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    <title>El Debate Pregón</title>
    <subtitle>Últimas noticias de Argentina</subtitle>
    <updated>2025-02-06T12:16:42+00:00</updated>
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            Pensiones por Invalidez Laboral: El 30% de los Beneficiados No se Presentó
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/aXmEw1m3wE4zWbYBt8ZYY16RX4Y=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2025/02/pesnion.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Como parte de este proceso, en enero se realizó un muestreo en la Ciudad de Buenos Aires, analizando a 1108 beneficiarios. Los resultados iniciales generaron preocupación:</p><p>El 31,6% (357 personas) no se presentó a la convocatoria.</p><p>El 16,6% (126 personas) no cumplía con los requisitos para percibir la pensión.</p><p>Se dieron de baja 20 pensiones por fallecimiento de los beneficiarios o por decisión propia.</p><p>Si bien los resultados finales de la auditoría se conocerán en marzo, estos datos preliminares confirman la existencia de irregularidades en el otorgamiento de pensiones. En 2024, un operativo previo detectó que el 80% de 22.417 pensiones auditadas no cumplía con la normativa vigente. En consecuencia, se dieron de baja 212 pensiones cobradas desde cárceles y otras 150 pertenecientes a personas fallecidas.</p><p>El Gobierno ha identificado la falta de digitalización de los registros como un obstáculo para garantizar la transparencia en la administración de estos beneficios. Por ello, una parte clave del proceso de auditoría incluye la digitalización de los documentos de cada beneficiario, con el fin de evitar la pérdida de información y asegurar la correcta evaluación de cada caso mediante controles médicos y documentales.</p><p>Proceso de Auditoría</p><p>La auditoría se desarrollará en varias etapas:</p><p>Relevamiento de datos y verificación documental: Se analiza la documentación de cada pensionado para comprobar el cumplimiento de los requisitos exigidos por la ley.</p><p>Evaluación médica en territorio: Equipos de PAMI realizan controles presenciales para verificar el estado de salud de los beneficiarios y la veracidad de los documentos presentados.</p><p>Análisis de datos por parte de ANDIS: Se procesan los informes médicos y se cotejan con la normativa vigente.</p><p>Resolución del caso: Se decide si el beneficiario mantiene la pensión o si corresponde su suspensión por incumplimiento de los requisitos.</p><p>El proceso de auditoría continuará de manera progresiva durante todo el 2025. La meta es avanzar de forma escalonada y garantizar un análisis detallado de cada expediente antes de tomar decisiones definitivas. Se espera que en marzo el Gobierno presente un informe detallado con los resultados a nivel nacional.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/aXmEw1m3wE4zWbYBt8ZYY16RX4Y=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2025/02/pesnion.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El Gobierno nacional ha iniciado una auditoría masiva sobre las Pensiones No Contributivas por Invalidez Laboral (PNCIL) con el fin de revisar más de un millón de subsidios en todo el país. La Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) y el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI) están llevando a cabo esta revisión para detectar irregularidades y asegurar que los beneficios lleguen a quienes realmente los necesitan.]]>
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                                <category term="argentina-y-el-mundo" label="Argentina y el Mundo" />
                <updated>2025-02-06T12:16:42+00:00</updated>
                <published>2025-02-06T12:16:24+00:00</published>
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            Senado: busca aumentar la pensión de los veteranos de Malvinas
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        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/provinciales/senado-busca-aumentar-la-pension-de-los-veteranos-de-malvinas" type="text/html" title="Senado: busca aumentar la pensión de los veteranos de Malvinas" />
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/4L5gvwYlQ-ujvf8Y4Eifki93tJM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/adjuntos/289/imagenes/000/514/0000514926.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Cámara de Senadores dio media sanción a un proyecto de los justicialistas Claudia Gieco (Diamante) y del jefe de la bancada oficialista, Armando Gay (Concordia), por el que se modifica el artículo 1° de la Ley 9704 (Pensión Veteranos de Malvinas), que a su vez modifica la Ley 9216 y se incorpora a la misma los artículos 2° bis (Registro Provincial de Veteranos de Guerra) y 11° bis (Honores a Veteranos de Guerra).La iniciativa, que se trabajó de manera conjunta con funcionarios del Poder Ejecutivo, establece que la pensión se establece en la suma equivalente a cinco haberes mínimos previsionales provinciales, entre otros aspectos.“Es un proyecto que tiene como objeto modificar la Ley de Veteranos de Guerra, que tiene como protagonistas a aquellos hombres y mujeres que hace 40 años dieron todo por defender la soberanía del pueblo argentino, inclusive hasta la vida”, expresó al respecto el senador Armando Gay. “Es un texto que ponemos a consideración y que no es casualidad, sino que es el fruto de un consenso y trabajo articulado de muchos meses con todos aquellos héroes entrerrianos, como también distintas instituciones del gobierno que tienen y se involucran o se van a ver alcanzadas con esta normativa”.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/4L5gvwYlQ-ujvf8Y4Eifki93tJM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/adjuntos/289/imagenes/000/514/0000514926.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La Cámara de Senadores de la provincia dio media sanción al proyecto para aumentar la pensión de los Veteranos de Malvinas]]>
