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    <title>El Debate Pregón</title>
    <subtitle>Últimas noticias de Argentina</subtitle>
    <updated>2023-10-17T13:02:20+00:00</updated>
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            Por el armado de listas, desde una comuna entrerriana hicieron un planteo contra la Ley de Paridad de Género
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                <![CDATA[El Debate Pregón]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/NiGMueF86OWEM-Lk4JRs0nzWSAY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/adjuntos/289/imagenes/000/549/0000549945.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>“El caso es que la aplicación automática del principio de intercalar varones y mujeres para la integración de la minoría deriva en la siguiente situación: en violación al principio de voluntad popular, de raigambre constitucional y convencional, precandidatas y precandidatos que iban en lugares superiores de la lista y fueron desplazados por quienes iban en lugares inferiores, de modo completamente irrazonable, dado que es posible y razonable equilibrar el principio de voluntad popular y de equidad de género; la grosería de ello se evidencia cuando se constata que el precandidato que encabezó la lista `Juntos por el Desarrollo` no figura en la lista de candidatos, y de igual modo la precandidata en segundo término de la lista triunfadora, quien tampoco figura en lista de candidatos a vocales”, planteó en la presentación.</p><p>El Tribunal Electoral Provincial resolvió, el viernes 13 de octubre -jornada inhábil-, a poco más de una semana de las elecciones generales del domingo 22- que no tenía razón en su reclamo. El máximo órgano confirmó lo resulto el 12 de septiembre por la Junta Electoral Municipal de Gualeguay, y rechazó los reproches del presidente de la Comuna de Aldea Asunción. Así lo decidieron el juez civil Ángel Moia, postura a la que se sumaron Susana Medina y el vocal Germán Carlomagno. Al alcanzar la mayoría, no se expidieron los vocales Angel Giano y Daniel Olano.</p><p>“Sin perjuicio del tratamiento de los agravios concretos en el marco de las facultades del Tribunal Electoral, me permito adelantar que el tenor del cuestionamiento las excede -dijo en su voto el juez Moia-. El cuestionamiento realizado implica la declaración de invalidez de las normas aplicables al proceso electoral las que, más allá de su valoración, exigen un análisis y debate más amplio que el que se da en la presente apelación”.</p><p>El planteo buscó cuestionar lo resuelto por la Junta Electoral Municipal por cuanto “resultaría manifiestamente ilegítima por contravenir el principio de voluntad popular y resultar discriminatoria por razón de género. Este agravio se funda en el cuestionamiento de la aplicación de la legislación aplicable al comicio. En particular afirma que la aplicación del plexo normativo -carta orgánica partidaria y Ley 10.844 de Paridad de Género– excluye de la lista final a las precandidatas mujeres de la lista triunfadora y a los precandidatos varones de la lista perdedora”.</p><p>El juez Moia sumó: “La invocada violación de la voluntad popular expresada en la elección concreta resulta una manifestación dogmática, en tanto las condiciones de participación e integración de las listas resultaba previa y conocida por los electores. A su vez, las reglas se expresan mediante una ley, de amplio consenso y por la regla interna fundamental del partido en cuestión”. Y agregó: “La revisión de constitucionalidad que se pretende, resulta ajena a este Tribunal, por su propia naturaleza”.</p><p>Arguyó el magistrado que dadas “las estrechas facultades que la Constitución reconoce a este Tribunal (…), el planteo resulta ajeno a su competencia, así como extemporáneo. En efecto, la lista oportunamente oficializada por la Junta Electoral Municipal respeta las dos reglas básicas de la materia: representación igualitaria de varones y mujeres en un 50% para cada género en la conformación de listas electorales e intercalamiento estricto; por lo que poco más puede añadirse a semejante evidencia”.</p><p>A ese razonamiento se sumaron Susana Medina y Germán Carlomagno, vocales del Superior Tribunal de Justicia (STJ).Fuente: Entre Ríos Ahora.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/NiGMueF86OWEM-Lk4JRs0nzWSAY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/adjuntos/289/imagenes/000/549/0000549945.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El presidente de la Comuna de Aldea Asunción -departamento Gualeguay-, Aldo Daniel Paz, acudió al Tribunal Electoral Municipal con un planteo a partir de una situación que se generó tras las elecciones primarias del 13 de agosto: dentro del frente Juntos por Entre Ríos, la lista “La Aldea nos une” obtuvo un total de 144 votos frente a la lista “Juntos por el Desarrollo”, que consiguió 130 votos. «Dicho resultado electoral implicó que la segunda de las listas obtuviera la minoría y que, en el marco del sistema D’Hont, a la lista triunfadora le correspondieran la mitad de las precandidaturas, y la otra mitad a la minoritaria, de modo intercalado: uno y uno», dijo en la presentación que realizó ante el Tribunal Electoral Provincial.]]>
