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    <title>El Debate Pregón</title>
    <subtitle>Últimas noticias de Argentina</subtitle>
    <updated>2026-02-19T13:40:08+00:00</updated>
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            Gualeguay: tras veredicto de un jurado popular, condenan a dos años de prisión a un hombre
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/3nQqJOfV259_3187Kde761ny8uE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2025/10/gv.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El juez técnico y vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguay, Dardo Tórtul condenó hoy a J.A.S a la pena de dos años de prisión efectiva. Fue luego de que un jurado popular lo declarara “culpable”, el pasado 16 de octubre, del delito «menor incluido de lesiones leves agravadas por el vínculo y por ser producidas en un contexto de violencia de género». previsto en los arts. 45, 89,92, 80 incs. 1 y 11 del Código Penal y en calidad de autor.</p><p>El magistrado también prorrogó la prisión preventiva domiciliaria con tobillera de J.A.S hasta la firmeza de la condena o que se vuelva ejecutable la sentencia.</p><p>Durante el proceso, dirigido por el juez Tórtul, y que se desarrolló en los Tribunales de la ciudad, el Ministerio Público Fiscal estuvo representado por la fiscal Ana Paula Elal y en la defensa del imputado actuó la abogada Agustina Quattrocchi.</p><p>El juicio por jurado popular fue el centésimo cuadragésimo quinto que se llevó a cabo en la provincia desde la implementación de este sistema de juzgamiento penal.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/3nQqJOfV259_3187Kde761ny8uE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2025/10/gv.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El magistrado también prorrogó la prisión preventiva domiciliaria con tobillera hasta la firmeza de la condena o que se vuelva ejecutable la sentencia.]]>
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                                <category term="locales" label="Locales" />
                <updated>2026-02-19T13:40:08+00:00</updated>
                <published>2025-10-28T14:01:18+00:00</published>
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            Jurado popular de Gualeguay declaró culpable por lesiones a un hombre: descartaron la tentativa de homicidio
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        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/locales/jurado-popular-de-gualeguay-declaro-culpable-por-lesiones-a-un-hombre-descartaron-la-tentativa-de-homicidio" type="text/html" title="Jurado popular de Gualeguay declaró culpable por lesiones a un hombre: descartaron la tentativa de homicidio" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/e_Iw7Oof8Q8G9OkLE0jf2VGfQFg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2025/05/tribunales_de_gualeguay.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Este jueves el jurado popular que fue seleccionado para el juicio que se le sustanció a José Alberto Silva alcanzó su veredicto y lo declaró "culpable" del delito "menor incluido de lesiones leves agravadas por el vínculo y por ser producidas en un contexto de violencia de género". De esa manera, descartó la imputación por homicidio en grado de tantativa por la que llegó a juicio.</p><p>La audiencia de cesura será el lunes 20 de octubre, &nbsp;a las 9 hs, en los Tribunales de la ciudad.</p><p>El proceso, que comenzó lunes, fue dirigido por el juez técnico &nbsp;y vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguay, Dardo Tórtul.</p><p>El magistrado, luego de conocerse el veredicto, le impuso a Silva prisión domiciliaria con tobillera electrónica.</p><p>El Ministerio Público Fiscal estuvo representado por la fiscal Ana Paula Elal y en la defensa del imputado actuó la abogada Agustina Quattrocchi.</p><p>Fué el centésimo cuadragésimo quinto juicio que se llevó a cabo en la provincia desde la implementación de este sistema de juzgamiento penal.&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/e_Iw7Oof8Q8G9OkLE0jf2VGfQFg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2025/05/tribunales_de_gualeguay.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Este jueves el jurado popular que fue seleccionado para el juicio que se le sustanció a José Alberto Silva alcanzó su veredicto y lo declaró "culpable...]]>
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                <updated>2026-02-19T13:40:08+00:00</updated>
                <published>2025-10-16T23:19:12+00:00</published>
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        <title>
            “El Tribunal de Penas aplicó sanciones en varias categorías de la Liga de Gualeguay
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        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/deportes/el-tribunal-de-penas-aplico-sanciones-en-varias-categorias-de-la-liga-de-gualeguay" type="text/html" title="“El Tribunal de Penas aplicó sanciones en varias categorías de la Liga de Gualeguay" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/d2GA_hRyGHltW0NY60qaHBNApW0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2025/05/liga_departamental_de_futbol_de_gualeguay.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Suspensiones dictadasQuilmes vs. Sociedad Sportiva (5ª división – 23/08/2025)• Árbitro Gustavo Daniel Parada: 15 días de suspensión (Arts. 273, 32 y 33 del R.T.P.).Urquiza vs. Quilmes (1ª división – 22/08/2025)• Director Técnico de Quilmes, Diego Amadeo Cevasco (DNI 16.608.635): 3 meses de suspensión (Arts. 260, 197, 184, 32 y 33 del R.T.P.).Libertad vs. El Progreso (5ª división – 30/08/2025)• Jugador de Libertad, Mateo Augusto Servín (DNI 49.565.055 – Nº 4): 1 partido de suspensión (Arts. 287 inc. 5, 32 y 33 del R.T.P.).Gualeguay Central vs. Barrio Norte (4ª división – 30/08/2025)• Jugador de Gualeguay Central, Benjamín Peralta (DNI 49.989.099 – Nº 13): 3 partidos de suspensión (Arts. 204, 48 inc. a) 1°, 32 y 33 del R.T.P.).Firma del Tribunal<p>El boletín lleva la rúbrica de los integrantes del Tribunal de Penas: Dr. Ángel S. Sap, Juan José Reyna, Nelson D. Burgo y Luciano Antonelli</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/d2GA_hRyGHltW0NY60qaHBNApW0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2025/05/liga_departamental_de_futbol_de_gualeguay.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El Tribunal de Penas de la Liga Departamental de Fútbol de Gualeguay, en su sesión ordinaria del miércoles, emitió el Boletín Oficial Nº 1156 con resoluciones sobre distintos encuentros correspondientes a la “Copa 50 Aniversario – Grupo El Rodeo”]]>
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                                <category term="deportes" label="Deportes" />
                <updated>2026-02-19T13:40:08+00:00</updated>
                <published>2025-09-04T00:18:40+00:00</published>
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        <title>
            Tribunal de Penas: sanciones y citaciones tras la 9ª fecha del Oficial 2025
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/d2GA_hRyGHltW0NY60qaHBNApW0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2025/05/liga_departamental_de_futbol_de_gualeguay.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La sesión del miércoles 20 de agosto, presidida por el Dr. Ángel S. Sap junto a los miembros Juan José Reyna, Nelson D. Burgo y Luciano Antonelli, resolvió lo siguiente:</p>Expediente 5824/25 – Quinta división: Libertad vs G. Central (09/08/2025)Walter Damián Etala (Libertad): 1 fecha de suspensión (Arts. 287 inc. 6, 32 y 33).Expediente 5836/25 – Primera división: Bancario vs La Academia (17/08/2025)Franco Antonio Bisheimer (La Academia): Eximido de penas (Arts. 39, 32 y 33).Árbitro Facundo Barreto: citado a declarar el 27/08.Expediente 5837/25 – Sexta división: Barrio Norte vs El Progreso (17/08/2025)Sergio Daniel Camejo (Aux. 2 – El Progreso): 3 fechas de suspensión (Arts. 260, 186, 32 y 33).Expediente 5838/25 – Tercera división: Barrio Norte vs El Progreso (17/08/2025)Gustavo Marcelo Bidegain (Barrio Norte): 1 fecha de suspensión (Art. 207 inc. m).Lautaro Martín Quintana (El Progreso): 5 fechas de suspensión (Art. 186).Citación: Enzo Javier Basualdo y Luciano Horacio Garibotti deberán declarar el 27/08.Expediente 5839/25 – Sexta división: Urquiza vs Juventud (Carbo) (16/08/2025)Rafael Hernán Carnero (Urquiza): 2 fechas (Art. 203).Jeremías Gerónimo Barrios (Urquiza): 5 fechas (Art. 185).Ignacio Enrique Godoy (Juventud): 2 fechas (Art. 287 inc. 5).Benjamín Ibarra Leuze (Juventud): 2 fechas (Art. 203).Expediente 5840/25 – Primera división: Urquiza vs Juventud (Carbo) (16/08/2025)Ricardo Daniel Ocampo (Urquiza): 5 fechas (Art. 200 inc. a)7, 48 inc. a)1).Expediente 5841/25 – Cuarta división: G. Central vs Quilmes (16/08/2025)Nicolás Domínguez (G. Central): 1 fecha (Art. 204).Expediente 5842/25 – Tercera división: G. Central vs Quilmes (16/08/2025)Elio Lisandro García (G. Central): 1 fecha (Art. 207 inc. m).Expediente 5843/25 – Primera división femenina: Sportiva vs Libertad (17/08/2025)Laura Medina Bello (Sportiva): 1 fecha (Art. 207 inc. m).Danisa Schultheis (Sportiva): 2 fechas (Art. 201 inc. b)7).Expediente 5844/25 – Sexta división: Sportiva vs Libertad (17/08/2025)Fermín Denoni Neffa (Sportiva): 1 fecha (Art. 287 inc. 5).Alejo Isaías Trezza (Libertad): 1 fecha (Art. 207 inc. m).Expediente 5845/25 – Cuarta división: Sportiva vs Libertad (16/08/2025)Bautista U. Berna Delgado (Sportiva): 3 fechas (Art. 186 y 48 inc. a)1).Andrés Misael Otero (Libertad): 5 fechas (Art. 199).Expediente 5846/25 – Tercera división: Sportiva vs Libertad (16/08/2025)Francisco Crespo (Sportiva): 5 fechas (Art. 199).Expediente 5847/25 – Primera división: Sportiva vs Libertad (16/08/2025)Lisandro Mallarino (Libertad): 1 fecha (Art. 204).Expediente 5848/25 – Acumulación de amarillas (Art. 208)<p>Suspendidos con 1 partido por llegar a 5 tarjetas amarillas consecutivas:</p>Sofía Micaela Mansilla (Barrio Norte).Enzo Ariel Otero (El Progreso).Luciano Huck (Libertad).<p>📌 Citación: Los citados a declarar deberán presentarse el miércoles 27 de agosto a las 20.00 hs en la sede de la Liga (Julio A. Roca 210, Gualeguay), bajo apercibimiento de ser declarados en rebeldía.</p><p>📄 Firmaron: Juan José Reyna – Nelson D. Burgo – Luciano Antonelli – Dr. Ángel S. Sap</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/d2GA_hRyGHltW0NY60qaHBNApW0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2025/05/liga_departamental_de_futbol_de_gualeguay.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El Tribunal de Penas de la Liga Departamental de Fútbol de Gualeguay, en su sesión del 20 de agosto, dio a conocer el Boletín Oficial Nº 1154 con las resoluciones correspondientes a distintos encuentros disputados el fin de semana pasado, tanto en divisiones juveniles como en primera]]>
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                                <category term="deportes" label="Deportes" />
                <updated>2025-08-21T14:19:11+00:00</updated>
                <published>2025-08-21T14:16:15+00:00</published>
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            Tribunal de Penas: duras sanciones tras agresión a un árbitro