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                                <category term="provinciales" label="Provinciales" />
                <updated>2022-03-11T14:00:02+00:00</updated>
                <published>2022-03-11T13:30:00+00:00</published>
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            Pensión vitalicia para familiares de víctimas de Covid
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                <![CDATA[El Debate Pregón de Gualeguay]]>
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                                <content type="html" xml:base="https://www.diariodebatepregon.com/nacionales/pension-vitalicia-familiares-victimas-covid-n70295">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/1iwyuDlw7C2ifga-AUCq4pgf6sg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/adjuntos/289/imagenes/000/583/0000583798.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Gobierno Nacional dispuso una nueva reglamentación a la pensión graciable establecida en la Ley 27.549 del 2020, la cual establece beneficios impositivos al personal de la salud, Fuerzas Armadas, de Seguridad y otros rubros considerados esenciales durante la pandemia por covid-19. Además, se autoriza una pensión para familiares.</p> <p>La ley, sancionada a mediados del año pasado, en principio estableció la eximición del pago del Impuesto a las Ganancias por horas extras, guardias o "todo otro concepto que se liquide en forma específica y adicional en virtud de la emergencia sanitaria provocada por el covid-19" para trabajadores esenciales hasta el 31 de diciembre del año pasado.</p> <p>No obstante, la medida también dispuso el cobro de una pensión graciable vitalicia para los familiares de estos mismos trabajadores que hayan fallecido a raíz del virus entre el 1° de marzo del 2020 y el 31 de diciembre del 2020.</p> <p>Ahora, a través del Decreto 854/2021 publicado este viernes en el Boletín Oficial, el Gobierno estableció que los beneficiarios de la pensión vitalicia podrán comenzar a cobrarla una vez comenzado el trámite, y no cuando este finalmente resuelta, lo que suele tomar varios meses.</p> <p>Tal como indica la medida, esta pensión graciable "se abonará a sus beneficiarios y beneficiarias desde la fecha de solicitud para su tramitación ante la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS) o desde la fecha en que se haya solicitado en forma fehaciente ante cualquier organismo del Estado Nacional, si ello es anterior a la entrada en vigencia del presente decreto".</p> <p>Así, quienes hayan solicitado la pensión antes de este Decreto y aún se encuentren aguardando por la definición del trámite también cobrarán el beneficio acumulado correspondiente en los meses previos desde que se solicitó el inicio de la gestión.</p> <p>A qué trabajadores aplica la pensión</p> <p>Podrán solicitar la pensión los familiares de los siguientes trabajadores esenciales que hayan fallecido a raíz de la pandemia entre marzo y diciembre del año pasado:</p> <p>Profesionales, técnicos, auxiliares (incluidos los de gastronomía, maestranza y limpieza) y personal operativo de los sistemas de salud pública y privada;Personal de las Fuerzas Armadas; Personal de las Fuerzas de Seguridad; Personal de de la Actividad Migratoria; Personal de la Actividad Aduanera; Bomberos, Recolectores de residuos domiciliarios y recolectores de residuos patogénicos, que presten servicios relacionados con la emergencia sanitaria.</p> <p>Qué familiares pueden solicitar la pensión</p> <p>Según la reglamentación de la Ley 27.549, esta pensión que a partir de este viernes comienza a asignarse de forma inmediata una vez comenzado el trámite puede ser solicitada por los siguientes familiares del trabajador esencial fallecido por covid-19:</p> <p>Cónyuge supérstite: en caso de divorcio esta pensión solo procedería en caso de que "el causante tuviere a su cargo un deber alimentario en favor del derechohabiente". Conviviente supérstite: con quien el fallecido mantuvo una unión convivencial. Hijos/as solteros/as hasta los 21 años de edad: esta limitación de edad no rige si los/as hijos/as se encuentran restringidos en su capacidad o perciben alimentos establecidos hasta los 25 años. Personas a cargo del causante al momento del fallecimiento, conforme lo reglamente la autoridad de aplicación.</p> <p>Monto de la pensión</p> <p>Tal como establece la Ley 27.549, la pensión graciable supone "una suma mensual igual al doble del haber mínimo jubilatorio", es decir, $58.124 a diciembre del 2021 teniendo en cuenta que la jubilación mínima es de $29.062. A este monto se le deben aplicar también los "los aumentos de movilidad correspondientes a los otorgados a las jubilaciones ordinarias".</p> <p>Por otro lado, y tal como indica el Decreto publicado este viernes bajo las firmas del presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete Juan Manzur y el ministro de Trabajo Claudio Moroni, el cobro de la pensión para familiares de trabajadores esenciales fallecidos durante la pandemia a raíz del virus "es incompatible con cualquier otra prestación no contributiva de carácter Nacional, Provincial, Municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires".</p>]]>
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                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/1iwyuDlw7C2ifga-AUCq4pgf6sg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/adjuntos/289/imagenes/000/583/0000583798.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Ya es oficial el beneficio para familiares que podrá cobrarse en poco tiempo. El gobierno Nacional dispuso su reglamentación y se sabe a quiénes se aplica.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2021-12-21T00:00:00+00:00</updated>
                <published>2021-12-21T19:22:22+00:00</published>
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