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                <updated>2023-10-17T13:02:20+00:00</updated>
                <published>2023-10-17T13:00:09+00:00</published>
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            La más baja participación de ciudadanos en las urnas
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                <![CDATA[El Debate Pregón de Gualeguay]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/13vjolmkODqHOqfqbfFyP8D5qjs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/adjuntos/289/imagenes/000/569/0000569322.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Las elecciones primarias abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) mostraron este domingo una participación de votantes del 66,21 por ciento, la más baja desde que fueron implementadas en el 2011, aunque este año la pandemia de coronavirus impuso limitantes que le dieron a los comicios un marco atípico.</p> <p>Sobre un padrón de 34.385.460 electores, concurrieron a votar 22.765.590 personas: esto constituye el 66,21%, informó este lunes el Ministerio del Interior. De todas formas, el Gobierno consideró que se trató de una "jornada electoral histórica", que se pudo materializar sin contratiempos aun con protocolos y cuidados especiales en los centros de votación, y una prueba más de que "los argentinos quieren votar", aun en un contexto inédito.</p> <p>Se trató, sin embargo, del índice más bajo desde que se implementaron las primarias obligatorias: en 2011 acudió a las urnas un 78,66% de los inscriptos, en una elección que incluía cargos ejecutivos además de los legislativos que se renuevan cada dos años.</p> <p>En 2013 votó el 76.83 %, sólo para cargos legislativos; mientras que en las PASO del 2015 el porcentaje de ciudadanos que emitió su sufragio fue del 74,91%, en una elección con renovación ejecutiva y parlamentaria.</p> <p>En 2017, en tanto, el porcentaje de asistencia a las elecciones primarias para la contienda legislativa había sido del 72,37%; y en las últimas PASO, en 2019, se registró un 76,4%, también de cargos ejecutivos y legislativos.</p> <p>En todos los casos, las elecciones generales de cada año lograron mayor adhesión de votantes que las respectivas PASO.</p> <p>Así, en 2011 votó el 79,39% del padrón, en la elección que reeligió en la presidencia a Cristina Fernández de Kirchner; mientras que en las legislativas de 2013 lo hizo el 77.64 %.</p> <p>En 2015 lo hizo el 81,07% y en la segunda vuelta que consagró como presidente a Mauricio Macri votó el 80,77%.</p> <p>En las legislativas de 2017 lo hizo el 77.61%; y en 2019, en la elección presidencial que ganó Alberto Fernández, lo hizo el 81,08%.</p> <p>El número más alto de asistencia a las urnas se registró en 1983, en el contexto de la vuelta de la democracia, cuando en la victoria presidencial de Raúl Alfonsín se llegó al 85,61% del padrón.</p> <p>Ya este año, en el marco de la Covid-19, se registraron menores guarismos en elecciones provinciales que adelantaron sus calendarios, respecto a la prepandemia.</p> <p>El 2 de junio pasado, en las elecciones de diputados provinciales en Misiones, la participación fue del 59,53% del padrón, 19 puntos menos que la registrada en 2019 y que consagró también como gobernador a Oscar Herrera Ahuad.</p> <p>El 27 de junio, en la compulsa de diputados provinciales en Jujuy, la participación electoral fue del 70,68%, lo que significó una caída del 78,69% respecto de 2019 que reeligió a Gerardo Morales como gobernador.</p> <p>El 15 de agosto, en las elecciones de diputados y senadores provinciales en Salta, la participación fue del 60,21 por ciento, un número menor al 71,39% registrado en 2019, que coronó como mandatario provincial a Gustavo Sáenz.</p> <p>Solamente en Corrientes se dio un porcentaje inverso, con 73.49 % de participación en las elecciones del 29 del mes pasado, que reeligió como gobernador a Gustavo Valdés y donde también se eligieron cargos legislativos, contra el 70,01% de dos años antes.</p> <p>El récord de ausentismo en las legislativas a nivel nacional se registró en 2001, cuando el porcentaje fue del 26%, en el marco del llamado "voto bronca", que sumó además casi un 20 por ciento de votos en blanco y nulos, tras la crisis política y económica de ese año.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/13vjolmkODqHOqfqbfFyP8D5qjs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/adjuntos/289/imagenes/000/569/0000569322.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Sobre un padrón de 34.385.460 electores, concurrieron a votar 22.765.590 personas: esto constituye el 66,21%, según informó el Ministerio del Interior.]]>
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                <updated>2021-09-14T00:00:00+00:00</updated>
                <published>2021-09-14T09:45:00+00:00</published>
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