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        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/deportes/tribunal-de-penas-duras-sanciones-tras-agresion-a-un-arbitro" type="text/html" title="Tribunal de Penas: duras sanciones tras agresión a un árbitro" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/2UcvWnKz_Lpequx9yGawzMMoC0A=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2025/07/urquiza_2.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Caso Silguero – Agresión al árbitro y suspensión del partido<p>El hecho más relevante ocurrió el 6 de julio, en el encuentro de primera división entre La Academia y Atlético Urquiza, correspondiente a la 4ª fecha de la 2ª rueda de la Copa 50° Aniversario – Grupo El Rodeo.A los 45 minutos del primer tiempo, el árbitro Mauricio Méndez sancionó penal para La Academia, lo que generó la violenta reacción del jugador Mauricio Damián Silguero (N° 6, Urquiza), quien insultó al juez, intentó cabecearlo y finalmente le aplicó un golpe de puño en el rostro, provocándole lesiones.El árbitro debió suspender el partido a los 48 minutos y presentó informe acompañado por denuncia policial y certificado médico.</p><p>Tras analizar pruebas, el Tribunal resolvió:</p>Sancionar a Silguero con 2 años y medio de suspensión (arts. 32, 33 y 183 RTP).Dar por finalizado el encuentro adjudicando el triunfo 1-0 a La Academia (arts. 106 inc. g y 152 RTP).Otras sanciones del Boletín N° 1150<p>Expedientes destacados:</p>Tercera división (13/07): Juventud y F. Unidos vs. La AcademiaÁrbitro Hugo Rodríguez: 15 días de suspensión (arts. 31, 32 y 33).Quinta división femenina (19/07): Urquiza vs. QuilmesCeleste Acosta Serra (Urquiza): 1 partido.Encuentros La Academia vs. G. Central (20/07):Alejo Reynoso (quinta, G. Central): 1 partido.Joaquín Ferreyra Villalba (tercera, La Academia): 1 partido.Gian Lucas Ricalde (primera, G. Central): 2 partidos.Sportiva vs. Urquiza (19 y 20/07):Tobías González (auxiliar Sportiva): suspensión provisional y citación.Mateo Berardi (Urquiza): 3 partidos.Héctor Galarza (auxiliar Urquiza): suspensión provisional y citación.Tobías Villar (Sportiva): 3 partidos.Libertad vs. Barrio Norte (20/07):Valentino Piropan Moran (Libertad): 2 partidos.Eduardo Acosta (Barrio Norte): 4 partidos.Damián Cantoni (auxiliar B. Norte): 3 partidos.Acumulación de amarillas:Jugadores suspendidos 1 partido: Patricia Velázquez (El Progreso), Axel Otero (C. Bancario), Walter Ramírez, Lautaro Casavecchia y Conrado Besel (La Academia), Ángel Aranda (Juventud y F. Unidos).2 partidos: Franco Colazo (El Progreso), Jorge González (Quilmes).<p>El boletín completo incluye sanciones en todas las divisiones, citaciones a declarar y medidas por acumulación de tarjetas.</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/2UcvWnKz_Lpequx9yGawzMMoC0A=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2025/07/urquiza_2.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>En su sesión ordinaria del 23 de julio, el Tribunal de Penas de la Liga Departamental de Fútbol emitió el Boletín Oficial N° 1150, que incluye una fuerte sanción a Mauricio Damián Silguero, jugador de Atlético Urquiza, por agredir al árbitro Mauricio Méndez durante el partido ante La Academia, disputado el 6 de julio por la “Copa 50° Aniversario – Grupo El Rodeo”.]]>
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                                <category term="deportes" label="Deportes" />
                <updated>2025-07-24T13:46:33+00:00</updated>
                <published>2025-07-24T13:42:05+00:00</published>
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        <title>
            El Tribunal de Penas de la Liga Departamental de Fútbol de Gualeguay anunció las sanciones de la segunda fecha
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/deportes/el-tribunal-de-penas-de-la-liga-departamental-de-futbol-de-gualeguay-anuncio-las-sanciones-de-la-segunda-fecha" type="text/html" title="El Tribunal de Penas de la Liga Departamental de Fútbol de Gualeguay anunció las sanciones de la segunda fecha" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/sjkL5fbqdfxNv49REyKs_P-M6qg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2025/06/s_1.JPG" class="type:primaryImage" /></figure><p>La reunión del tribunal contó con la presencia del Dr. Ángel S. Sap, Juan José Reyna, Nelson D. Burgo y Luciano Antonelli, quienes analizaron los diversos expedientes presentados.</p><p>&nbsp;</p>Suspensiones destacadas por incidentes de juego<p>Entre las resoluciones más relevantes, se destacan varias suspensiones para jugadores y auxiliares técnicos de diversas categorías:</p><p>Mateo Malarino (La Academia - Séptima División): Recibió tres (3) partidos de suspensión por infracciones a los Arts. 204, 48 inc. a) 1°, 32 y 33 del RTP, tras el encuentro ante B. Norte.</p><p>Rodolfo Julián Estape (Urquiza - Cuarta División): Fue sancionado con tres (3) partidos de suspensión (Arts. 204 y 48 inc. a) 1°, 32 y 33 del RTP) por su actuación en el partido contra C. Bancario.</p><p>Nazareno Juan Boullon (El Progreso - Primera División): Deberá cumplir tres (3) partidos de suspensión (Arts. 186, 48 inc. 2°, 32 y 33 del RTP) a raíz del encuentro frente a G. Central.</p><p>Agustín Keller (Juventud - Quinta División): Se le aplicaron tres (3) partidos de suspensión (Arts. 200 inc. a) 1, 32 y 33 del RTP) tras el partido con S. Sportiva.</p><p>Maximiliano Ezequiel Leguizamón (S. Sportiva - Primera División): Fue suspendido por tres (3) partidos (Arts. 200 inc. a) 1°, 32 y 33 del RTP) por su participación en el cotejo ante Juventud y F. Unidos.</p>Sanciones a cuerpos técnicos y situaciones particulares<p>&nbsp;</p><p>El Tribunal también aplicó suspensiones a auxiliares técnicos, reflejando la importancia del comportamiento en el banco de suplentes:</p><p>Cesar Juan Ojeda (Aux. 3 - Urquiza - Primera División): Recibió una sanción de tres (3) partidos (Arts. 260 y 186, 32 y 33 del RTP).</p><p>Marcelo F. Sobradelo e Irigoyen (Aux. 1 - S. Sportiva - Primera División): Se le aplicaron tres (3) partidos de suspensión (Arts. 260 y 186, 32 y 33 del RTP).</p><p>Santiago Joaquín Juarez (Aux. 1 - Juventud - Primera División): Sancionado con tres (3) partidos de suspensión (Arts. 260 y 287 inc. 5), 32 y 33 del RTP).</p><p>Daniel Emanuel Carballo (Aux. 2 - Juventud - Primera División): También recibió tres (3) partidos de suspensión (Arts. 260 y 287 inc. 5), 32 y 33 del RTP).</p><p>Jesús Orlando Córdoba (Aux. 3 - Quilmes - Primera División): Fue suspendido por tres (3) partidos (Arts. 260 y 186, 32 y 33 del RTP).</p><p>&nbsp;</p>Citas a declarar y acumulación de amarillas<p>&nbsp;</p><p>Una situación destacada es la suspensión provisional y citación a declarar de la jugadora Paloma Zapata (43.633.386) de Sociedad Sportiva, por una denuncia de agresión verbal por parte del árbitro del encuentro de primera división. Zapata deberá presentarse ante el tribunal el próximo miércoles 2 de julio a las 20:00 horas, bajo advertencia de ser declarada en rebeldía si no asiste.</p><p>Finalmente, el boletín informó sobre las suspensiones por acumulación de tarjetas amarillas (Artículo 208º del Reglamento de Transgresiones y Penas):</p><p>Un (1) partido de suspensión para Cristian Ariel Cáceres (El Progreso), Mauricio Aranda (Quilmes), Thiago Exequiel Zapata (C. Bancario) y Franco Antonio Bisheimer (La Academia), por acumular cinco amonestaciones consecutivas.</p><p>Dos (2) partidos de suspensión para Genaro M. Larrateguy Garibotti (Libertad), al acumular cinco amonestaciones por segunda vez en la misma temporada.</p><p>Los detalles completos de las resoluciones se encuentran disponibles en el Boletín Oficial Nº 1146 de la Liga Departamental de Fútbol de Gualeguay.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/sjkL5fbqdfxNv49REyKs_P-M6qg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2025/06/s_1.JPG" class="type:primaryImage" /></figure>Gualeguay, 25 de junio de 2025 – El Tribunal de Penas de la Liga Departamental de Fútbol de Gualeguay emitió hoy su Boletín Oficial Nº 1146, detallando las resoluciones de la sesión ordinaria celebrada el 25 de junio de 2025. Las sanciones corresponden a los encuentros disputados el pasado 21 y 22 de junio, en el marco de la 2ª fecha de la 2ª rueda de la "Copa 50 aniversario – Grupo El Rodeo".]]>
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                <updated>2026-02-19T13:40:08+00:00</updated>
                <published>2025-06-26T13:30:21+00:00</published>
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            Difundieron datos de las fiscales propuestas para Gualeguay
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        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/locales/difundieron-datos-de-las-fiscales-propuestas-para-gualeguay" type="text/html" title="Difundieron datos de las fiscales propuestas para Gualeguay" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/XomC59pho665cMydJqPqOePYICA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/adjuntos/289/imagenes/000/352/0000352296.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La mencionada normativa exige que ante todo pedido de acuerdo del Poder Ejecutivo, para el nombramiento de magistrados y/o funcionarios públicos, se siga un procedimiento (a saber: &nbsp;Publicidad, Consulta Ciudadana, Informes, Audiencia Pública, Confección de Dictamen, Sesión Pública),&nbsp;La publicación hecha en el Boletín Oficial de este viernes, según indica el documento: “es a los fines de permitir a la ciudadanía y organizaciones en general, el ejercicio del derecho a manifestarse fundadamente y por escrito respecto de las calidades y méritos de los candidatos propuestos dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la segunda publicación y ante esta Comisión de Asuntos Constitucionales y Acuerdos (Art. 19 Inciso b) Reglamento (H.C.S.).&nbsp;Las manifestaciones por escrito que la ciudadanía desee realizar deberán presentarse de lunes a viernes en el horario de 9 a 12 horas Mesa de Entradas de la H. Cámara de Senadores o vía email en formato PDF a la siguiente dirección: comisiones_ferrutti@mailsenadoer.gob.ar”.</p><p>Una vez transcurridos los diez días llegará la etapa de Informes, en la cual la Comisión podrá requerir a los organismos públicos y/o privados, informes atinentes a la situación del candidato y en referencia al cargo a cubrir.&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/XomC59pho665cMydJqPqOePYICA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/adjuntos/289/imagenes/000/352/0000352296.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Siguiendo el artículo 19 del reglamento de la Cámara de Senadores, este viernes se dieron a conocer los antecedentes de 26 funcionarios, entre los que se encuentran dos candidatas de Gualeguay. Ellas son la Dra. Ana Elal, propuesta para el cargo de Fiscal Auxiliar Nº1, y la Dra. Maite Burruchaga, quien aspira a la plaza  de Fiscal Auxiliar Nº2, ambas de los tribunales locales.]]>
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                                <category term="locales" label="Locales" />
                <updated>2025-05-24T11:00:03+00:00</updated>
                <published>2025-05-24T11:00:00+00:00</published>
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        <title>
            Boletín Oficial N°1137: Sanciones y resoluciones tras la segunda fecha de la &quot;Copa 50 Aniversario – Grupo El Rodeo&quot;
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        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/deportes/boletin-oficial-n1137-sanciones-y-resoluciones-tras-la-segunda-fecha-de-la-copa-50-aniversario-grupo-el-rodeo" type="text/html" title="Boletín Oficial N°1137: Sanciones y resoluciones tras la segunda fecha de la &quot;Copa 50 Aniversario – Grupo El Rodeo&quot;" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/a1OkyYpOhBxSfJOYGnPXlgmDL3g=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2025/04/tribunal.JPG" class="type:primaryImage" /></figure>Traslados por supuestas transgresiones<p>Se enviaron traslados formales a los clubes Centro Bancario Gualeguay y Juventud y F. Unidos, para que efectúen los respectivos descargos ante supuestas transgresiones reglamentarias por parte de sus cuerpos técnicos, ocurridas en encuentros de tercera división.</p>Sanciones disciplinarias<p>El Tribunal resolvió aplicar sanciones a jugadores y auxiliares de distintas divisiones y equipos. Entre las más destacadas:</p><p>Thiago González (Juventud) y Bautista Verón (Sociedad Sportiva) recibieron 1 partido de suspensión.</p><p>Alex Escobar (Juventud) y Luciano Villanueva (Sociedad Sportiva) fueron sancionados con 2 partidos en quinta división.</p><p>Alex Villanueva (Sociedad Sportiva) deberá cumplir 3 partidos de suspensión.</p><p>Gonzalo Arellano (Urquiza) y Alejandro Migueles (Urquiza), sancionados con 2 partidos cada uno en divisiones menores.</p><p>En primera división, Maximiliano Otegui y César Ojeda (Urquiza), ambos auxiliares, fueron suspendidos por 3 partidos.</p>Citaciones<p>Debido a informes arbitrales, fueron citados a declarar el próximo miércoles 23 de abril a las 20.30 hs:</p><p>Nicolino Nosiglia (Presidente de Urquiza)</p><p>Raúl Zapettini (Prosecretario de Urquiza)</p><p>Roberto José Rubio (Vocal representante de Clubes)</p>Acumulación de tarjetas amarillas<p>Por la acumulación de cinco amonestaciones, fueron suspendidos por 1 partido los jugadores:</p><p>Genaro Larrateguy (Libertad)</p><p>Juan Reynoso (Sociedad Sportiva)</p><p>Lucas Frías y Guillermo Albornoz (Urquiza)</p><p>Lucas Furlanetto (G. Central)</p>Nota institucional<p>El Club Atlético Quilmes presentó una solicitud de reconsideración por el expediente 5643/25. En consecuencia, el Tribunal trasladó el caso a Sociedad Sportiva, que deberá efectuar su descargo.</p><p>Finalmente, se informó que el Tribunal sesionará a partir de ahora todos los miércoles a las 20:00 horas.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/a1OkyYpOhBxSfJOYGnPXlgmDL3g=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2025/04/tribunal.JPG" class="type:primaryImage" /></figure>El Tribunal de Penas de la Liga Departamental de Fútbol de Gualeguay dio a conocer el contenido del Boletín Oficial N°1137, correspondiente a la sesión ordinaria del 15 de abril de 2025, en la cual se resolvieron diversos expedientes relacionados con la segunda fecha del torneo oficial "Copa 50 Aniversario – Grupo El Rodeo".]]>
