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    <title>El Debate Pregón</title>
    <subtitle>Últimas noticias de Argentina</subtitle>
    <updated>2026-04-10T20:00:04+00:00</updated>
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            Prohibieron la venta de cremas antiedad y cosméticos irregulares
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/jlGxIHjRJM3ZWtUSN8V5vu7pdFk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/04/cremas.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la prohibición de uso, comercialización y publicidad de una serie de productos cosméticos, entre los que se destacan cremas antiedad, geles y lociones. La disposición, publicada en el Boletín Oficial, se fundamenta en la falta de trazabilidad y de inscripción ante los organismos de control.</p>Los motivos de la prohibición<p>La investigación se inició tras una inspección donde se detectó que los artículos eran ofrecidos al público sin los datos del laboratorio responsable, el número de lote ni la fecha de vencimiento. Al no contar con el registro de Establecimiento Elaborador, la ANMAT no puede garantizar bajo qué condiciones fueron fabricados ni qué ingredientes contienen realmente.</p><p>Según el organismo, la ausencia de estos controles implica que los productos son "ilegales", ya que no han pasado por las pruebas de seguridad y eficacia necesarias para entrar en contacto con la piel humana.</p>Los riesgos para la salud<p>Al tratarse de cosméticos que se aplican directamente sobre el cutis, la utilización de sustancias no autorizadas puede provocar diversas reacciones adversas. Entre los peligros mencionados por los especialistas se encuentran:</p>Dermatitis y alergias: Irritaciones severas, enrojecimiento o quemaduras químicas en la zona de aplicación.Infecciones: Posible presencia de bacterias o microorganismos por falta de esterilidad en el envasado.Toxicidad: Absorción de componentes nocivos que no figuran en el etiquetado y que pueden afectar la salud general a largo plazo.Alcance de la medida y recomendaciones<p>La prohibición se extiende a todo el territorio nacional y afecta tanto a la venta en locales físicos como a la comercialización a través de plataformas de comercio electrónico y redes sociales, donde estos productos suelen promocionarse con promesas de resultados "mágicos" o inmediatos.</p><p>Desde el organismo regulador se recomendó a la población cesar el uso de cualquier producto que no exhiba claramente el número de legajo del elaborador habilitado y el código de inscripción del producto. Asimismo, se instó a los comerciantes a retirar de inmediato estos artículos de sus estanterías para evitar sanciones legales y proteger a sus clientes de posibles daños sanitarios.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/jlGxIHjRJM3ZWtUSN8V5vu7pdFk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/04/cremas.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La medida alcanza a diversos productos destinados al cuidado del rostro y el cuerpo que no contaban con los registros sanitarios obligatorios. La autoridad nacional advirtió que su uso representa un riesgo para la salud de los consumidores.]]>
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                                <category term="argentina-y-el-mundo" label="Argentina y el Mundo" />
                <updated>2026-04-10T20:00:04+00:00</updated>
                <published>2026-04-10T20:00:00+00:00</published>
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            Rige la veda de pesca en horario nocturno en el Río Uruguay
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                                <content type="html" xml:base="https://www.diariodebatepregon.com/provinciales/rige-la-veda-de-pesca-en-horario-nocturno-en-el-rio-uruguay">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/aWSYu8suY9uXGLs_gjLb9of8wQg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2022/01/rio_uruguayjpg.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Con el objetivo de proteger la fauna íctica del río Uruguay, la Comisión Administradora del Ríos Uruguay estableció una veda para la pesca comercial, deportiva y artesanal en horario nocturno hasta el 31 de diciembre de 2023.Además, los sábados y domingos, la veda será por 24 horas para la pesca comercial y artesanal.No obstante, aclararon que sí está autorizada, durante toda la semana, la pesca deportiva en embarcaciones pero con devolución obligatoria de los peces capturados. También se permite la pesca deportiva con caña o línea desde la costa sin devolución obligatoria.Estas disposiciones no aplican a la pesca con fines de subsistencia y la de investigación, requiriéndose para este último supuesto, la previa autorización de CARU. Además, se mantiene la prohibición de pesca en todas las modalidades en la zona definida por la Resolución N° 29/07, a la altura de Puerto Yeruá.Esta resolución aplica a la jurisdicción de CARU, es decir, desde la desembocadura en el Río de la Plata hasta el kilómetro 498 donde finaliza la frontera entre Argentina y Uruguay.La veda se encuentra ya en vigencia, a partir de la publicación de la mencionada Resolución N° 101/2022 de CARU en los Boletines y Diarios Oficiales de la República Argentina y la República Oriental del Uruguay.</p><p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>Fuente: APF Digital</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/aWSYu8suY9uXGLs_gjLb9of8wQg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2022/01/rio_uruguayjpg.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La medida fue dispuesta por la Resolución N° 101/2022 de la Comisión Administradora del Río Uruguay (CARU) con la necesidad de regular la actividad de pesca ante las condiciones de bajante y el déficit de condiciones que presenta el río Uruguay para la reproducción de las diferentes especies de peces de interés comercial y deportivo.]]>
