fuga de fondos del comercio de Gualeguay y dudas sobre el costo</p><p>Desde el ámbito político de Gualeguay, dirigentes de la oposición y de sectores internos del radicalismo coincidieron en marcar los efectos negativos que tendrá la medida sobre la economía departamental y la cadena productiva.</p><p>Eduardo Della Giustina, referente de UCR Activa Entre Ríos, envió un documento en el que comparó el cambio de modelo con históricas políticas alimentarias de la provincia, señalando que pasar de compras distribuidas territorialmente a un esquema concentrado en la empresa Teknofood perjudica de forma directa a la industria y al comercio entrerriano.</p><p>"La alimentación escolar distribuida territorialmente sostiene almacenes, panaderías, supermercados, carnicerías y distribuidores de cada pueblo y ciudad. Ese dinero vuelve a circular en salarios, compras e impuestos locales", argumentó. Asimismo, puso el foco en el incremento del gasto público: "La propia ministra Verónica Berisso reconoció que el sistema actual cuesta aproximadamente $22.000 millones anuales y que con el nuevo esquema ascenderá a $42.000 millones. Si la nueva modalidad costará casi el doble, el Gobierno debe demostrar con informes técnicos qué mejora concreta justifica esa diferencia. Centralizar no es sinónimo de eficiencia".</p><p>En una línea similar, el dirigente del PJ Gualeguay, Marcelo Sánchez, cuantificó el impacto directo en la ciudad a través de sus redes sociales, estimando pérdidas millonarias para la plaza local. "$100.000.000 mensuales es lo que pierde Gualeguay por la decisión de comprar alimentos en Buenos Aires", aseveró Sánchez, advirtiendo que la privatización de la copa de leche y los refuerzos alimentarios derivará en "menos consumo local, menos trabajo en los negocios y mayor riesgo de despidos". El dirigente peronista sostuvo además que con esta modalidad "se pierde la inmediatez de la necesidad real y se raciona el hambre de los niños".</p><p>La posición del Gobierno: ordenamiento, auditorías y control de fondos</p><p>Ante las severas críticas, las autoridades provinciales salieron a defender el rediseño del servicio poniendo énfasis en el control de las partidas y en el combate a las irregularidades operativas detectadas en las instituciones.</p><p>En diálogo exclusivo con El Debate Pregón, el Director de Comedores de la Provincia, Lautaro Azzalini, detalló los motivos que impulsaron la revisión del mecanismo tradicional de transferencia directa de dinero a directivos y comisiones. Azzalini expuso situaciones anómalas descubiertas durante relevamientos e inspecciones administrativas en el territorio, ejemplificando con un caso registrado en el departamento: "En una escuela de Gualeguay faltaron diez millones de pesos", afirmó el funcionario para ilustrar las inconsistencias contables halladas entre los fondos girados y la efectiva prestación recibida por los alumnos.</p><p>Por su parte, la Ministra de Desarrollo Humano, Verónica Berisso —responsable de la carter a a nivel provincial—, respaldó públicamente la implementación del nuevo sistema de provisión de alimentos empaquetados y raciones de la empresa Teknofood. La funcionaria admitió la diferencia en el presupuesto global —que pasará de los $22.000 millones actuales a una cifra cercana a los $42.000 millones—, pero justificó la erogación argumentando que el esquema anterior presentaba graves fallas de fiscalización, desvíos y una calidad nutricional heterogénea. Según la postura ministerial, el nuevo contrato garantiza estándares bromatológicos uniformes, logística asegurada e inocuidad alimentaria en toda la provincia.</p><p>Las cifras del debate</p><p>La controversia por los comedores expone una discusión de fondo sobre la administración de los recursos públicos y sus efectos en la economía regional:</p><p>$22.000 millones vs. $42.000 millones: Es la brecha presupuestaria anual reconocida por la provincia entre el sistema de giro de fondos descentralizado y el nuevo esquema de provisión estandarizada.</p><p>$100 millones mensuales: Es el monto que, según estimaciones de la dirigencia local de Gualeguay, dejará de circular en la red de comercios, proveedores y distribuidores de la ciudad.</p><p>$10 millones: La cifra correspondiente a una de las inconsistencias detectadas en una institución educativa de Gualeguay, citada por el Director provincial de Comedores como argumento para justificar el cambio de paradigma hacia un modelo auditado.&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/L9A-0AQ0eBtr7IGP24I57yF3bsc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/07/comedores_collage.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El Ejecutivo provincial justifica la reforma en la necesidad de transparentar fondos y erradicar anomalías tras detectar faltantes millonarios en escuelas. En tanto, desde la oposición local alertan por la pérdida de casi $100 millones mensuales en el comercio del departamento y un costo provincial que casi se duplicaría.]]>
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                <published>2026-07-25T12:00:00+00:00</published>
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