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                                <category term="deportes" label="Deportes" />
                <updated>2025-04-17T00:04:37+00:00</updated>
                <published>2025-04-17T00:04:25+00:00</published>
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            Absolvieron a pareja de Gualeguay por tener drogas, pero condenaron a la mujer por facilitar el lugar para guardarla
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        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/provinciales/absolvieron-a-pareja-de-gualeguay-por-tener-drogas-pero-condenaron-a-la-mujer-por-facilitar-el-lugar-para-guardarla" type="text/html" title="Absolvieron a pareja de Gualeguay por tener drogas, pero condenaron a la mujer por facilitar el lugar para guardarla" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/cjftgxEvP4QQPQTq_89Qzi6BZdU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2024/11/tribunal_oral_en_lo_criminal_federal_de_parana.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Tribunal Oral en lo Penal Federal de Paraná, en composición unipersonal, resolvió absolver a JBS y DMC, de 40 y 44 años respectivamente, oriundo de Gualeguay, por el delito de cultivo de plantas utilizables para producir estupefacientes; absolver al hombre, DMC, como coautor del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización; declarar a la mujer, JBS, autora penalmente responsable del delito de facilitación de lugar para la tenencia de estupefacientes con multas de comercialización, y la condenó a las penas de tres años de prisión de cumplimiento condicional y multa de 1,875 pesos.</p><p>La jueza debía resolver si de las constancias de la causa quirúrgica que, efectivamente, no ha sido acreditada la autoría que se les enrostra a los encartados respecto del cultivo de 3 pequeñas plantas de cannabis sativa encontradas y secuestradas durante el allanamiento practicado el 8 de octubre. de 2015, que ha sido el fundamento de la absolución postulada por el fiscal y, por otro lado, definir la decisión a adoptar por esta magistratura ante la abdicación de parte de Fiscalía de su pretensión punitiva respecto de los imputados. En cuanto a lo primero el juez entendió que el pedido absolutorio fiscal era fundado y con pleno ajuste a las circunstancias comprobadas de la causa.</p><p>En aquella línea de análisis señaló que “nadie vio quién arrojó el bolso; que la vivienda de sus asistidos se halla emplazada en un terreno sin divisiones; que el hermano de JBS -VDS- vive en un precario galpón contiguo al mismo terreno y que, en forma permanente, entraba y salía de la casa de sus pupilos. Que se trata de una persona -en conflicto con la ley penal- con quien mantenían una relación conflictiva por su comportamiento”.</p><p>Entendió que “la probabilidad cierta de que la droga perteneciera a VDS genera un estado de duda que habilita la aplicación del principio in dubio pro reo, peticionando por ello y en primer término la absolución de sus defendidos. A mi criterio, la cuestión llevada a debate por la defensa es crucial en punto a los recaudos que deben reunir la motivación de toda sentencia judicial en fundamento y justificación de su decisión”.</p><p>La jueza tuvo por probado y conforme lo sostuvo el MPF al desistir de acusar respecto del segundo hecho, que la vivienda de los imputados JBS-DMC estaba en la esquina de un terreno que compartían con el galpón precario contiguo en el que vivía y pernoctaba VDS. ; que ambas viviendas compartían el patio y no estaban separadas por ninguna delimitación física (tapial o alambrado); que el hermano de Juana Santo -con quien mantenían, sobre todo su cuñado DMC, una relación conflictiva- ingresaba en forma permanente y libremente al domicilio de los imputados”.</p><p>La jueza evaluó que “fueron precisamente todas estas circunstancias las que llevaron, al representante de la Fiscalía, a entender razonada y razonablemente que existían dudas insuperables acerca de a quién pertenecían las plantas de marihuana incautadas del patio, que fue la razón por la que propició la absolución de los imputados por este segundo hecho”.</p><p>La jueza dio por acreditado que “al momento de la llegada de la comisión policial para practicar el allanamiento en la vivienda de VDS en la búsqueda del motor fuera de borda, se arrojó hacia la calle Cánepa el bolso conteniendo una bolsa de nylon transparente con droga desde la vivienda de los imputados y que, en ese bolso, también había pertenencias de los encartados, mas nadie pudo visualizar quién era la persona que se descartó del bolso arrojándolo hacia la calle”.</p><p>Así las cosas, sostuvo que “de modo entonces que el/la autor/a del descarte del bolso con la droga incautada solo pudo ser JBS o su hermano VDS, sin que exista prueba alguna en la causa que acredita con el grado de certeza procesal que es necesario en este estadio concluyetivo del proceso quién arrojó ese bolso a la calle, descartando de ese modo la droga que éste contenía para ajenizarse de su tenencia”.</p><p>Sin embargo, la jueza señaló que “es que, dada la presencia habitual de VDS en la finca habitada por los imputados, incluso aunque hubiera sido JBS quien arrojara el bolso a la calle -lo que no se ha probado, repito-, ello no acreditado. que la droga le perteneciera, ni su dominio y disponibilidad del material tóxico”. Así, sostuvo que “adelanto que, a mi criterio, le asiste razón a la defensa y que el cuadro probatorio reunido es insuficiente para calificar la conducta de los encartados en el delito de tenencia de estupefacientes con multas de comercialización, que describe y reprime el arte. 5° aum. “c”, Ley 23.737, como lo propicia el MPF. Ninguna probanza acreditada –con el grado de certeza necesaria- que los imputados tuvieran en su poder ya su disposición la sustancia prohibida y con fines de comercializarla”.</p><p>La jueza se persuadió de que “solo JBS –por la relación fraternal que la unía a VDS- pudo ser quien le facilitara el lugar o ámbito físico –en forma gratuita- para que su hermano guardara la droga como también el motor fuera de borda de 35 HP que había robado y, sabedora del encono y peleas entre su marido y su hermano no le haya siquiera comunicado de ello a su esposo”. (APFDigital)</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/cjftgxEvP4QQPQTq_89Qzi6BZdU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2024/11/tribunal_oral_en_lo_criminal_federal_de_parana.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Los hechos ocurrieron en Gualeguay entre septiembre de 2014 y octubre de 2015. Se acusó a una pareja de tener cocaína -primer hecho-, y tres plantines de marihuana –segundo hecho-. En el primero, a raíz del allanamiento por el robo de un motor de lancha la Policía logró ver un brazo que asomó por una ventana y arrojó un bolso que tenía bolsitas de cocaína, pero no a la persona que lo arrojó. Se sospechó del hermano de la mujer, que había purgado una condena por un delito similar.]]>
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                                <category term="provinciales" label="Provinciales" />
                <updated>2024-12-05T21:08:03+00:00</updated>
                <published>2024-12-05T21:07:21+00:00</published>
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            Se llevó a cabo una Jornada sobre “Criminalidad y Género”
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/yn11DciVcNHTZxZDD7l0TmrB4i8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/adjuntos/289/imagenes/000/371/0000371902.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La misma estaba destinada a profesionales de la abogacía, integrantes del Poder Judicial y Ministerios Públicos, profesionales afines a la temática y público en general interesado. Por tal motivo entre los concurrentes (que oscilaron entre 100 persona) se encontraban Magistrados locales, Fiscales, Abogados, el Pte. del Colegio de Abogados local, médicos forenses, periodistas, docentes y público en general interesados en la temática. Asimismo asistieron de manera virtual (via zoom) numerosos colegas y afines de toda la provincia.&nbsp;</p><p>En la misma expusieron los Dres: Agustina O´ Donell (Jueza del tribunal fiscal de la Nación), Dra. Cecilia Incardona, (Fiscal General de Lomas de Zamora) Dr. Agustín Argibay Molina (Fiscal Federal PROCELAC). La PROCELAC es la&nbsp;Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos y el Dr. Rubén A. Chaia (vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Concepción del Uruguay)</p><p>Se trataron temas e interrogantes&nbsp; tales como:&nbsp;</p><p>-&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; ¿Las ganancias originadas en la criminalidad económica, son realmente ganancias? La Dra.&nbsp; O´Donell con una mirada y análisis tributario, expuso atractiva y eficazmente su postura sobre “Ganancias Ilícitas, principio de Igualdad, Delito de Trata, en contexto con los tratados de Derechos Humanos que en nuestro país tienen jerarquía constitucional”, cuestionando el “Secreto fiscal” de los Agentes Fiscales (AFIP)&nbsp; y el “Secreto Financiero” de los bancos y dejó abierto el interrogante, con eso último, ¿el Estado es Cómplice del delito en su afán de recaudar? con el sólo amparo fundamentacional y consuetudinario del principio “Pecunia Non Olet”</p><p>-&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; &nbsp;“El impacto diferenciado de la Corrupción de Mujeres”, expuesto por la Dra. Incardona con una visión y preparación muy rica en “Perspectiva de Género”.</p><p>-&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; “Los indicadores de género en la investigación de la criminalidad económica, poniendo el foco en el contexto de las mujeres en el distrito Rosario. El Dr. Argibay Molina argumentó sobre la asignación de roles formales que se le brindan a las mujeres en las organizaciones ilícitas, que muchas veces son indicadores para la justicia y suelen evidenciarse en casos civiles como liquidación de la sociedad conyugal, el uso de los procesos civiles para ejercer violencia económica contra la Mujer, etc.&nbsp; En resumen se pregunta, ¿es la mujer cómplice o victima?</p><p>-&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; “Mujeres Imputadas”, con especial referencia a la jurisprudencia de Entre Ríos a cargo del Dr.. Chaia quien ilustro con Jurisprudencia y explicó con gran elocuencia su postura en cuanto a lo procedimental, haciendo hincapié en el “Principio de Congruencia” y en&nbsp; la dificultad&nbsp; que tienen los jueces a la hora de fallar (entre otras cosas con una visión de Género), si en el proceso no se han introducido esas pretensiones.</p><p>Es destacable la organización y el profesionalismo de la Dra. Mariángeles Schell (delegada judicial y funcionaria de la fiscalía local), quien estuvo en cada detalle de la organización.</p><p>Dra. Milagros Turinetto para El Debate Pregón</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/yn11DciVcNHTZxZDD7l0TmrB4i8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/adjuntos/289/imagenes/000/371/0000371902.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El pasado viernes 20 de septiembre, a las 16 hs., en  el Palacio de Tribunales de Gualeguay en la Sala  de Juicios y Apelaciones, se llevó a cabo una exitosa e interesante  jornada sobre “Criminalidad y Género” organizada por la Asociación de la Magistratura y función Judicial de Entre Ríos.]]>