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                                <category term="provinciales" label="Provinciales" />
                <updated>2023-01-10T21:00:03+00:00</updated>
                <published>2023-01-10T21:00:00+00:00</published>
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            Prohibieron la fabricación y venta en todo el país de un aceite de girasol
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/actualidad/prohibieron-la-fabricacion-y-venta-en-todo-el-pais-de-un-aceite-de-girasol" type="text/html" title="Prohibieron la fabricación y venta en todo el país de un aceite de girasol" />
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/dKkUr1eN73oBB4x9wfbt4o16krU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2022/03/aceiteluna.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el país de un aceite de girasol luego de haber sido calificado como "ilegal" por el organismo controlador."Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta en línea el producto: 'Aceite de girasol, marca: Aceitera Luna, Fraccionado por Aceitera Luna SRL, Rodríguez Peña 2338, San Martín, pcia. de Buenos Aires', por carecer de registros de establecimiento y de producto, resultando ser en consecuencia productos ilegales", según se indicó a través de la Disposición 1819/2022 publicada este miércoles en el Boletín Oficial.Además en la normativa se prohibió también la comercialización de "todos aquellos productos que exhiban en sus rótulos los registros sanitarios RNE N° 01000585 y RNPA N° 01012999 (que son utilizados por el citado aceite) por ser productos falsamente rotulados que utilizan un RNE y RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia ilegales".En los fundamentos se indicó que las actuaciones se iniciaron a partir de un procedimiento realizado por la oficina de bromatología de la municipalidad de Rivadavia, en Mendoza, que detectó la comercialización del producto “Aceite de girasol, marca: Aceitera Luna, Cont. neto 4,5 litros, RNE N° 01000585, RNPA N° 01012999, Lote Setiembre 2021, consumir preferentemente antes de diciembre 2023, Fraccionado por Aceitera Luna SRL, Rodriguez Peña 2338, San Martín, pcia. de Buenos Aires", que de acuerdo a lo determinado por el organismo "no cumpliría con la normativa alimentaria vigente".Frente a esta situación, la Dirección de Nutrición e Higiene de Mendoza realizó a través del SIFeGA (Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos) la consulta a la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios (DIPA) de la provincia de Buenos Aires, a fin de verificar si el producto investigado se encuentra autorizado, a lo que informó que "el registro es inexistente".Luego la DIPA realizó una inspección en el domicilio que se exhibe en el rotulo del producto investigado, donde constató que el depósito se encontraba cerrado, pero se pudo confirmar que en el lugar funcionaba una aceitera.Además se pudo determinar que en el marco de otra investigación que involucró a un producto con idénticos números de registros de RNE y RNPA, el 17 de diciembre de 2019 se prohibió la comercialización en todo el país del “Aceite comestible, marca Caracas, girasol blends, RNE N° 01-000585, RNPA N° 01-037505”.En ese contexto se estableció que el producto estaba en infracción del Código Alimentario Argentino (CAA), por carecer de registros de establecimiento y de producto, resultando ser en consecuencia productos ilegales."A fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de un producto alimenticio que carece de registros, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la elaboración, el fraccionamiento y la comercialización en todo el territorio nacional", se puntualizó en la disposición del ANMAT.&nbsp;</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/dKkUr1eN73oBB4x9wfbt4o16krU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2022/03/aceiteluna.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>A través de una disposición emitida por la ANMAT se informó que es para “proteger la salud de los ciudadanos”, dado que el producto no cumplía con las normas establecidas por el Código Alimentario Argentino.]]>
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                                <category term="actualidad" label="Actualidad" />
                <updated>2022-03-09T11:53:58+00:00</updated>
                <published>2022-03-09T11:46:18+00:00</published>
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            Falsificación: se prohíbe la venta de una mayonesa muy conocida
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        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/argentina-y-el-mundo/falsificacion-se-prohibe-la-venta-de-una-mayonesa-muy-conocida" type="text/html" title="Falsificación: se prohíbe la venta de una mayonesa muy conocida" />
