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    <title>El Debate Pregón</title>
    <subtitle>Últimas noticias de Argentina</subtitle>
    <updated>2020-10-30T00:00:00+00:00</updated>
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            Precios Máximos se extiende hasta el 31 de enero
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                <![CDATA[El Debate Pregón de Gualeguay]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/L9yaIyBNK7K_xP5XTGM8yWmJOgs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/adjuntos/289/imagenes/000/387/0000387121.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Secretaría de Comercio Interior prorrogó hasta el 31 de enero próximo la vigencia de los Precios Máximos que alcanza almacenes, mercados, autoservicios, supermercados e hipermercados y rige para 18 categorías de productos, incluidos alimentos, bebidas, artículos de higiene y limpieza.</p> <p>La medida se estableció mediante la resolución 473 de la repartición encabezada por Paula Español y que se publicó el viernes en el Boletín Oficial.</p> <p>El programa de Precios Máximos se inició el 19 de marzo último y pone límites a los valores de venta al consumidor final de alimentos, bebidas, artículos de higiene y limpieza.</p> <p>En un principio se congelaron los precios de los artículos al 6 de marzo, pero a mediados de julio pasado se autorizaron aumentos de 2% a 5%; y a principios de este mes se permitieron nuevas subas entre 2% y 6%.</p> <p>Quienes deberán acatar los precios que impone el programa son los almacenes, mercados, autoservicios, supermercados e hipermercados.</p> <p>También rige para distribuidores, productores y comercializadores de muebles, obras y servicios, y prestaciones que se destinen a la producción, construcción, procesamiento, comercialización, sanidad, alimentación, vestimenta, higiene, vivienda, deporte, cultura, transporte y logística, y esparcimiento.</p> <p>Mientras, las micro, pequeñas, medianas empresas (mipymes) y establecimientos comerciales mayoristas de venta de productos de consumo masivo, son los únicos que podrán proponer sus propios precios.</p> <p>La resolución, asimismo, intimó a las empresas que forman parte integrante de la cadena de producción, distribución y comercialización "a incrementar su producción hasta el máximo de su capacidad instalada y a arbitrar las medidas conducentes para asegurar su transporte y provisión durante el período de vigencia de la presente medida".</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/L9yaIyBNK7K_xP5XTGM8yWmJOgs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/adjuntos/289/imagenes/000/387/0000387121.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El Gobierno nacional prorrogó hasta el 31 de enero próximo la vigencia de los Precios Máximos para 18 categorías de productos.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2020-10-30T00:00:00+00:00</updated>
                <published>2020-10-31T08:25:00+00:00</published>
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            Fijan nuevos precios máximos con aumentos de hasta un 6%
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        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/nacionales/fijan-nuevos-precios-maximos-aumentos-un-6-n54349" type="text/html" title="Fijan nuevos precios máximos con aumentos de hasta un 6%" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/o1quBY8hitP_ptLKbMabqWZOssE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/adjuntos/289/imagenes/000/375/0000375606.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Secretaría de Comercio Interior dio a conocer el listado con los nuevos precios máximos para 18 categorías de productos, con un aumento de entre 2% y 6%, a través de la Disposición 14/20920 publicada este miércoles en el Boletín Oficial.</p> <p>Esta disposición oficial determinó "nuevos precios máximos" para distintas categorías de productos, "los cuales tendrán la variación porcentual máxima que se establece".</p> <p>LOS PRODUCTOS</p> <p>La normativa habilita aumentos del 2% para dulces y endulzantes; leches y sus derivados; aceites que no sean de girasol; sopas, caldos, puré, aderezos, condimentos y snacks.</p> <p>También permite incrementos del 3% para alimentos congelados; bebidas; conservas, chacinados y encurtidos.</p> <p>El mismo aumento rige para los artículos de limpieza del hogar, cocina y bazar; papeles higiénicos y de cocina; harinas que no sean de trigo, fideos, galletitas y panificados.</p> <p>También se autoriza subas del 4% en alimentos para mascotas; arroz y legumbres; artículos de cuidado personal; infusiones; del 5% en el aceite de girasol y harina de trigo.</p> <p>Mientras que el incremento del 6% será para en vinos, espumantes, jugos puros de frutas y yerba.</p> <p>Además, la disposición indica además que "los precios de los productos que integran las categorías mencionadas se fijarán de conformidad con el porcentaje máximo de incremento autorizado en dicho artículo, aplicado sobre los precios vigentes al 14 de julio último".</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/o1quBY8hitP_ptLKbMabqWZOssE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/adjuntos/289/imagenes/000/375/0000375606.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La Secretaría de Comercio Interior dio a conocer el listado con los nuevos precios máximos para 18 categorías de productos]]>
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                <updated>2020-10-07T00:00:00+00:00</updated>
                <published>2020-10-08T18:05:00+00:00</published>
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