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                <updated>2026-02-19T13:40:08+00:00</updated>
                <published>2024-09-24T14:00:00+00:00</published>
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            Con estadísticas, la Justicia destaca los 94 juicios por jurados realizados en Entre Ríos
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/jv2gMjk278jT0iZZA7o75wpwa3Q=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2022/04/tribunales.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>De estos 363 legajos, 148 fueron por delitos contra la vida (40,77 %); 182 contra la integridad sexual (50,14 %); 18 contra la propiedad (4,96 %); 3 contra la libertad (0,82 %); y 12 contra la seguridad pública (3,31 %). A su vez, de los 363 legajos, 65 fueron por delitos en grado de tentativa (17,91 %).</p><p>El mayor porcentaje de ingresos (50 %) de causas y de juicios realizados (50,56 %) son por delitos contra la integridad sexual. Los delitos en grado de tentativa (art. 2 de la Ley 10.746), implican un 17,95 % de ingresados y un 8,99 % de juzgados.Sacando cuentasEl primer juicio por jurados comenzó el 10 de noviembre de 2020, en Paraná. La estadística elaborada por la Coordinación de Juicio por Jurados en el Poder Judicial -desde la implementación del sistema hasta el inicio de la feria judicial invernal del corriente año- refleja, de aquellos 363 legajos, lo siguiente:</p><p>- Se llevaron a cabo 91 juicios por jurados (25,0 7%);- Se resolvieron por procedimiento abreviado: 133 (36,64 %);- Se encuentran pendientes (sin juicio realizado ni abreviado): 139 (38,29 %).</p><p>De los 91 juicios realizados:- 45 (49,45 %) fueron contra la integridad sexual;- 44 (48,35 %) contra la vida: femicidios 10 (10,99 %) y en grado detentativa 8 (8,79 %);- 2 (2,20 %) contra la propiedad;- 88 (96,7 %) tuvieron veredicto unánime;- 3 (3,3 %) se declararon estancados;- 79 (86,81 %) tuvieron declaración de culpabilidad;- 12 (13,19 %) no culpable.</p><p>En el año 2023 se realizaron 39 juicios por jurados en la provincia. En este primer semestre se llevaron a cabo 16 debates y resta realizar mas de 20 juicios durante la segunda mitad del año.</p><p>En Paraná (jurisdicción con mayor población y de causas en trámite) durante 2023 ingresaron 73 legajos a juicio por jurados, de los cuales 50 fueron por delitos contra la integridad sexual (68 %) y se realizaron 12 juicios (31 %).</p><p>Otro dato relevante tiene que ver con los legajos pendientes de llevar a juicio y en los cuales hay personas privadas de la libertad. En detalle:</p><p>Paraná:- cantidad de legajos pendientes (sin juicio ni abreviado): 71;- cantidad de legajos con fecha proyectada de juicio: 12;- cantidad de legajos a espera de proyectar fecha posible de juicio: 59;- de los 71 legajos, hay 5 con personas privadas de la libertad.</p><p>Concordia:- cantidad de legajos pendientes (sin juicio ni abreviado): 36;- cantidad de legajos con fecha proyectada de juicio: 10;- cantidad de legajos a espera de proyectar fecha posible de juicio: 26;-de los 36 de legajos, hay 6 con personas privadas de la libertad.</p><p>Concepción del Uruguay:- cantidad de legajos pendientes (sin juicio ni abreviado): 8;- cantidad de legajos con fecha proyectada de juicio: 3;-cantidad de legajos a espera de proyectar fecha posible de juicio: 5;- de los 8 de legajos, hay 2 con personas privadas de la libertad.</p><p>Gualeguaychú:-cantidad de legajos pendientes (sin juicio ni abreviado): 14;-cantidad de legajos con fecha proyectada de juicio: 4;-cantidad de legajos a espera de proyectar fecha posible de juicio: 10;-no hay legajos con personas privadas de la libertad.</p><p>Gualeguay:-cantidad de legajos pendientes (sin juicio ni abreviado): 10;-cantidad de legajos con fecha proyectada de juicio: 5;-cantidad de legajos a espera de proyectar fecha posible de juicio: 5;-de los 10 de legajos hay 2 con personas privadas de la libertad.</p><p>Total provincial:-cantidad de legajos pendientes (sin juicio ni abreviado): 139;-cantidad de legajos con fecha proyectada de juicio: 34;-cantidad de legajos a espera de proyectar fecha posible de juicio: 105;-de los 139 legajos pendientes, 15 son con personas privadas de la libertad.</p><p>En este tipo de procedimiento, en el que participa la ciudadanía, se deben extremar los cuidados para evitar suspensiones de audiencias luego de que los potenciales jurados son convocados para su selección, por lo que desde el Poder Judicial se articulan y gestionan los tiempos de la fijación -para la efectiva concreción del juicio- ponderando, de mínima, varios factores: disponibilidad de salón, magistratura, partes, equipos de video registración, justiciable privado o no de la libertad.</p><p>Ello se debe a que en toda la provincia no hay ningún salón para este tipo de juicio, lo que genera que en la mayoría de las localidades se deban contratar salones y montar todo el equipamiento.</p><p>Las condiciones edilicias necesarias para el desarrollo del juicio son numerosas: sanitarios diferenciados para jurados y partes, salas de testigos, salas contiguas para incidencias del juicio en la que no participa el jurado, cocina y/o espacio para brindar un refrigerio en los descansos al jurado, salas de deliberaciones, etc.</p><p>Luego de entrada en vigencia de la ley se realizó el primer juicio en Paraná, en noviembre de 2020, y hasta la fecha se efectuaron 94 juicios. El detalle por jurisdicción.</p><p>Paraná:-juicios realizados: 24;- contra la vida: 16 (4 en grado de tentativa);- contra la integridad sexual: 7;- contra la propiedad: 1.</p><p>Concordia:-juicios realizados: 16;-contra la vida: 8 (en grado de tentativa);-contra la integridad sexual: 8;</p><p>Concepción del Uruguay:-juicios realizados: 25;-contra la vida: 8 (3 en grado de tentativa);-contra la integridad sexual: 17.</p><p>Gualeguaychú:-juicios realizados: 20;-contra la vida: 9;-contra la integridad sexual: 10;-contra la propiedad: 1.</p><p>Gualeguay:-juicios realizados: 9;-contra la vida: 4;-contra la integridad sexual: 5;</p><p>Total provincial:-juicios realizados: 94;-contra la vida: 45 (8 en grado de tentativa);-contra la integridad sexual: 47;-contra la propiedad: 2.</p><p>En los fundamentos de la Ley 10.746, los legisladores y las legisladoras expresaron que la implementación del juzgamiento por jurado popular era “estructuralmente posible y económicamente viable”, debido a que se calculaba que se llevarían a cabo alrededor de 10 a 15 juicios por año. No obstante, las estadísticas demuestran que un período anual conlleva la realización de casi 40 juicios en toda la provincia, lo cual torna sumamente complejo cumplir con las exigencias, ya que no se cuenta con la estructura ni los medios necesarios.</p><p>Basta mencionar, como ejemplo, que desde la implementación del sistema de juicio por jurados sólo fueron creados dos cargos para atenderlo.</p><p>Lo dicho implica que el Poder Judicial debió extremar los recursos humanos, materiales, técnicos y edilicios existentes; reasignar funciones, armar y desarmar salones y reutilizar elementos tecnológicos; siempre compartiendo una agenda, ya que conviven dos sistemas de juzgamiento con igual cantidad de operadores judiciales.</p><p>Otro punto relevante lo constituye el costo de este tipo de juzgamiento. Por ejemplo, de mínima se requiere, en concepto de remuneración para cada integrante del jurado la suma de 103.647,26 pesos (2 juristas) por cada día de debate, incluyendo la audiencia de selección (art. 46 Ley 10.746).</p><p>El valor de cada jurista, al 2 de agosto, es de 51.823,63 pesos, es decir que a los 12 jurados titulares y a los 4 suplentes se le paga en total 1.658.357,44 pesos por día.</p><p>Teniendo en cuenta que un debate promedio insume 3 o 4 días, el costo de un proceso oscila -sólo de remuneración- entre 4.975.072,32 pesos (3 días) y 6.633.429,74 pesos (4 días). A ello debe adicionarse el reconocimiento de gastos que los jurados tienen derecho a reembolso, tales como traslados, y el refrigerio que se brinda, legalmente previsto.Fuente: EER - SIC - STJ.&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/jv2gMjk278jT0iZZA7o75wpwa3Q=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2022/04/tribunales.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Desde la instauración del juicio por jurados en la provincia (Ley 10.746, de diciembre de 2019), hasta el pasado semestre, ingresaron a las Oficinas de Gestión de Audiencias (OGA) del Poder Judicial de Entre Ríos 363 legajos a juicio para que se lleve a cabo ese procedimiento.]]>
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                                <category term="actualidad" label="Actualidad" />
                <updated>2026-02-19T13:40:08+00:00</updated>
                <published>2024-08-12T14:04:17+00:00</published>
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            Un tribunal inglés falló en contra de Argentina en una causa de bonos de la deuda
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        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/argentina-y-el-mundo-1/un-tribunal-ingles-fallo-en-contra-de-argentina-en-una-causa-de-bonos-de-la-deuda" type="text/html" title="Un tribunal inglés falló en contra de Argentina en una causa de bonos de la deuda" />
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/85dPl0Tv_BtqgU-tUsCBN1c8X3A=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2024/02/tribunal_ingles.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Tribunal de Apelaciones de Londres determinó este jueves que el Estado argentino deberá pagar US$ 337 millones si quiere continuar con en el juicio que se tramita por el método de cálculo de una serie de bonos de deuda, conocidos como "cupones PBI".</p><p>La sentencia de segunda instancia se da luego de que Argentina apelara un fallo de abril del año pasado que estipuló una compensación de cerca de 1.330 millones de euros (US$ 1.500 millones) a una serie de fondos.</p><p>El Tribunal de Apelaciones definió que el país deberá depositar 310 millones de euros (US$ 337 millones) antes del 5 de abril en una cuenta fiduciaria si quiere seguir adelante con la apelación.</p><p>"Si bien entiendo y comprendo el impacto que cualquier carga financiera adicional tendrá en una economía en dificultades, no me convencen las pruebas ni los argumentos sobre un daño irremediable a la población", argumentó el juez Stephen Phillips en su fallo, según citó la agencia Bloomberg.</p><p>Los abogados de los fondos consideraron que es poco probable que Argentina proceda con el pago y señalaron que buscará “retrasar la decisión”, dada la situación económica del país.</p><p>Los fondos HBK Master Fund, Hirsh Group, Virtual Emerald International y Palladian Partners presentaron una demanda en 2019 por presuntas pérdidas vinculadas con un cambio en el método de calcular el Producto Bruto Interno (PBI), con el cual sus bonos estaban atados.</p><p>Los "hedge fund" demandaron al Estado argentino por un cambio en el año que se toma como base para calcular el crecimiento que se produjo en 2014, y que abarcó de forma retroactiva al cálculo del PBI de 2013 en adelante</p><p>El fallo de primera instancia argumentó que el cambio en la metodología aplicado en su momento en el cálculo del PBI por el Indec provocó pérdidas para los tenedores de bonos y determinó que estos, además del monto de 1.330 millones de euros, deberán recibir intereses calculados desde diciembre de 2014 en adelante.</p><p>Los bonos en cuestión se tratan de instrumentos que fueron utilizados en el canje de deuda de 2005 y que determinaba pagos extras a los tenedores cuando el crecimiento económico del año era superior al 3,3%.</p><p>Según la postura de los abogados de la Argentina, la modificación en el cálculo del PBI -que comenzó a tomar como base de cálculo al año 2004 en lugar de 1993- fue necesaria para crear un plan de pago de deuda que sea sustentable para el país.</p><p>Sin los cambios -indicaron- los retornos de los cupones se ajustarían según un parámetro desactualizado del crecimiento de la economía, sin vínculo con la expansión real del país.</p><p>En cambio, los cuatro fondos argumentaron que Argentina que se debía usar el cálculo antiguo para medir el PBI para los pagos que se realicen hasta el 2035, según afirmó Aidan O´Rourke, de la firma de abogados Quinn Emanuel Urquhart &amp; Sullivan, que los representa.</p><p>O´Rourke indicó en un comunicado que estaba "satisfecho" por el fallo del tribunal y confía en que la audiencia final del tribunal confirmará la sentencia del año pasado que exige que Argentina pague todo el dinero adeudado.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/85dPl0Tv_BtqgU-tUsCBN1c8X3A=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2024/02/tribunal_ingles.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La sentencia de segunda instancia se da luego de que nuestro paía apelara un fallo de abril de 2023 que estipuló una compensación de cerca de US$ 1.500 millones a una serie de fondos, entre ellos, HBK Master Fund, Hirsh Group, Virtual Emerald International y Palladian Partners.]]>