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.diariodebatepregon.com/argentina-y-el-mundo/falsificacion-se-prohibe-la-venta-de-una-mayonesa-muy-conocida">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Y7DrH0v0CfgSFOhDsa_wIFHFmCU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2022/01/mayonesajpg.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Disposición 492/2022 establece la prohibición de "la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del producto falsificado en cuyo rótulo luce: Mayonesa reducida en valor lipídico libre de gluten sin tacc, marca: NATURA, nombre de fantasía: mayonesa con jugo de limón, RNE: 19000208-9, RNPA: 19010390, VEN: 28/03/22 05 L: 01/07/21 2138 1V4?.Es porque carecen de registros y por estar "falsamente rotulado al utilizar registros de un establecimiento y producto pertenecientes a la firma NIZA S.A, resultando ser un producto ilegal".En su considerando sostiene que el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos recibió una denuncia por parte de la firma "NIZA SOCIEDAD ANÓNIMA", titular de la marca NATURA, con relación a la comercialización del producto que no cumple la normativa vigente por tratarse de uno falsificado que utiliza la información de un alimento genuino, carece de registro y se encuentra falsamente rotulado.Ante ello, el Departamento de Inspección Sanitaria del INAL, realizó una inspección en un comercio barrial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sito en Av. Caseros 1953. Allí se verificó la comercialización del producto; se procedió a la toma de muestra para el análisis del rotulado y se dejó mercadería intervenida hasta tanto la autoridad sanitaria se expida al respecto.Luego, el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del INAL notificó y solicitó a la firma NIZA S.A, informe sobre las características de identificación del producto genuino, su envase y rotulación y en la documentación se observa que el principal elemento distintivo detectable a simple vista es que el frente del producto genuino presenta una imagen de una pechuga con rodajas de limón y tomate en la base de un plato, mientras que en el producto falsificado, la imagen central es medio tomate, rabanitos, huevo, camarón.Como consecuencia se determinó que es un producto "falsificado" por carecer de registros y estar falsamente etiquetado al consignar en su rótulo los registros de establecimiento y producto pertenecientes a la razón social NIZA S.A, marca Natura. Así resulta un producto ilegal y que por lo tanto, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República.Con el fin de "proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales" el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomendó prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización del mencionado alimento. El Once</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Y7DrH0v0CfgSFOhDsa_wIFHFmCU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2022/01/mayonesajpg.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>En el caso de la mayonesa se determinó que es un producto "falsificado" por carecer de registros y estar falsamente etiquetado. También impidió las ventas de un agua destilada y una marca de té.]]>
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                                <category term="argentina-y-el-mundo" label="Argentina y el Mundo" />
                <updated>2022-01-20T12:16:25+00:00</updated>
                <published>2022-01-20T12:05:39+00:00</published>
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        <title>
            Prohibieron la comercialización de un aceite de girasol
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/argentina-y-el-mundo/prohibieron-la-comercializacion-un-aceite-girasol-n58812" type="text/html" title="Prohibieron la comercialización de un aceite de girasol" />
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                <![CDATA[El Debate Pregón de Gualeguay]]>
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                                <content type="html" xml:base="https://www.diariodebatepregon.com/argentina-y-el-mundo/prohibieron-la-comercializacion-un-aceite-girasol-n58812">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/taPl89aysaJ6OQCjJ6fCeVknUwQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/adjuntos/289/imagenes/000/449/0000449218.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>A través de la disposición 1532/2021, publicada en el Boletín Oficial, Anmat informó que retiró del mercado el producto "Aceite de Girasol, marca Ybarra, RNPA 02-146234 elaborado por RNE 02-0007188", por carecer de registros de establecimiento y por estar falsamente rotulado al exhibir en el rotulo un número de RNE y RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.</p> <p>Ante ello, por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, "no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República", explica el documento.</p> <p>En tanto, a fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registro, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la comercialización en todo el territorio nacional del citado alimento, así como también todos aquellos productos que en sus rótulos indiquen el registro de RNE mencionado.</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/taPl89aysaJ6OQCjJ6fCeVknUwQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/adjuntos/289/imagenes/000/449/0000449218.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Anmat prohibió la elaboración, el fraccionamiento y la comercialización en todo el territorio nacional de un aceite de girasol.]]>
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                                <category term="argentina-y-el-mundo" label="Argentina y el Mundo" />
                <updated>2021-03-01T00:00:00+00:00</updated>
                <published>2021-03-01T14:25:00+00:00</published>
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