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                                <category term="argentina-y-el-mundo-1" label="Argentina y el mundo" />
                <updated>2024-02-22T23:05:23+00:00</updated>
                <published>2024-02-22T23:05:15+00:00</published>
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        <title>
            Tiene nuevo presidente el máximo Tribunal de Justicia de Entre Ríos
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        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/provinciales/tiene-nuevo-presidente-el-maximo-tribunal-de-justicia-de-entre-rios" type="text/html" title="Tiene nuevo presidente el máximo Tribunal de Justicia de Entre Ríos" />
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/q19UxkpVcot6JL4LFpE80RZOIE8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2023/12/portela_sucedera_a_medina_de_rizzo.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Voto con abstencionesLeonardo Portela fue elegido por sus pares (no todos) como nuevo presidente del Superior Tribunal de Justicia (STJ) para la nueva etapa institucional de la provincia.</p><p>Este lunes, Leonardo Portela, integrante de la Sala Civil y Comercial, fue elegido presidente del STJ; mientras que Laura Soage, de la Sala del Trabajo, será vicepresidenta en el período 2024-2025.</p><p>Susana Medina tenía intenciones de seguir al frente del alto cuerpo, pero no encontró los consensos. La tensión se mantuvo hasta el último instante, a tal punto que la designación de Portela no fue acompañada por la propia presidenta saliente, tampoco por Daniel Carubia ni Germán Carlomagno, integrantes de la vieja guardia.Medina, cuestionadaEl ascenso de Portela, como también de Soage, los últimos en desembarcar en el alto cuerpo, puede leerse como un mensaje del Poder Judicial manda al nuevo gobierno; pero lo cierto es que sorprende menos que la caída de Medina de Rizzo.</p><p>Son varios los cuestionamientos internos que ha recibido la presidenta saliente. En off the record, le critican la falta de gestión política en temas que el Poder Judicial considera trascendentes.</p><p>Un ejemplo de ello es que no funcionó la Mesa Interinstitucional, un espacio conformado, en lo formal, “para fortalecer el funcionamiento de las instituciones, trabajar cuestiones en las últimas leyes sancionadas en el marco del respeto de la Constitución Provincial”.</p><p>Como telón de fondo había una explícita intención de reformar el Código Procesal Penal de Entre Ríos, impulsadas por un grupo de abogados, el STJ y un sector de la política, buscando menguar el poder de los fiscales. Hay proyecto dando vueltas en la Legislatura, pero no ha tenido tratamiento. De allí también surgió un proyecto para implemPero lo que terminó de licuar las reservas de poder de Medina fue su reunión a solas con Rogelio Frigerio cuando era candidato. Eso no cayó bien. Pero peor, lo hizo siendo presidenta del Tribunal Electoral, que debía resolver la candidatura de Mauricio Davico, impugnada en Gualeguaychú, un asunto que tenía muy inquieto a Frigerio.</p><p>La propia Medina se encargó de difundir la foto de ambos y, para acrecentar el malestar interno, ella misma terminó validando la postulación de Davico, en un fallo que dejó tecleando la cláusula de reelección incorporada en la Constitución Provincial tras la reforma de 2008.</p><p>Los vocales vieron en esa maniobra un intento por erigirse ella en el enlace del STJ con el gobernador entrante, y no se lo perdonaron.Fuente: Página Judicial.entar modificaciones en el Código Procesal Laboral y la creación de nuevos cargos en el Poder Judicial. Nada de eso tuvo resultados.&nbsp;</p><p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/q19UxkpVcot6JL4LFpE80RZOIE8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2023/12/portela_sucedera_a_medina_de_rizzo.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Leonardo Portela fue elegido como nuevo presidente del Superior Tribunal de Justicia para la nueva etapa institucional de la provincia. La tensión interna, sin embargo, se mantuvo hasta el último instante y tres vocales se abstuvieron a la hora de votar.]]>
                </summary>
                                <category term="provinciales" label="Provinciales" />
                <updated>2023-12-11T15:15:55+00:00</updated>
                <published>2023-12-11T15:14:54+00:00</published>
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            Jurado popular declaró culpable a sujeto acusado de abuso reiterado de una menor
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/yn11DciVcNHTZxZDD7l0TmrB4i8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/adjuntos/289/imagenes/000/371/0000371902.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El jurado popular que deliberó este viernes en Gualeguay, halló “culpable” a C.D.R del "delito menor incluido de abuso sexual simple agravado por la convivencia con una menor de 18 años bajo la modalidad de delito continuado”.La audiencia de cesura será el 10 de noviembre, a las 8 hs, en los Tribunales de Gualeguay.</p><p>El juez técnico que dirigió el proceso fue el vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguay, Darío Ernesto Crespo. El Ministerio Público Fiscal estuvo representado por Rodrigo Molina. La defensa del imputado fue ejercida por el abogado Rubén Gallardo.El juicio que se desarrolló a partir de este 31 de octubre, en la Sala de Audiencias del Tribunal de Juicio de Gualeguay, fue a puertas cerradas por tratarse de un delito contra la integridad de las personas.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/yn11DciVcNHTZxZDD7l0TmrB4i8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/adjuntos/289/imagenes/000/371/0000371902.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El jurado popular que deliberó en Gualeguay, halló culpable al sujeto acusado del "delito menor incluido de abuso sexual simple agravado por la convivencia con una menor de 18 años bajo la modalidad de delito continuado”.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2023-11-03T21:43:29+00:00</updated>
                <published>2023-11-03T21:39:37+00:00</published>
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        <title>
            Concurso abierto de oposición y antecedentes para cubrir cargos vacantes en Oficina de Gestión de audiencias (OGA)
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/provinciales/concurso-abierto-de-oposicion-y-antecedentes-para-cubrir-cargos-vacantes-en-oficina-de-gestion-de-audiencias-oga" type="text/html" title="Concurso abierto de oposición y antecedentes para cubrir cargos vacantes en Oficina de Gestión de audiencias (OGA)" />
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                                <content type="html" xml:base="https://www.diariodebatepregon.com/provinciales/concurso-abierto-de-oposicion-y-antecedentes-para-cubrir-cargos-vacantes-en-oficina-de-gestion-de-audiencias-oga">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/9zlESVex6c1kNs6WgsGc0EQTOWA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2023/10/oficina_de_gestion_de_audiencias_oga.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Los y las aspirantes deberán completar un formulario de inscripción (online) el que se encontrará disponible en la página web del Poder Judicial de Entre Rios (www.jusentrerios.gov.ar), en la sección Concursos Abiertos. A su vez, dispondrá del instructivo para formalizar la inscripción y la carga digital de los documentos que acrediten los requisitos de admisibilidad.</p><p>&nbsp;</p><p>Al inscribirse deben aceptar expresamente las condiciones fijadas por el Superior Tribunal de Justicia a los efectos del concurso. Y acreditar al momento de la inscripción los siguientes requisitos: Nombre/s y apellido/s (completos); domicilio real actual, número de teléfono y dirección de correo electrónico; lugar y fecha de nacimiento; nacionalidad (es requisito ser ciudadano argentino, nativo o naturalizado).</p><p>&nbsp;</p><p>Deberá consignar tipo y número de documento; estado civil, domicilio y dirección de correo electrónico que constituye a los efectos del concurso, donde declara válidas las notificaciones que el Tribunal pueda cursarle. Y, su número de CUIT o CUIL y, en su caso, condición tributaria; certificado de reincidencia con una antigüedad no mayor a tres meses desde la fecha de su expedición y declarar no estar comprendido dentro de las incompatibilidades del art.16 inc. 6 de la L.O.P.J.</p><p>&nbsp;</p><p>A su vez, deberá seleccionar el/los cargo/s y jurisdicción/es a la/s que se postula. Y, adjuntar en archivo PDF documentación respaldatoria de sus antecedentes de acuerdo al cargo que se postula:</p><p>&nbsp;</p><p>Formación Académica (excluyente):</p><p>&nbsp;</p><p>Para el cargo de Dirección de Gestión de Audiencias: Titulo universitario de grado de una duración no menor a cinco (5) años en Ciencias Jurídicas, Ciencias Económicas, Ciencias de la Administración o Ingeniería en Procesos, con cinco (5) años mínimo de antigüedad desde su obtención.</p><p>&nbsp;</p><p>Para el cargo de Subdirección: Titulo universitario de grado en Abogacía, con cinco (5) años mínimo de antigüedad desde su obtención. Para todos los cargos es requisito excluyente contar con capacitación en Ley Micaela Nº 27.499. Todos los datos suministrados por quienes aspiren a inscribirse, así como el contenido de la documentación que los acredite, tienen carácter de declaración jurada.</p><p>&nbsp;</p><p>Finalizada la etapa de oposición y entrevista, se confeccionará una planilla con el orden de mérito resultante de la sumatoria del puntaje obtenido por los postulantes en el rubro antecedentes, oposición y entrevista. El resultado será notificado a los interesados vía correo electrónico, quienes contarán con un plazo de tres (3) días hábiles desde su notificación para efectuar las impugnaciones que correspondan sólo por el rubro de antecedentes. Una vez firme el orden de mérito se procederá a la designación del/la propuesta/o con carácter provisorio por el plazo de seis (6) meses.</p><p>&nbsp;</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/9zlESVex6c1kNs6WgsGc0EQTOWA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2023/10/oficina_de_gestion_de_audiencias_oga.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La Sala N° 1 en lo Penal del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos dispuso llamar a concurso abierto de oposición y antecedentes para cubrir cargos vacantes de dirección, (Secretaría de Cámara), y subdirección (Secretaría de Primera Instancia) de las Oficinas de Gestión de Audiencias (OGA) en EL Poder Judicial de Entre Ríos. Será para las jurisdicciones de Paraná; Gualeguaychú; Gualeguay; Feliciano; La Paz; Rosario del Tala; Victoria y Villaguay. La inscripción será a partir de las 7 hs del 23 de octubre y cerrará a las 13 del 3 de noviembre. Y, constará de tres etapas: Antecedentes; Oposición y Entrevista.]]>
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                                <category term="provinciales" label="Provinciales" />
                <updated>2023-10-10T22:56:55+00:00</updated>
                <published>2023-10-10T22:54:25+00:00</published>
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        <title>
            TRIBUNAL DE PENA: LAS SANCIONES Y FALLOS DEL FIN DE SEMANA
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/deportes/tribunal-de-pena-las-sanciones-y-fallos-del-fin-de-semana" type="text/html" title="TRIBUNAL DE PENA: LAS SANCIONES Y FALLOS DEL FIN DE SEMANA" />
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/AW6_MZ0YvQ_uUzDxtjuTm9nwtus=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2023/06/arbitro.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>BOLETÍN OFICIAL Nº 1060 – Sesión del día 28 de junio de 2023.-Presentes: Sr. Horacio Javier Soto, Sr. Edelmiro Jorge Fumaneri y Sr. Uva Miguel José.-Expediente 5202/23 CBG/CAU: Encuentro de sexta división, disputado el 24/06/2023, entre C. Bancariovs Urquiza por la 8va fecha de la 1ra rueda del campeonato oficial 2023 – Copa 50° Aniversario RadioGualeguay.-a) Zattera, Franco Leonardo (48.336.034)(N° 5)(Urquiza).-Resolución: Se le aplican CINCO (5) partidos de suspensión, Arts. 201 inc. b) 4, 48 inc. a) 1°del R.T.P.-Expediente 5203/23 CBG/CAU: Encuentro de cuarta división, disputado el 24/06/2023, entre C.Bancario vs Urquiza por la 8va fecha de la 1ra rueda del campeonato oficial 2023 – Copa 50° AniversarioRadio Gualeguay.-a) Castro, Nestor Javier (46.520.423)(N° 8)(Urquiza).-Resolución: Se le aplican CUATRO (3) partidos de suspensión, Arts. 204 del R.T.P.-Expediente 5204/23 CBG/CAU: Encuentro de tercera división, disputado el 24/06/2023, entre C.Bancario vs Urquiza por la 8va fecha de la 1ra rueda del campeonato oficial 2023 – Copa 50° AniversarioRadio Gualeguay.-a) Otero, Alejo (43.756.316)(N° 4)(C. Bancario).-Resolución: Se le aplican CINCO (5) partidos de suspensión, Arts. 200 inc. a) 8 y 204 del R.T.P.-Expediente 5205/23 CAQ/EP: Encuentro de tercera división, disputado el 24/06/2023, entre Quilmes vsEl Progreso por la 8va fecha de la 1ra rueda del campeonato oficial 2023, Copa “50° Aniversario RadioGualeguay”.-a) Ortiz, Hilario Nicolas (44.211.060)(N° 9)(El Progreso).-Resolución: Se le aplican DOS (2) partidos de suspensión, Arts. 186 del R.T.P.-Expediente 5206/23 CBG/CAU: Encuentro de futbol femenino, disputado el 25/06/2023, entre C.Bancario vs Urquiza por la 8va fecha de la 1ra rueda del campeonato oficial 2023 – Copa 50° AniversarioRadio Gualeguay.-a) Acuña, Silvio Ramon (24.834.436)(D.T.)(Urquiza).-Resolución: Se le aplican CINCO (5) partidos de suspensión, Arts. 260 y 185 del R.T.P.-Expediente 5207/23 JFU/GC Encuentro de tercera división, disputado el 25/06/2023, entre Juventud y F.Unidos vs G. Central, por la 8va fecha de la 1ra rueda del campeonato oficial 2023 – Copa “50°aniversario Radio Gualeguay”.-.-a) Luiselli, Jose Emanuel (33.317.825)(N° 2)(Capitan)(G. Central).-Resolución: Se le aplican CINCO (5) partidos de suspensión, y se lo inhabilita por CUATRO meses paraejercer la capitanía de su equipo Arts. 207, 185 y 211 del R.T.P.-Expediente 5208/23 JFU/GC Encuentro de primera división, disputado el 25/06/2023, entre Juventud yF. Unidos vs G. Central, por la 8va fecha de la 1ra rueda del campeonato oficial 2023 – Copa “50°aniversario Radio Gualeguay”.-.-a) Britos, Lucas Adriano (38.571.367)(N° 1)(G. Central).-Resolución: Se le aplican DOS (2) partidos de suspensión, Arts. 287 del R.T.P.-Expediente 5209/23 CBG/CAU: Encuentro de primera división, disputado el 24/06/2023, entre C.Bancario vs Urquiza por la 8va fecha de la 1ra rueda del campeonato oficial 2023 – Copa 50° AniversarioRadio Gualeguay.-a) Arellano, Alan Martin (36.583.155)(Aux. 1)(Urquiza).-Resolución: Se le aplican CINCO (5) partidos de suspensión, Arts. 260 y 185 del R.T.P.-Expediente 5210/23 AA/AA: Aplicación del Art. 208º del Reglamento de Transgresiones y Penas(jugador/es que acumularon CINCO tarjetas amarillas) en la octava fecha de la primera rueda, del TorneoOficial 2023 Copa “50 aniversario Radio Gualeguay”.-a) Se suspende con UN (1) partido, a los siguientes jugadores, por acumular CINCO (5) amonestaciones,en la misma temporada.-II T. de Penas Nº 1060• Airala, Ignacio (40.693.252)(Nº 5)(C. Bancario)• Etala, Walter Damian (40.693.300)(N| 6)(Libertad).-Expediente 5211/23 CAL/LA: Encuentro de quinta división, disputado el 25/06/2023, entre Libertad vsLa Academia por la 8va fecha de la 1ra rueda del campeonato oficial 2023 – Copa 50° Aniversario RadioGualeguay.-a) Zarate, Mikel Nahun (47.177.114)(N° 15)(Libertad).-Resolución: Se le aplican SEIS (6) partidos de suspensión, Arts. 205 ap. d) del R.T.P.-Expediente 5212/23 SS/BN: Encuentro de primera división, disputado el 25/06/2023, entre S. Sportiva vsB. Norte, por la 8va fecha de la 1ra rueda del campeonato oficial 2023 – Copa 50° Aniversario RadioGualeguay.-a) Leguizamon, Maximiliano Ezequiel (38.926.397)(N° 3)(S. Sportiva).-Resolución: Se le aplican TRES (3) partidos de suspensión, Arts. 207 y 204 del R.T.P.-b) Ferrando Garibotti, Juan Ignacio (42.354.854)(N° 7)(S. Sportiva).-Resolución: Se le aplican CUATRO (4) partidos de suspensión, Arts. 207, 201 inc. b) 8° del R.T.P.-c) Denoni, Leandro Damian (28.723.562)(D.T.)(S. Sportiva).-Resolución: Se le aplican TRES (3) partidos de suspensión, Arts. 260 y 186 del R.T.P.-Expediente 5213/23 SS/BN: Encuentro de cuarta división, disputado el 24/06/2023, entre S. Sportiva vsB. Norte, por la 8va fecha de la 1ra rueda del campeonato oficial 2023 – Copa 50° Aniversario RadioGualeguay.-a) Schaumann, Santino (46.151.772)(N° 3)(S. Sportiva).-Resolución: Se le aplican CUATRO (4) partidos de suspensión, Arts. 202 inc. a y b del R.T.P.-b) Gomez, Cristian Exequiel (46.520.458)(N° 3)(B. Norte).-Resolución: Se le aplican CUATRO (4) partidos de suspensión, Arts. 202 incs. a y b del R.T.P.-c) Montenegro, Yair (45.756.052)(N° 4)(B. Norte).-Resolución: Se le aplican NUEVE (9) partidos de suspensión, Arts. 200 inc. a) 1 y 3, 199 del R.T.P.-d) Benitez, Diego Roman (46.318.397)(N° 6)(B. Norte).-Resolución: Se le aplican CUATRO (4) partidos de suspensión, Arts. 200 inc. a) 8 del R.T.P.-Expediente 5214/23 CAL/LA: Encuentro de tercera división, disputado el 25/06/2023, entre Libertad vsLa Academia, por la 8va fecha de la 1ra rueda del campeonato oficial 2023 – Copa 50° Aniversario RadioGualeguay.-a) Rodriguez, Alex (42.541.372)(N° 5)(La Academia).-Resolución: Se le aplican CUATRO (4) partidos de suspensión, Arts. 205 inc. g) del R.T.P.-Expediente 5215/23 SS/BN: Encuentro de tercera división, disputado el 24/06/2023, entre S. Sportiva vsB. Norte, por la 8va fecha de la 1ra rueda del campeonato oficial 2023 – Copa 50° Aniversario RadioGualeguay.-a) Deris, Nelson (44.735.131)(N° 2)(S. Sportiva).-Resolución: Se le aplican TRES (3) partidos de suspensión, Arts. 202 del R.T.P.-b) Montefinale, Esteban A. (44.735.131)(N° 2)(B. Norte)Resolución: Se le aplican CUATRO (4) partidos de suspensión, Arts. 202 y 48 inc. a) 1° del R.T.P.-Expediente 5216/23 CAL/LA: Encuentro de sexta división, disputado el 25/06/2023, entre Libertad vsLa Academia, por la 8va fecha de la 1ra rueda del campeonato oficial 2023 – Copa 50° Aniversario RadioGualeguay.-a) Santo, Benjamin (49.712.670)(N° 14)(Libertad).-Resolución: Se le aplican CINCO (5) partidos de suspensión, Arts. 200 inc. b) 8 del R.T.P.-b) Del Valle Garcia, Ati Fernando (95.017.767)(N° 13)(La Academia).-Resolución: Se le aplican SEIS (6) partidos de suspensión, Arts. 205 inc. g) del R.T.P.-Gualeguay, 28 de junio de 2023.-</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/AW6_MZ0YvQ_uUzDxtjuTm9nwtus=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2023/06/arbitro.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El Tribunal de Penas de la Liga Departamental de Fútbol tras examinar los informes de los árbitros y escuchar el descargo de los jugadores imputados dió a conocer las sanciones por dicho Cuerpo Punitivo.]]>
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                                <category term="deportes" label="Deportes" />
                <updated>2026-02-19T13:40:08+00:00</updated>
                <published>2023-06-29T15:00:57+00:00</published>
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            Marcelo Corazza se entregó luego de que ordenaran su detención por corrupción de menores
        </title>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/HFo3t2O38FSYpSjJ3lcHpNIpfr0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2023/04/marcelo_coraza.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El ex ganador de Gran Hermano Marcelo Corazza se entregó esta tarde ante la Policía de la Ciudad luego que&nbsp; La Cámara del Crimen revocara su libertad y ordenara su detención al considerar que cometió el delito de asociación ilícita con fines de trata de menores para la explotación sexual en el marco de la causa por abusos sexuales que se remontan a 1999 y por la cual hay otros implicados.&nbsp;</p><p>Luego de algunas horas transcurrida la orden de detención, el productor televisivo se entregó por sus propios medios en la División Trata de Personas, dependiente de la Superintendencia de Investigaciones de la Policía de la Ciudad.&nbsp;</p><p>Corazza había sido procesado en primera instancia por corrupción de menores y abuso sexual pero tras el pedido del fiscal Ricardo Sáenz, el ex ganador de Gran Hermano fue acusado además por asociación ilícita, y por eso su detención.</p><p>De esta forma, la investigación a cargo del juez de instrucción Javier Sánchez Sarmiento seguirá con Corazza y los otros tres implicados detenidos.&nbsp;</p><p>En el mismo fallo, el Tribunal confirmó la detención de Raúl Mermet, Andrés Fernando Charpenet y de Francisco Rolando Angelotti. Para los jueces de la Sala V de la Cámara todos cometieron el delito de trata de personas agravad por la cantidad de víctimas, perpetrada en contra de menores de 18 años y aprovechándose de su situación de vulnerabilidad, todos ellos en concurso real.</p><p>El Tribunal valoró todas las declaraciones de los menores víctimas de los hechos, identificados como 1, 2, 3, M, T y B así como las conversaciones vía chat que tuvieron los imputados y cuya información fue posible con el análisis de sus teléfonos secuestrados cuando fueron detenidos por orden del juzgado a raíz de una denuncia de febrero de este año.</p><p>“Todas las personas entrevistadas presentaron un discurso claro y ordenado, se mostraron predispuestas a entablar un diálogo con las profesionales intervinientes, sin manifestar reticencia frente a las preguntas que les fueron efectuadas, solamente pudor al referirse a ciertos temas específicos. A lo largo de las entrevistas sus discursos fueron claros, sin evidenciar dificultades de comprensión, pudiendo mantener un diálogo cordial y fluido con las profesionales”, fue la conclusión del Programa Nacional de Rescate que entrevistó a las víctimas.&nbsp;</p><p>La Cámara evalúa que los mayores acusados “duplican” en edad a las víctimas, que el método de captación era la “seducción” por medio de “regalos y promesas”, para luego aprovecharse de eso y abusarlos sexualmente. En el caso de Corazza, es un hecho de 2001, luego que él ganara esa edición del Gran Hermano, cuando se habría masturbado en un vehículo en la vía pública frente a un menor de edad, víctima en la causa.&nbsp;</p><p>Al analizar el delito de asociación ilícita, los jueces consideran “suficiente como para alterar el sano desarrollo de la esfera psicosexual de la víctima” los hechos investigados.&nbsp;</p><p>"La multiplicidad de actos, su reiteración, gravedad e índole dan cuenta de la estabilidad, permanencia en el tiempo y organización de la banda que trató a las víctimas como objetos con la finalidad de abusar de ellas, lesionando su integridad sexual y libertad de autodeterminación afectando su dignidad personal”, señaló la Cámara.</p><p>También sobre la trata de personas dan cuenta que los acusados, en particular Angelotti, captó a dos víctimas “a través de un proceso de despersonalización, logrando un vínculo afectivo, con claros fines sexuales, propios y ajenos”.</p><p>Sobre Corazza, la Cámara tiene en cuenta el testimonio de un menor quien dijo que hubo un “encuentro sexual” en un garage del que participaron el ex ganador de Gran Hermano y Angelotti, entre otros. Para los investigadores, él era un consumidor del abuso sexual de los menores que captaba la organización.&nbsp;</p><p>“Corazza acordaba con Angelotti para que le facilitara y entregara a los niños con el objetivo de abusar sexualmente de ellos, como refirieron claramente las “víctimas 1 y 3”. La participación en los hechos que se le atribuyen, corrobora su intervención en la organización permanente, estable y con continuidad en el tiempo para cometer este tipo hechos, de la que forman parte todos los acusados, quienes prestaron para ello un acuerdo criminal, cuanto menos tácito, donde existen algunas conductas con mayor grado de injusto”, sostuvo el Tribunal.</p><p>“Cabe señalar que los hechos realizados tanto por los imputados Corazza y Mermet como por Angelotti y Charpenet constituyen episodios de abuso sexual con contenido corruptor de la sexualidad de las víctimas en función de la perversión de los hechos, lo prematuro y la forma de comisión”, concluyeron.</p><p>Además de resolver la situación de los acusados, los jueces Hernán Lopez y Ricardo Pinto entendieron que la causa debía en función del delito de trata pasar a competencia federal pro lo que la causa probablemente recale en los tribunales federales de Comodoro Py. N.A.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/HFo3t2O38FSYpSjJ3lcHpNIpfr0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2023/04/marcelo_coraza.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El productor se presentó en la división Trata de Personas de la Policía de la Ciudad y fue arrestado. La causa pasará a los tribunales de Comodoro Py por la competencia federal.]]>
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                                <category term="argentina-y-el-mundo" label="Argentina y el Mundo" />
                <updated>2023-05-31T21:31:59+00:00</updated>
                <published>2023-05-31T21:20:24+00:00</published>
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        <title>
            En Gualeguay y otras localidades se crearán cargos en la Justicia y la Policía
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/locales/en-gualeguay-y-otras-localidades-se-crearan-cargos-en-la-justicia-y-la-policia" type="text/html" title="En Gualeguay y otras localidades se crearán cargos en la Justicia y la Policía" />
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                <![CDATA[El Debate Pregón de Gualeguay]]>
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                                <content type="html" xml:base="https://www.diariodebatepregon.com/locales/en-gualeguay-y-otras-localidades-se-crearan-cargos-en-la-justicia-y-la-policia">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/49TqaQQzeYgg7AaRhnDXA65XbJU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/adjuntos/289/imagenes/000/528/0000528080.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Para este miércoles está prevista una reunión conjunta de las comisiones de Legislación General y de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Senadores de la Provincia, a fin de tratar proyectos para la creación de cargos en el Poder Judicial, así como en la Policía de Entre Ríos. El cónclave se realizará en el recinto de la Cámara alta a las 10 de la mañana.</p><p>Uno de los proyectos fue presentado por el Poder Ejecutivo en noviembre de 2022 y pretende crear 152 cargos en el ámbito del Poder Judicial de Entre Ríos. La mayor parte son puestos de "escribientes".</p><p>Por la otra iniciativa, presentada por el Ejecutivo conjuntamente con la anterior, se crean 67 cargos en la Justicia, en este caso en el Ministerio Público de la Defensa. Entre los puestos a crear se encuentran los de Defensores en Concordia, Federal, Concepción del Uruguay, Gualeguay y Paraná.</p><p>Cargos en la Policía</p><p>Mediante un proyecto presentado el 30 de noviembre último, el Poder Ejecutivo solicitó se apruebe por ley la creación de 300 cargos de agentes de la Policía de Entre Ríos, quienes deberán abocarse con carácter excluyente, a la tarea de seguridad en las distintas dependencias policiales, no pudiendo cumplir tareas administrativas ni de ninguna otra naturaleza.</p><p>La iniciativa, en su artículo segundo, establece que el Ejecutivo tendrá la facultad de "incorporar al Presupuesto vigente los cargos creados y realizar las adecuaciones de las partidas de erogaciones que resulten necesarias, a efectos de cumplimentar lo dispuesto en la presente".</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/49TqaQQzeYgg7AaRhnDXA65XbJU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/adjuntos/289/imagenes/000/528/0000528080.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Se prevén crear 300 cargos en la Policía de Entre Ríos y más de 200 en el Poder Judicial. Se trata de proyectos presentados en el Senado por el Poder Ejecutivo. En Gualeguay, entre los cargos a crear en la justicia se encuentra el de Defensor.]]>
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                                <category term="locales" label="Locales" />
                <updated>2023-03-06T12:30:03+00:00</updated>
                <published>2023-03-06T12:30:00+00:00</published>
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        <title>
            SANCIONES Y FALLO DEL TRIBUNAL DE DISCIPLINA FEF
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.diariodebatepregon.com/deportes/sanciones-y-fallo-del-tribunal-de-disciplina-fef" type="text/html" title="SANCIONES Y FALLO DEL TRIBUNAL DE DISCIPLINA FEF" />
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        <author>
            <name>
                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.diariodebatepregon.com/deportes/sanciones-y-fallo-del-tribunal-de-disciplina-fef">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/MpBrpx_YK7BuuA_2jPMd-AwFbeo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2023/01/arbitros.JPG" class="type:primaryImage" /></figure><p>BOLETIN N° 20</p><p>“TORNEO SUPER COPA”</p><p>Jornadas día 08 /01/2023</p><p> ESTADIO: MARIA AUXILIADORA</p><p>PARTIDO: CLUB MARIA AUXILIADORA / CLUB URQUIZA (GGUAY)</p><p>Visto lo informado por el Árbitro del encuentro, se Resuelve:</p><p>a- Jugador Nº 16 (Club Maria Auxiliadora) Linares Alexis DNI N° 45.616.691 cinco (5) partido de suspensión Art 200,32,33 RTP-</p><p>b- Jugador Nº 14 (Club Urquiza) Buet Mirko DNI Nº 46.318.424 tres (3) partido de suspensión Art 200,32,33 RTP-</p><p>c- Jugador Nº 5(Club Urquiza) Ferrechio Facundo DNI Nº 42.354.888 un (1) partido de suspensión Art 207,32,33 RTP-</p><p>Jornadas día 14- 15 /01/2023</p><p> ESTADIO: SAN GUSTAVO</p><p>PARTIDO: MALVINAS (FEDERAL) CABALLU (LA PAZ)</p><p>Visto lo informado por el Árbitro del encuentro, se Resuelve:</p><p>a- Jugador Nº 4(Club Caballu) Scaldaferro Tomas DNI Nº 44.210.685 un (1) partido de suspensión Art 207,32,33 RTP-</p><p>b- Jugador Nº 2 (Club Caballu ) Ibarrola Nicolas DNI Nº 36.301.703 tres (3) partido de suspensión Art 200,32,33 RTP-</p><p>c- Preparador Fisico(Club Malvinas) Salva Franco DNI Nº 39.837.188 dos (2) partidos de suspensión Art 185,260,32,33 RTP. La sanción podrá ser sustituida por multa de 21 VE por cada partido Art 260 tercer párrafo RTP.</p><p>d- Ayudante Campo (Club Malvinas) Sanchez Martin DNI Nº 16.797.204 dos (2) partidos de suspensión Art 185,260,32,33 RTP. La sanción podrá ser sustituida por multa de 21 VE por cada partido Art 260 tercer párrafo RTP.</p><p> ESTADIO: JUVENTUD UNIDA (GCHU)</p><p>PARTIDO: JUV UNIDA (GCHU)- DEP BOVRIL ( PNA CAMP)</p><p>Visto lo informado por el Árbitro del encuentro, se Resuelve:</p><p>a- Jugador Nº 6 (Club Dep Bovril ) Guichard Matias DNI Nº 39.032.372 un (1) partido de suspensión Art 207,32,33 RTP-</p><p> ESTADIO: 25 DE MAYO</p><p>PARTIDO: 25 DE MAYO / BANFIELD</p><p>Visto lo informado por el Árbitro del encuentro, se Resuelve:</p><p>a- Jugador Nº 2 (Club 25 de Mayo) Molina Eduardo DNI Nº 36.656.439 tres (3) partido de suspensión Art 200,32,33 RTP-</p><p> ESTADIO: LIBERTAD</p><p>PARTIDO: CLUB AT LIBERTAD / CLUB URQUIZA</p><p>Visto lo informado por el Árbitro del encuentro, se Resuelve:</p><p>a- Ayudante de campo (Club Urquiza ) Colli Adrian DNI Nº 26.223.349 cinco (5) partido de suspensión Art 200,260,32,33 RTP. La sanción podrá ser sustituida por multa de 21 VE por cada partido Art 260 tercer párrafo RTP.</p><p>b- Arquero N°1 (Club Urquiza) Benedetti Giovani DNI N°41.907.465 un (1) partido de suspensión Art 207,32,33 RTP-</p><p> ESTADIO: JUVENTUD UNIDA</p><p>PARTIDO: JUVENTUD UNIDA / MARIA AUXILIADORA (CDU)</p><p>Visto lo informado por el Árbitro del encuentro, se Resuelve:</p><p>a- Jugador Nº 18 (Club Juventud Unida) Correa Alex DNI Nº 41.817.866 un (1) partido de suspensión Art 207,32,33 RTP-</p><p> ESTADIO: PALERMO</p><p>PARTIDO: PALERMO (PNA) / CAMIONEROS (PNA)</p><p>Visto lo informado por el Árbitro del encuentro, se Resuelve:</p><p>a- Jugador Nº 5 (Club Palermo ) Leguizamon Saul DNI Nº 36.208.695 tres (3) partido de suspensión Art 200,32,33 RTP-</p><p>b- Jugador Nº 1 (Club Palermo ) Vilches Rodrigo DNI Nº 43.539.603 un (1) partido de suspensión Art 202,32,33 RTP-</p><p>c- Jugador Nº 6 (Club Palermo ) Godoy Leonel DNI Nº 39.031.437 tres (3) partido de suspensión Art 200,32,33 RTP-</p><p>d- Jugador Nº 5 (Club Camioneros) Werdler Johann DNI Nº43.539.499 tres (3) partido de suspensión Art 200,32,33 RTP-</p><p>e- Jugador Nº 6 (Club Camioneros) Valiente Kevin DNI Nº 41.249.525 tres (3) partido de suspensión Art 200,32,33 RTP-</p><p> ESTADIO: GUALEGUAY CTRAL</p><p>PARTIDO: GUALEGUAY CENTRAL / BARRIO NORTE</p><p>Visto lo informado por el Árbitro del encuentro, se Resuelve:</p><p>a- Jugador Nº 12 (Club Gualeguay Ctral ) Veron Santiago DNI Nº 44.440.031 dos (2) partido de suspensión Art 186,32,33 RTP-</p><p>b- Jugador Nº 14 (Club Gualeguay Ctral ) Vemern Rutillo Ignacio DNI Nº 36.812.414 dos (2) partido de suspensión Art 186,32,33 RTP-</p><p>c- Jugador Nº 4 (Club Gualeguay Ctral ) Villar Tobias DNI Nº 44.702.775 dos (2) partido de suspensión Art 201,32,33 RTP-</p><p>d- Jugador Nº 10 (Club Barrio Norte ) Compostrini Agustin DNI Nº 39.578.800 dos (2) partido de suspensión Art 201,32,33 RTP-</p><p>e- Auxiliar N° 1(Club Gualeguay Ctral) Romero Mateo DNI Nº 41.554.635 dos (2) partido de suspensión Art 185,260,32,33 RTP. La sanción podrá ser sustituida por multa de 21 VE por cada partido Art 260 tercer párrafo RTP.</p><p> ESTADIO: MARTIN FIERRO</p><p>PARTIDO: MARTIN FIERRO / ATL MACIA</p><p>Visto lo informado por el Árbitro del encuentro, se Resuelve:</p><p>a- Jugador Nº 11 (Club Martin Fierro ) Caraballo Matias DNI Nº 47.404.825 un (1) partido de suspensión Art 207,32,33 RTP-</p><p>b- Jugador Nº 11 (Club Atl Macia ) Sosa Lucas DNI Nº 43.107.727 tres (3) partido de suspensión Art 200,32,33 RTP-</p><p> ESTADIO: LUCAS GONZALEZ</p><p>PARTIDO: LUCAS GONZALEZ / ARANGUREN</p><p>Visto lo informado por el Árbitro del encuentro, se Resuelve:</p><p>a- Jugador Nº 10 (Club Aranguren ) Darrachon Luciano DNI Nº 36.485.660 cuatro (4) partido de suspensión Art 185,32,33 RTP-</p><p>b- AyudanteTecnico (Club Aranguren) DNI Nº 23.218.108 dos (2) partido de suspensión Art 185,260,32,33 RTP. La sanción podrá ser sustituida por multa de 21 VE por cada partido Art 260 tercer párrafo RTP.</p><p> ESTADIO: LAS FLORES</p><p>PARTIDO: DEFENSORES DEL SUR / ITATI (FEDERAL)</p><p>Visto lo informado por el Árbitro del encuentro, se Resuelve:</p><p>a- Jugador Nº 4 (Club Defensores ) Barreto Edgar Rodrigo DNI Nº 42.241.372 un (1) partido de suspensión Art 186,32,33 RTP-</p><p>b- Jugador Nº 17 (Club Defensores ) Duarte Leonardo German DNI Nº 40.105.692 un (1) partido de suspensión Art 207,32,33 RTP-</p><p>c- Jugador Nº 6 (Club Defensores) Fleytas Angel DNI Nº 37.922.975 tres (3) partido de suspensión Art 200 ,32,33 RTP-</p><p>d- Jugador Nº 14 (Club Defensores) Caceres Alan DNI Nº 41.610.312 tres (3) partido de suspensión Art 200,32,33 RTP-</p><p>e- Ayudante Campo (Club Defensores) Ibarra Miguel Angel DNI Nº 32.745.218 dos (2) partido de suspensión Art 185,260,32,33 RTP. La sanción podrá ser sustituida por multa de 21 VE por cada partido Art 260 tercer párrafo RTP.</p><p>f- Jugador Nº 9 (Club Itati) Gomez Elias DNI Nº 35.559.211 tres (3) partido de suspensión Art 200,32,33 RTP-</p><p> ESTADIO: DEP URDINARRAIN</p><p>PARTIDO: DEP URDINARRAIN / JUVENTUD UNIDA</p><p>Visto lo informado por el Árbitro del encuentro, se Resuelve:</p><p>a- Jugador Nº 4 (Club juventud Unida) Fiorotto Federico DNI Nº 33.854.878 un (1) partido de suspensión Art 207,32,33 RTP-</p><p>b- Colaborador (Club Dep Urdinarrain ) Guardoni Sergio DNI Nº 37.070.660 un (1) partido de suspensión Art 185,260,32,33 RTP. La sanción podrá ser sustituida por multa de 21 VE por cada partido Art 260 tercer párrafo RTP.</p><p> ESTADIO: CLUB ATL 1° DE MAYO</p><p>PARTIDO: CLUB FERROCARRIL (CHAJARI) / 1 DE MAYO (CHAJARI)</p><p>Visto lo informado por el Árbitro del encuentro, se Resuelve:</p><p>a- Jugador Nº 6 (Club Ferrocarril ) Marchessi Alberto DNI Nº 32.505.253 tres (3) partido de suspensión Art 200,32,33 RTP-</p><p>b- Jugador Nº 7 (Club Ferrocarril ) Silva Facundo DNI Nº 41.119.497 tres (3) partido de suspensión Art 200,32,33 RTP-</p><p>c- Ayud de campo (Club Ferrocarril ) Velazquez Franco DNI Nº 37.563.464 cuatro (4) partido de suspensión Art 200,260,32,33 RTP. La sanción podrá ser sustituida por multa de 21 VE por cada partido Art 260 tercer párrafo RTP.</p><p>d- Jugador Nº 18 (Club 1° de Mayo) Sosa Samuel DNI Nº 41.119.497 tres (3) partido de suspensión Art 200,32,33 RTP-</p><p>e- Director Tecnico (Club 1° de Mayo) Sosa Luis DNI Nº 27.340.912 cuatro (4) partido de suspensión Art 200,260,32,33 RTP. La sanción podrá ser sustituida por multa de 21 VE por cada partido Art 260 tercer párrafo RTP.</p><p> ESTADIO: PATRONATO</p><p>PARTIDO: CLUB 25 DE MAYO / CLUB CONGO (LA PAZ)</p><p>Visto lo informado por el Árbitro del encuentro, se Resuelve:</p><p>a- Ayudante de Campo (Club Congo) Perdomo Cristian DNI Nº32.025.817 dos (2) partido de suspensión Art 186,260,32,33 RTP. La sanción podrá ser sustituida por multa de 21 VE por cada partido Art 260 tercer párrafo RTP.</p><p>b- Jugador Nº 7(Club Congo) Ojeda Ruben DNI Nº 32.025.231 tres(3) partido de suspensión Art 200,32,33 RTP-</p><p>c- Jugador Nº 10 (Club 25 de Mayo ) Buchamer Emanuel DNI N° 40.163.566 dos (2) partido de suspensión Art 207,32,33 RTP-</p><p>d- Jugador Nº 8 (Club 25 de Mayo ) Berales Gino DNI Nº 40.163.532 un (1)partido de suspensión Art 207,32,33 RTP-</p><p> ESTADIO:</p><p>PARTIDO: FERROCARRIL / WANDERS (CDIA)</p><p>Visto lo informado por el Árbitro del encuentro, se Resuelve:</p><p>a- Jugador Nº 7 (Club Wanders) Merlo Mauricio DNI Nº 44.210.316 tres (3) partido de suspensión Art 200,32,33 RTP-</p><p> ESTADIO: GRAL CAMPOS</p><p>PARTIDO: JUVENTUD UNIDA (GRAL C)/ PR UNIDO ( S SALVADOR)</p><p>Visto lo informado por el Árbitro del encuentro, se Resuelve:</p><p>a- Director Tecnico (Club Progreso Unidos) Ferreyra Walter DNI Nº 27.118.764 dos (2) partido de suspensión Art 186,32,33 RTP- La sanción podrá ser sustituida por multa de 21 VE por cada partido Art 260 tercer párrafo RTP.</p><p> ESTADIO: DON BOSCO</p><p>PARTIDO: DON BOSCO (PNA) /LIBERPOOL</p><p>Visto lo informado por el Árbitro del encuentro, se Resuelve:</p><p>a- Jugador Nº 1 (Club Don Bosco) Valentinuz Jose DNI Nº 35.442.111 cuatro (4) partido de suspensión Art 200,32,33 RTP-</p><p>b- Jugador Nº 6 (Club Liberpool ) Zabala Cristian DNI Nº 35.297.394 cuatro (4) partido de suspensión Art 200,32,33 RTP</p><p> ESTADIO: PEÑAROL</p><p>PARTIDO: PEÑAROL (RDT)/ ATLETICO TALA</p><p>Visto lo informado por el Árbitro del encuentro, se Resuelve:</p><p>a- Jugador Nº 3(Club Peñarol) Cruz Maximiliano DNI Nº 40.166.981 dos (2) partido de suspensión Art 201,32,33 RTP-</p><p> ESTADIO: MARTIN FIERRO</p><p>PARTIDO: MARTIN FIERRO (RDT)/ ATL MACIA</p><p>Visto lo informado por el Árbitro del encuentro, se Resuelve:</p><p>a- Jugador Nº 11 (Club Atl Macia ) Sosa Lucas DNI Nº43.107.727 tres (3) partido de suspensión Art 201,32,33 RTP-</p><p>b- Jugador Nº 11 (Club Martin Fierro ) Caraballo Matias DNI Nº 47.409.825 un (1) partido de suspensión Art 207,32,33 RTP-</p><p> ESTADIO: C A SAUCE</p><p>PARTIDO: CLUB SAUCE (COLON) /DEF DE COLON (COLON)</p><p>Visto lo informado por el Árbitro del encuentro, se Resuelve:</p><p>a- Ayudante Campo ( Club Sauce) Barrios Marcelo DNI Nº 20.527.677 un (1) partido de suspensión Art 186,32,33 RTP- La sanción podrá ser sustituida por multa de 21 VE por cada partido Art 260 tercer párrafo RTP.</p><p>b- Jugador Nº 10 (Club Sauce ) Gonzalez Hugo DNI Nº 37.547.238 dos (2) partido de suspensión Art 207,32,33 RTP-</p><p>c- Jugador Nº 11 (Club Sauce ) Peralta Federico Nahuel DNI Nº 37.569.650 cuatro (4) partido de suspensión Art 200,32,33 RTP-</p><p>HORACIO METZ Secretario / DANTE MOLINA Presidente</p><p>TRIBUNAL DE DISCIPLINA</p><p>——————————————————————————————————————–</p><p>Tribunal de disciplina</p><p>Federación Entrerriana de fútbol</p><p>PROTESTA DE PARTIDO</p><p>EXPEDIENTE C/CLUB MARIA AUXILIADORA</p><p>Parana ,21 de enero de 2023.-</p><p>PROTESTA ,presentada por el club Juventud Urdinarrain (Liga Gualeguaychú) contra el club María Auxiliadora (Liga Concepción del Uruguay).</p><p>VISTO:</p><p>Que el club Juventud Urdinarrain (Liga de Gualeguaychú ) presenta , en tiempo y forma la protesta de partido en fecha 18 de enero de 2023 , donde indica la indebida inclusión del jugador N° 7 en el partido ante su institución , BALTORE, JULIAN GABRIEL DNI 40.806.683 fue expulsado en el partido contra LIBERTAD (Liga Gualeguay) , correspondiente a la tercera fecha del certamen y este tribunal lo sanciono con una pena de TRES partidos de suspensión art 200.32.33 RTP, boletín oficial N 18 en su página N°2 (prueba N°2), por lo cual indubitadamente le quedaban por cumplir dos fechas antes de estar debidamente habilitado. solicitando en consecuencia que este Tribunal le otorgue los puntos del partido.</p><p>Este Tribunal ,Corre traslado plazo de dos (2) días al Club Maria Auxiliadora (Liga C del Uruguay) para que realice el descargo correspondiente art 7.10.32.33 R.T.P, que se presenta el día 20 de enero y en su escrito defensivo manifiesta que el jugador fue expulsado por doble tarjeta amarilla y que no fue notificado por el tribunal de la sanción de tres 3 fechas.</p><p>CONSIDERANDO:</p><p>Que, cumpliendo con la normativa del Art 13 y 14 RTP. encontramos que el escrito presentado por el Club Juventud Urdinarrain ( Liga Gualeguaychu) fue firmado por las autoridades que representan a dicha institución, como así también fue interpuesto en tiempo y forma, y depositado el importe .</p><p>Este Tribunal da lugar al tratamiento de la protesta.</p><p>Seguidamente se procede al estudio del presente Expediente presentado por CLUB JUVENTUD URDINARRAIN ( Gchu) , tanto del escrito presentado como de la prueba aportada, dicha institución solicita a este Tribunal de Disciplina que le otorgue los puntos del partido disputado en la quinta fecha de la supercopa Entre Ríos ante su rival MARIA AUXILIADORA ( C d Uruguay) el día 15 de enero de 2023 que había terminado empate en cero goles para ambos Clubes.</p><p>En la presentación efectuada, en el hecho que, a entender del Club Juventud Urdinarrain (Gchu) , el Jugador Julián Baltore no se encontraba habilitado para actuar, por cuanto fue expulsado y le quedaban fechas por cumplir.</p><p>Presenta como pruebas la planilla de partido donde esta la firma del jugador con la camiseta N 7 y el boletín oficial N 18 donde consta la pena, adjunta pago de arancel y formalidades pertinentes.</p><p>Este Tribunal indica, que el RTP es claro en el art 41 NOTIFICACION: Toda resolución o fallo del tribunal de penas se hará conocer por medio del boletín oficial y tendrá fuerza ejecutiva desde la fecha en que se publica.</p><p>Este Tribunal explica también que el Art 207 es claro , por ser expulsado por doble amonestación NO siempre es una fecha de suspensión</p><p>Art 207; Suspensión de UNO A CUATRO PARTIDOS al jugador que en un mismo encuentro el arbitro le imponga dos amonestaciones con la consecuente expulsión, cuando incurra invariablemente en cualquiera de los siguientes actos…</p><p>RESULTANDO:</p><p>Analizando la protesta, este Tribunal entiende que la cuestión planteada por el Juventud Urdinarrain ( Liga de Gualeguaychu) se funda, según lo argumentado, en el hecho que el jugador de María Auxiliadora, Julian Baltore, no estaba habilitado para jugar este partido.</p><p>Esto significa que lo que debemos aclarar, es si el mencionado jugador se encontraba habilitado o no para disputar el Partido jugado el15 de enero de 2023.</p><p>La respuesta es clara , en esta situación, BALTORE, JULIAN GABRIEL DNI 40.806.683 fue expulsado en el partido contra LIBERTAD ( Liga Gualeguay), correspondiente a la tercera fecha del certamen y este tribunal lo sanciono con una pena de TRES partidos de suspensión art 200.32.33 RTP, boletín oficial N 18, por lo cual no estaba habilitado para jugar por la Quinta fecha.</p><p>El club María Auxiliadora no puede alegar desconocimiento de esta sanción porque fue publicada por boletín oficial el dia 07/01/2023.</p><p>RESUELVE:</p><p>1°) Dar por perdido el partido al club María Auxiliadora por la mala inclusión del jugador Julián Baltore art 107 inc. a RTP.</p><p>2) registrar el resultado de un gol para Juventud Urdinarrain (Gchu) y cero goles para Maria Auxiliadora art 152 RTP.</p><p>3º) Proceder a la devolución en concepto de derecho de protesta al club Juventud Urdinarrain ( Gchu) art 21 RTP.</p><p>4) Proceder al cobro de derecho de protesta al club María Auxiliadora ( C d Uruguay) art 21 RTP.</p><p>HORACIO METZ Secretario / DANTE MOLINA Presidente</p><p>TRIBUNAL DE DISCIPLINA</p><p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/MpBrpx_YK7BuuA_2jPMd-AwFbeo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2023/01/arbitros.JPG" class="type:primaryImage" /></figure>Se dieron a conocer las sanciones del Tribunal de Disciplina de la Federación Entrerriana de Fútbol. A continuación, todo el detalle de las mismas:]]>
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                                <category term="deportes" label="Deportes" />
                <updated>2023-01-21T21:14:00+00:00</updated>
                <published>2023-01-21T21:44:13+00:00</published>
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            Magistratura: dos listas se disputan la conducción
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/fRlVqrgcd7IMTjV8CKM4eBS1BuQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2022/07/magistratura.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Alejandro Cánepa, integrante del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná y Ana Clara Pauletti, vocal de la Cámara Civil de Gualeguaychú, encabezan las listas que este jueves 28 competirán por la conducción de la Asociación de la Magistratura.</p><p>Cánepa representa al actual oficialismo, mientras que Pauletti está al frente de una entente que se conformó para que “nunca más ocurra lo que pasó con Cecilia” Goyeneche, la fiscal destituída por mal desempeño de sus funciones.</p><p>La lista del oficialismo se denomina “Asociación Plural y Unida” y además de Cánepa, figuran representantes de distintos espacios de la magistratura provincial y de fueros diversos. Como referentes al Consejo de la Magistratura postula a la jueza María del Luján Giorgio (integrante de la Sala 2 de la Cámara de Casación Penal de Concordia) y al coordinador Fiscal de Paraná, Álvaro Piérola.La oposición armada en torno al incidente de Goyeneche, eligió la denominación “Mejor Justicia” y tiene una fuerte presencia de integrantes del Ministerio Público Fiscal. La oferta para el Consejo de la Magistratura se encarna en la jueza de Garantías Marina Barbagelata y la jueza en lo Civil Gabriela Teresita Mastaglia.</p><p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>Fuente: APF</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/fRlVqrgcd7IMTjV8CKM4eBS1BuQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2022/07/magistratura.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Hoy jueves dos listas competirán por la conducción de la Asociación de la Magistratura, de la provincia de Entre Ríos.]]>
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                                <category term="provinciales" label="Provinciales" />
                <updated>2022-07-28T15:00:02+00:00</updated>
                <published>2022-07-28T14:30:00+00:00</published>
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